Eloy Alfaro
(1847-1912)
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo
venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte
viernes 27 de enero de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte Martes 28 de febrero de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo
venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte
miércoles 14 de marzo de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte lunes 26 de marzo de 2012,
1984 Mapa N°. 8 Propuesta de Rosebery 1886 MRE (colección de la Fundación La Guayana Esequiba)
Oscar José Márquez
La Nación venezolana rechaza la propuesta o línea Rosembery
El 29 de julio de 1886 el
Representante de Venezuela le acusa recibo al Conde Rosebery, Secretario de Estado de S.M. en el
despacho de Asuntos Extranjeros sobre el
Memorándum de las Bases para una Negociación 1ª Limites, rechazando las pretensiones inglesas de reclamar
territorios como suyos a partir del río Guaima, señalándole que la Constitución de la
Republica de Venezuela declara que sus los límites de la Republica:
“…son los mismos que correspondían a la Capitanía General de Venezuela en 1810;
y en otro de sus artículos prohíbe toda enajenación de territorio. La
combinación de ambas disposiciones coloca al Gobierno en la imposibilidad de
entrar en avenimientos en materia de límites, abrigando la convicción de que en
1810 la Capitanía General, en cuyos
derechos ha sucedido la Republica, tenía por frontera el Esequibo. Por esto no
cabe otro medio de solución que el arbitramiento, del cual resultará que la
propiedad corresponda al que tenga mejor derecho. Excluir pues del arbitraje,
el asunto en que más conviene, y que para Venezuela es forzoso, aleja la
esperanza de llegar a su término…”.Acompañaba
esta nota un memorándum extenso que
fijaba la posición de gobierno venezolano al respecto.
El Apócrifo mapa de Stanford
El Apócrifo mapa de Stanford
Pero esta lamentable patraña
sobre la adulteración de los mapas quedaría evidenciada una vez más, en la propia documentación del Foreign Office inglés según los archivos del Public
Record Office (Londres). F. O. 80/30. Del 05 de agosto del citado año de 1886 en el
que el Sr. E. Hertslet, en un nuevo memorándum procede a señalar lo siguiente:
“…. ¿son insuperables las objeciones
del Gobierno de su Majestad con respecto a un arbitraje de la cuestión
fronteriza?
Yo diría que nosotros no podemos
presentar el caso a arbitraje ni siquiera con pequeñas esperanzas de éxito,
dadas las contradictorias líneas que hemos reclamado, presentadas en los mapas
públicos ingleses. Además, el mapa publicado por el Sr. Stanford bajo los
auspicios del Ministerio de Colonias con todos los signos de aprobación
oficial, tenía una frontera aproximadamente igual a del mapa presentado al
Parlamento en 1840, y por tanto comprendía un territorio considerablemente
menor del que reclamamos en 1880 o en 1883; además esto, ha de considerarse que
“el argumento basado en razones de estricto derecho no tiene salida alguna…”.
Como diríamos en un lenguaje
coloquial “más claro no canta un gallo”, la Gran Bretaña, indudablemente no
estaba en condiciones históricas, jurídicas o sociales de acudir a ningún tipo
de arbitraje.
Porque no le asistían la razón histórica ya que los españoles siempre habían desalojado a los holandeses y destruido
las pequeñas factorías y conminado a no
asentarse o establecerse a la margen
izquierda del rio Esequibo o sea al oeste de este río.
Ni jurídicas porque España primero por el Tratado
o Periodo de Tregua 1609-1621, y segundo por el
tratado de Muster o de Westfalia 1648, solo les reconoció a
los Países Bajos las posesiones hasta entonces ocupadas por ellos. Que solo llegaban hasta el río Esequibo,
estaba claro que este último Tratado
Muster o de Westfalia, era el instrumento jurídico que regulaba las relaciones entre
España y Holanda hasta donde llegaba su
posesión independientemente que no existiese un “tratado de límites” como tal, en virtud que el concepto de
limites como lo conocemos hoy solo
aparecerá con la formación de los
Estados Nacionales a partir de finales
del siglo XVIII.
Menos aun por razones sociales y
antropológicas, porque mientras las
diferentes constituciones de la Republica de Venezuela desde 1811, consideraba
a los indígenas o amerindios como
ciudadanos ante el sistema inglés los indígenas o amerindios no lo eran. Además
los ingleses procedieron a traer en primer lugar chinos y portugueses después
hindús o indios de la india creando una colonia completamente
artificial, sin desarrollo propio a lo interno y sin tomar en cuenta a sus
pueblos originarios creando con ello la separación y recelo étnico
entre los amerindios, afro descendiente, hindú, chinos y portugueses
Por lo que simple y llanamente el Reino Unido de Gran Bretaña, la Inglaterra victoriana, el imperio inglés o la pérfida Albión. Se
aprovechaba de la Nación Venezolana por la
situación externa debido a los altos intereses de la deuda externa debido a su pago, e internamente debido a los
constantes alzamientos,
pronunciamientos, golpes de estado,
guerras civiles entre 1866 y 1886. Con la
consecuente desarticulación y
debilidad del país, por lo que Reino Unido de Gran Bretaña
extremo al máximo sus pretensiones, sin reparar en sus propias argumentaciones.
1896 Mapa de
Venezuela y de una Parte de la Guyana Británica demostrativo del
avance de las pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y
dibujado por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad
del Esequibo
Ante cada nueva usurpación se destruía la aparente legitimidad de las anteriores, de forma tal que por su propia confesión tácita del Foreign Office y Colonial Office, les bastaría demostrar lo absurdo de su última línea trazada, aniquilando toda su tesis anterior.
Lamentablemente para Venezuela
este argumento no fue utilizado por los magistrados, abogados y jueces que representaron a la Nación ante el
Tribunal Arbitral de París en 1899.
http://esequibonuestro.blogspot.com/2012/02/carta-de-james-j-starrow-severo-mallet.html
Descripción del Apócrifo mapa
de Stanford por James J. Starrow
El papel James Johnson Starrow,
es un tanto oscura, complicada y ambigua en el proceso del conflicto anglo venezolano,
colaboro con la Comisión nombrada por el Congreso estadounidense solicitada por
el Presidente Groover Cleveland, para
definir la verdadera línea limítrofe
entre Venezuela y la Guayana Británica.
Amigo del Secretario de Estado Richard Olney, fue propuesto por este para remplazar a
William Lindsay Sacruggs, al servicio de Venezuela; preparo el primer Sumario o Brief del Caso de Venezuela sobre sus derechos
fronterizos; participo en la
negociación de las Bases del Tratado
Arbitral a firmase en Washington en 1897; viajo a Venezuela a fin de
convencer y forzar la aceptación por el Gobierno venezolano de las referidas Bases del Tratado Arbitral, y
fallece en Washington a su regreso.
Este personaje es poco estudiado por la historiografía venezolana.
Pero es necesario en nuestro análisis adelantaremos unos años en referencia al testimonio sobre la descripción que James Johnson Starrow,
hace del mapa de Stanford, en mayo de 1896, al cual se
refiere E. Hertslet el 05 de agosto de 1886 según Public Record Office (Londres).
F. O. 80/30. O sea diez años más tarde quien
seguramente mantenía sus reservas frente
a Venezuela, a favor de Inglaterra.
Como podemos apreciar a pesar de que el memorándum del 05 de agosto de 1886 del Sr. E. Hertslet, permaneció oculto en los
archivos ingleses del Foreign Office, Public Record Office (Londres). F. O.
80/30. Hasta la década de los años
1950-1960, los estadounidenses ya habían
determinado la adulteración y
falsificación del mapa publicado en 1875.
Según James J. Starrow en, 1896 le dirige
una comunicación a Mallet Prevost el 15 de
Mayo a la sazón Secretario de la referida Comisión para definir la verdadera línea limítrofe entre Venezuela y
la Guayana Británica, señalándole que el mapa de
Stanford de 1875 tiene la frontera, de
acuerdo con la línea original de Schomburgk. “…Como una línea aproximadamente
recta desde el Barima hasta Roraima…”
Pero “…la frontera ha sido alterada, varias marcas de sellos muestran que fue impreso de la misma piedra o fotolito de ésta, pero los siguientes cambios o alteraciones…:
“…El párrafo referente a la tregua de 1850 ha sido completamente borrado. La frontera del Barima al Cuyuní es la misma. Pero desde el Cuyuní al Roraima ha sido cambiada y dobla alrededor de la Gran curva del Cuyuní como en el mapa Hebert…”
“…Stanford mantuvo la fecha antigua 1875 sobre el mapa cambiado y no hizo nota alguna sobre dicho cambio; de manera que la curva del Cuyuní se presenta como la frontera publicada en 1875. Esto constituye una alteración de referencias cartográficas…”
La nota del mapa Stanford con respecto a sus fuentes es una interpolación: no fue colocada ahí cuando el mapa se elaboró, puesto que 1) Shomburgk no era Sir sino hasta algunos años después; 2) él nunca hizo la agrimensura de la gran curva del Cuyuní, nunca ingresó a esta región hasta que transitó a una porción de ella en diciembre de 1842 y Enero de 1843. El Sr. Markham dice en una de sus cartas que la nota fue añadida cuando el fotolito se elaboró en 1887; cuando el mapa tenía 45 años, Schomburgk tenía 20 años de fallecido.
“…Mi creencia es que el mapa de Hebert tal cual elaborado en 1842 llevaba la línea desde el Barima hasta la confluencia del Acarabisi y el Cuyuní y, o terminaba ahí o iba derecha hasta el Roraima-probablemente lo anterior. Luego, quizás cuando Aberdeen o Granville propusieron tomarse para sí hasta la gran curva del Cuyuní, esa línea rosada fue añadida, y en 1887 fue copiado puesto que nadie conocía de la alteración. O bien puede suponer que fue añadida en 1886…”
La toma ipso facto de la posesión de los territorios al oeste del río
Esequibo en octubre de 1886
El General Antonio Guzmán Blanco, al ser elegido
por el Consejo Federal de Gobierno presidente para el periodo presidencial de
1886-1888, procede a regresar a Venezuela el 27 de agosto del referido año de
1886, encargándose del ejecutivo a partir del 15 de septiembre. Por lo que su política exterior se verá
marcada con la Gran Bretaña por el Gabinete del conservador Lord Salusbury,
partidario de la política de esplendido
aislamiento, basado en la política del aprovechamiento de las contradicciones
entre las potencias coloniales para
resolver a su favor los problemas coloniales.
A mediados de octubre
de 1886 Antonio Guzmán Blanco, recure a
los Estados Unidos en su reclamación con la Gran Bretaña y le expresa que: “…la
más poderosa y antigua Republica del Nuevo Continente está llamada a prestar
ayuda o otras Republicas en sus disputa con las naciones europeas…”.
Por su parte en La
Gaceta de Londres se pública el 22 de octubre del referido año 1886 un
aviso por instrucciones del Colonial
Office, señalando que los límites entre
la Guayana Británica y la Republica de Venezuela están en disputa por ambos
Gobiernos. Y ante el posible otorgamiento de concesiones en el área reclamada por Su Majestad, como
parte de la Guayana Británica, no serán
admitidas ni reconocidas estas por
ella. Y cualquier persona que tome posesión de dichos terrenos será tratado
como un infractor a las leyes de dicha colonia.
Indicando el aviso a su vez que: “…un mapa, que señala los límites entre
la Guayana Británica y Venezuela reclamados por el Gobierno de Su Majestad,
puede verse en la Biblioteca de la Oficina Colonial, Dowing Street, o en la
oficina de la Secretaria de Gobierno, en Georgetown, Guayana Británica…”.
Con este aviso y la publicación del referido mapa en la práctica, y de hecho el Gobierno Inglés a través del Foreign
Office, el Colonial Office y la
colonia de la Guayana Inglesa pasaban a
tomar posesión ipso facto, unilateralmente de los territorios al oeste del rio Esequibo. En perjuicio de la Nación venezolana. Ya no
había vuelta atrás el objetivo estaba trazado y definida su política despojar a
Venezuela de más de 159.000 km2, de territorios había que exigir el máximo para poder llegar a un arreglo ya
que no les asistía la razón solo la fuerza imperial y el lenguaje de sus cañones.
¿Dónde quedaba la Doctrina Monroe y la
solidaridad hispanoamericana o latinoamericana?
A principios de diciembre de 1886, e General Antonio Guzmán
Blanco procede por intermedio de del General Rafael Aizpurúa, a través del istmo de Panamá a enviarle un mensaje al General Eloy Alfaro,
en torno a la misión a que estaban llamadas a realizar las republicas que
libertara Simón Bolívar, tarando de crear a través de los partidos Liberales de Venezuela,
Colombia y Ecuador un proyecto en la América del sur.
Para el último trimestre de 1886 ya se habían cumplido el
ultimátum y las agresiones en contra de
la Nación venezolana, por parte del Foreign Office y el Colonial Office inglés la escalada iba en aumento por lo que el Ministro de
Relaciones Exteriores Diego B. Urbaneja le solicita al Sr. R. Saint John, Ministro Residente de
S.M.B en Caracas “…los informes y antecedentes
que conozca sobre ocurrencias tan inauditas y casi increíbles…” sobre
los abusos y las usurpaciones inglesas en la Guayana.
Ante estos hechos de violación del territorio nacional se
procede a nombrar a los señores Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez Comisionados a fin de
esclarecer los hechos y dejar por sentados los derechos de Venezuela en esa
región ante los funcionarios
ingleses designados por el Magistrado Michael Mc Turk, el último de
ellos el 06 de septiembre de 1886, quienes
se trasladan al lugar de los hechos y les señalan que: “…el territorio entre
los ríos Amacuro y Guaima es venezolano y jamás se le ha considerado en disputa
con Inglaterra y por consiguiente tal acto de nombrar en estos lugares Agentes
oficiales de la Colonia Inglesa, es una manifiesta usurpación contra la cual
protestamos a nombre del gobierno…” .
Interconexión Fluvial a través de los
ríos Orinoco, Amacuro, Barima, Itabo, Pomerún, Moruca, Esequibo. Tomado de La Guayana Esequiba su tierra y su Gente, Daniel
De Barandarián
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, luego de interrogar a
los ribereños delAmacuro pasan al río Barima donde rectifican una serie de
medidas para pasar al río Aruca, donde confirman otro nombramiento arbitrario de las autoridades de la Colonia del Demerara (la Guayana Inglesa), de este zona ´pasan al
año Morajuana donde pernotan, para posteriormente entrar al río Guaima hasta llegar
Curital,
donde consiguen dos conucos trabajado por ciudadanos venezolanos.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, al continuar su viaje
pasan frente al caño Paramán, que va al río Moroco, determinando lo que desde
siempre se ha sabido que el comercio entre el Demerara (río Esequibo en la
Guayana Inglesa), se hace a través del referido río. Los comisionados al
continuar por el rio Guima llegan frente al Caserío Cuabana, compuesto en su totalidad por indios Guaicas,
unos ochenta habitantes en diez bohíos o ranchos regidos por un misionero
protestante ingles que había levantado un caney que servía de capilla y escuela
a su vez lo que demuestra la usurpación inglesa a través de la iglesia
anglicana.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, determinaron para
finales del mes de diciembre del citado año de 1886, que solo entre el Moroco y
Punta Barima existían tres comisarios nombrados in situ por el Magistrado Michael Mc Turk, y un misionero.
Como pretendía la gran
Bretaña imponer de esta manera línea Rosembery, con tres comisarios nombrados uno el 01 de
marzo de 1885, otro el 06 de septiembre de 1886, un misionero. Por lo que los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, les hicieron saber públicamente
que esas comarcas pertenecen a Venezuela y no a Su Majestad Británica,
protestando a su vez contra todos los actos de autoridad ejercidos por el
Gobierno de la vecina Colonia inglesa por ser una manifiesta violación al
territorio y una usurpación.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, luego de restituir a
las autoridades venezolanas en Guaima, Aruca, Morajuana, Barima y de estudiar en este punto el sitio
donde debía de construirse un faro partieron para Georgetown a donde arribaron
el 01 de enero de 1887 procediendo a dirigirse al cónsul venezolano en el Demerara
(la Guayana Inglesa).
Pero resulta que el Cónsul Manuel L. Andrade, no había
recibido aún el exequátur de su nombramiento. Por lo que los comisionados
debieron esperar fondeados que se reconociese
su nombramiento provisionalmente como Cónsul, y pudiese trasmitir la nota de
protesta de la Comisión.
Por otra parte el Ministro venezolano residente en los EE.UU procede
a informarle al Secretario de Estado
Byard, el 04 de enero que el Gobierno de Venezuela ha tratado de de convenir
con Londres un arbitraje como lo sugirió
EE.UU, sin que embargo la conducta británica ha sido la de avanzar en sus
conquistas y consolidaciones territoriales en contra de la Nación venezolana.
Map of British Guiana Showing Schomburgk Boundary
Gold Centres ( de la colección la Fundación la Guayana Esequiba)
Los Distritos mineros
la motivación de la usurpación 1885
-1886
Solo a hasta el 08 de enero que el Cónsul Manuel L. Andrade,
puede darles a los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, una repuesta de la
protesta formal ante la colonia señalándoles de su gestión:
“…poco o nada, señores, podre añadir a lo que ustedes ya
saben oficialmente. Lo único que debo hacer notar es la manera como este asunto
de limites ha sido resuelto por el Gobierno de la Gran Bretaña. Hoy en día ya se hallan constituidas autoridades en los
puntos más importantes del territorio usurpado, especialmente en el
Distrito de las minas, situado entre los ríos Cuyuní, Esequibo, Mazaruni y
Puruni, en donde se halla actualmente una población minera de tres a cuatro
mil hombres…”
“…según el último estado de la aduana, en el año que termino
se exportaron por esta aduana unas 6,518 onzas contra 936 el año anterior. Todo
esto es oro de de greda. Con esta les remito a ustedes diferentes periódicos,
especialmente los oficiales de los últimos meses, en que verán ustedes noticias
relativas a este asunto de minas y limites…” estaba clara la motivación de la usurpación
de los territorios al oeste del rio Esequibo.
La Misión de Marcos A. Alfaro e Caracas
Continuara…
Como citar este artículo
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo
venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V. Parte,
Entrada del Martes 03 de de Abril de 2012, consultado el
xx / xx/ 2012. URL:
Bibliografía
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Cárdenas Raúl. La Política de los Estados Unidos en el
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Pérez Concha Jorge. Eloy Alfaro ante el Derecho Internacional
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Weiss $ C.O., Impresores 116 Fulton Street. Reimpresa en la Colección Fronteras
No 6 Caracas Editorial Arte 1980. 354 Págs.
Bibliografía
Pérez Concha Jorge. Eloy Alfara ante el Derecho Internacional
Americano. Guayaquil: Imprenta Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo e Guayas.
1959, 24 páginas
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores, Archivo
Dirección General de Fronteras AG.D.G.F N° 3.2.32.28
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