http://www.analitica.com/va/internacionales/opinion/9458464.asp
Tomado de:
José Félix Díaz Bermúdez
Lunes, 18 de noviembre de 2013
"No puede dejarse de mencionar -expresa el Dr. De Sola-
como hitos importantes en la reiniciación de nuestro reclamo formal la
declaración del embajador Dr. Diógenes Escalante y de los parlamentarios José
Antonio Marturet y Manuel Egaña en 1944
Foto: Google
Nos recuerda el ilustre académico, jurista y excanciller de
la República, el apreciado amigo doctor René De Sola, en su estudio
"Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra" (1982), lo que
significó a lo largo del siglo XX venezolano nuestra reclamación del territorio
Esequibo, así como la actuación que cumplieron varios destacados ciudadanos,
entre ellos los ministros de Relaciones Exteriores, en defensa de los derechos
territoriales del país, luego que se evidenciaron los graves vicios jurídicos e
históricos del Laudo Arbitral de París de 1899 .
"No puede dejarse de mencionar -expresa el Dr. De Sola-
como hitos importantes en la reiniciación de nuestro reclamo formal la
declaración del embajador Dr. Diógenes Escalante y de los parlamentarios José
Antonio Marturet y Manuel Egaña en 1944; la defensa del recién fallecido
presidente Rómulo Betancourt ante la Conferencia Interamericana de Bogotá en
1948; la del canciller Dr. Luis E. Gómez Ruiz ante la IV Reunión de Consulta de
los Cancilleres Americanos en 1951; la del Dr. Ramón Cardona en la X
Conferencia Interamericana de Caracas en 1954; la del canciller Dr. José Loreto
Arismendi en 1956 con ocasión de la creación de la Federación Británica del
Caribe; la del Dr. Rigoberto Henríquez Vera, como vocero de la Cámara de
Diputados, ante una delegación parlamentaria del Reino Unido que visitó nuestro
país en 1960; la de nuestro embajador..., Dr. Carlos Sosa Rodríguez, ante las
Naciones Unidas en 1962; la documentada exposición del canciller Marcos Falcón
Briceño ante el Comité Político Especial de la Asamblea de las Naciones Unidas
en 1962, que puede considerarse como el punto del definitivo arranque de
nuestra reclamación formal del territorio usurpado; y, por último, en el año de
1965, las conversaciones en Londres del canciller Dr. Ignacio Iribarren Borges,
que parecían conducir a una solución del problema con anterioridad a la fecha de
la independencia de la Guyana Británica...".
No obstante las críticas que De Sola formuló al Acuerdo de
Ginebra, al haber sostenido la posición de que era preferible arribar a una
solución antes del reconocimiento de la independencia de Guyana, resaltó, sin
embargo, el interés que para la entonces política exterior venezolana
representaba la reivindicación del Esequibo, como acto afirmativo de la
consciencia nacional y de la voluntad política del Estado, que podemos hoy
citar como antecedente político, ético, jurídico e histórico a favor de la
soberanía territorial de Venezuela.
En efecto, una serie de actos fundamentales de la diplomacia
venezolana con respecto al significativo asunto, ocurrieron durante el gobierno
democrático del presidente don Rómulo Betancourt. Los objetivos de la política
exterior venezolana durante su mandato fueron los siguientes: la cooperación
económica, social y política sobre bases de igualdad y respeto al orden
jurídico internacional; la defensa de los intereses nacionales de Venezuela y
de su independencia; la no intervención y procurar mantener relaciones con
todos los países; una política internacional de amplia solidaridad hacia los
países democráticos (Doctrina Betancourt) y hacia los pueblos que luchaban por
su independencia y autodeterminación, obviamente, sin renunciar a los derechos
e intereses de Venezuela.
El canciller Marcos Falcón Briceño, logró la inscripción de
nuestro reclamo territorial en la Agenda de la XVII Asamblea General de las
Naciones Unidas bajo el título: "Cuestión de Límites entre Venezuela y la
Guayana Británica", pronunció un histórico discurso el 1 de octubre de
1962 durante el debate general de la asamblea y, días después, el 12 de
noviembre, hizo una documentada exposición ante la Comisión Política Especial
de la ONU, a favor de nuestros derechos sobre el Esequibo.
Ante la comisión, Falcón Briceño planteó los antecedentes
históricos del caso, los sucesivos actos de agresión y despojo por parte del
gobierno inglés, los graves vicios contenidos en el laudo, la importancia del
descubrimiento de los documentos de Mallet Prevost y sus implicaciones
jurídicas, basado en las más autorizada doctrina de derecho internacional
público de la época con respecto a la nulidad de decisiones arbitrales
similares a la dictada en 1899. Igualmente, indicó el ilustre canciller, que:
"Entre 1950 y 1958 tuvimos en Venezuela un gobierno dictatorial, que no
fue sensible a este asunto y no le preocupó demasiado..., se limitó a dejar
sentada una reserva en la IV Reunión de Cancilleres en Washington en 1950,
reserva que se repitió en 1954". Sin embargo, el dictador Pérez Jiménez,
manifestó el deseo de: "...recuperar los territorios perdidos,...
recuperar el Esequibo".
Posteriormente, los gobiernos de Leoni y Caldera continuaron
la ingente tarea.
La integridad territorial es parte del legado histórico de la
democracia, elemento sustancial de la existencia del Estado, de la dignidad y
de la soberanía de la nación.
2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico
Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República
Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de
territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de
Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de
febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
No hay comentarios:
Publicar un comentario