miércoles, 15 de julio de 2009

TSJ ratifica prohibición de la pesca de arrastre ( Guayana Esequiba)


Tomado de:
http://www.cadenaglobal.com/noticias/default.asp?Not=220647&Sec=8


33 AM La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), rechazó la medida cautelar que buscaba dejar sin efecto los artículos 23 y 30 de la Ley de Pesca y Acuicultura.

Estas referentes a la eliminación de la pesca de arrastre, así como a la posibilidad de llegar a acuerdos con países extranjeros para explotar los recursos excedentarios de la actividad.

La medida fue interpuesta el pasado 07 de julio por un grupo de industriales de arrastre del estado Falcón, en representación de más de 22.000 marinos de todo el país afectados por la eliminación de la actividad, que entró en vigencia el pasado 14 de marzo.

Según informó a la Agencia Bolivariana de Noticias Gilberto Giménez, presidente del Instituto Socialista para la Pesca y Acuicultura (Insopesca), el rechazo evidencia que el TSJ "…no vio elementos que de verdad violaran el derecho al trabajo de los trabajadores…".

Giménez recordó además que la Ley fue sancionada mediante Habilitante, "lo que indica una emergencia nacional que no fue consultada, por afectar un recurso que constituye una fuente importante de alimentos para el pueblo venezolano", dijo.

Según explicaron recientemente los demandantes, el recurso no buscaba la nulidad de la Ley sino la suspensión de los artículos que prohibían la pesca de arrastre, por considerar que esta actividad es indispensable para el normal abastecimiento de producto marinos al mercado.
"La pesca de arrastre aportaba 48% de la demanda nacional, y muestra de ello está en el hecho de que la captura ha caído más de 40% desde marzo pasado", señaló Armando Martínez, representante legal de la Asociación de Trabajadores de la Pesca del estado Sucre.
Para Martínez, esta disminución de la captura ha traído como consecuencia una merma en la oferta de especies al mercado, así como el fuerte aumento registrado en este rubro, lo que se traduce en incrementos de hasta 40% en el costo de algunas especies evidenciado durante el último mes.
"Los pescados más baratos comienzan a escasear y su precio aumenta, porque la pesca artesanal no está en capacidad de abastecer las necesidades de estas especies, pues su actividad se basa en la calidad y no en la cantidad".


Fanny Mavo, presidenta de la Asociación de Pescadores de Arrastre de Falcón, ha señalado por su parte que en esa entidad federal la captura ha caído hasta 80%, lo que ha ocasionado serios problemas de desempleo entre los ex trabajadores directos y los relacionados con las actividades de comercialización.
El rechazado recurso también dejó sin efecto otra solicitud de los pescadores, consistente en pedir al Gobierno nacional llegar a acuerdos con gobiernos vecinos para permitir la pesca industrial de recursos excedentarios, específicamente los ubicados en las costas de la Guayana Esequiba.
Jesús Hurtado


Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana.

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

En referencia a la información de prensa señalamos que: por decreto presidencial No 1152 del 09 de de julio de 1968, se traza una línea de base recta entre la línea divisoria del río Esequibo hasta la Punta Araguapiche del antiguo Territorio federal Delta Amacuro convertido hoy Estado.


Reservándose así la República de Venezuela los derechos sobre las tres millas del mar territorial frente a las costas de la Guayana Esequiba, que para ese entonces era fijado en esa distancia, que detentaba y aun detenta de facto la República de Cooperativa Guyana. Mientras que Venezuela lo fijaba en 12 millas, “…a nueve millas de mar que nunca ha dejado de ser venezolano…"

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