miércoles, 13 de junio de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XIII. Parte


                                                     
  Eloy Alfaro (1847-1912)

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte martes 28 de febrero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles 14 de marzo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana
Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte lunes 26 de marzo de 2012,

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V. Parte lunes 03 de Abril de 2012, 

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VI. Parte lunes 12 de Abril de 2012, 

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VII. Parte  martes 17 de abril de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VIII. Parte martes 24 de abril de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IX. Parte martes, 1 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento X. Parte Miércoles, 9 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XI. Parte Martes, 22 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XII. Parte
Miércoles, 30 de mayo de 2012

1896 Mapa de Venezuela y de una Parte de la Guayana Británica demostrativo del avance de las pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del Esequibo


Oscar José Márquez
Ayuda venezolana para la revolución liberal Ecuatoriana.
Señalábamos que Eloy Alfaro, fue recibido como un héroe en  Caracas, en donde se le rindieron honores,  agasajándole,  al respeto el mismo nos relata lo siguiente: “…Me halló en la gentil Caracas: cuando después del aplauso  y de la pompa vinieron la soledad y el silencio nocturnos en mi cuarto, me admiraba  de haber sido yo el objeto de tantas efusiones afectuosas en una de las principales ciudades de la historia Hispanoamericanas… …nunca olvidare esos días…”.

Eloy Alfaro, procede a  entrevistarse  con el General Ignacio Andrade y otras personalidades del mundo político caraqueño, ya que el General Crespo,  se encontraba fuera de la Ciudad.  Sin embargo Andrade procedió a   entregarle un primer aporte para  sufragar la revolución liberal  Ecuatoriana.  

“…Crespo Le autoriza girar contra él hasta 500.000 bolívares, en un plazo más o menos largo, pues los gastos de la revolución no le permitían facultar giros inmediatos; no obstante, había listos mil pesos en oro, además de estar contratando algún armamento para su entrega en un puerto del pacifico…”.

Recordemos que al visitar el General Joaquín Crespo, a Eloy Alfaro,  en su exilio en Lima Perú, habían quedado de mutuo acuerdo en ayudarse.  En esa época Eloy  Alfaro,  le había presentado un Proyecto de ayuda a la causa liberal ecuatoriana  al General venezolano,  que consistía en la adquisición de un buque armado más la compra  de  pertrechos de guerra cuya suma  ascendía  a la suma de 170.000 pesos de esa época: “…Bien compañero – repuso Crespo cuando tuvo el presupuesto en sus manos,  le proporcionaré esa suma en Venezuela…”. Han transcurrido cerca de dos años y medio  de esta oferta el General Crespo, ha entrado triunfante a Caracas y es el hombre fuerte de Venezuela como  del liberalismo. Además Eloy Alfaro por otra parte tenía parientes en Venezuela entre ellos cuatro  generales.

De Caracas Eloy Alfaro,  procede a  Trasladarse a  Panamá  satisfecho con  las cartas y promesas del Gobierno  venezolano  procede a dirige a New york. En esta ciudad contaría a su vez con él,  “…apoyo   de la firma comercial J.M Larralde y Compañía, de liberales venezolanos, que sirviera de centro de aprovisionamiento a los rebeldes…”. Logrando  a su vez estrechar una gran amistad con su director el Sr. Larralde.  

Año de 1893 se despejan las dudas sobre  la apetencia británica por los territorios al oeste del río Esequibo.
Dentro del contexto histórico el año de 1893 despejará todas las dudas sobre la decisión política de la Gran Bretaña, de usurpar y despojar a la nación venezolana de  los territorios al oeste del río Esequibo a cualquier costo desde que se  tomo  la decisión en 1884 de ejecutar lo que el Foreign Office,  denomino la posesión efectiva.


Grover Cleveland Presidente de los EE.UU,  para los periodos de 1885-1889 y de 1893 - 1897  

Ese año de  1893 Grover Cleveland,  es electo como el vigésimo cuarto Presidente de los Estados Unidos para el periodo de 1893 a 1897, además de que ha sido el único Presidente que ha ocupado ese cargo sin ser reelegido. Es conveniente a su vez señalar  que este no era ningún inexperto ya que había ejercido la presidencia en  los años de 1885-1889, y tenía pleno conocimiento sobre la Cuestión de límites entre Venezuela y la Gran Bretaña.
 Sr W.Q. Gresham Secretario de Estado de los Estados  Unidos 1893-1895 

En referencia a su política internacional fue un fiel defensor de la Doctrina Monroe. Quién por cierto años mas tarde en 1901,  publicara una pequeña obra a favor de Venezuela titulada Venezuelan Boundary  Dispute (La Controversia Limítrofe venezolana). En la que señala que la cuestión de los límites de Guayana  con la Gran Bretaña permitió el  establecimiento y consolidación de   la Doctrina Monroe frente al mundo especialmente ante  la Gran Bretaña.  ¿Pero a cual  precio?  Seguramente  significo  el despojo de 159.500 km2 aproximadamente  de territorios al oeste del rio Esequibo considerados españoles y luego venezolanos.  Como Secretario de Estado de los Estados Unidos es designado  el Sr W.Q. Gresham, a partir del 04 del marzo de 1893, quien desarrollaría acciones diplomáticas a favor de Venezuela ante la Gran Bretaña.


Misión Diplomática de Michelena en Londres




Nuevo Agente Confidencial venezolano ante la Gran Bretaña
Después de dos años cinco meses y diecisiete días es designado por las nuevas autoridades venezolanas  el Dr. Tomas  Michelena,  como  nuevo Agente Confidencial ad hoc, ante la Gran Bretaña. Para el  23 de mayo de 1893,  le anuncia a Lord Rosebery,  quien era a   la sazón el nuevo Secretario de Estado  de Su Majestad Británica en el Foreign Office, bajo un gobierno presidido por  los liberales.   Que ha sido nombrado a fin de resolver las diferencias existentes entre ambas naciones, solicitándole el día y la hora para su presentación.

Fijándose esta para el 26 de mayo de ese año una vez realizada esta  Tomas  Michelena, procede a enviarle una Pro memoria al Foreign Office, conteniendo las bases en representación del Gobierno venezolano con el fin de que  sean consideradas para  resolver las diferencias existentes entre ambas naciones como lo hemos señalado anteriormente.

Promemoria  bases solidas de Venezuela para resolver las diferencias con la Gran Bretaña
Esta Pro memoria es de suma importancia, porque sin tener  la Venezuela de ese entonces una larga tradición jurídica presenta de forma precisa, concisa  y sucinta, seis puntos  bases  para resolver las diferencias con la Gran Bretaña de estos dos se referían a la Cuestión de los límites de Guayana  la 1ª y la 4ª.

Por lo cual compartimos el criterio y argumento del internacionalista Dr. Antonio Fernández,  en referencia al cambio de Venezuela de  su tradicional posición al  buscar resolver la cuestión directamente a través de  un Tratado en forma amistosa: “…los puntos esenciales, con modificaciones notables en relación a la posición tradicional. Como argumento no se mencionaba la prohibición constitucional de enajenar territorios; además se hablaba de tratado, en primer lugar, de arreglo amistoso y, solo después de arbitraje. Es sin duda, una proposición inteligente. Tan así es que el Foreign Office hubo de desplegar todo cúmulo de argucias del que estaba investido para poder distraer la atención del mismo y negarse a aceptarlo como principio de negociación…”.

Estas bases eran las siguientes:

1ª Primera.- “…El Gobierno de la Gran Bretaña, reclamando ciertos territorios en la  Guayana, como sucesora de los derechos de los Países Bajos, y el Gobierno de Venezuela, reclamando una porción de los mismos terrenos, como heredera de España, animados de disposiciones amigables y deseando poner término á las diferencias suscitadas en este asunto, respectando cada cual los títulos que comprueben las respectivas jurisdicción y propiedad sobre los territorios en discusión, convienen y estipulan que, restablecidas que sean las relaciones oficiales entre ambos países, previa la ratificación de este convenio preliminar por sus respectivos gobiernos, se nombrara por cada parte uno o más delegados, con plenas facultades para la celebración de un tratado de límites, basado en el examen concienzudo y detenido que ellos hagan de los documentos, títulos y antecedentes que legitimen las respectivas pretensiones, siendo además convenido que la decisión de los puntos dudosos o demarcaciones de una línea fronteriza, en que pudiesen, llegar a acordarse los Delegados nombrados, se someterá a la decisión definitiva e inapelable de un árbitro juris, que será nombrado, llegado el caso, de común acuerdo por uno y otro gobierno…”

2ª Segunda.-…
3ª Tercera.-…

4ª  Cuarta.-“… se hará constar en el convenio preliminar que tanto el Gobierno de S. M. Británica como el de Venezuela reconocen y declaran como  statu quo de la cuestión limites el que existía en el año de 1850, cuando el honorable Sir. Belford Hinton Wilson, Encargado de Negocios de Inglaterra en Caracas, hizo la declaración formal en nombre y de orden expresa del Gobierno de S.M. Británica, de que se ocuparía ninguna parte del territorio en disputa, exigiendo la misma declaratoria de parte del Gobierno de Venezuela, como fue obtenida. Este Statu quo se mantendrá hasta la celebración del Tratado de límites que se menciona en la Base 1ª.

5ª Quinta.- el convenio que se formule sobre las bases aquí propuestas y que será firmado por el Agente Confidencial de Venezuela, en uso de los poderes de que está investido, y por la persona debidamente autorizada por el Gobierno de S.M Británica, será también inmediatamente sometido a ratificación directa de ambos Gobiernos, y efectuando el canje, quedara ipso facto restablecidas las relaciones diplomáticas entre ambos países.  Londres, mayo 26 de 1893.

Por supuesto que tanto el Foreign Office,  como en el Colonial Office, así como en  el resto del Gobierno de S.  M. Británica. Frente a estas simple pero contundente bases  venían a demostrarles que la republiquita de Venezuela, la que representaba la barbarie frente a la civilización, según   los funcionarios ingleses les  daba  una lección de buena vecindad, de  voluntad, de principios  y de un excelente ejercicio de  derecho.

De resolución y entereza  al enfrentarse dignamente ante  los atropellos, abusos,  excesos de poder de  los representantes de S.M. Británica, ante el derecho internacional al usurpar para arrebatarle  parte de uno de los elementos constitutivos de toda nación como lo es el territorio en este caso los ubicados al oeste del río Esequibo. Al implementar la Gran Bretaña frente a la pobre e infeliz Venezuela, su política de ocupación efectiva, usurpando  una y otra vez  los territorios al oeste del rio Esequibo hasta llegar a las bocas del Orinoco y rechazar a su vez una y otra vez la iniciativa de la Nación venezolana de someterlos a un arbitraje como solución,   desde su primera propuesta en 1881:

 “…y como en el caso de tal eventualidad, los dos Gobiernos no podrían entenderse hasta llegar a un acuerdo común, porque los títulos que uno presentase serian rechazados por el otro, y cada uno trataría de demostrar la sin razón de su contrario, sería absolutamente indispensable un acuerdo entre ambos países para someter la decisión de este grave asunto a un Arbitraje, o a un Tribunal que dictase la definitiva resolución. He recibido, en consecuencia, instrucciones de mi Gobierno para instar al de Su Majestad Británica por el sometimiento de la cuestión a un Árbitro elegido por ambas Partes, y a cuyo fallo se someten ambos Gobiernos…”.

Como podemos  de apreciar la Venezuela  según lo señalado  varias veces a través de este escrito por funcionarios ingleses representaba  la barbarie frente a la civilización, sin embargo desde 1881.  Siempre tomo la iniciativa de plantear de acudir  un Arbitraje o a un Tribunal Arbitral no temía de asistir a ellos porque le asistía la razón y la búsqueda de la justicia  en  ellos.   Demostrando con esto su racionalidad,  entereza. Contrario a la primera potencia del mundo la que representaba la civilización en esos   doce años la Gran Bretaña, maquino y estructuro toda  una acción engañando para ganar tiempo, apoyada en la fuerza de su  poder, económico, político y militar.


La ocupación efectiva como repuesta y el desconocimiento del Convenio de 1850 o status quo
El 31 de mayo el Foreign Office  le responde a  Tomas  Michelena, señalándole que han recibido su Pro - memoria a la cual le darán pronta y atenta consideración.  La cual se hace el 03 de julio cuando   Lord Roserbery, procede  a rebatir el argumento venezolano. Nos podemos de  dejar de imaginarnos las innumerables consultas entre los jurisconsultos ingleses que se debieron de hacer solo para contestar la 1ª y la 4ª   de las bases propuestas por  Venezuela.

Porque EL Gobierno británico, a través del Foreign office, del Colonial Office, no podían seguir ocultando y retardando su verdadera intención de su apetencia apoderarse  de los territorios ubicados al oeste del rio Esequibo.  Y  la Pro Memoria del 26 de mayo de 1893 con sus cinco bases forzó indudablemente al Gobierno de S.M. Británica a desenmascararse al señalar Lord Roserbery desde el Foreign Office,  su realidad frente a los hechos desarrollados a partir de 1884:

“…Debo, en primer lugar, significar que a pesar de que las presentes proposiciones del Gobierno Venezolano admiten la posibilidad de arreglar la cuestión límites por tratado, el hecho de envolver también referencia al arbitraje en caso de diferencia entre los delegados de los dos Gobiernos encargados de la negociación de ese Tratado, prácticamente lo reduce a la forma en que ha sido repetidas veces rechazado por el Gobierno de  Su .Majestad; es decir:  la referencia al arbitraje de una reclamación hecha por Venezuela a una gran porción de una Colonia Británica desde hace tiempo establecida…”

Podemos apreciar en este párrafo  el cambio rotundo del Foreign office sobre la cuestión de los límites de Guayana al utilizar la oración: “…una reclamación hecha por Venezuela a una gran porción de una Colonia Británica desde hace tiempo establecida. Ya que en todos los documentos anteriores el Foreign Office, en representación del Gobierno Británico había utilizado  los términos de: fijación de los límites entre la Guayana Británica;  arreglo general de limites;  territorio  reclamado por la Gran Bretaña;  de un modo equitativo y satisfactorio tanto para Inglaterra como para Venezuela y pare usted de  contar las frases y oraciones al respecto quizás algún día  se le ocurra algún estudioso a efectuar un estudio semiológico de la correspondencia del Foreign Office sobre la cuestión de los límites de Guayana, su cambio a través de esos años.

Nos preguntamos por otra parte para ese año de 1893  ¿Cual era esa colonia británica?, ¿desde cuándo se integro como tal?, ¿cómo estaba estructurada?  ¿Desde cuándo tenía una organización política territorial?, ¿con que población?, ¿de dónde provino esta población?,  ¿Cuál era su estructura sociopolítica?, ¿cuál era el comportamiento de las autoridades coloniales frente a las comunidades originarias?, ¿cuándo comenzó su colonización al oeste del rio Esequibo?
Mapa Schomburgk de 1840,  que señala una  segunda línea de frontera establecida unilateralmente sin ninguna justificación, histórica o técnica   

Como responder  a estas preguntas y a otra serie  de ellas  para el año de 1814 en que Inglaterra se hace cargo de las colonias holandeses  de Esequibo, Berbecí y Demerara; y en  1835 cuando las explora Schomburgk;  en 1841   cuando se inicia su demarcación unilateral;  en 1850 ante  el Convenio o Estatus quo planteado por la Gran Bretaña;  en 1876 cuando Venezuela toma la iniciativa de resolver la cuestión; en 1891 cuando Venezuela solicita ir a un Arbitraje o Tribunal Arbitral; y a partir de 1884 cuando se da inicio a lo que el propio Foreign Office denomina ocupación efectiva.

Lord Roserbery, continúo contestando las bases de la Pro Memoria venezolana del 26 de mayo de 1893,  al señalar:

“…el Gobierno de Su Majestad considera, por consiguiente, que la cláusula primera del Memorándum pude ser aceptada solamente bajo las condiciones especificadas en Memorándum comunicado al Señor Urbaneja por Sir TH Sanderson en nota del 19 de marzo de 1890. Propondría que la primera cláusula de su memorándum se corrigiese de la manera indicada por las adiciones escritas con tinta roja en la copia que le incluyo…”

En referencia a la clausula 4ª Lord Roserbery, señala:

“…cuanto a la cláusula cuarta del Memorándum, en la que se propone que ambos Gobiernos, el   Su Majestad y el de Venezuela reconocerán y declararan que el statu quo de la cuestión límites es el que existía en 1850, el Gobierno de Su Majestad considera que le es estrictamente imposible consentir en retroceder por algunos años al statu quo de 1850 y evacuar lo que constituido por algunos años una parte integral de la Guayana Británica. Deplora, desde luego no poder aceptar esta proposición…”.

Este párrafo del Gobierno de Su Majestad, a través  del  Foreign Office,   por intermedio de Lord Roserbery, deberíamos de llevarlo siempre presentes los venezolanos como una perfecta afrenta una bofetada  en un capítulo humillante de la historia de Venezuela.  Podemos  calificar la conducta de  la primera potencia del mundo en ese entonces que representaba la civilización frente a la barbarie de  atropello y de  cinismo al   romper el Convenio o statu quo de 1850.  A través de Lord Roserbery, luego 43 años.

La ocupación Efectiva y su evolución en el Foreign Office

Continuara…

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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XI. Parte,
Entrada del  Martes 13  de  junio   de  2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:
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_______________La interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de lesa Patria. I Parte
______________La interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de lesa Patria. II Parte
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