Por Iliana Morante Osío*
La Guayana Esequiba es un territorio de 159.500 Km2 al oeste
del Rio Esequibo que nos pertenece por derecho, y en justicia corresponde a
Venezuela en atención a su condición de primer ocupante según las Bulas del
Papa Alejandro VI que concedió a España la posesión de estas tierras; este
territorio nos fue usurpado por un laudo nulo e irrito dictado en París
el 3 de octubre de 1899 para satisfacer las apetencias expansionistas del
Imperio Británico. El territorio poseído por Inglaterra debía ser el
mismo que ocupaba la antigua colonia holandesa, que había heredado el
Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte mediante el Tratado de
Londres en 1814. Los holandeses se habían establecido en Demerara, Esequibo y
Berbice en 1627, territorio que perteneció a España hasta 1648,
cuando la propia España se los cedió por el Tratado de Munster conocido como la
Paz de Westfalia, pero como este tratado no les daba derechos sobre ninguna
parte del oeste del río Esequibo, España los desalojó de los sitios que habían
usurpado. Finalmente, por el ya mencionado Tratado de Londres de 1814, las posesiones
de Holanda pasaron a ser colonias inglesas, dando origen a la Guayana
Británica.
Durante la época colonial España no mostró gran interés por
esta porción de nuestro territorio, lo que favoreció la penetración británica
estimulada por las expectativas de explotar las riquezas de la región.
Siglo XIX de la Gran Colombia a la República de Venezuela
Al comenzar el siglo XIX entra en crisis el Imperio Español
en América. La conformación de estos nuevos Estados nacionales implica
que deben delimitar su territorio. La antigua Capitanía General de Venezuela se
une al extinto Virreinato de la Nueva Granada y forma la República de Colombia.
En la Ley Fundamental de su creación, sancionada por el Congreso reunido en
Angostura el 17 de diciembre de 1819, los legisladores consagran el Principio
del “Uti Possidettis Iure” en el Artículo 2º que textualmente
dice “Su territorio será el que comprendían la antigua Capitanía General
de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada, abrazando una
extensión de 115 mil leguas cuadradas, cuyos términos precisos se fijarán en
mejores circunstancias…” En 1822 el Libertador Simón Bolívar, por
intermedio de su Ministro de Relaciones Exteriores, Pedro Gual, gira
instrucciones al doctor José Rafael Revenga en Londres, para que denuncie ante
las autoridades de la Gran Bretaña el avance de colonos ingleses en territorio
Esequibo.
Carta de la República de Colombia dividida en 12
departamentos en 1824 Codazzi, Agustín, 1793-1859. Pertenece al
Atlas físico y político de la República de Venezuela /Archivo Audiovisual
Biblioteca Nacional de Venezuela.
“Los colonos de Demerara y Berbice tienen usurpada una gran
porción de tierra que según los últimos Tratados entre España y Holanda nos
pertenecen, del lado Oeste del Río Esequibo. Es absolutamente indispensable que
dichos colonos o se pongan bajo jurisdicción y disposición de nuestras
Leyes o se retiren a sus antiguas posesiones”
El 22 de junio de 1826 tiene lugar la instalación del
Congreso Anfictiónico de Panamá y uno de los temas a discutir, invocado por el
Libertador Simón Bolívar, fue la fijación de las fronteras nacionales para la
justa y cabal delimitación del territorio de las nuevas repúblicas
hispanoamericanas de acuerdo con el principio del “Uti Possidetis Iure” lo cual
fue aceptado en principio por éstas. Lamentablemente el “Tratado magnífico
titulado de la Unión, de la Liga, y de la Confederación perpetua”, convenido en
Panamá omitió el cese de los pleitos territoriales, cuestión que el proyecto de
Bolívar consideraba fundamental.
El Congreso Constituyente de Venezuela, reunido en la ciudad
de Valencia, declaró la separación definitiva de Venezuela de la Gran
Colombia y sancionó el 22 de septiembre de 1830 la Constitución que
consagró en su Artículo 5° el principio del “Utti Possidetti Juris” cuando
estableció que “el territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de
la transformación política de 1810 se denominaba capitanía general de
Venezuela. Para su mejor administración se dividirá en provincias, cantones y parroquias,
cuyos límites fijará la ley”. Venezuela ahora un Estado independiente debía
definir sus límites con sus vecinos; la delimitación con la Guayana Inglesa es
la que ha generado mayor controversia.
Mapa Político de la República de Venezuela (1840). Codazzi,
Agustín, 1793-1859. Pertenece al Atlas físico y político de la República
de Venezuela / dedicado por su autor el Coronel de Ingenieros Agustín Codazzi
al Congreso Constituyente de 1830. – [Caracas: s.n., entre 1880 y 1900] 1 atlas
Edición facsimilar del mapa de Codazzi del mismo nombre publicado en 1840 por
Thierry Fres. Cite Bergere a París./Archivo Audiovisual Biblioteca Nacional de
Venezuela
El diferendo de límites con la Gran Bretaña surge en 1834
cuando la Royal Geographical Society y el Gobierno británico le encargan al
naturalista prusiano Robert Shomburgk la exploración y delimitación, mediante
el levantamiento de un mapa, de la región. Shomburgk realiza dos expediciones
en 1835 y 1843 respectivamente, en el territorio comprendido entre el río
Esequibo y una línea que partiendo del río Amacuro, afluente del Orinoco,
seguía por la Sierra Imataca, y cruzando el Cuyuní continuaba por el Roraima y
el río Cotinga. Tal es a grandes rasgos, la famosa “Línea Shomburgk” con la
cual se inicia la expansión británica hacia el oeste en un movimiento de
usurpación territorial con dos objetivos bien determinados, uno geopolítico, el
control del Orinoco como vía de penetración y otro económico para la
explotación de los recursos naturales de la Guayana venezolana. La primera
“Línea Shomburgk” (1835) daba a Inglaterra 4.290 km2; la Segunda ampliaba la
aspiración al incorporar a esa colonia 141.930 km2 (en 1839 Shomburgk le
escribe a un alto funcionario del Ministerio de Colonias “… sea cual sea
la resolución del Gobierno, confió que no abandonará a Punta Barima, que
indudablemente es la llave de Colombia”). No por casualidad el Cónsul
Británico en Venezuela, Sir Robert Kerr Porter, había solicitado a nuestro
gobierno en 1835 la construcción de un faro en Punta Barima para facilitar la
navegación.
En 1841 Venezuela inició gestiones diplomáticas ante Gran
Bretaña a través de su ministro en Londres, Alejo Fortique, quien con la
colaboración del historiador Rafael María Baralt presenta los títulos de
Venezuela y logra que se eliminen los postes colocados por Schomburgk,
posteriormente se llega al acuerdo de 1850, mediante el cual ambos gobiernos se
comprometen a no ocupar el territorio en disputa que, comprendía desde la línea
trazada por Schomburgk hasta el río Esequibo.
La opinión pública se pronunció contra la pretensión
británica de apoderarse de la Guayana cuando esta se intensificó a raíz de la
aprobación en 1848 por parte del Congreso venezolano de la Ley de Espera, que
concedía una moratoria a los deudores en el pago de las acreencias contraídas
con extranjeros. La campaña publicitaria difundió la versión, no sin
fundamentos, de que Gran Bretaña iba a apoderarse del Orinoco a fin de obligar
a Venezuela al pago de las deudas a los súbditos británicos. Ese año coincidió
con el hallazgo de las minas de oro en la cuenca del Yuruari. El Cónsul
Británico Kenneth Mathison en Ciudad Bolívar informó del hallazgo al Ministro
Británico en Caracas, B, H. Wilson, quien las transmitió a su Ministro de
Relaciones Exteriores, Lord Palmerston, “…Si la línea de la
frontera británica va del Amacuro a la horqueta del Cuyuní, donde le entra el
Yuruari, el territorio Aurífero caerá dentro del territorio inglés”.
En 1887 ocurre un grave incidente que obliga a Venezuela a
romper relaciones con Gran Bretaña. Inglaterra publica en 1886 un mapa
adulterado con una espúrea “Línea Shomburgk”, con fronteras más ambiciosas que
abarcaban 167.830 Km2 al oeste del río Esequibo, muy cerca de la cuenca
del Yuruari, sus aspiraciones eran anexarse la Villa de Upata, las minas
del Callao y acercarse al Orinoco. Diego Bautista Urbaneja, Ministro de
Relaciones Exteriores de Venezuela, en representación del Gobierno fija
posición:
“…el presidente de la República reclama de S.M.B. la
evacuación del territorio venezolano desde las Bocas del Orinoco hasta el
Pomerón, que indebidamente ella ha ocupado; en la inteligencia de que, si para
el 20 de febrero próximo, época de la reunión del Congreso, a quien el
gobierno debe dar cuenta de todo, no se hubiere contestado, o se hubiere
contestado negativamente, desde entonces quedarán cortadas las relaciones
diplomáticas entre los dos países…”
Mapa de la parte oriental de Venezuela que muestra las
invasiones británicas en el territorio Esequibo.
Muñoz Tebar, Jesús, 1847-1909. Mapa de la parte oriental de Venezuela [mapa]: para mostrar las invasiones realizadas por el Gobierno Británico en el Territorio de la República / dibujado por Jesús Muñoz Tebar. Escala ca. 1:2.500.000. – Caracas: [s.n.], 1887 – 1 mapa: col.; 44 x 30 cm.
Los Estados Unidos, como imperio emergente, intervinieron en
el conflicto de manera pública desde 1895 cuando Richard Olney, Secretario de
Estado del presidente Grover Cleveland, “…considerando los ‘avances’
británicos en tierra venezolana como verdaderas usurpaciones, justifica la
aplicación de la Doctrina Monroe”, ya que se trataba de la agresión de una
potencia europea contra un país americano. La nota de Olney se conoce con el
nombre de “Cañón de 20 Pulgadas”. Cleveland declaró ante el Congreso de
los Estados Unidos en diciembre de 1895 que de no aceptar el gobierno británico
el arbitramiento solicitado por Venezuela investigarían exhaustivamente sobre
los límites en disputa y luego se opondrían por todos los medios a su alcance,
como si se tratara de un ataque directo a sus derechos e intereses, a la
apropiación de cualquier territorio por parte de Inglaterra que perteneciera a
Venezuela. La posición de Estados Unidos conduce a la firma del Tratado de
Arbitraje de Washington en 1897. Venezuela se verá obligada a hacerse
representar en el Tribunal Arbitral por los Estados Unidos de América, el
resultado fue el Laudo Arbitral de 1899 producto de una acuerdo entra
Inglaterra y Rusia.
El Tribunal Arbitral sesionó en París entre junio
y septiembre de 1899 y emite Sentencia el 3 de octubre, favorable, por
unanimidad, al Reino Unido en la controversia que sostenía con Venezuela desde
1841. El Tribunal del Arbitraje estuvo compuesto por cinco miembros: Melville
Winston Fuller y David Josiah Brewer, miembros de la Corte Suprema de Justicia
de los Estados Unidos de América en representación de Venezuela, Lord Rusell of
Kilowen y Lord Henn Collins en representación del Reino Unido de la Gran
Bretaña y el quinto miembro como parte imparcial sería el juez o árbitro
Federic de Martens de nacionalidad rusa. Luego de sesionar durante escasos seis
días continuos de los tres meses que disponían según lo contemplaba el Tratado
de Washington. El fallo solo favoreció a Venezuela en conservar las bocas del
río Orinoco y una porción de territorio adyacente a este, mientras que al Reino
Unido se le adjudicaba una gran porción al oeste de los mil kilómetros del río
Esequibo, la cual posteriormente sería delimitada por una comisión mixta
venezolano-británica, desconociendo así los justos títulos de Venezuela y
despojándola de 159.500 Km2 al oeste del río Esequibo; es lo que actualmente
conocemos como la Zona en Reclamación. El doctor José María de Rojas, Agente de
Venezuela ante el Tribunal Arbitral, en nota dirigida a su Gobierno informa su
“sorpresa inexplicable” por “el proceder del presidente del Tribunal señor de
Martens” y añadía “lo que no podremos saber jamás es el motivo que haya
tenido el señor De Martens para proceder así”. Venezuela inmediatamente denunció
que el tratado estaba viciado de nulidad.
La opinión internacional también se manifestó al particular,
la conocida Revista “Punch” publica en su portada, a los pocos días del
Laudo de París, una caricatura muy ilustrativa en la que aparece Lord Salisbury
saliendo precipitadamente de la Sala de sesiones llevándose consigo los
documentos del litigio, la “línea Somburgk”, las minas y los bosques de las
60.000 millas arrebatadas a Venezuela mientras en tono burlón exclamaba “I like
arbitration —in The Proper Place!”; la revista Inglesa Rewiew of Rewiews añadía
que el territorio otorgado por la sentencia a Venezuela no valía ni un “
billete de cinco libras”. La prensa venezolana de la época protestó
vigorosamente contra la injusticia.
Lamentablemente la situación de inestabilidad política de
Venezuela durante el siglo XIX, particularmente en la fase final de la
invasión de los andinos encabezados por Cipriano Castro para derrocar el
gobierno de Ignacio Andrade, no fue la más apropiada para hacer valer nuestros
derechos. La Revolución Liberal Restauradora tomó el poder en Caracas apenas
veinte días después de la emisión del Laudo. Mientras los venezolanos
estaban ocupados en disputarse el poder, el Imperio Británico se fue a los
hechos, ocupando el territorio, haciendo exploraciones, elaborando mapas,
colocando postes. El colonialismo más crudo en acción.
Jueces del Tribunal Arbitral París 1899
Tomado
Siglo XX Después del Laudo…
En 1948 de da a conocer el Memorándum, póstumo, de Severo
Mallet Prevost escrito en 1944 con la voluntad de que se hiciera público
después de su muerte. Consejero de nuestro país en el arbitraje de 1899, en
dicho documento, publicado en la acreditada revista americana “The American
Journal of International Law” (Vol. 43, n° 3, julio 1949) revela que el laudo
arbitral fue una componenda política donde los dos jueces británicos y el
ruso que supuestamente era neutral y que tenían la mayoría absoluta dispusieron
del territorio de Venezuela. Supuestamente le dijeron los dos magistrados
estadounidenses que tenían dos opciones: aceptar de forma unánime la
entrega del Esequibo, conservando las Bocas de Orinoco, o aceptar 3 contra 2
una decisión más dañina que incluía más territorio y las mencionadas Bocas.
Obviamente no quedó más remedio que ir por la primera opción. La zona en
disputa entre Venezuela y Gran Bretaña abarcaba un área de 50.000 millas
cuadradas, un poco mayor que la del Estado de Nueva York y un poco menor que la
de Inglaterra, Venezuela la reclamaba en virtud de sus títulos como sucesora de
España y, Gran Bretaña en razón de su conquista a los holandeses, cuyos
derechos provenían a su vez de la ocupación de territorio español. Esta
publicación causó gran impacto y repercusión no sólo en Venezuela sino a nivel
internacional, entre los comentarios cabe destacar la declaración de nuestro
canciller Luis Emilio Gómez Ruiz: “Es evidente que la sentencia a que nos
referimos fue la injusta consagración de la política imperialista que
siguieron las potencias europeas en el siglo XIX en su afán de agrandar sus
territorios coloniales a expensas de los países débiles” (El Nacional 14
de enero de 1951).
Tomado de Venezuela Limita al Este con el Esequibo de Rafael
Armando Rojas (1914 Tovar, Mérida, 2007) en Informes Especiales, Carta de
Venezuela, Oficina Central de Informacion (OCI) Septiembre 1965
Revista Satírica “El Diablo” Año IV, New York 1-6-1895, N°
105, Mc Dougall imprenta América. En: Los liberales amarillos en la caricatura
venezolana. Publicaciones del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y
Fundación para el Rescate Del Acervo Documental venezolano. Caracas 1981
Última parte de la Guayana Esequiba
El 17 de Febrero de 1966 se firmó en Ginebra, Suiza,
el “Acuerdo para Resolver la controversia entre el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte sobre la Frontera entre Venezuela y Guayana
Británica”, más conocido como “Acuerdo de Ginebra”, con este instrumento se
concreta el Reclamo de Venezuela que, obliga a las partes: Venezuela, Gran
Bretaña y Guyana (de conformidad con lo previsto en el Artículo VIII Guyana
pasa a ser parte de este Acuerdo el 26 de mayo de ese mismo año, fecha en la
cual fue declarada su independencia) a buscar soluciones satisfactorias para
resolver su controversia. Establece en su Artículo 1 la creación de una
Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el
arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido; de no
llegar a una solución, la Comisión referiría el asunto a sus respectivos
gobiernos; estos estaban obligados a escoger uno de los medios de solución
pacífica previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Si
dentro de los tres meses siguientes no se hubiere llegado a un acuerdo
satisfactorio, ambos gobiernos podían acudir a un organismo internacional
apropiado; y de no alcanzar este punto, al Secretario General de las Naciones
Unidas, quien escogería otro de los procedimientos pacíficos estipulados en el
mencionado artículo 33. Por otra parte el artículo 5 contempla dos provisiones:
1) El Acuerdo no podía ser interpretado como una renuncia o disminución de
nuestra reclamación territorial.
2) Ningún acto o actividad desarrollada en el
territorio reclamado por Venezuela conllevaba o representaba menoscabo alguno
de nuestros derechos, ni apoyo a las pretensiones de Gran Bretaña o de
Guyana. Se reconocía así cualquier reserva venezolana sobre concesiones
otorgadas o que pudieran adjudicarse en la zona en reclamación. El Gobierno de
Venezuela en representación de la nación venezolana se reservó los derechos
sobre los territorios de Guayana Esequiba en nota del 26 de mayo de 1966, al
momento de reconocerse la creación del nuevo Estado de Guyana “… por lo
tanto Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al
este de la margen derecha del Río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial
sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en
consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se
reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado
de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su
nacimiento hasta su desembocadura en el océano Atlántico…”
En el marco del Acuerdo de Ginebra Inglaterra se lava
las manos y le concede la independencia a su colonia, en consecuencia la
República de Guyana sustituye al Reino Unido en la reclamación, se invierten
los papeles ahora es una pequeña república independiente que quiere ser
despojada de su territorio por un país más grande y fuerte. Para Guyana, el
Acuerdo de Ginebra era innecesario, Cheddi Jagan, el ya desaparecido
expresidente de la República y líder fundador del Partido Progresista del
Pueblo (PPP), como jefe de la entonces oposición guyanesa, se opuso a la firma
del Acuerdo de Ginebra y, en su obra “The West on Trial”, escribe al respecto: “El
gobierno de coalición PNC-UF firmó conjuntamente con los gobiernos venezolano y
británico el Acuerdo de Ginebra…y creó una Comisión Mixta (Guyana-Venezuela).
Así se concedió reconocimiento a la espuria reclamación territorial venezolana
y lo que era un caso cerrado desde 1899 fue reabierto.” Con estas
palabras Jagan reconoce que, con la firma del Acuerdo de Ginebra, Guyana
concede reconocimiento a la reclamación venezolana y acepta reabrir el caso que
supuestamente había sido cerrado con el Laudo de 1899.
El 14 de octubre de 1966 Venezuela ejerce su soberanía sobre
la isla de Anacoco; Anacoco es una isla fluvial administrada por Venezuela como
parte del Estado Bolívar ubicada al Norte del río Cuyuní y se forma por un caño
llamado Brazo Negro que se desprende del cauce principal del río hacia el Norte
y se reincorpora más adelante, la misma estaba siendo asediada por topas
guyanesas y Venezuela en ejercicio de su soberanía la ocupa con personal civil
y militar e inicia la construcción de una pista de aterrizaje, una oficina
postal, una escuela y puestos militares y policiales. El Estado Guyanés lo
consideró como un acto de agresión por parte de Venezuela dado que entendía que
la mitad oriental de la isla estaba dentro del territorio en disputa y por lo
tanto bajo administración guyanesa como lo estipulaba el Acuerdo de Ginebra
hasta tanto no hubiera una solución satisfactoria. El Primer Ministro guyanés
Forbes Burnhan envió a Venezuela una nota de protesta el 14 de octubre de 1966
exigiendo la retirada de los militares y la destrucción de las instalaciones.
La responde el 18 de octubre Ignacio Iribarren Borges, Ministro de Relaciones
Exteriores de Venezuela, en los siguientes términos: “…el Gobierno de
Venezuela rechaza la referida protesta, por cuanto la isla de Anacoco es
territorio venezolano en su integridad y la República de Venezuela siempre ha
estado en posesión de ella” con respecto a la isla de Anacoco, considera
que “…en 1966 Venezuela ejerció soberanía sobre la totalidad de la isla de
Anacoco dado que se encuentra fuera del área en litigio”. Actualmente en la
isla no existen asentamientos civiles, sólo funciona un puesto militar del
ejército venezolano; y Guyana no reconoce que la totalidad de la isla queda
fuera del área en disputa, en sus publicaciones oficiales sostiene que la isla
de Anacoco estuvo dividida entre los dos países desde el Laudo Arbitral de 1899
y que Venezuela “ocupó” y “anexó” la mitad guyanesa en 1966.
Entre 1968 y 1969 ocurrió un alzamiento de la población del
Rupununi, ubicada al sur de la Guayana Esequiba. Valerie Hart, quien lideraba
el movimiento rebelde se encontraba en Caracas para pedir la protección de Venezuela,
pues consideraban que los habitantes del Rupununi en la Guayana Esequiba eran
ciudadanos venezolanos por nacimiento. La insurrección fue sometida por las
fuerzas militares de Guyana, quien acuso a Venezuela de haber suministrado
armas y fomentado el alzamiento. Venezuela rechazó categóricamente esta
acusación de acuerdo con las declaraciones de Valerie Hart, lideresa del
movimiento, quien manifestó que de las entrevistas realizadas con los
ministros venezolanos del Exterior e Interior no le habían hecho ningún
ofrecimiento, pues estos le manifestaron que eran asuntos muy delicados de
política internacional.
El 18 de junio de 1970 Venezuela firmó el “Protocolo de
Puerto España” con la República Cooperativa de Guyana e Inglaterra mediante el
cual se congelaban las negociaciones contenidas en el Acuerdo de Ginebra
por un lapso de 12 años. De conformidad con el artículo 4 del mismo que
estipulaba si, en un plazo de 4 años la Comisión Mixta, contados a partir de la
fecha de su firma, no había llegado a ningún arreglo los gobiernos de
Venezuela y Guyana escogerían uno de los medios de solución pacífica previstos
en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas y si, dentro de los
tres meses siguientes a la recepción del informe final de la Comisión
Mixta no hubiesen llegado a un acuerdo con respecto a la elección de uno de los
medios de solución previstos en el Artículo 33 de la Carta, referirían la
decisión sobre dichos medios a un organismo internacional y de no llegar a un
acuerdo sobre este punto, al Secretario General de las Naciones Unidas. La
Comisión Mixta creada a raíz del Acuerdo de Ginebra celebró 17 reuniones y
concluye sus labores el 17 de febrero de 1970 sin haber logrado el acuerdo
deseado. El Gobierno de Venezuela ante los buenos oficios el Primer Ministro de
Trinidad y Tobago Eric Williams buscando un compás de espera, a fin de que
ambos gobiernos pudieran dialogar, reflexionar y buscar un mejor momento para
la solución de la controversia suscribe en Trinidad el “Protocolo de Puerto España”
el plazo previsto en este Protocolo se venció en junio de 1982 y el Gobierno
de Venezuela decidió no renovarlo y llevar el conflicto al
Secretario de las Naciones Unidas, quien designó al “Buen Oficiante” tal como
lo establece el Acuerdo de Ginebra de 1966 y el Artículo 33 de la Carta de las
Naciones Unidas para el Arreglo Pacífico de Controversias.
En 1987 ambos países decidieron aceptar el mecanismo de
“Buenos Oficios” previsto en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas
propuesto por el Secretario General de la ONU. En 1989 fue designado un Buen
Oficiante en la controversia, responsabilidad esta que recayó en el granadino
Allister McIntyre, vinculado a la Commonwealth británico, un anglo-antillano,
economista de profesión y de amplia trayectoria. Después de una década sin
resultados tangibles, McIntyre fue sustituído el 26 de octubre de 1999 por otro
anglo antillano, el Dr. Oliver Jackman quien nació en Barbados en 1929, hizo
sus estudios de abogado en Cambridge y se desempeñó como magistrado en la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. Jackman falleció en 2007 sin cumplir con su
cometido y, finalmente, ambas naciones postularon al profesor jamaiquino Norman
Girvan para actuar como Buen Oficiante, quien fue designado el 19 de abril de
2010. Girvan inició las consultas entre ambos gobiernos el 25 de octubre de ese
mismo año con una visita a Georgetown, luego se reunió en Caracas con el
entonces canciller Nicolás Maduro y acordaron realizar encuentros periódicos y
mantener informado al Secretario General de ONU Ban Ki Moon. Hasta ahora estas
gestiones no han avanzado.
Últimos acontecimientos
El gobierno venezolano dirigió el 19 de marzo de 2012 una
nota diplomática al Secretario General de la ONU, mediante la cual objetó la
solicitud guyanesa de ampliar su plataforma continental de 200 a 300 millas
náuticas sin consultar ni delimitar con Venezuela. En la solicitud, Guyana
alegó que no había ninguna disputa territorial pendiente en el área en
referencia. Guyana lamentó la nota de Venezuela y reiteró que no había ninguna
disputa territorial en el área, desconociendo así el Acuerdo de Ginebra de
1966.
Actualmente con el reciente impasse provocado por
el Decreto 1.787 dictado por el presidente Nicolás Maduro para
constituir las “Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular” con
margen de acción para actuar en la Zona en Reclamación la controversia
retoma vigencia; ya el Gobierno Guyanés solicitó este jueves la intervención
del Secretario General de la ONU para acelerar la resolución del conflicto,
pues considera que se agotó la figura del Buen Oficiante.
Bibliografía
Federico MARTENS: Rusia e Inglaterra en Asia
Central Traducción y Estudio Preliminar de Héctor Gros Espiell, Ediciones
de la Academia Nacional de la Historia, Presidencia de la República. Caracas
1981.
Hermann GONZÁLEZ OROPEZA S.J. / Manuel Donis
Rios Historia de las fronteras de Venezuela. Cuadernos Lagoven,
Editado por el Departamento de Relaciones Públicas de Lagoven S.A.
Caracas 1989.
Pablo OJER: Robert H. SHOMBURGK. Explorador de Guayana y
sus Líneas de Frontera. Editado por la Universidad Central de Venezuela,
Facultad de Humanidades y Educación, Instituto de Estudios Hispanoamericanos.
Caracas 1969.
Pablo OJER: Sumario histórico de la Guayana
Esequiba Editado por Biblioteca Corpozulia, Universidad Católica del
Táchira y el Fondo Editorial del Estado Táchira, Colección Sumario. Maracaibo y
San Cristóbal 1982.
Pompeyo TORREALBA .R Coronel (Ej,): A un siglo del
despojo/ Esequibo la Historia de Una Reclamación, Enciclopedia del Esequibo,
Torre-Alba Editores C.A. Caracas 2003.
Rafael Armando ROJAS: Venezuela limita al este con el
Esequibo Informes Especiales de la Carta de Venezuela Oficina
Central de Información (OCI). Septiembre 1965.
Los liberales amarillos en la caricatura
venezolana. Publicaciones del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y
Fundación para el Rescate Del Acervo Documental venezolano. Caracas ¿1981?
La reclamación venezolana sobre la Guayana
Esequiba. Varios Autores, Serie Eventos, Ciclo de Conferencias Academia
Nacional de la Historia y Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Segunda
Impresión Caracas 2009.
*Historiadora
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río
Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente
sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la
margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos
soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea
del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico...”
LA
GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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