Eloy
Alfaro 1842-1912
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte martes 28 de febrero de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles 14 de marzo de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana
Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte lunes 26 de marzo
de 2012,
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento V. Parte lunes 03 de Abril de 2012,
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento VI. Parte lunes 12 de Abril de 2012,
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento VII. Parte martes 17 de abril de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VIII. Parte martes 24 de abril de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento IX. Parte martes, 1 de mayo de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento X. Parte Miércoles, 9 de mayo de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento XI. Parte Martes, 22 de mayo de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XII. Parte Miércoles, 30 de mayo de
2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento XIII. Parte miércoles, 13 de junio de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento XIV. Parte jueves, 21 de junio de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana
Esequiba al centenario de su fallecimiento XV.
Parte sábado, 30 de junio de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba XVI.
Parte - Domingo, 8 de julio de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano
por la Guayana Esequiba XVII. Parte - Jueves, 2 de agosto de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba XVIII. Parte - Lunes, 6 de mayo de 2013
1896 Mapa de Venezuela
y de una Parte de la Guayana Británica demostrativo del avance de las pretensiones
inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado por T.H. Heyward
Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del Esequibo
England, Venezuela, and The Monroe Doctrine
En junio de 1895 el Senador estadounidense Henry Cabot, Lodge motivado a su vez
por el lobista venezolano Scruggs Williams Lindsay, Leónidas F.
Livingston, y Don Dickinson escribió un artículo titulado England,
Venezuela, and The Monroe Doctrine, que apareció en la revista North
Americam Review, donde señala la
evolución de la Doctrina Monroe, hace una violenta denuncia del imperialismo
británico y de una manifiesta denuncia o acusación directa:
“…de que la finalidad de la política británica era el dominio de la
desembocadura del Orinoco…”.
Señalando
casi al final de su artículo: “…They are all directed to securing the control
of the Orinoco, the great river system of Northern South America, and also of
the rich miming district of the Yuruary. All that England has done has been a
direct violation of the Monroe Doctrine and she has increased and quickened her
aggression in proportion as the United States have appeared indifferent. The
time has come for decisive action. The United States must either maintain the
Monroe Doctrine or treat its infringing as an act of hostility or abandon it…”.
Concluye Henry Cabot Lodge, su
artículo manifestando que: “…el pueblo estado estadounidense no está dispuesto
a abandonar la Doctrina Monroe o a renunciar a su supremacía legitima en el
hemisferio occidental. Al contrario, está dispuesto a luchar para mantener
ambas cosas…”
Les invito a leer en el blog
Henrry Cabot England, Venezuela, and The Monroe Doctrine lunes, 22 de agosto de 2011
Lunes, 22 de agosto de 2011
Richard
Olney (15
septiembre 1835 - + 8 abril 1917)
Nota del
Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de
Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe)
La nota que el finado Secretario de Estado Walter G. Gresham, comenzó a preparar para la
Gran Bretaña, acerca del tan controvertido tema de la cuestión de límites entre Venezuela y la Gran Bretaña la continúo
su sucesor Richard Olney, como lo
indicamos anteriormente. Nota esta que fue revisada por el presidente Grover
Cleveland para su aprobación antes de su envió, al hacerse pública posteriormente ante la opinión pública
estadounidense el Propio Presidente
Grover Cleveland la llamo Un
Cañón de Veinte Pulgadas debido a que en ella se invocaba la Doctrina
Monroe en la cuestión de los límites de
la Guayana venezolana, en términos un
tanto fuertes.
El 20 de julio de 1895 le es enviada la Nota del Secretario de
Estado Richard Olney a Lord Salisbury en
el Foreign Office por intermedio del Embajador estadounidense en Londres J.T.
Bayrd.
En
la nota Richard Olney, en representación del
Departamento de Estado que es la
principal institución de la política exterior de los Estados Unidos dentro del
poder ejecutivo, hace un excelente y
magistral resumen de la Cuestión de los límites entre Venezuela y la Gran
Bretaña en Guayana. De las diferentes
solicitudes e instancias primero para firmar un tratado de límites y
posteriormente la solicitud de ir aun Arbitro o Tribunal arbitral sin que la
Gran Bretaña asediaré a tal solicitud y que solo lo hacía al pretender que la
Nación venezolana renunciare a sus sagrados derechos territoriales. Mientras
que la pérfida Albión, como solía denominarse
avanzaba más sobre el territorio nacional, aumentando y cambiando sus pretensiones
con una nueva línea, entre otras cosas la
referida nota señala respecto de las ambiciones inglesas:
“…En estas circunstancias parece imposible considerar como de derecho la
línea de Schomburgk reclamada por la Gran Bretaña; ni de otro modo que como
una línea que tuvo su origen en razones de conveniencia y oportunidad…”
“…pues la Gran Bretaña no ha formulado absolutamente semejante
pretensión, al paso que Venezuela no insiste en la del Esequibo, sino como
una liberal concesión que hace á su antagonista…”
“…línea de Schomburgk en
1840 fue seguida inmediatamente de una protesta por parte de Venezuela, y
por parte de la Gran Bretaña de una conducta que podría interpretarse con
justicia como la desaprobación de aquella línea…”
“…No obstante esto, cada
alteración de las pretensiones británicas, de entonces acá, ha avanzado la
frontera de la Guayana Británica más y más hacia el Oeste de la línea propuesta
por Lord Aberdeen…”
“…La línea de Rosebery, de 1886, lo fijaba al Oeste del río
Guaima, y para aquella época, si ha de tenerse fe en la autoridad británica
conocida con el nombre de “The Statesman’s
Year Book,” el área de la Guayana Británica fue súbitamente aumentada en
cerca de 33,000 millas cuadradas, pues figura como de 76,000 millas cuadradas
en 1885, y 109,000 millas cuadradas en 1887…”
“... La línea de Salisbury, de 1890, señalaba el punto de partida
de la línea en la boca del Amacuro, al oeste de Punta Barima, en el Orinoco.
Finalmente, en 1893, una segunda línea de Rosebery llevó el límite desde
un punto al oeste del Amacuro hasta el nacimiento del río Cumano y la Sierra de
Usupamo. Las varias pretensiones arriba enumeradas no han sido hechas
únicamente en papel. Cada una de estas pretensiones ha sido acompañada, ó
seguida inmediatamente, del ejercicio de mayor ó menor jurisdicción, lo
cual ha sido tanto más irritante ó injustificable, cuanto que, como se alega en
1850 se celebró un convenio que obligaba á ambas partes á abstenerse de la
ocupación del territorio, mientras no se hubiera arreglado la disputa…”
“…A la verdad, teniendo en cuenta las perturbaciones de una guerra de independencia
y de las frecuentes revoluciones internas, puede muy bien decirse que Venezuela
no ha dejado jamás de esforzarse por obtener un arreglo…”
“…Naturalmente ella sólo podía hacer eso por medios pacíficos, pues todo
recurso á la fuerza contra su poderoso adversario estaba fuera de cuestión…”
“…En 1848 entró Venezuela en un período de guerras civiles que duró más
de un cuarto de siglo, y las negociaciones que fueron interrumpidas en 1844 no
se reanudaron hasta 1876. En este año propuso Venezuela terminar la cuestión,
aceptando la línea del Moroco propuesta por Lord Aberden…”
“…Pero Lord Granville, sin dar
ninguna razón para ello, rechazó la proposición é indicó una nueva línea, que
abarcaba un gran trecho de territorio al cual parecía, con la proposición de
Lord Aberdeen, que se había abandonado toda pretensión. Venezuela se negó á
aceptar, y continuaron las negociaciones sin resultado hasta 1882, en que
ésta se convenció de que el único recurso que le quedaba era el arbitramento
de la controversia…”
“…Como esta condición parecía
inadmisible á Venezuela, y como, durante las gestiones, Inglaterra continuaba
apoderándose de territorios tenidos como venezolanos, Venezuela en 1887
suspendió las relaciones diplomáticas con la Gran Bretaña, protestando…”
“…las nuevas y flagrantes agresiones británicas que se alegan obligaron
á Venezuela á reanudar las gestiones sobre la cuestión de límites-en 1890,..”
“…la misma suerte que las anteriores. La Gran Bretaña se negó á
arbitrar, excepto el territorio situado al oeste de una línea arbitraria
trazada por ella misma. Toda
tentativa con este objeto cesó en Octubre de 1893, que el Señor Michelena
dirigió al Ministerio de Relaciones Exteriores (Foreign Office) la siguiente declaración:..”
1896-
1962 Carta Corográfica de la Región Esequibo – Cuyuni y Amacuro que señala el
despliegue de la Comisaria General del Cuyuni - Amacuro y sus Afluentes. Línea Político Administrativa y Defensiva para
detener el avance británico hacia los Montes de Upata y el río Orinoco. Copia
fiel de la de 1896 Colección Fundación La Guayana Esequiba
Declaración está en la que la nación venezolana protesta solemnemente contra
“…los procederes de la Colonia de la Guayana Británica, que constituyen una
invasión del territorio de la República…”
y en la que señala su deber insoslayable que “…coloca á Venezuela de
oponerse por todos los medios posibles al despojo de una parte de su territorio
y en la invoca su derecho a la defensa…”, que no es otra cosa que invocar
la Casus Belli (motivo de Guerra) o Ius in
Belli (derecho de la Guerra), como lo hemos señalado, anteriormente. Seguramente a los E.EUU, esta declaración no dejaba de preocuparle al Departamento De
Estado y más aun con las
decisiones, acciones adoptadas y
ejecutadas por el Gobierno venezolano que terminaron en el Incidente del Cuyuni o Yuruán.
Cuando
analizamos la nota de Richard Olney, observamos que utiliza tres párrafos extensos
para explicar esta situación del derecho a la Guerra una de las razones que
seguramente obligaron a Richard Olney a elaboras su nota. Ya que procede a entrar directamente
a considerar la referencia de la posición venezolana señalado que los Estados
Unidos no, podían mirar con indiferencia la controversia territorial
entre la Gran Bretaña y la República de Venezuela. Hace otra serie de recuentos respecto de su declaraciones
en defensa de Venezuela en la cuestión de límites “…al interés con que el
Gobierno de los Estados Unidos no puede dejar de ver las intenciones que se
atribuyen al Gobierno de la Gran Bretaña respecto del dominio de un territorio
americano…”.
Igualmente señala los diferentes
planteamientos de Venezuela de acudir a un Árbitro o Tribunal Arbitral y del
rechazo permanente de la Gran Bretaña, y de la solicitud de ayuda, apoyo e
intervención de los EE.UU en su favor “… Venezuela ha llamado repetidas
veces la atención de los Estados Unidos hacia la controversia; ha insistido en
la importancia que ella tiene para los Estados Unidos como para Venezuela;
ha manifestado que la cuestión se halla en estado agudo - lo que hace
imperativo el que los Estados Unidos tomen medidas precisas - y no ha
cesado de solicitar los servicios y el apoyo de los Estados Unidos para
alcanzar un arreglo definitivo. Estas gestiones no han sido vistas con
indiferencia, y, y nuestro Embajador en la Gran Bretaña ha recibido constantemente
órdenes de hacer uso de toda su influencia en el sentido de que se restablezcan
las relaciones diplomáticas entre la Gran Bretaña y Venezuela, y a favor del
arbitramento de la controversia sobre límites…”
En este mismo sentido menciona las gestiones del Presidente y de la
resolución del 22 de febrero, de 1895 del Congreso estadounidense de que las
partes sometan la cuestión de límites a arbitramiento señalando seis consideraciones
de importancia. (Ver Nota del Secretario
de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de Veinte
Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe)http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2013/05/nota-del-secretario-de-estado-de-los.html
Una vez explicado y razonado los derechos de Venezuela y sus esfuerzos, pasa seguidamente a justificar, invocar o
demandar la Doctrina Monroe, la cual
según lo señala Dexter Perkins nada
tenia de persuasiva en su obra Historia de la Doctrina Monroe, al
indicar “…pero la conclusión de Olney era menos extrema que sus premisas, pues
lo que pedía a los británicos era, después de todo, nada más ni nada menos que
el arbitraje en el asunto en
disputa. Pedía eso en un tono que era todo menos persuasivo; la
amenaza de la fuerza se dejaba ver en las últimas líneas de la nota que
describía la afirmación de derechos británica…”
Para
Olney la expansión británica era “…perjudicial
para los intereses de la población de los Estados Unidos así como opresiva en
si misma… …si bien las medidas necesarias o adecuadas para la vindicación de
esa política (La aplicación de la Doctrina Monroe) deben ser determinadas por
otra rama del Gobierno, Corresponde claramente al poder ejecutivo no dejar de
hacer nada que pueda tender a hacer semejante determinación innecesaria…”
En su Nota Richard Olney, reafirma el concepto que la América no está abierta a la colonización,
lo cual fue descartado hace tiempo y que solo importa la aplicación de la doctrina Monroe ante el
desconocimiento de esta por parte de una potencia europea que conlleva la
enemistad de los Estados Unidos: “…Por tanto, nos importa hoy
tratar solamente de aquella otra aplicación práctica de la doctrina de Monroe,
cuyo desconocimiento, por parte de una potencia europea, debe ser considerado
como un acto de enemistad hacia los Estados Unidos…” .
Señala igualmente la referida Nota que la aplicación de la Doctrina
Monroe, no implica que los EE.UU establezcan un protectorado en América,
que no revele a ningún estado americano
de las obligaciones que le impone el derecho internacional. Ni impide que
ninguna potencia europea directamente interesada la obligue al cumplimiento de
semejantes obligaciones, ó les inflija el castigo merecido por la falta de su
cumplimiento.
Que los EE.UU y la Doctrina Monroe
no se propone intervenir en los asuntos internos de ningún estado
americano ni en sus relaciones con otros estados americanos que ella solo tiene un fin y es que ninguna
potencia europea prive por la fuerza a un estado americano: “…La regla en
cuestión tiene un solo fin, un solo objeto. Es que ninguna potencia europea, ó
ninguna combinación de potencias europeas prive por la fuerza, á ningún estado
americano, del derecho y de la facultad de gobernarse á sí mismo, y de dar por
sí mismo forma á su propio destino político…”
Realiza otra serie de consideraciones y al final entra en las siguientes
consideraciones señalando que la Gran Bretaña no pude ser considerada como un
estado Sudamericano, que se está en la
obligación de averiguar la verdad sobre la usurpación que señala Venezuela y
que niega la Gran Bretaña. Que los EE.UU no pueden tomar parte por ninguno de
los dos.
Que solo existe un medio posible
para determinar los límites “…el Arbitramiento pacifico. Lo impracticable de
un arreglo convencional ha sido frecuente y completamente demostrado. Aun
más imposible de considerar es el recurso á las armas - modo de arreglar las
pretensiones internacionales que por desgracia no está aún completamente
anticuado…”. Podemos observar en estas frases implícitamente nuevamente la Casus Belli (motivo de
Guerra) o Ius in Bello (derecho de la Guerra).
Y en un giro magistral señala a esta
como un crimen en sí misma, afirmando que
una contienda o enfrentamiento seria desigual
que no podría ser provocada, ni aun siguiera aceptada por la Gran Bretaña, sin
que se deshonre como nación civilizada.
Y que la Gran Bretaña no tiene esa actitud que por el contrario “…admite que
hay controversia y que debe recurrirse al arbitramento para dirimirla…”. Pero, hasta allí su actitud ya que su
efecto práctico queda anulado por su intransigencia al insistir “…en que el
arbitramento se refiera solamente á una parte de la controversia - que, como
condición para arbitrar su derecho á una parte del territorio disputado, le sea
cedido el resto...”.
Porque no existe tal posesión, limite o línea
ya que nunca se admitió, ni demostrado que los territorios que reclama
la Gran Bretaña le pertenecían a ella. Y que Venezuela siempre los ha reclamado
como suyos. Se pregunta el Secretario de Estado Olney en su nota respondiéndose
a si mismo ¿En virtud de qué principio -
excepto el de su debilidad como nación - ha de negarse á ésta el derecho
de que su reclamación sea oída y juzgada por un tribunal imparcial? Así como
otra serie de interrogantes sobre el arbitramiento y que la misma Gran Bretaña
lo ha utilizado en otras oportunidades que se sepa respecto de sus “…posesiones
coloniales con los Estados Unidos dos veces, dos veces con Portugal, y una vez
con Alemania...,”.
Concluye Richard Olney, su nota ordenándole al Embajador que explique á Lord Salisbury, sus ideas leyéndole
la Nota, dejándole una copia de ella si la deseare, y
que esos planteamientos “…exigen una decisión definitiva sobre el punto de si
la Gran Bretaña consiente ó no en someter á un arbitramento imparcial la
cuestión de límites venezolanos en su totalidad…” Plantea que el Presidente de
los Estados Unidos “…espera sinceramente que la conclusión sea por el
arbitramento, y que la Gran Bretaña añada uno más á los conspícuos precedentes
que ha establecido ya a favor de esa juiciosa y justa manera de arreglar las
disputas internacionales…”
Y como acotación final señala que de no aceptarse tal solicitud así como las consideraciones señaladas que
puedan servir para “…para embarazar en gran manera las
relaciones futuras entre este país y la Gran Bretaña-desearía ser informado de
ello con tiempo, para poder someter todo el asunto al Congreso en su próximo
mensaje anual…”. Lo cual sucedería el 03 de diciembre de 1895.
La Nota del Secretario de Estado
de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de Veinte Pulgadas o
Invocación de la Doctrina Monroe), fue enviada bajo la más estrictas reservas. Conocida solo por supuesto por el Presidente Grover Cleveland, el
Secretario de Estado Richard Olney, los
Secretarios de la Armada Hilary
Heber, Tesoro John Carlisle, Guerra Daniel
Lamont, y el Procurador General Judson Harmon.
La Nota del Secretario de Estado Richard
Olney en representación del Departamento de Estado ha sido y es interpretada por diversos actores
de diferentes formas de acuerdo con el cristal que se mire pero no dejaba de
ser una nota diplomática.
Por su parte Venezuela se entero según el historiador estadounidense Walter
LaFeber, después que el Presidente Grover Cleveland, enviara su mensaje al Congreso estadounidense,
el 03 de diciembre de 1895.Con la nota de
Richard Olney se puso en movimiento todo un engranaje sobre la cuestión de
límites entre Venezuela y la Gran Bretaña, generándose a su vez una diplomacia
secreta entre la Gran Bretaña y los Estados Unidos, en la que a la postre la
pobre y desvalijada Venezuela saldría perdiendo.
Cuatro días más tarde de la Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury – Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe, fue acompañada por otra Nota del Departamento de Estado. La No.806.del 24 de Julio de 1895, del Señor Adee al Señor Bayard. En la que se refiere a las instrucciones del Señor Olney, en su Nota del 20 de julio relativas á la disputa anglo venezolana sobre límites, en la que se le aclara la referencia sobre el súbito engrandecimiento del área que se reclama para la Guayana Británica, de 33,000 millas cuadradas (en 1884); a 76,000 (en 1885); a más de 109,000 en 1895 De acuerdo a la publicación británica titulada “The Statesman’s Year Book.”
Cuatro días más tarde de la Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury – Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe, fue acompañada por otra Nota del Departamento de Estado. La No.806.del 24 de Julio de 1895, del Señor Adee al Señor Bayard. En la que se refiere a las instrucciones del Señor Olney, en su Nota del 20 de julio relativas á la disputa anglo venezolana sobre límites, en la que se le aclara la referencia sobre el súbito engrandecimiento del área que se reclama para la Guayana Británica, de 33,000 millas cuadradas (en 1884); a 76,000 (en 1885); a más de 109,000 en 1895 De acuerdo a la publicación británica titulada “The Statesman’s Year Book.”
EE.UU Departamento de Estado. No. 806 1895. Información sobre la adulteración de aérea reclamada por la Gran Bretaña a Venezuela en sus mapas oficiales entre 1884-1895 http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2013/05/tomado-de-la-obra-del-mre.html
Continuara…
Convocatoria a un Congreso Internacional con la finalidad
de crear un Derecho Público Americano
Respuesta
a la Nota de Richard Olney
La
opinión Pública Estadounidense y la Cuestión de Limites de Venezuela
Como
citar este artículo
How to cit this article
Márquez, Oscar
J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al
centenario de su fallecimiento XI. Parte,
Entrada del Lunes 20 de Mayo de 2013, consultado el xx / xx/ 2013.
URL:
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http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/10/la-guayana-esequiba-ciento-nueve-aos-de.html
______________________LOS
LÍMITES DE LA CAPITANIA GENERAL DE VENEZUELA EN 1810 III. Parte
_______________La
interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de
lesa Patria. I Parte
______________La
interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de
lesa Patria. II Parte
______________La
interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de
lesa Patria. III Parte
________________La
Guayana Esequiba-Conservación. Proyecto Hidroeléctrico de Amaila-Intervención,
y Depredación Ecológica I. Parte
_______________Primera
fase del proyecto Hidroeléctrica de Amaila (en la Guayana Esequiba) II. Parte
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2010/04/primera-fase-del-proyecto_8068.html
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alianza, neutralidad, garantía... Hechos por los pueblos, reyes y príncipes de
España con los pueblos, reyes, príncipes, republicas y demás potencias de
Europa...: Desde antes del establecimiento de la monarchia gothica
hasta el feliz reynado del Rey N.S. D ...Madrid: impreso por Diego Peralta, Antonio Marin y Juan de
Zuñiga, 1740, 602 Páginas
Rippy J.F. Rivalry of the Uinited States and
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