jueves, 28 de febrero de 2013

Los Indígenas o amerindios de Guyana La Guyana Esequiba, denuncia en la ONU la violación al derecho de sus tierras sus ancestrales



Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de la Venezolanidad del Esequibo Página 451

Tomado de. http://www.kaieteurnewsonline.com/2013/02/21/amerindians-write-un-on-land-rights-violations/

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Amerindios escribir las Naciones Unidas sobre los derechos de la tierra violaciónes

21 de febrero 2013 | Por chris | Archivado en Noticias

- Gobierno quiere presiones para revisar la Ley relativa a los amerindios

Amerindios del Alto Mazaruni han llevado el caso del derecho a la tierra violaciónes de las Naciones Unidas, con la esperanza de que los relatores especiales podrían ayudar a forzar al gobierno a revisar la Ley relativa a los amerindios.

La Asociación del Pueblo amerindio'S (APA) se asoció con el Programa Internacional de ONG Pueblos de los Bosques para escribir el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Relator Especial sobre el Derecho Humano al Agua Potable y Saneamiento, el Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentos, el Relator Especial sobre los derechos culturales; Experta Independiente de las Naciones sobre Obligaciones de Derechos Humanos en relación con el disfrute de un ambiente seguro, limpio, sano y sustentable; Relator Especial sobre el disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, y el Relator Especial sobre Gestión Ambientalmente Racional y Disposición de Desechos Peligrosos y Sustancias.

Las ONG afirman que las amenazas que enfrentan las comunidades de Akawaio Isseneru y Kako debido a la minería en sus tierras son graves, inminente y sustancial.

"Se enfrentan a daños irreparables a su integridad social, cultural y ambiental si la minería se permite que continúe y aumente en sus tierras", declaró a las ONG.

Afirman que las "normas discriminatorias" del privilegio Tribunal Supremo de los intereses de los mineros más Isseneru y Kako, permitir que esta extracción se realice con la impunidad, negar los derechos de las comunidades afectadas, y hacer caso omiso de las leyes nacionales existentes, tales como la Ley de Minería y Ley de Protección del Medio Ambiente. Los grupos dicen que este tipo de situaciones exigen una supervisión internacional y la acción, sobre todo en vista de la negativa explícita de Guyana para actuar sobre las recomendaciones anteriores de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CEDR) que tratan de corregir los aspectos discriminatorios del Amerindian Act .

El CEDR ha puesto de relieve la urgente necesidad de Guyana para dar cumplimiento a esas recomendaciones, tanto de forma explícita solicitándole que presentara información sobre el cumplimiento de un año de su adopción y en su posterior comunicación en virtud de su procedimiento de seguimiento, que declaró que su preocupación se había convertido en "lo más urgente" debido al deterioro de la situación en Guyana, las ONG afirmó.

Finales del año pasado, y de nuevo en enero, el tribunal sostuvo que en el caso de Isseneru, el Consejo de la aldea no tiene jurisdicción sobre las actividades de los mineros, sobre la base de que el Estado otorgó el título de sus tierras.

"Title Isseneru está actualmente casi completamente envuelto en las concesiones mineras que, por ley, se puede hacer nada al respecto, y sobre la cual no fue consultado y no dio su consentimiento", afirmó la APA y FPP.

En el caso de Kako, el poder judicial sostuvo que su Consejo de la aldea no tiene autoridad para evitar que los mineros que entran en sus tierras tituladas, sobre la base de las disposiciones de la Ley de 2006 relativa a los amerindios, ni ningún derecho de impedir la minería en sus tierras tradicionalmente pertenecientes fuera de este título área.

En abril de 2006, el CEDR encontró que el amerindio ley discrimina contra los pueblos indígenas en muchos aspectos.

La APA y la FPP declaró que las tierras tradicionales de Kako también están cubiertos por las concesiones mineras que se han emitido numerosas sin su conocimiento.

Los amerindios de las Mazaruni superior que el gobierno que enmiende la Ley Amerindia de 2006, en línea con sus observaciones finales de 2006 y, en particular, que se asegura de que los pueblos indígenas puedan dar su consentimiento para la minería y el control sobre sus tierras y territorios (titulado o no), incluidos los cuerpos de agua en el mismo, sin tener en cuenta cuando el título haya sido expedido y sin tener en cuenta la fecha en que la Ley relativa a los amerindios de 2006 entró en vigor.

Quieren que el gobierno de encargar a la Comisión de Geología y Minas de Guyana (GGMC) no expedir permisos o concesiones mineras en las tierras y territorios indígenas, con el título o cualquier otro, sin el previo consentimiento de la comunidad afectada y / o pueblos indígenas de acuerdo con sus costumbres y tradiciones, y por medio de sus representantes libremente elegidos o instituciones, y que modifica el artículo 53 de la Ley relativa a los amerindios en consecuencia.

Las ONG exigen al gobierno suspende inmediatamente y, cuando sea necesario, y revocar todas las concesiones mineras no consentido por Isseneru y Kako y que afectan a sus tierras tradicionalmente pertenecientes si titulados de acuerdo con la Ley relativa a los amerindios o no.

Además, quieren que el GGMC no aplicar la distinción discriminatoria entre las tierras en régimen de título expedido por el Estado y las tierras poseen a título de conformidad con la tenencia indígena consuetudinario y el derecho con respecto a la prohibición de la mediana minería conforme a la Ley de Minería.

Las ONG piden al gobierno que enmiende la Ley sobre los amerindios, con carácter prioritario y urgente, para reconocer y reflejar la naturaleza inherente de los pueblos indígenas, derechos y se establecen procedimientos para la titulación de tierras que se basan y en congruencia con estos derechos, en lugar de seguir a emprender acciones unilaterales y arbitrarias con respecto a la titulación de las tierras indígenas que no pueden regularizar sus derechos pre-existentes e inherentes.

Además, quieren que el gobierno para asegurar que los pueblos indígenas tengan acceso a recursos judiciales y de otra índole eficaces y rápidos para buscar la protección de sus derechos, y de inmediato actuar para garantizar que el poder judicial sea consciente de los derechos de los pueblos indígenas y aprobar las leyes necesarias o reglamentos para asegurar que el tipo de medidas cautelares que se adoptaron en relación con Isseneru y Kako no se adopten en el futuro.
Alpha


Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de la Venezolanidad del Esequibo Página 451
Amerindians write UN on land rights violations
February 21, 2013 | By chris | Filed Under News
- want Govt pressured to revise Amerindian Act
Amerindians from the Upper Mazaruni have taken their case of land rights violations to the United Nations, hoping that the Special Rapporteurs could help force the government to revise the Amerindian Act.

The Amerindian People’s Association (APA) teamed up with international NGO Forest People’s Programme to write the United Nations Special Rapporteur on the Rights of Indigenous Peoples; the Special Rapporteur on the Human Right to Safe Drinking Water and Sanitation; the Special Rapporteur on the Right to Food; the Special Rapporteur on Cultural Rights; United Nations Independent Expert on Human Rights Obligations relating to the Enjoyment of a Safe, Clean, Healthy and Sustainable Environment; Special Rapporteur on to the Enjoyment of the Highest Attainable Standard of Physical and Mental Health; and the Special Rapporteur on Environmentally Sound Management and Disposal of Hazardous Wastes and Substances.

The NGOs claim that the threats faced by the Akawaio communities of Isseneru and Kako due to mining on their lands are grave, imminent and substantial.

“They are faced with irreparable harm to their social, cultural and environmental integrity if mining is allowed to continue and increase in their lands,” the NGOs stated.

They claim that the “discriminatory rulings” of the High Court privilege the interests of miners over Isseneru and Kako; allow this mining to take place with impunity; negate the rights of the affected communities; and disregard extant domestic laws such as the Mining Act and Environmental Protection Act. The groups say such situations demand international oversight and action, particularly in light of Guyana’s explicit refusal to act on the prior recommendations of the Convention on the Elimination of All Forms of Racial Discrimination (UNCERD) that seek to remedy the discriminatory aspects of the Amerindian Act.

The UNCERD had highlighted the urgent need for Guyana to comply with these recommendations, both by explicitly requesting that it submit information on compliance with one year of their adoption and in its subsequent communication under its follow-up procedure, which stated that its concerns had become “all the more urgent” due to the deteriorating situation in Guyana, the NGOs stated.

Late last year, and again in January, the court held that in the case of Isseneru, the Village Council has no jurisdiction over the activities of miners on the basis of when the State granted title to its lands.

“Isseneru’s title is presently almost completely engulfed in mining concessions that, by law, it can do nothing about, and about which it was not consulted and did not consent,” the APA and FPP stated.

In the case of Kako, the judiciary held that its Village Council has no authority to prevent miners entering its titled lands on the basis of the provisions of the 2006 Amerindian Act, nor any right to prevent mining in its traditionally owned lands outside of this titled area.

In April 2006, the UNCERD found that the Amerindian Act discriminates against indigenous peoples in many respects.
The APA and FPP stated that Kako’s traditional lands are also covered by numerous mining concessions that were issued without its knowledge.

The Amerindians of the Upper Mazaruni want the government to amend the Amerindian Act of 2006 in line with its concluding observations of 2006 and in particular, that it ensures that indigenous peoples are able to consent to and control mining on their lands and territories (titled or otherwise), including bodies of water therein, without regard to when title may have been issued and without regard for the date the Amerindian Act of 2006 entered into force.

They want the government to instruct the Guyana Geology and Mines Commission (GGMC) not to issue mining permits or concessions within indigenous lands and territories, titled or otherwise, without first obtaining the consent of the affected community and/or indigenous peoples in accordance with their customs and traditions and through their freely chosen representatives or institutions, and that it amends Section 53 of the Amerindian Act accordingly.
The NGOs are demanding that the government immediately suspends and, where necessary, and revoke all mining concessions not consented to by Isseneru and Kako and which affect their traditionally owned lands whether titled in accordance with the Amerindian Act or not.

Further, they want the GGMC to not apply the discriminatory distinction between lands held under title issued by the State and lands held under title pursuant to indigenous customary tenure and law with respect to the prohibition of medium-scale mining under the Mining Act.

The NGOs are calling for the government to amend the Amerindian Act, as a matter of priority and urgency, to recognise and reflect the inherent nature of indigenous peoples’ rights and to establish procedures for land titling that are grounded in and consistent with those rights, rather than continue to pursue unilateral and arbitrary actions with regard to indigenous land titling that fail to regularise their pre-existing and inherent rights.

In addition, they want the government to ensure that indigenous people have access to effective and prompt judicial and other remedies to seek protection for their rights, and immediately act to ensure that the judiciary is made aware of indigenous peoples’ rights and pass the necessary laws or regulations to ensure that the type of injunctions that were adopted in relation to Isseneru and Kako are not adopted in the future.

1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición


Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968


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