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El
Ministerio Público acusó al teniente coronel de la Guardia Nacional Bolivariana
(GNB), José Chourio Luzardo, quien fue detenido el pasado 18 de marzo junto a
un abogado y otro hombre en el estado Bolívar, por presuntamente solicitarle
dinero a una persona a cambio de permitirle el libre tránsito fluvial en la
zona.
Los fiscales 84º nacional, su auxiliar y 4° del estado Bolívar, Facberm Useche,
Israel Paredes y Mayerling Acosta, respectivamente, acusaron al efectivo
militar por la presunta comisión del delito de concusión.
Mientras, el abogado José Sánchez Mendoza y José Miguel Hernández fueron
acusados por el delito de extorsión.
Adicionalmente, el militar y los otros dos hombres fueron acusados por
asociación para delinquir.
Los mencionados delitos están previstos en las leyes contra la Corrupción,
contra el Secuestro y la Extorsión y Orgánica contra la Delincuencia
Organizada.
En el escrito presentado ante el Tribunal 1º de Control de Puerto Ordaz, se
solicitó la admisión de la acusación y el enjuiciamiento del militar y las
otras dos personas.
Asimismo, los fiscales requirieron que se mantenga la medida de privación de
libertad contra los tres hombres, quienes están recluidos en la sede de la
Dirección de Inteligencia Militar (DIM), ubicada en Ciudad Bolívar.
La investigación del caso se inició el pasado 17 de marzo, debido a la denuncia
interpuesta ante la Dirección de Inteligencia Militar por la víctima, propietaria
de una empresa de transporte de mercancías que cubre la ruta Puerto
Ordaz−Guyana.
Presuntamente, Chourio Luzardo, quien para el momento de los hechos era el
comandante del Destacamento Nº 912 de la GNB, junto al abogado Sánchez Mendoza,
habrían solicitado dinero a la víctima, a cambio de permitirle el tránsito
fluvial por el río Orinoco.
El domingo 18 de marzo, en horas del mediodía, fue detenido Sánchez Mendoza en
la redoma de Bauxilum. Posteriormente, fueron detenidos Chourio Luzardo y
Hernández en la urbanización Guayana, sector Unare II del municipio Caroní.
1994
Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo de
Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición
Nota del
editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben
de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río
Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación
sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios
estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por
lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa
al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía
territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado
río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual
Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el
nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste
desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima
Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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