Una vez más la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en cumplimiento de las
obligaciones que le imponen sus Estatutos legales, considera necesario
manifestar su honda preocupación ante el inexplicable silencio del Gobierno
Nacional frente a las recientes acciones llevadas a cabo por la República
Cooperativa de Guyana en violación directa del Acuerdo de Ginebra y en
detrimento de la soberanía territorial de Venezuela.
El Gobierno de Guyana, heredero de los atropellos
imperialistas ingleses contra Venezuela, ha procedido en forma absolutamente
negativa a lo largo de las etapas establecidas por el Acuerdo de Ginebra, en la
búsqueda de una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la
controversia, y además, ha traspasado todos los límites de la tolerancia y la
buena fe al llegar a otorgar concesiones a terceros en la fachada atlántica de
la exclusiva jurisdicción de Venezuela.
Venezuela como Estado con una fachada atlántica, tiene
derechos exclusivos de soberanía en los espacios de la proyección de su
territorio continental en el mar territorial, la plataforma continental, la
zona marítima contigua y la zona económica exclusiva, reconocidos, entre otros,
por los tratados de delimitación de áreas marinas con Trinidad y Tobago. En
efecto, según el Derecho Internacional Venezuela, como todo Estado, tiene
derecho no sólo al mar territorial de doce millas náuticas (20 kilómetros) sino
además a una zona económica exclusiva de hasta 200 millas náuticas de la costa,
para aprovechar con carácter exclusivo los recursos económicos de la superficie
del fondo del mar y de las aguas que lo cubren, y de la plataforma continental,
la cual se extiende más allá de las doscientas millas hasta el talud
continental, en la cual tiene el derecho exclusivo de explotar los recursos del
subsuelo. Venezuela acordó con Trinidad y Tobago, mediante un tratado suscrito
en 1990 (publicado en la Gaceta Oficial Nº 34,588 del 6 de noviembre de 1990.)
la línea de frontera marina que separa los espacios que respectivamente les
corresponden, en él se reconoce la proyección hasta el talud continental, el
cual está a más de 360 millas náuticas de la costa.
La Academia advierte que la inacción del Estado venezolano en
protestar ante este nuevo atropello a la soberanía nacional por parte del
Gobierno de Guyana, podrá traer consecuencias negativas bajo el Derecho
Internacional.
La Academia estima que con base en el Artículo IV del Acuerdo
de Ginebra ha llegado el momento para que con el apoyo del Secretario General
de la Organización de las Naciones Unidas, las partes concreten el arreglo
práctico de la controversia, de forma que les resulte mutuamente aceptable.
Como conclusión de las anteriores reflexiones, la Academia
manifiesta su firme e indeclinable posición en los términos siguientes:
Primero.- Solicitar al Gobierno de la
República Bolivariana de Venezuela que eleve su más rotunda
protesta ante el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, por las
violaciones a nuestra soberanía nacional por las concesiones otorgadas, en
virtud de los irrenunciables derechos de Venezuela en todos los espacios
geográficos de su fachada atlántica. Segundo.- Instar al Gobierno de la
República Bolivariana de Venezuela para que exprese al Gobierno de la República
Cooperativa de Guyana la necesidad de concluir con prontitud, con el apoyo del
Secretario General de la ONU, la controversia pendiente con base en el Acuerdo
de Ginebra, mediante un acuerdo práctico mutuamente satisfactorio.
Caracas, 1 de octubre de 2013.
Luis Cova Arria
Presidente Jesús Ramón Quintero
Secretario Accidental
Secretario Accidental
2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico
Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
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