http://informe21.com/actualidad/territorio-insular-aca-varios-conceptos-entender-nueva-medida-del-gobierno
Tomado de:
A propósito del anuncio realizado este miércoles por el Presidente Hugo Chávez de la creación de un nuevo Territorio Insular, revisamos algunos conceptos sobre qué son estos espacios, que son zonas económicas exclusivas y cuál es la importancia de estos espacios.
Por Últimas Noticias en Agosto 3, 2011
El Primer Mandatario Nacional, Hugo Chávez, anunció la creación de una dependencia federal, territorio insular que será denominada Miranda, en honor a Francisco de Miranda, que tendrán cuerpo político territorial, con el fin de recuperar los espacios insulares del país y organizar políticamente a la república de una mejor manera.
Indicó que la capital seguramente residirá en el Archipiélago Los Roques. La creación por ley y establecimiento del cuerpo político territorial surgió por las excelentes condiciones y por la ubicación geopolítica de los territorios tomados en cuenta.
A propósito de éste anuncio sobre la creación de un nuevo Territorio Insular, revisamos algunos conceptos sobre qué son estos espacios, que son zonas económicas exclusivas y cuál es la importancia de estos espacios.
Territorios Insulares: De acuerdo con el artículo 11 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el espacio insular de Venezuela comprende "el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
La importancia estratégica de estos territorios es invaluable, ya que gracias a ellos Venezuela se extiende en el Mar Caribe hasta las coordenadas 15° 40′ 00″ N, 67° 37′ 00″ O, donde se localiza la Isla de Aves (520 km al norte del estado Nueva Esparta), dando a Venezuela un arco insular con una costa de 2.718 kilómetros y una Zona Económica Exclusiva de 200 millas náuticas generadas por las más de 314 islas, cayos e islotes de la dependencias federales en el Mar Caribe y el Océano Atlántico, incluyendo la porción marítima del Territorio Esequibo.
En los espacios marítimos de Venezuela el país es limítrofe con la mayoría de los estados con los que tiene fronteras, incluyendo Trinidad y Tobago, Granada, Dominica y Monserrat (Gran Bretaña); San Vicente, Santa Lucía, Guadalupe y Martinica (Francia); Puerto Rico e Islas Vírgenes (Estados Unidos de América), República Dominicana; St. Kitts & Nevis; Colombia, y Aruba, Curazao, Saba, San Eustoquio y Bonaire (Países Bajos). Lo que representa un total de 5.500 kilómetros de límites marítimos.
Aguas interiores: De acuerdo a la Convención del Mar, la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa, es decir, aquella que sigue el trazado de la costa en marea baja. La línea de base normal aparece marcada mediante el signo apropiado en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño.
Mar territorial: Es el sector del océano en el que un Estado ejerce su soberanía. Según la Convención del Mar, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. El punto más sobresaliente de geografía de Venezuela, el Cabo San Román en el estado Falcón, ubicado en el paralelo de 12º, 12´ de Latitud Norte.
Zona contigua: Es la que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta las veinticuatro millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. Es la franja de alta mar que limita con el mar territorial. Tiene una extensión de 22.2km. Sobre su superficie el estado no ejerse soberanía plena y solo tiene jurisdicción en material politico, aduanera, fisica,sanitaria y migratoria.
Zona económica exclusiva: Es el nombre que se le da al área de mar en el que Venezuela tiene derechos especiales en exploración y explotación de sus recursos. Se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas náuticas (370,4 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide la anchura del mar territorial. A pesar del nombre, las naves y aeronaves de otros Estados pueden navegarla, sobrevolarla e instalar tuberías y cables submarinos sin más limitaciones que las establecidas en el derecho y la práctica internacional y el ordenamiento legal vigente de Venezuela.
Plataforma continental: Esta es la prolongación natural del territorio de Venezuela hasta 200 millas ó hasta el borde exterior del margen continental (Plataforma + Talud y Emersión Continental), y en caso que se exceda de dicha distancia, tiene un límite máximo de 350 millas náuticas o de 100 millas marinas contadas a partir de los 2.500 metros de profundidad. Venezuela ejerce soberanía sobre aproximadamente 98.500 kms. de plataforma continental.
DJ
No hay comentarios:
Publicar un comentario