miércoles, 1 de julio de 2009

El Memorándum de Severo Mallet-Prevost por el doctor Otto Schoenrich. Parte I


Con motivo de celebrarse este mes de julio de 2009 el 60º Aniversario de su publicación el blog

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009_07_01_archive.html


Edita este importante documento testimonial que señala y ratifica el fraude cometido en la sentencia del 03 de octubre de 1899. En el Tribunal arbitral de París en contra de la República de Venezuela al desconocerle sus justos títulos y arrebatarle 159.500km2 de territorios ubicados al oeste del río Esequibo, conocidos como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.



Tomado de la obra de Enrique Bernardo Núñez. Tres Momentos en la Controversia de Limites de Guayana. Caracas: Imprenta Nacional 1962. Págs. 107-114


The American Journal of International Law. Vol. 43, Nº 3, julio 1949. (Traducción del Ministerio de Relaciones Exteriores).

La muerte de Severo Mallet-Prevost, distinguido internacionalista de Nueva York, ha hecho desaparecer el último de los hombres que intervinieron hace 50 años en el arreglo de la disputa de límites entre Venezuela y la Guayana Británica. Al recordar la tensión entonces existente entre los Estados Unidos y Gran Bretaña, ello nos da también la oportunidad de hacer público un incidente que revela cómo se llegó en el Tribunal de Arbitraje a la adopción de tan decepcionante decisión.


La zona en disputa entre Venezuela y Gran Bretaña abarcaba un área de 50.000 millas cuadradas, un poco mayor que la del Estado de Nueva York y un poco menor que la de Inglaterra, Venezuela la reclamaba en virtud de sus títulos como sucesora de España y Gran Bretaña en razón de su conquista a los holandeses, cuyos derechos provenían a su vez de la ocupación de territorio español.


Cuando los holandeses, todavía súbditos de España, se rebelaron contra ella, fundaron durante esa larga guerra varios establecimientos en Guayana, llegando hacia el Oeste hasta el Río Esequibo. Al firmarse, finalmente, el Tratado de Paz de 1648, España los autorizó a retener los sitios en que ya se habían establecido. Años más tarde, comerciantes holandeses penetraron a veces más hacia el Oeste y ocasionalmente aún hasta el Orinoco, pero fueron prontamente rechazados por los españoles. Gradualmente las autoridades holandesas llegaron a considerar el río Moroco, a 125 millas al este del Orinoco, como el límite extremo de su colonia, aun cuando España continuó rechazando tales pretensiones y consideraba al Esequibo, situado 185 millas al este del Orinoco, como la frontera. Durante las guerras napoleónicas, Gran Bretaña, en guerra con Holanda y Francia, ocupó Demerara y Esequibo, y posteriormente al firmarse el Tratado de Paz de 1814, Holanda le cedió los Establecimientos de Demerara, Esequibo y Berbice.


La tendencia a la expansión colonial, que caracterizó el siglo XIX, se puso pronto en evidencia en Guayana, en donde Gran Bretaña empezó a reclamar territorios mucho más allá del Esequibo y aún del Moroco. En 1834, el Gobierno Británico envió a Robert Herman Schomburgk, distinguido naturalista alemán, a explorar Guayana. En vista de su brillante informe, fue comisionado en 1840 para hacer un levantamiento topográfico del territorio. Al hacerlo, Schomburgk tuvo naturalmente en cuenta los intereses de sus patronos. Sin consultar a las autoridades venezolanas y sin considerar que cualesquiera derechos de los holandeses, base de las pretensiones británicas, debían ser establecidos por ocupación y no por visitas furtivas, colocó hitos de demarcación en la selva, aún en Punta Barima, en la Boca del Orinoco. La posesión de este último lugar por Gran Bretaña, le pareció de importancia, como sitio de dominio estratégico a la entrada del río. Al protestar Venezuela e insistir en que se removiesen tales hitos, Gran Bretaña consintió en hacerlo, explicando que tales marcas indicaban sólo un pretensión. Schomburgk sometió igualmente un mapa que señalaba una línea fronteriza entre la Guayana Británica y Venezuela. Una gran controversia se produjo años más tarde acerca de la identidad de ese mapa y de la situación de la línea original de Schomburgk.


Cuando súbditos británicos se infiltraron gradualmente en el territorio así pretendido, Venezuela, débil y desgarrada por la guerra civil, sólo pudo protestar. En 1877, fue publicado un mapa oficial de la Guayana Británica, fechado 1875, en el cual apareció como frontera una línea designada como la de Schomburgk, que incluía Punta Barima y todo el territorio pretendido por Gran Bretaña; pero se le agregaba una nota que indicaba que tal línea no debía tomarse como autorizada, ya que ella no había sido concertada por los respectivos Gobiernos. Cuando se descubrieron depósitos de oro en la región fue publicado de nuevo un mapa en 1880, fechado sin embargo 1875, el cual señalaba la línea Schomburgk trazada mucho más hacia el oeste y agregaba una considerable extensión a la Guayana Británica, omitiendo toda indicación de que la nueva línea fuese tentativa o sujeta a acuerdo. En vista de esto, Venezuela pidió formalmente en 1887 la evacuación del territorio retenido por la Gran Bretaña, desde un punto al este del Río Moroco, y rompió sus relaciones diplomáticas con ese país cuando tal exigencia fue rechazada.


Lord Salisbury, Ministro de Relaciones Exteriores, rechazó las exigencias venezolanas de arbitraje y descartó las ofertas de mediación hechas por los Estados Unidos. Tal actitud produjo indignación en los Estados Unidos, y la consecuencia fue el famoso mensaje de Cleveland al Congreso, en diciembre de 1895, recomendando el nombramiento de una Comisión que permitiese a los Estados Unidos determinar, para su propio conocimiento, cual era la verdadera línea divisoria. El Congreso acogió unánimemente tal solicitud.


En enero de 1896 el Gobierno de los Estados Unidos designó como miembros de la Comisión de Límites autorizada por el Congreso a los señores: David J. Brewer, Juez Asociado de la Corte Suprema; Richard L. Albey, Presidente de la Corte de Apelación del Distrito Columbia, erudito hispanista; F. R. Coudert, miembro distinguido del Foro de Nueva York; Dr. D. C. Gilman, Presidente de la Universidad de Johns Hopkins y Dr. Andrew W. White, de la Universidad de Cornell. El hispanista y experto en Derecho Latinoamericano, Severo Mallet-Prevost, fue designado Secretario. La Comisión empezó inmediatamente un cuidadoso trabajo de investigación.


Era evidente que el informe de la Comisión podía resultar muy embarazoso para la Gran Bretaña. El Ministerio de Relaciones Exteriores Británico, al darse cuenta de la situación, modificó su anterior actitud y en febrero de 1897 Gran Bretaña y Venezuela firmaron un Tratado de Arbitraje, el cual sometía la cuestión fronteriza a un tribunal arbitral, cuyas sesiones tendrían lugar en París. La Comisión de Límites de los Estados Unidos fue de seguidas disuelta, ya que el problema se trasladaba al nuevo tribunal.


Conforme al Tratado de Arbitraje firmado entre Gran Bretaña y Venezuela fueron designados cinco jueces. El Lord Justicia Mayor Russell y el Lord Justicia Collins de Gran Bretaña; el Presidente Fuller y el Justicia Brewer, de la Corte Suprema de los Estados Unidos; y como Presidente, el Profesor F. de Martens, distinguido autor ruso de Derecho Internacional. En marzo de 1898, cada Parte presentó un alegato, con documentos anexos: Venezuela, tres volúmenes y un atlas; Gran Bretaña, siete volúmenes y un atlas. En julio de 1898, el contra-alegato fue presentado: Venezuela, tres volúmenes y un atlas; Gran Bretaña, dos volúmenes y mapas. En noviembre de 1898 las partes sometieron informes impresos: Venezuela, dos volúmenes; Gran Bretaña uno. Después de una breve sesión inaugural en enero de 1899, las sesiones formales se iniciaron en París en junio de ese mismo año, y comprendieron 54 sesiones de 4 horas cada una, que terminaron el 27 de septiembre de 1899. Gran Bretaña estuvo representada por cuatro Consejeros: Sir Richard E. Webster, Procurador General; Sir Ribert T. Reid, ex Procurador General, y señores G. R. Eshwith y Rowlatt, Venezuela estuvo representada por cuatro distinguidos consejeros norteamericanos: el ex Presidente Benjamín Harrison; el ex Secretario de Guerra, General Benjamín S. Tracy; el señor Severo Mallet-Prevost y el señor James Russell Seley. El Procurador General Webster, en nombre de Gran Bretaña, abrió el debate con un discurso que duró trece días, y el señor Mallet Prevost, en nombre de Venezuela, lo siguió con otro, también de trece días. Los debates terminaron con un discurso del Procurador General Webster, por Gran Bretaña y un brillante discurso del ex Presidente Harrison, por Venezuela. Los discursos, las preguntas hechas por los jueces y las respuestas dadas por los abogados, fueron todos recogidos taquigráficamente. Las actas fueron impresas más tarde y publicadas en once volúmenes.


El 3 de octubre de 1899, el Tribunal de Arbitraje dictó una decisión unánime. Esta era extremadamente breve, carecía totalmente de motivación y se limitaba a describir la línea fronteriza aprobada por el Tribunal. La línea así establecida comenzaba en Punta Playa, alrededor de 45 millas al este de Punta Barima, de allí continuaba hasta la confluencia de los Ríos Barima y Mururuma y luego seguía hacia el sur a lo largo del Río Amacuro. La sentencia concedió a Gran Bretaña casi el noventa por ciento del citado territorio en disputa; pero la boca del Orinoco y una región de alrededor de 5.000 millas cuadradas, en la región sudoriental de las cabeceras del Orinoco, fueron reconocidas a Venezuela.


La sentencia provocó sorpresa y decepción generales. Los estudiosos del Derecho Internacional deploraron la ausencia de toda clase de razones o argumentos en la sentencia. Los conocedores de la tesis venezolana en la controversia, se escandalizaron por la excesiva concesión de territorio a la Guayana Británica, evidentemente mucho más allá de la línea que la colonia podía justamente invocar. Sin embargo, no había nada que hacer al respecto. Los amigos del arbitraje señalaron que se había evitado una guerra, que el costo del arbitraje era menor que el de un solo día de guerra y que, después de todo, Venezuela había conservado la boca del Orinoco y una región en el interior de las cabeceras de ese río. La sentencia fue reconocida como un compromiso. El propio Justicia Brewer lo admitió así cuando dijo:


“Hasta el último momento creí que una decisión sería imposible, y fue solamente mediante la mayor conciliación y mutuas concesiones como puedo llegarse a un compromiso. Si a cada uno de nosotros se le hubiese pedido pronunciar sentencia, cada uno la habría dictado diferente en su carácter y alcances. En consecuencia, tuvimos que adaptar nuestros diferentes puntos de vista y por último trazar una línea intermedia entre lo que cada quien estimaba que era lo correcto”.


Los venezolanos quedaron particularmente disgustados por el resultado y no lo han aceptado nunca, a pesar de que han honrado al Abogado que defendió sus derechos. En enero de 1944, el Gobierno de Venezuela confirió la Orden del Libertador a Severo Mallet-Prevost, como reconocimiento de sus servicios en relación con la controversia de límites; pero aún en su discurso de presentación el Embajador venezolano expresó su indignación ante la injusticia sufrida por su país.


A lo largo de su carrera el señor Mallet-Prevost había llegado a ser socio del Despacho de Abogados de Nueva York, del cual tengo el honor de ser miembro. Pocos días después de recibir la condecoración venezolana, tuvo ocasión de observar en el curso de conversaciones que, a despecho de la crítica, la sentencia era de enorme valor para Venezuela, porque le reconocía la boca del Orinoco y por ello el control de ese gran río y del área que de él depende. Añadió que los Jueces Norteamericanos en el Tribunal de Arbitraje habían favorecido el otorgamiento a Venezuela de mucho más territorio y se habían sentido molestos a causa de la presión ejercida sobre ellos para evitar tal decisión. La palabra “presión” me extrañó, ya que la única presión que yo podía imaginar era la del Gobierno Americano y resultaba inconcebible que ese Gobierno hubiera ejercido presión sobre los jueces o que ellos la hubieran tolerado. Pregunté qué quería él decir con ese término y también cómo pudo el Tribunal ser inducido a dictar una sentencia tan en desacuerdo con la evidencia.


El señor Mallet-Prevost dio entonces una sorprendente explicación, de la cual aparecía que el Gobierno Americano no había tenido nada que ver con tal presión. Afirmó que después de que los informes habían sido oídos por el Tribunal y cuando el asunto estaba listo para decisión, el Magistrado Brewer, uno de los jueces americanos, le había pedido que asistiera a una entrevista en el hotel en donde el Magistrado se alojaba, Brewer le afirmó que el Presidente del Tribunal, Profesor Martens, había visitado a los dos jueces norteamericanos para decirles que tanto él como los dos jueces británicos estaban ansiosos de que el Tribunal dictara una decisión unánime, Martens les había propuesto como un compromiso que la sentencia fijase una línea limítrofe al este de la Boca del Orinoco, la línea que fue en definitiva adoptada. Si los jueces americanos la aceptaban, Martens y los jueces británicos votarían también por ella y la sentencia del Tribunal sería unánime. Si los jueces americanos no la aceptaban, él votaría junto con los jueces británicos a favor de la línea reclamada por Gran Bretaña, la cual se convertiría así en la frontera, por voto mayoritario del Tribunal. Afirmóle también Brewer a Mallet-Prevost que tanto él como el otro Juez norteamericano, Fuller, se habían sentido muy molestos por tal proposición, por estimar que los hechos demostraban claramente el derecho de Venezuela a una considerable extensión de territorio al este del Orinoco; y que tanto él como el Juez Fuller estaban dispuestos a rechazar la propuesta del ruso y a emitir una enérgica opinión minoritaria a favor de la línea que ellos consideraban apropiada. Sin embargo, el resultado sería una decisión mayoritaria por medio de la cual se concedería a Gran Bretaña un valioso territorio del cual sería Venezuela despojada. En tales circunstancias, los dos jueces norteamericanos habían decidido planear el problema al Consejero Representante de Venezuela, y dejar que éste decidiese si debía aceptarse el compromiso propuesto o registrarse un voto salvado minoritario.


El señor Mallet-Prevost les respondió que debía consultar con el Consejero Principal, ex Presidente Harrison. Cuando regresó a su hotel e informó al General Harrison acerca de la conversación, éste se levantó indignado. Dando grandes pasos por la habitación y renegando terminantemente, afirmaba que el único procedimiento apropiado era el de un enérgico voto salvado. Reflexionándolo mejor, sin embargo, llegó a la conclusión de que tal procedimiento acarrearía consecuencias que la Defensa de Venezuela no podía ni debía admitir, ya que privaría a Venezuela de un territorio muy valioso, y lo que era aún más importante, de la boca del río Orinoco, el cual atraviesa tan grande extensión del país. Por disgustados que pudieran estar los Consejeros Legales de Venezuela y los Jueces norteamericanos no podían hacer otra cosa que aceptar el compromiso propuesto, por el cual salvarían considerables ventajas para Venezuela, incluyendo una gran extensión de territorio y el control del Orinoco.


El señor Mallet-Prevost afirmó que él estaba seguro de que la actitud de los miembros británicos y el miembro ruso del Tribunal Arbitral era el resultado de un entendimiento entre Gran Bretaña y Rusia, por el cual las dos Potencias indujeron a sus representantes en el Tribunal a votar como lo hicieron; y que Gran Bretaña probablemente dio a Rusia ventajas en alguna otra parte del globo. Tres circunstancias, especialmente, lo llevaban a esa opinión. Una era el hecho de que la justicia del caso venezolano había sido abrumadoramente demostrada. Otra era la actitud de Lord Russell, uno de los jueces británicos, según la había manifestado en una conversación con el señor Mallet-Prevost, cuando al observarle éste que los jueces deberían considerar únicamente los hechos a ellos sometidos, Lord Russell le había replicado categóricamente que su opinión era distinta y que los jueces debían tomar también en cuenta amplias consideraciones políticas. La tercera era el súbito cambio en la actitud de Lord Collins, el otro juez juez británico, quien había demostrado al principio un vivo interés en los hechos y argumentos, e indicado cierta comprensión y reconocimiento de la justicia de los reclamos venezolanos, pero quien después de su visita a Inglaterra durante un receso del Tribunal se había producido en él un cambio muy visible.


Insté al Sr. Mallet-Prevost a que escribiese un relato del incidente, el cual podría publicarse después de su muerte, si él no quería que se divulgase antes, insistiéndole en que debía hacerlo tanto por sí mismo como por la memoria de los jueces norteamericanos del Tribunal de Arbitraje. Me dijo que así lo haría, y alrededor de una semana más tarde me comunicó que había dictado el memorándum.


El señor Mallet-Prevost murió en Nueva York el 10 de diciembre de 1948. Después de su muerte fue encontrado entre sus papeles el siguiente documento, que demuestra que el resentimiento de Venezuela era justificado.

2 comentarios:

Samy dijo...

adelante Venezuela ya esta bueno de abusos ambos lados son venezolanos y hay que seguir sin miedo esta reclamación que lo escuche el mundo entero en la onu y en toda partes crear comiciones para demostrar los derechos de Venezuela en cada país del continente que se avoquen las embajadas de Venezuela a esta tarea para crear conciencia de los derechos arrebatados de venezuela

Samy dijo...

adelante Venezuela ya esta bueno de abusos ambos lados son venezolanos y hay que seguir sin miedo esta reclamación que lo escuche el mundo entero en la onu y en toda partes crear comiciones para demostrar los derechos de Venezuela en cada país del continente que se avoquen las embajadas de Venezuela a esta tarea para crear conciencia de los derechos arrebatados de venezuela