Mapa Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela con la Zona en Reclamación - La Guayana Esequiba
Por: Guzman Briceño | Viernes, 17/07/2015
07:07 AM | Versión para imprimir
El Mono en la Espalda de Mr Danger, perdón Mr Branger, que
artículo del Acuerdo de Ginebra no se ha leído
Sr Branger es por esto que le recordamos que ese territorio
que comprende 159.000 km2 es nuestro y ud lo sabe
En 1962 Venezuela por primera vez y de manera oficial reclama
como suyo en la O.N.U. el territorio ubicado al oeste del río Esequibo,
alegando vicios de nulidad y lo que se conoce en derecho internacional como
actos contrarios a la buena fe por parte del gobierno británico, por la
componenda de algunos de los miembros del Laudo de París de 1899. El gobierno
venezolano expone el 12 de noviembre de 1962 al gobierno Británico nueve puntos
en los que basan su reclamación
Exceso de poder (ultra petita), por
decretar libertad de navegación sobre los ríos Amacuro y Barima, lo que de
acuerdo al Derecho Internacional, invalida cualquier laudo arbitral.
Presentación de mapas adulterados, por parte de Gran Bretaña
en el Tribunal arbitral.
Ausencia de Motivación en la Decisión arbitral.
El Tribunal otorgó 17.604 km² a Gran Bretaña
reconocidos como venezolanos por el propio gobierno británico.
La línea fronteriza fue impuesta a los jueces por el gobierno
británico.
El Presidente del Tribunal arbitral coaccionó a los jueces
para aceptar la demarcación británica.
Esta demarcación fue una "componenda", así lo
calificaron algunos funcionarios británicos.
Venezuela fue engañada y el Reino Unido actuó en modo contrario
a la buena fe del derecho internacional.
Venezuela fue informada luego de que el Laudo Arbitral tomara
las decisiones.
Componenda de los países miembros del Tribunal arbitral.
El Acuerdo de Ginebra de 1966
El Acuerdo de Ginebra fue firmado entre Venezuela y el Reino
Unido (en representación de su entonces colonia Guayana Británica) en Ginebra (Suiza) el 17 de
febrero de 1966. Es un acuerdo para llegar a una solución definitiva del
diferendo limítrofe, e invalida el laudo arbitral de 1899.
El artículo primero del documento reconoce la contención de
Venezuela de considerar nulo e írrito la decisión del tribunal que definió su
frontera con Guayana Británica. El Reino Unido al firmar el documento reconocen
el reclamo y la inconformidad de Venezuela acordándose así encontrar una
solución práctica, pacífica y satisfactoria para las partes.
Cuando Gran Bretaña decidió conceder la independencia a la
Guayana Británica, dentro de laCommonwealth, el 26 de
mayo de 1966, denominándose como Guyana, ésta sería Estado
parte, tal como lo establece el artículo 7º del Acuerdo de Ginebra. Por ello
Guyana ratificó el Acuerdo de Ginebra el mismo día de su independencia,
reconociendo de esta forma la reclamación venezolana sobre el territorio al
margen occidental del río Esequibo.
Y es por esta carta que ese laudo arbitral de Paris es nulo,
Irrito y viciado
"MEMORÁNDUM DEJADO AL JUEZ SHOENRICH, PARA NO SER
PUBLICADO SINO A SU JUICIO, DESPUES DE MI MUERTE".
"El magistrado Brewer y yo nos embarcamos para Europa en
enero de 1899 para asistir a la primera sesión del tribunal arbitral, que debía
reunirse en París con el objeto de determinar la frontera entre Venezuela y la
Guayana Británica. Los términos del Protocolo (firmado entre Gran Bretaña y
Venezuela) exigían la reunión del tribunal en esa oportunidad. Sin embargo,
como esta fecha resultaba incómoda para todos los que tenían que intervenir en
el arbitraje, se decidió celebrar una simple sesión preliminar, para cumplir
con los términos de Protocolo y levantar las sesiones para reanudarlas en fecha
más apropiada".
"Antes de ir a París, el juez Brewer y yo nos detuvimos
en Londres, y estando allí el Señor Henry White, encargado de negocios de los
Estados Unidos, nos ofreció una pequeña comida a la cual fue invitado el Lord
Justicia Mayor Russel. Me correspondió sentarme junto a Lord Russel, y en el
curso de la conversación me aventuré a expresar que las decisiones de los
arbitrajes internacionales deberían fundarse exclusivamente en consideraciones
legales. Lord Russel respondió inmediatamente: "Estoy enteramente en desacuerdo
con usted estimo que los arbitrajes internacionales deberían ser conducidos por
vías más amplias y tomar en consideración cuestiones de política
internacional". Desde aquel momento comprendí que no podíamos contar con
Lord Russel para decidir la cuestión fronteriza sobre la base de estricto
derecho.
"Cuando nos reunimos en París el 1º de junio siguiente
conocía Lord Collins. Durante los discursos del Procurador General Sir Richard
Webster y mío (los cuales duraron 26 días), apareció claramente que Lord Collins
estaba sinceramente interesado en darse cuenta completa de todos los hechos del
caso y en determinar la ley a estos aplicables. Lord Collins, por supuesto, no
dio indicación acerca de cómo votaría en la cuestión; pero toda su actitud y
las numerosas preguntas que formuló eran críticas de las pretensiones
británicas y daban la impresión que se iba inclinando hacia el lado de
Venezuela".
"Después de que Sir Richard Webster y yo concluíamos
nuestros discursos, el Tribunal suspendió sus sesiones para una corta vacación
de dos semanas. Los dos árbitros británicos regresaron a Inglaterra y llevaron
consigo al señor Martens".
"Cuando entré al departamento en donde me esperaban los
árbitros americanos, el juez Brewer se levantó y dijo muy excitado:
"Mallett-Prevost, es inútil continuar por más tiempo
esta farsa pretendiendo que nosotros somos jueces y usted abogado. El
Magistrado Fuller y yo hemos decidido revelarle confidencialmente lo que
acababa de pasar. Martens ha venido a vernos y nos informa que Russell y Collins
están dispuestos a decidir en favor de la línea Schomburgk, que, partiendo de
Punta Barima en la Costa, daría a la Gran Bretaña el control de la boca
principal del Orinoco; y, que si nosotros insistimos en comenzar la línea
partiendo de la costa en el río Moroco, él se pondría del lado de los
británicos y aprobará la línea Schomburgk como la verdadera frontera ".
Sin embargo añadió, él, Martens, estaba ansioso de lograr una sentencia
unánime, y si aceptáramos la línea que él propone, el obtendría la aquiescencia
de Lord Russel y Lord Collins a fin de llegar a una decisión unánime. Lo que
Martens proponía era que la línea de la costa comenzara a cierta distancia al
sudeste de Punta Barima, de modo de dar a Venezuela el control de la Boca del
Orinoco, y cerca de 5.000 millas cuadradas de territorio alrededor de esa boca.
"Esto es lo que Martens ha propuesto. El Magistrado
Fuller y yo somos de opinión que la frontera en la costa debería indicarse en
el río Moroco. Lo que tenemos que decidir es si aceptamos la proposición de
Martens o suscribimos una opinión disidente".
"En estas, circunstancias, el Magistrado Fuller y yo
hemos decidido consultar con usted y ahora quiero hacerle saber que estamos
dispuestos a seguir uno u otro camino, según lo que usted desee que se
haga". Por lo que acababa de expresar el magistrado Brewer y por el cambio
que todos habíamos observado en Lord Collins me convencí entonces, y sigo
creyendo, que durante la visita de Martens a Inglaterra para decidir la
cuestión en los términos sugeridos por Martens y que se había hecho presión, de
un modo u otro, sobre Collins, a fin de que siguiera aquel camino.
Naturalmente, me di cuenta de que yo solo no podía asumir la enorme
responsabilidad de la decisión que se me exigía. Así lo hice ver a los dos
árbitros y les pedí autorización para consultar al General Harrison. Al
obtenerla fui a su apartamento para tratarle el asunto".
"Cuando revelé al General Harrison lo que acababa de
pasar éste se levantó indignado, y caminando de un lado a otro, calificó la
conducta de Gran Bretaña y Rusia en términos que es para mí inútil repetir. Su
primera reacción fue la de pedir a Fuller y a Brewer que presentaran una
opinión disidente, pero cuando se calmó y estudió el asunto desde un punto de
vista práctico, me dijo: "Mallet-Prevost, si algún día se supiera que
estuvo en nuestras manos conservar la desembocadura del Orinoco para Venezuela
y que no lo hicimos, nunca se nos perdonaría. Lo que Martens propone es inícuo,
pero no veo como Fuller y Brewer pueden hacer otra cosa que aceptar".
"Estuve de acuerdo con el general Harrison y así se lo
hice saber a los Magistrados Fuller y Brewer. La decisión del Tribunal fue, en
consecuencia, unánime; pero, si bien es cierto que dio a Venezuela el sector en
litigio más importante desde un punto de vista estratégico, fue injusta para
Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante, sobre el cual
la Gran Bretaña no tenían en mi opinión, la menor sombra de derecho".
"Lo anterior ha sido dictado por mí el 8 de febrero de
1944 ". "Otto Schoenrich. Miembro de la firma Curtis, Mallet-Prevost,
Colt y Mosley de Nueva York."
Miembro de la Dirección Municipal del PSUV Pampanito
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río
Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente
sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la
margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos
soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea
del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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