http://www.latercera.com/noticia/opinion/ideas-y-debates/2014/06/895-583469-9-la-demanda-boliviana-y-las-excepciones-preliminares.shtml
Tomado de:
por Mariano Fernández - 22/06/2014 - 04:00
HACE ALGUNOS días, Felipe Bulnes, agente de Chile frente a la
demanda boliviana ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, ha
llamado a la prudencia y a cesar los excesos en materia de objetar la
competencia del tribunal mediante excepciones. Bulnes ha obrado con razón,
porque demandas como la presente, por infundadas que sean, exigen un
tratamiento cuidadoso.
En este caso no ha habido sólo opiniones, sino una
verdadera campaña que prevé consecuencias desastrosas si no se plantean las
excepciones, con un agregado extraño que es la intervención directa del
ex Presidente Piñera, encabezando a un grupo de connotados representantes de su
sector político.
Estamos frente a una demanda principalmente comunicacional y
política, pretendiendo el país altiplánico que la corte declare que “Chile
tiene la obligación de negociar con Bolivia en orden a alcanzar un
acuerdo que garantice a Bolivia un acceso completamente soberano al océano
Pacífico”. Pedir una negociación con un resultado ya previsto es contradictorio
por definición y la verdad es que la demanda no tiene base jurídica ni fáctica
alguna. Además, las fronteras entre ambos países están establecidas en un
tratado diáfano y vigente.
La argumentación del enclaustramiento es falaz dadas las
garantías de libre tránsito y utilización de los puertos chilenos que tiene
Bolivia, además de disponer de la mejor ruta vial internacional hacia
cualquiera de sus fronteras.
Agreguemos a ello que Bolivia, según fuentes bolivianas, ha
perdido o cedido la mitad de su territorio desde su independencia, a saber:
Brasil (38,76%), Perú (19,77%), Paraguay (18,51%), Argentina (13,44%) y Chile
(tan sólo el 9,49%). Sin embargo, su única reivindicación es contra nuestro
país.
Como sabemos, los fallos de la corte son inapelables y ella
dispone de una cierta latitud en sus resoluciones que hace que Bolivia confíe
en obtener algún resultado positivo para su posición.
Por ello, aunque se entiende que haya algunos juristas o
políticos que planteen una excepción preliminar para finalizar el asunto ahora,
la práctica y modus operandi de la corte, en mi opinión, lo desaconseja. La
corte, en su reglamento interno, señala que las excepciones preliminares para
ser acogidas deben ser efectivamente preliminares. Se trata de una
interpretación sumamente ambigua y con consecuencias de muy difícil
anticipación. De hecho, la corte casi nunca ha acogido dichas excepciones, son
contados los casos en que ello ha ocurrido.
Más vale ir al fondo del asunto en la contramemoria y
mostrar en ella la solidez y espíritu de cooperación con Bolivia, así como
también demostrar que esta voluntad no ha encontrado un eco adecuado de parte
de los interlocutores bolivianos. Tenemos numerosos casos que fundamentarán
este aserto.
Por otra parte, el gobierno ha hecho muy bien, con sentido de
política de Estado, de consultar a todas las instituciones y personas
relacionadas con la defensa del interés de Chile, previo a tomar sus decisiones
sobre estas materias.
Más allá de algunos errores cometidos en el gobierno anterior
en las relaciones con Bolivia, este país eligió un camino de confrontación
total que imposibilita los esfuerzos de acercamiento de nuestro país y ello es
lamentable para el necesario proceso de integración que debemos realizar en el
continente.
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