sábado, 5 de octubre de 2013

DECLARACIÓN DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES SOBRE EL NUEVO ATROPELLO A LA SOBERANIA NACIONAL POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA COOPERATIVA DE GUYANA







Una vez más la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en cumplimiento de las obligaciones que le imponen sus Estatutos legales, considera necesario manifestar su honda preocupación ante el inexplicable silencio del Gobierno Nacional frente a las recientes acciones llevadas a cabo por la República Cooperativa de Guyana en violación directa del Acuerdo de Ginebra y en detrimento de la soberanía territorial de Venezuela.

El Gobierno de Guyana, heredero de los atropellos imperialistas ingleses contra Venezuela, ha procedido en forma absolutamente negativa a lo largo de las etapas establecidas por el Acuerdo de Ginebra, en la búsqueda de una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia, y además, ha traspasado todos los límites de la tolerancia y la buena fe al llegar a otorgar concesiones a terceros en la fachada atlántica de la exclusiva jurisdicción de Venezuela.

Venezuela como Estado con una fachada atlántica, tiene derechos exclusivos de soberanía en los espacios de la proyección de su territorio continental en el mar territorial, la plataforma continental, la zona marítima contigua y la zona económica exclusiva, reconocidos, entre otros, por los tratados de delimitación de áreas marinas con Trinidad y Tobago. En efecto, según el Derecho Internacional Venezuela, como todo Estado, tiene derecho no sólo al mar territorial de doce millas náuticas (20 kilómetros) sino además a una zona económica exclusiva de hasta 200 millas náuticas de la costa, para aprovechar con carácter exclusivo los recursos económicos de la superficie del fondo del mar y de las aguas que lo cubren, y de la plataforma continental, la cual se extiende más allá de las doscientas millas hasta el talud continental, en la cual tiene el derecho exclusivo de explotar los recursos del subsuelo. Venezuela acordó con Trinidad y Tobago, mediante un tratado suscrito en 1990 (publicado en la Gaceta Oficial Nº 34,588 del 6 de noviembre de 1990.) la línea de frontera marina que separa los espacios que respectivamente les corresponden, en él se reconoce la proyección hasta el talud continental, el cual está a más de 360 millas náuticas de la costa.

La Academia advierte que la inacción del Estado venezolano en protestar ante este nuevo atropello a la soberanía nacional por parte del Gobierno de Guyana, podrá traer consecuencias negativas bajo el Derecho Internacional.

La Academia estima que con base en el Artículo IV del Acuerdo de Ginebra ha llegado el momento para que con el apoyo del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, las partes concreten el arreglo práctico de la controversia, de forma que les resulte mutuamente aceptable.

Como conclusión de las anteriores reflexiones, la Academia manifiesta su firme e indeclinable posición en los términos siguientes: Primero.- Solicitar al Gobierno de la

República Bolivariana de Venezuela que eleve su más rotunda protesta ante el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, por las violaciones a nuestra soberanía nacional por las concesiones otorgadas, en virtud de los irrenunciables derechos de Venezuela en todos los espacios geográficos de su fachada atlántica. Segundo.- Instar al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela para que exprese al Gobierno de la República Cooperativa de Guyana la necesidad de concluir con prontitud, con el apoyo del Secretario General de la ONU, la controversia pendiente con base en el Acuerdo de Ginebra, mediante un acuerdo práctico mutuamente satisfactorio.

Caracas, 1 de octubre de 2013.
Luis Cova Arria
Presidente Jesús Ramón Quintero

Secretario Accidental


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”



Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968


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