La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación
Geometría territorial, como poder ecológico, geológico,
antropológico y político
Por: Alejandro Álvarez Osuna | Lunes,
27/07/2015 07:13 AM | Versión para
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"No se puede hacer geografía sin una verdadera cultura
histórica"
Ramón Tovar
Una sucinta síntesis aproximativa geohistórica para la
geometría del poder en la justicia y la paz, como una comprensión realista del
espacio superficial y aéreo geográfico del Esequibo territorial venezolano.
Con el estudio de la historia para el espacio: La geohistoria
del Esequibo es reconocida científicamente por la geometría descriptiva como
posesión estructural espacial territorial propia de Venezuela.
Así, el Esequibo es Patria también, reconfigurada para la
prospectiva del futuro desarrollo interregional, como geodidáctica estratégica
para el adecuado poder humanista, instrumentalizando políticas estratégicas
adecuadas al desarrollo para la justicia social de paz, y que por lo tanto,
implica la organización catastral del territorio, ya que mide para evaluar y
clasificar, --geómetra,-- sin renunciar a su esencia de la visión global y de
su conjunto elaborando los diagnósticos espaciales. 1.-
Sumando así, la comprensión nacional internacional con la
identificación unionista de los pueblos en su superficie legitimada en
intensidad geográfica social apropiada para la organización soberana reconocida
de su territorio.
Mientras Venezuela a través de históricas diligencias,
siempre ha reclamado la propiedad territorial esequiba, basada en antecedentes
goehistoricos antropológicos que le justifican su posesión legal y justa sobre
dicha originaria posición geográfica territorial denominada Esequibo.
Originalmente desde su posesión primaria antropológica
originaria y la devenida de la colonia española sin alteraciones espaciales de
ningún tipo encubiertas o violentas, actuando siempre atenida expedita formal,
a través de los antecedentes que le preceden en su origen.
Hoy haciendo una genealogía geómetra para su cultura
histórica social, desde el enfoque geohistórico como ciencia de síntesis,
apelando desde la geometría en el análisis espacial posicionado como semiótica
geográfica, enriqueciendo términos despejando incógnitas, sumariando el
catastral geológico, ecológico, inteligiblemente geográfico ético étnico
universal del aclarado indudable espacio venezolano; que no solo reconfiguraría
la espacialidad como propiedad referida indiscutible nacional, sino que
reafirman razones válidas geográficas históricas desde el despojo inicial para
apropiarse de lo geológico, arqueológico, telúrico con lo bioquímico, la flora y
la fauna, sus etnias, y su geología rica en minerales extractivos --¿útiles o
perjudiciales a los pueblos? planteándose hoy así un dilema enfocado desde la
geometría para el poder y precedido de una ideología subyacente,--
Siendo estos intereses los constatados hoy litigantes del
conflicto, tratados en, desde, y para su autodeterminación soberana sometida al
derecho internacional establecido para ello, pero a partir de árbitros
legítimos imparciales; --como lo más importante y crucial-- la solidaridad internacional
de los hombres y mujeres, impulsados en sus gobiernos respectivos
representantes de los pueblos afines a esta orientación judicial, para
establecer el reconocimiento regional geográfico del Esequibo como patrimonio
éticos, ecológico de la humanidad; primeramente promovido desde su estado y su
gobierno venezolano para la efectiva complementaria posesión de toda su propia
original superficie geografía nacional Patria.
Asistiendo a la cubierta del motivo esencial del hecho en
intereses litigantes internacionales con hechos históricos geológicos
ecológicos. Así, normando en la sentencia; de lo que has poseído posicionado
geo-históricamente, se te reconocería hoy también poseyéndolo como siempre lo
has poseído.
Con el derecho expedito internacional, basado en una
comprensión realista del propio escenario como parte de la patria reconocida en
su extensivo espacio geográfico de Venezuela; no solo dibujado con las barras
geómetras de las vías diplomáticas, coloreando el mapa del amistoso trazo
oblicuo claro oscuro geográfico, sino además hecho peso de razones y
tradiciones como la ciencia de los lugares de la geografía fundamentada, y la
ligazón social del venezolano con su naturaleza común, no como parte de guerra,
sino ante un claro despojo y su estancamiento primero hecho mantenido
desdibujado para un ulterior fangoso laudo írrito arbitral tramposo efectuado
en la Paris de 1896, asistido por Gran Bretaña y EEUU como evidentes jueces
parcializados pactados entre intereses colonialistas.
La propiedad deducida desde la ciencia de la geografía
histórica y su catastro geométrico así lo demuestran importando antecedentes
justificativos como derechos legítimos legales; que sobre el territorio le
atestiguan probatorios como propios reflejado en históricos mapas, es el juicio
sintético de lo comprensible y entendible en cualquier facultad de juzgar
arbitrada como doctrina internacional, sometido a juicio justo e imparcial, y
con deliberaciones también objetivas e imparciales de lo debe ser la causa
elevada procesalmente promovida para su correcto evidente justo fallo.
Por lo tanto, estos testigos documentales promovidos como
elementos relevantes dan fe constatada de pruebas relevando así las partes, al
ser evacuadas las pruebas, la lógica sentencia firme del Esequibo como espacio
de patria también venezolana reafirmado, de por sí conscientemente consistente
que beneficiaría a la posesión de la posición que sobre dicho territorio tiene
indudable Venezuela, ya que se ha poseído siempre y ahora lo posees también,
contínum que han sido precedidos como causales procesales beneficiosos que le
aseguran el fallo favorablemente seguidos para suministrar elementos
probatorios como fallo relevante en un juicio éticamente procedente.
Así, ajustados al acuerdo de Ginebra 1966, como acuerdo
jurídico contencioso administrativo previsto, y también tomando del pueblo que
sabe pendiente de su territorio que no puede ser negado en sus derechos justos,
que reconoce como propio, así respaldando y representado en su también legitimo
gobierno y estado procediendo viable a reivindicar definitivos, una propiedad
de amplios sentidos geográficos, catastrales, ancestrales históricos, por ello
así originales autóctonos, y en lo intangible crucial lleno del espíritu de la
soberanía venezolana,
Son identidades geográficas de demostrados históricos lógicos
indiscutibles, para una ontología territorial ecológica y geológica
venezolana(…) de lógica histórica fundada en el derecho como sentido común
basado en hechos históricos auténticos, fundamentados en el artículo 10 de la
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela; el cual
establece que los espacios geográficos de Venezuela son los que correspondían a
la Capitanía General antes del 19 de Abril de 1810 y declara nulo e írrito del
tribunal Laudo de París 1896.
Donde las pretensiones colonialistas de potencias pretendían
omitirle groseramente, y aun así lo manifiestan reiterativamente hoy tratando
de confundir políticas y visiones de nuestros pueblos, tratando de propiciar
versiones oficiales, oposiciones y gobiernos, intentado infructuosamente de
arrebatar un territorio indiscutiblemente de propiedad nacional del pueblo
venezolano.
Cundo hay que tener en cuenta el recurso de amparo entonces
derivado del procedimiento establecido en el Acuerdo de Ginebra, suscrito en
1966, que es la vía prevista para solucionar diplomáticamente pacifica el
diferendo que involucra 159 mil 542 kilómetros cuadrados de territorio que
Venezuela reclama; estableciéndose entre sus normativas que no se permitirán ningún
acto o actividad prospectiva o proyectiva especifica concreta, mientras esté
vigente este documento firmado por los gobiernos de Venezuela y del Reino Unido
de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en consulta con el Gobierno de Guyana
Británica.
Atenido este procedimiento diplomático estipulado, surge la unidad nacional integral unionista regional frente a las arbitrariedades intentadas de cualquier razón jurídica, como cultivo de los más diversos sectores de Venezuela en torno a la gestión estipulada en el acuerdo de Ginebra 1966, ante lo cual Venezuela como el Estado-Nación, Patria y Gobierno constitucional.
Respaldo no solo moral solidario sino en hechos diplomáticos
metodizados procedimentales humanistas junto al pueblo y pueblos hermanos que
juiciosamente también le respaldan constantes en éstos criterios de verdad
autentica, insoslayables, comunicando al respetable pueblo, representado por su
gobierno, de sobre el carácter de la propiedad histórica territorial esequiba
netamente venezolana, sin discusiones provocadoramente violentas ninguna.
La paz entre los pueblos como materia primordial que alimenta
nuestra doctrina de integracionista basada en geohistoria para la justicia
social, sin intereses en provocaciones.
El Esequivo es inobjetablemente por ello territorio
venezolano, y cuenta con abiertos y tácitos respaldos con iniciativas propias
independientes y determinantes de todos concurrentes humanistas progresistas
sociales de Latinoamérica agrupados en la unión de países del sur, la Unasur;
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú,
Surinam, Uruguay, Venezuela, sumados el Caribe, el Atlántico y el Pacifico
entre otros pueblos y gobiernos del resto del mundo integracionista.
Pueblos estos que avalan diferendos sometidos a justicias
sociales en métodos para derechos humanistas, la geohistoria así siempre
abogando porque los recursos del territorio sean útiles para fomentar
desarrollos autónomos basados en la economía política en justicias sociales
distributivas, asistiendo a conformar un mundo mejor posible auto determinante,
soberano e independiente, en hechos efectivos como justicia distributiva,
asociativa integracionista, oportuna, equitativa con y del pueblo noble ético
trabajador interregional y propio.
Así pues, los sentidos juiciosos críticos al respecto del
mundo, no se han hecho esperar, y dan la razón a los fundamentos antes
mencionados promovidos al respecto por especialistas en Venezuela, basados en
documentos que prueban evidentemente la propiedad sobre dicho territorio, junto a los principios del derecho internacional promoviendo
pruebas respectivas siguiendo los recursos sustentados expeditos formales en
procedimientos jurídicos establecidos, así lo demuestran, son consistentes y
conscientes de ello, sin fines de agresiones infundadas en intereses
expoliadores o partidistas, no sujetos a encomiendas de imperios colonialistas
oportunistas explotadores esclavistas, es una cuestión de sentido integral nacional
no de intereses particulares de clanes oligarcas apóstatas dogmaticos
intervencionistas segregacionistas de pueblos.
Es así la visión del paradigma humanista integrados ético
practico material dialectico latinoamericanista caribeño, ciencia, filosofía política
ética, fe, revolución, derechos y deberes humanos y razón social
independientes, la materia analítica espiritual de los pueblos como lógica
trascendental que ha respaldado en esta materia internacional procesal genuina
ajustada a la verdad válida y por ello verdad en reclamación por su definitivo
reconocimiento de partida de nacimiento venezolana, pues no es por litigar si
es o no venezolano, eso ya se sabe comprobado legal, es por deponer un
fraudulento fallo el de 1896, con la autenticación legitima histórica original
venezolana.
Reclamo hoy precedido de innumerables análisis de diligencias
político diplomáticas por actores especialistas y gobiernos anteriores y
actuales, por ello es necesaria la unidad de criterios nacionales comunes
respectivos, ante un asunto que indistintamente es de interés nacional y hasta
internacional inherentes a todos los que en el proceso dialéctico crítico y de
diferentes tesis de gobierno político con diferentes metodologías, pues somos
con-nacionales demócratas que proponemos debatiendo y a veces disentimos en
criterios, eso es necesariamente normal para el desempeño dialéctico por las
superaciones de antagonismos siempre presentes, hacemos proyectos de país
soberano e independiente, entre opuestos, adversos, alternos y contrarios,
símiles, parecidos, semejantes o diferentes el país territorial es uno solo,
las organizaciones básicas desde las familias, religiones, filosofías,
intereses, políticas, proyectos, doctrinas… somos demócratas funcionales...
Actuamos llenos de valores espirituales con éticas, moral,
respeto a los pueblos, con visiones de vida en calidad de progreso social,
solidaridad, sentido de paz y de defensa activa, estudios, vocaciones,
justicias, análisis, historias, geografías, vocación humanista humanitaria,
equidades, trabajos como progreso basado en instituciones estatales de orden
como vida orgánica productiva en Venezuela; que respaldamos los derechos y
propiedad territorial que sobre el Esequibo patrio tenemos originalmente antes
1810 cuando la Capitanía General española y actuando en virtud de la paz como
estado-nación territorial país, patria, comunidades siempre pretendiendo un
mundo mejor posible en justicias sociales propias del estado de derecho
humanista. Geometría del poder: Enfoque geohistórico del Esequibo
Bibliografía y citas:
1,- Tovar, Ramón. Lo geográfico, p 95, serie visión
de América. F. Editorial el perro y la rana 2007. Biblioteca comunal para los
consejos comunales
Antecedentes de la
Crisis con Guyana.
La verdad ante el reclamo la Guayana Esequiba y la
campaña psicológica de desinformación ante
la reclamación, reivindicación,
recuperación, integración, anexión, o
unificación de los territorios ubicados al Oeste del río Esequibo conocidos
como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación por parte de
operadores políticos funcionarios,
asesores y consultores desatada por cuestiones eminentemente ideológicas y de poder .
¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael
Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte I
¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael
Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte. II
¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías,
ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte. III y última
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2013/11/a-que-acuerdo-llego-el-presidente-hugo_5.html
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del
río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente
sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través
de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su
desembocadura en el Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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