http://www.youtube.com/watch?v=z3GsH_99PlU
Dr. Kaldone G. Nweihed, Profesor Titular Jubilado de la Universidad Simón Bolívar.
Tomado
de:
El
Instituto de Altos Estudios de América Latina (IAEAL) de la Universidad Simón
Bolívar, en el marco de las actividades para la celebración del 44
aniversario de la USB y del 37 aniversario de la Sede del Litoral,tiene el
agrado de invitarle a la Conferencia "El nexo jurídico entre la delimitación
marítima y la terrestre: Caso Guyana-Venezuela" que dictará el Dr.
Kaldone G. Nweihed, Profesor Titular Jubilado de la Universidad
Simón Bolívar.
La Conferencia examinará aspectos tales como:
- La delimitación marítima en cuanto marco y proceso jurídico
- La delimitación marítima en cuanto marco y proceso jurídico
- La delimitación terrestre en cuanto marco histórico y geopolítico
- Procedencia y no procedencia de la delimitación marítima entre Estados limítrofes por tierra
- La fachada de Venezuela sobre el Atlántico: Derecho del Mar
- La proyección
de Guyana hacia el Atlántico: Evaluación jurídica
En el siguiente link se encuentra un archivo que puede ser utilizado en la promoción del evento.
Lugar: Sala Rosario Horowitz de la Biblioteca Central de la Universidad
Simón Bolívar
Fecha: Viernes, 31 de enero de 2014
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de
tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río
Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación
sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río
Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente
sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la
margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos
soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea
del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio
de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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