lunes, 27 de julio de 2015

Breve reseña histórica sobre nuestra Guayana Esequiba



Por Iliana Morante Osío*

La Guayana Esequiba es un territorio de 159.500 Km2 al oeste del Rio Esequibo que nos pertenece por derecho, y en justicia corresponde a Venezuela en atención a su condición de primer ocupante según las Bulas del Papa Alejandro VI que concedió a España la posesión de estas tierras; este territorio nos fue usurpado por un laudo nulo e irrito dictado en París  el 3 de octubre de 1899 para satisfacer las apetencias expansionistas del Imperio Británico. El territorio poseído por Inglaterra debía ser el mismo  que ocupaba la antigua colonia holandesa, que había heredado el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte mediante el Tratado de Londres en 1814. Los holandeses se habían establecido en Demerara, Esequibo y Berbice en 1627, territorio que perteneció a España  hasta  1648, cuando la propia España se los cedió por el Tratado de Munster conocido como la Paz de Westfalia, pero como este tratado no les daba derechos sobre ninguna parte del oeste del río Esequibo, España los desalojó de los sitios que habían usurpado. Finalmente, por el ya mencionado Tratado de Londres de 1814, las posesiones de Holanda pasaron a ser colonias inglesas, dando origen a la Guayana Británica.

Durante la época colonial España no mostró gran interés por esta porción de nuestro territorio, lo que favoreció la penetración británica estimulada por las expectativas de explotar las riquezas de la región.

Siglo XIX de la Gran Colombia a la República de Venezuela
Al comenzar el siglo XIX entra en crisis el Imperio Español en América. La  conformación de estos nuevos Estados nacionales implica que deben delimitar su territorio. La antigua Capitanía General de Venezuela se une al extinto Virreinato de la Nueva Granada y forma la República de Colombia. En la Ley Fundamental de su creación, sancionada por el Congreso reunido en Angostura el 17 de diciembre de 1819, los legisladores consagran el Principio del “Uti Possidettis Iure” en el Artículo 2º que textualmente dice “Su territorio será el que comprendían la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada, abrazando una extensión de 115 mil leguas cuadradas, cuyos términos precisos se fijarán en mejores circunstancias…” En  1822 el Libertador Simón Bolívar, por intermedio de su Ministro de Relaciones Exteriores, Pedro Gual, gira instrucciones al doctor José Rafael Revenga en Londres, para que denuncie ante las autoridades de la Gran Bretaña el avance de colonos ingleses en territorio Esequibo.

Carta de la República de Colombia dividida en 12 departamentos en 1824 Codazzi,  Agustín, 1793-1859. Pertenece al  Atlas físico y político de la República de Venezuela /Archivo Audiovisual Biblioteca Nacional de Venezuela.

“Los colonos de Demerara y Berbice tienen usurpada una gran porción de tierra que según los últimos Tratados entre España y Holanda nos pertenecen, del lado Oeste del Río Esequibo. Es absolutamente indispensable que dichos colonos o se pongan bajo jurisdicción y disposición de nuestras Leyes  o se retiren a sus antiguas posesiones”

El 22 de junio de 1826 tiene lugar la instalación del  Congreso Anfictiónico de Panamá y uno de los temas a discutir, invocado por el Libertador Simón Bolívar, fue la fijación de las fronteras nacionales para la justa y cabal delimitación del territorio de las nuevas repúblicas hispanoamericanas de acuerdo con el principio del “Uti Possidetis Iure” lo cual fue aceptado en principio por éstas. Lamentablemente el “Tratado magnífico titulado de la Unión, de la Liga, y de la Confederación perpetua”, convenido en Panamá omitió el cese de los pleitos territoriales, cuestión que el proyecto de Bolívar consideraba fundamental.

El Congreso Constituyente de Venezuela, reunido en la ciudad de Valencia, declaró la separación definitiva de Venezuela de la Gran Colombia  y sancionó el 22 de septiembre de 1830 la Constitución que consagró en su Artículo 5° el principio del “Utti Possidetti Juris” cuando estableció que “el territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformación política de 1810 se denominaba capitanía general de Venezuela. Para su mejor administración se dividirá en provincias, cantones y parroquias, cuyos límites fijará la ley”. Venezuela ahora un Estado independiente debía definir sus límites con sus vecinos; la delimitación con la Guayana Inglesa es la que ha generado mayor controversia.

Mapa Político de la República de Venezuela (1840). Codazzi, Agustín, 1793-1859. Pertenece al  Atlas físico y político de la República de Venezuela / dedicado por su autor el Coronel de Ingenieros Agustín Codazzi al Congreso Constituyente de 1830. – [Caracas: s.n., entre 1880 y 1900] 1 atlas Edición facsimilar del mapa de Codazzi del mismo nombre publicado en 1840 por Thierry Fres. Cite Bergere a París./Archivo Audiovisual Biblioteca Nacional de Venezuela

El diferendo de límites con la Gran Bretaña surge en 1834 cuando la Royal Geographical Society y el Gobierno británico le encargan al naturalista prusiano Robert Shomburgk la exploración y delimitación, mediante el levantamiento de un mapa, de la región. Shomburgk realiza dos expediciones en 1835 y 1843 respectivamente, en el territorio comprendido entre el río Esequibo y una línea que partiendo del río Amacuro, afluente del Orinoco, seguía por la Sierra Imataca, y cruzando el Cuyuní continuaba por el Roraima y el río Cotinga. Tal es a grandes rasgos, la famosa “Línea Shomburgk” con la cual se inicia la expansión británica hacia el oeste en un movimiento de usurpación territorial con dos objetivos bien determinados, uno geopolítico, el control del Orinoco como vía de penetración y otro económico para la explotación de los recursos naturales de la Guayana venezolana. La primera “Línea Shomburgk” (1835) daba a Inglaterra 4.290 km2; la Segunda ampliaba la aspiración al incorporar a esa colonia 141.930 km2 (en 1839 Shomburgk le escribe a un alto funcionario del Ministerio de Colonias “… sea cual sea la resolución del Gobierno, confió que no abandonará a Punta Barima, que indudablemente es la llave de Colombia”). No por casualidad el Cónsul Británico en Venezuela, Sir Robert Kerr Porter, había solicitado a nuestro gobierno en 1835 la construcción de un faro en Punta Barima para facilitar la navegación.

En 1841 Venezuela inició gestiones diplomáticas ante Gran Bretaña a través de su ministro en Londres, Alejo Fortique, quien con la colaboración del historiador Rafael María Baralt presenta los títulos de Venezuela y logra que se eliminen los postes colocados por Schomburgk, posteriormente se llega al acuerdo de 1850, mediante el cual ambos gobiernos se comprometen a no ocupar el territorio en disputa que, comprendía desde la línea trazada por Schomburgk hasta el río Esequibo.

La opinión pública se pronunció contra la pretensión británica de apoderarse de la Guayana cuando esta se intensificó a raíz de la aprobación en 1848 por parte del Congreso venezolano de la Ley de Espera, que concedía una moratoria a los deudores en el pago de las acreencias contraídas con extranjeros. La campaña publicitaria difundió la versión, no sin fundamentos, de que Gran Bretaña iba a apoderarse del Orinoco a fin de obligar a Venezuela al pago de las deudas a los súbditos británicos. Ese año coincidió con el hallazgo de las minas de oro en la cuenca del Yuruari. El Cónsul Británico Kenneth Mathison en Ciudad Bolívar informó del hallazgo al Ministro Británico en Caracas, B, H. Wilson, quien las transmitió a su Ministro de Relaciones Exteriores, Lord Palmerston,   “…Si la línea de la frontera británica va del Amacuro a la horqueta del Cuyuní, donde le entra el Yuruari, el territorio Aurífero caerá dentro del territorio inglés”.

En 1887 ocurre un grave incidente que obliga a Venezuela a romper relaciones con Gran Bretaña. Inglaterra publica en 1886 un mapa adulterado con una espúrea “Línea Shomburgk”, con fronteras más ambiciosas que abarcaban 167.830 Km2 al oeste del río Esequibo, muy cerca de  la cuenca del Yuruari,  sus aspiraciones eran anexarse la Villa de Upata, las minas del Callao y acercarse al Orinoco. Diego Bautista Urbaneja, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, en representación del Gobierno fija posición:

“…el presidente de la República reclama de S.M.B. la evacuación del territorio venezolano desde las Bocas del Orinoco hasta el Pomerón, que indebidamente ella ha ocupado; en la inteligencia de que, si para el 20 de febrero próximo, época de la  reunión del Congreso, a quien el gobierno debe dar cuenta de todo, no se hubiere contestado, o se hubiere contestado negativamente, desde entonces quedarán cortadas las relaciones diplomáticas entre los dos países…”

Mapa de la parte oriental de Venezuela que muestra las invasiones británicas en el territorio Esequibo.

Muñoz Tebar, Jesús, 1847-1909. Mapa de la parte oriental de Venezuela [mapa]: para mostrar las invasiones realizadas por el Gobierno Británico en el Territorio de la República / dibujado por Jesús Muñoz Tebar. Escala ca. 1:2.500.000. – Caracas: [s.n.], 1887 – 1 mapa: col.; 44 x 30 cm.

Los Estados Unidos, como imperio emergente, intervinieron en el conflicto de manera pública desde 1895 cuando Richard Olney, Secretario de Estado del presidente Grover Cleveland,  “…considerando los ‘avances’ británicos en tierra venezolana como verdaderas usurpaciones, justifica la aplicación de la Doctrina Monroe”, ya que se trataba de la agresión de una potencia europea contra un país americano. La nota de Olney se conoce con el nombre  de “Cañón de 20 Pulgadas”. Cleveland declaró ante el Congreso de los Estados Unidos en diciembre de 1895 que de no aceptar el gobierno británico el arbitramiento solicitado por Venezuela investigarían exhaustivamente sobre los límites en disputa y luego se opondrían por todos los medios a su alcance, como si se tratara de un ataque directo a sus derechos e intereses, a la apropiación de cualquier territorio por parte de Inglaterra que perteneciera a Venezuela. La posición de Estados Unidos conduce a la firma del Tratado de Arbitraje de Washington en 1897. Venezuela se verá obligada a hacerse representar en el Tribunal Arbitral por los Estados Unidos de América, el resultado fue el Laudo Arbitral de 1899 producto de una  acuerdo entra Inglaterra y Rusia.

El Tribunal  Arbitral  sesionó en París entre junio y septiembre de 1899 y emite Sentencia el 3 de octubre, favorable, por unanimidad, al Reino Unido en la controversia que sostenía con Venezuela desde 1841. El Tribunal del Arbitraje estuvo compuesto por cinco miembros: Melville Winston Fuller y David Josiah Brewer, miembros de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América en representación de Venezuela, Lord Rusell of Kilowen y Lord Henn Collins en representación del Reino Unido de la Gran Bretaña y el quinto miembro como parte imparcial sería el juez o árbitro Federic de Martens de nacionalidad rusa. Luego de sesionar durante escasos seis días continuos de los tres meses que disponían según lo contemplaba el Tratado de Washington. El fallo solo favoreció a Venezuela en conservar las bocas del río Orinoco y una porción de territorio adyacente a este, mientras que al Reino Unido se le adjudicaba una gran porción al oeste de los mil kilómetros del río Esequibo, la cual posteriormente sería delimitada por una comisión mixta venezolano-británica, desconociendo así los justos títulos de Venezuela y despojándola de 159.500 Km2 al oeste del río Esequibo; es lo que actualmente conocemos como la Zona en Reclamación. El doctor José María de Rojas, Agente de Venezuela ante el Tribunal Arbitral, en nota dirigida a su Gobierno informa su “sorpresa inexplicable” por “el proceder del presidente del Tribunal señor de Martens” y añadía “lo que no podremos saber jamás es el motivo que haya tenido el señor De Martens para proceder así”. Venezuela inmediatamente denunció que el tratado estaba viciado de nulidad.

La opinión internacional también se manifestó al particular, la conocida Revista “Punch” publica  en su portada, a los pocos días del Laudo de París, una caricatura muy ilustrativa en la que aparece Lord Salisbury saliendo precipitadamente de la Sala de sesiones llevándose consigo los documentos del litigio, la “línea Somburgk”, las minas y los bosques de las 60.000 millas arrebatadas a Venezuela mientras en tono burlón exclamaba “I like arbitration —in The Proper Place!”; la revista Inglesa Rewiew of Rewiews añadía que el territorio otorgado por la sentencia a Venezuela no valía ni un “ billete de cinco libras”. La prensa venezolana de la época protestó vigorosamente contra la injusticia.
Lamentablemente la situación de inestabilidad política de Venezuela  durante el siglo XIX, particularmente en la fase final de la invasión de los andinos encabezados por Cipriano Castro para derrocar el gobierno de Ignacio Andrade, no fue la más apropiada para hacer valer nuestros derechos. La Revolución Liberal Restauradora tomó el poder en Caracas apenas veinte días después de la emisión del Laudo. Mientras  los venezolanos estaban ocupados en disputarse el poder, el Imperio Británico se fue a los hechos, ocupando el territorio, haciendo exploraciones, elaborando mapas, colocando postes. El colonialismo más crudo en acción.

Jueces del Tribunal Arbitral París 1899 
Tomado

Siglo XX Después del Laudo
En 1948 de da a conocer el Memorándum, póstumo, de Severo Mallet Prevost escrito en 1944 con la voluntad de que se hiciera público después de su muerte. Consejero de nuestro país en el arbitraje de 1899, en dicho documento, publicado en la acreditada revista americana “The American Journal of International Law” (Vol. 43, n° 3, julio 1949) revela que el laudo arbitral fue una componenda política  donde los dos jueces británicos y el ruso que supuestamente era neutral y que tenían la mayoría absoluta dispusieron del territorio de Venezuela. Supuestamente le dijeron los dos magistrados estadounidenses  que tenían dos opciones: aceptar de forma unánime la entrega del Esequibo, conservando las Bocas de Orinoco, o aceptar 3 contra 2 una decisión más dañina que incluía más territorio y las mencionadas Bocas. Obviamente no quedó más remedio que ir por la primera opción. La zona en disputa entre Venezuela y Gran Bretaña abarcaba un área de 50.000 millas cuadradas, un poco mayor que la del Estado de Nueva York y un poco menor que la de Inglaterra, Venezuela la reclamaba en virtud de sus títulos como sucesora de España y, Gran Bretaña en razón de su conquista a los holandeses, cuyos derechos provenían a su vez de la ocupación de territorio español. Esta publicación causó gran impacto y repercusión no sólo en Venezuela sino a nivel internacional, entre los comentarios cabe destacar la declaración de nuestro canciller Luis Emilio Gómez Ruiz: “Es evidente que la sentencia a que nos referimos fue  la injusta consagración de la política imperialista que siguieron las potencias europeas en el siglo XIX en su afán de agrandar sus territorios coloniales a expensas de los países débiles” (El Nacional 14 de enero de 1951).

Tomado de Venezuela Limita al Este con el Esequibo de Rafael Armando Rojas (1914 Tovar, Mérida, 2007) en Informes Especiales, Carta de Venezuela, Oficina Central de Informacion (OCI) Septiembre 1965

Revista Satírica “El Diablo” Año IV, New York 1-6-1895, N° 105, Mc Dougall imprenta América. En: Los liberales amarillos en la caricatura venezolana. Publicaciones del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y Fundación para el Rescate Del Acervo Documental venezolano. Caracas 1981
Última parte de la Guayana Esequiba

El 17 de Febrero de 1966 se firmó  en Ginebra, Suiza, el “Acuerdo para Resolver la controversia entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la Frontera entre Venezuela y Guayana Británica”, más conocido como “Acuerdo de Ginebra”, con este instrumento se concreta el Reclamo de Venezuela que, obliga a las partes: Venezuela, Gran Bretaña y Guyana (de conformidad con lo previsto en el Artículo VIII Guyana pasa a ser parte de este Acuerdo el 26 de mayo de ese mismo año, fecha en la cual fue declarada su independencia) a buscar soluciones satisfactorias para resolver su controversia. Establece en su Artículo 1 la creación de una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido; de no llegar a una solución, la Comisión referiría el asunto a sus respectivos gobiernos; estos estaban obligados a escoger uno de los medios de solución pacífica previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Si dentro de los tres meses siguientes no se hubiere llegado a un acuerdo satisfactorio, ambos gobiernos podían acudir a un organismo internacional apropiado; y de no alcanzar este punto, al Secretario General de las Naciones Unidas, quien escogería otro de los procedimientos pacíficos estipulados en el mencionado artículo 33. Por otra parte el artículo 5 contempla dos provisiones:

 1) El Acuerdo no podía ser interpretado como una renuncia o disminución de nuestra reclamación territorial. 
2) Ningún acto o actividad desarrollada en el territorio reclamado por Venezuela conllevaba o representaba menoscabo alguno de nuestros derechos, ni apoyo a las pretensiones de Gran Bretaña o de Guyana. Se reconocía así cualquier reserva venezolana sobre concesiones otorgadas o que pudieran adjudicarse en la zona en reclamación. El Gobierno de Venezuela en representación de la nación venezolana se reservó los derechos sobre los territorios de Guayana Esequiba en nota del 26 de mayo de 1966, al momento de reconocerse la creación del nuevo Estado de Guyana “… por lo tanto Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del Río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el océano Atlántico…”

En el marco del Acuerdo de Ginebra  Inglaterra se lava las manos y le concede la independencia a su colonia, en consecuencia la República de Guyana sustituye al Reino Unido en la reclamación, se invierten los papeles ahora es una pequeña república independiente que quiere ser despojada de su territorio por un país más grande y fuerte. Para Guyana, el Acuerdo de Ginebra era innecesario, Cheddi Jagan, el ya desaparecido expresidente de la República y líder fundador del Partido Progresista del Pueblo (PPP), como jefe de la entonces oposición guyanesa, se opuso a la firma del Acuerdo de Ginebra y, en su obra “The West on Trial”, escribe al respecto: “El gobierno de coalición PNC-UF firmó conjuntamente con los gobiernos venezolano y británico el Acuerdo de Ginebra…y creó una Comisión Mixta (Guyana-Venezuela). Así se concedió reconocimiento a la espuria reclamación territorial venezolana y lo que era un caso cerrado desde 1899 fue reabierto.”  Con estas palabras  Jagan reconoce que, con la firma del Acuerdo de Ginebra, Guyana concede reconocimiento a la reclamación venezolana y acepta reabrir el caso que supuestamente había sido cerrado con el Laudo de 1899.

El 14 de octubre de 1966 Venezuela ejerce su soberanía sobre la isla de Anacoco; Anacoco es una isla fluvial administrada por Venezuela como parte del Estado Bolívar ubicada al Norte del río Cuyuní y se forma por un caño llamado Brazo Negro que se desprende del cauce principal del río hacia el Norte y se reincorpora más adelante, la misma  estaba siendo asediada por topas guyanesas y Venezuela en ejercicio de su soberanía la ocupa con personal civil y militar e inicia la construcción de una pista de aterrizaje, una oficina postal, una escuela y puestos militares y policiales. El Estado Guyanés lo consideró como un acto de agresión por parte de Venezuela dado que entendía que la mitad oriental de la isla estaba dentro del territorio en disputa y por lo tanto bajo administración guyanesa como lo estipulaba el Acuerdo de Ginebra hasta tanto no hubiera una solución satisfactoria. El Primer Ministro guyanés Forbes Burnhan envió a Venezuela una nota de protesta el 14 de octubre de 1966 exigiendo la retirada de los militares y la destrucción de las instalaciones. La responde el 18 de octubre Ignacio Iribarren Borges, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, en los siguientes términos: “…el Gobierno de Venezuela rechaza la referida protesta, por cuanto la isla de Anacoco es territorio venezolano en su integridad y la República de Venezuela siempre ha estado en posesión de ella” con respecto a la isla de Anacoco, considera que “…en 1966 Venezuela ejerció soberanía sobre la totalidad de la isla de Anacoco dado que se encuentra fuera del área en litigio”. Actualmente en la isla no existen asentamientos civiles, sólo funciona un puesto militar del ejército venezolano; y Guyana no reconoce que la totalidad de la isla queda fuera del área en disputa, en sus publicaciones oficiales sostiene que la isla de Anacoco estuvo dividida entre los dos países desde el Laudo Arbitral de 1899 y que Venezuela “ocupó” y “anexó” la mitad guyanesa en 1966.

En 1967 el Ministerio de RR.EE. publica un mapa que incluye la Zona en Reclamación
Entre 1968 y 1969 ocurrió un alzamiento de la población del Rupununi, ubicada al sur de la Guayana Esequiba. Valerie Hart, quien lideraba el movimiento rebelde se encontraba en Caracas para pedir la protección de Venezuela, pues consideraban que los habitantes del Rupununi en la Guayana Esequiba eran ciudadanos venezolanos por nacimiento. La insurrección fue sometida por las fuerzas militares de Guyana, quien acuso a Venezuela de haber suministrado armas y fomentado el alzamiento. Venezuela rechazó categóricamente esta acusación de acuerdo con las declaraciones de Valerie Hart, lideresa del movimiento, quien  manifestó que de las entrevistas realizadas con los ministros venezolanos del Exterior e Interior no le habían hecho ningún ofrecimiento, pues estos le manifestaron que eran asuntos muy delicados de política internacional.

El 18 de junio de 1970 Venezuela firmó el “Protocolo de Puerto España” con la República Cooperativa de Guyana e Inglaterra mediante el cual se congelaban las negociaciones contenidas en el Acuerdo de Ginebra  por un lapso de 12 años. De conformidad con el artículo 4 del mismo que estipulaba si, en un plazo de 4 años la Comisión Mixta, contados a partir de la fecha de su firma, no  había llegado a ningún arreglo los gobiernos de Venezuela y Guyana escogerían uno de los medios de solución pacífica previstos en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas  y si, dentro de los tres  meses siguientes a la recepción del informe final de la Comisión Mixta no hubiesen llegado a un acuerdo con respecto a la elección de uno de los medios de solución previstos en el Artículo 33 de la Carta,  referirían la decisión sobre dichos medios a un organismo internacional y de no llegar a un acuerdo sobre este punto, al Secretario General de las Naciones Unidas. La Comisión Mixta creada a raíz del Acuerdo de Ginebra celebró 17 reuniones y concluye sus labores el 17 de febrero de 1970 sin haber logrado el acuerdo deseado. El Gobierno de Venezuela ante los buenos oficios el Primer Ministro de Trinidad y Tobago Eric Williams buscando un compás de espera, a fin de que ambos gobiernos pudieran dialogar, reflexionar y buscar un mejor momento para la solución de la controversia suscribe en Trinidad el “Protocolo de Puerto España” el plazo previsto en este Protocolo se venció en junio de 1982 y el Gobierno de  Venezuela decidió no renovarlo y llevar  el conflicto al Secretario de las Naciones Unidas, quien designó al “Buen Oficiante” tal como lo establece el Acuerdo de Ginebra de 1966 y el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas  para el Arreglo Pacífico de Controversias.

En 1987 ambos países decidieron aceptar el mecanismo de “Buenos Oficios” previsto en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas propuesto por el Secretario General de la ONU. En 1989 fue designado un Buen Oficiante en la controversia, responsabilidad esta que recayó en el granadino Allister McIntyre, vinculado a la Commonwealth británico, un anglo-antillano, economista de profesión y de amplia trayectoria. Después de una década sin resultados tangibles, McIntyre fue sustituído el 26 de octubre de 1999 por otro anglo antillano, el Dr. Oliver Jackman quien nació en Barbados en 1929, hizo sus estudios de abogado en Cambridge y se desempeñó como magistrado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Jackman falleció en 2007 sin cumplir con su cometido y, finalmente, ambas naciones postularon al profesor jamaiquino Norman Girvan para actuar como Buen Oficiante, quien fue designado el 19 de abril de 2010. Girvan inició las consultas entre ambos gobiernos el 25 de octubre de ese mismo año con una visita a Georgetown, luego se reunió en Caracas con el entonces canciller Nicolás Maduro y acordaron realizar encuentros periódicos y mantener informado al Secretario General de ONU Ban Ki Moon. Hasta ahora estas gestiones no han avanzado.

Últimos acontecimientos
El gobierno venezolano dirigió el 19 de marzo de 2012 una nota diplomática al Secretario General de la ONU, mediante la cual objetó la solicitud guyanesa de ampliar su plataforma continental de 200 a 300 millas náuticas sin consultar ni delimitar con Venezuela. En la solicitud, Guyana alegó que no había ninguna disputa territorial pendiente en el área en referencia. Guyana lamentó la nota de Venezuela y reiteró que no había ninguna disputa territorial en el área, desconociendo así el Acuerdo de Ginebra de 1966.

Actualmente con el reciente impasse provocado por el  Decreto 1.787 dictado por el presidente Nicolás Maduro para constituir las “Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular” con margen de acción para actuar en la Zona en Reclamación la controversia retoma vigencia; ya el Gobierno Guyanés solicitó este jueves la intervención del Secretario General de la ONU para acelerar la resolución del conflicto, pues considera que se agotó la figura del Buen Oficiante.
Bibliografía

Federico MARTENS: Rusia e Inglaterra en Asia Central Traducción y Estudio Preliminar de Héctor Gros Espiell, Ediciones de la Academia Nacional de la Historia, Presidencia de la República. Caracas 1981.

Hermann GONZÁLEZ OROPEZA S.J. / Manuel Donis Rios Historia de las fronteras de Venezuela. Cuadernos Lagoven, Editado por el Departamento de Relaciones Públicas  de Lagoven S.A. Caracas 1989.

Pablo OJER: Robert H. SHOMBURGK. Explorador de Guayana y sus Líneas de Frontera. Editado por la Universidad Central de Venezuela, Facultad de Humanidades y Educación, Instituto de Estudios Hispanoamericanos. Caracas 1969.

Pablo OJER: Sumario histórico de la Guayana Esequiba  Editado por Biblioteca Corpozulia, Universidad Católica del Táchira y el Fondo Editorial del Estado Táchira, Colección Sumario. Maracaibo y San Cristóbal 1982.

Pompeyo TORREALBA .R Coronel (Ej,): A un siglo del despojo/ Esequibo la Historia de Una Reclamación, Enciclopedia del Esequibo, Torre-Alba Editores C.A. Caracas  2003.

Rafael Armando ROJAS: Venezuela limita al este con el Esequibo  Informes Especiales de la Carta de Venezuela Oficina Central de Información (OCI). Septiembre 1965.

Los liberales amarillos en la caricatura venezolana. Publicaciones del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y Fundación para el Rescate Del Acervo Documental venezolano. Caracas ¿1981?

La reclamación venezolana sobre la Guayana Esequiba. Varios Autores, Serie Eventos, Ciclo de Conferencias Academia Nacional de la Historia y Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Segunda Impresión Caracas 2009.
*Historiadora


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.





Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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