martes, 15 de octubre de 2013

Hay que darle un parao a Guyana


http://www.analitica.com/va/editorial/5499816.asp

Tomado de

Lunes, 14 de octubre de 2013
Permitirle a Guyana que otorgue concesiones en área bajo jurisdicción venezolana implicaría una gravísima amputación de nuestra fachada atlántica

La decisión de la Armada venezolana de detener al buque de bandera panameña “ Tednik Perdana” que estaba haciendo exploraciones sismológicas en nuestra Plataforma Continental es un acto conforme al derecho internacional y el gobierno de Guyana  ya había sido notificado, en  un nota de protesta  de1999 por el entonces Canciller venezolano José Vicente Rangel, que el gobierno nacional no admitiría nuevas  incursiones en el espacio marítimo bajo jurisdicción nacional.

Es importante destacar que las concesiones otorgadas por Guyana a empresas transnacionales en los bloques Starbroek y Pomeron, no solo están en su mayor extensión en áreas marinas que corresponden al territorio en reclamación y que  por lo tanto están reguladas por las disposiciones contenidas en el   Acuerdo de Ginebra de 1966, sino lo que  es aún más grave, penetran en zonas que forman parte de la fachada atlántica venezolana que corresponden a la costa venezolana situada entre el golfo de Paria y Punta Playa.

No se puede olvidar que en el régimen jurídico de la plataforma continental y de la zona económica exclusiva se tomó como criterio guía  la estrecha vinculación de esas áreas marinas con el territorio propiamente dicho, y es evidente que geomorfológicamente esa plataforma esta unívocamente vinculada a los depósitos sedimentarios generados por el delta del Orinoco.

Permitirle a Guyana que otorgue concesiones en esa área implicaría una gravísima amputación de nuestra fachada atlántica y vale la pena recordar que hay una importante decisión de la Corte Internacional de Justicia en el caso del Mar del Norte en 1969 que establece que no es admisible usar como método de delimitación la línea de equidistancia cuando ello tenga por efecto impedir la natural prolongación del territorio terrestre en el mar.

Afortunadamente la Armada actuó responsablemente en defensa de nuestra integridad territorial y ahora esperamos que el gobierno, de manera diligente, emita una nota de protesta en la que  se rechace categóricamente el otorgamiento de esas concesiones en lo que corresponda a áreas bajo la jurisdicción exclusiva de Venezuela y recuerde que en cuanto a las áreas marinas correspondientes al territorio en reclamación sigue vigente el art V del Acuerdo de Ginebra.


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”



Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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