sábado, 28 de julio de 2012

Indígenas V/S Amerindios

http://www.kaieteurnewsonline.com/2012/07/28/indigenous-vs-amerindian/~~V

Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de la Venezolanidad del Esequibo Página 451

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Indígena frente a los amerindios

Tomado de:
28 de julio 2012 | Por KNews | Filed Under Cartas

Sr. Director:


Yo estaba confundido por el título de "Comisión de los Pueblos Indígenas manos sobre el primer informe a la Cámara de Representantes".

Las personas más atentas que reconocer el uso de la terminología eufemística 'indígena'. El Presidente debe invitar al Parlamento a examinar su exactitud en relación con la ley promulgada polémico y titulado de la Ley de 2006 relativa a los amerindios.


Este es un ejercicio familiar de "cortina de humo ', porque en el momento de su promulgación, las comunidades de fondo' amerindios 'se resistió con firmeza cuando se presiona por la ley para tener derecho la Ley de los Pueblos Indígenas.

Seguramente no es la mancha de disimulo en la evocación de una Comisión de los Pueblos Indígenas "en contradicción con la ley!

Indigenous vs. Amerindian
Tomado de:


July 28, 2012 | By KNews | Filed Under Letters 

Dear Editor,

I was confused by the headline “Indigenous Peoples Commission hands over first report to House Speaker”.
More attentive persons would recognise the euphemistic use of the terminology ‘Indigenous’. The Speaker should invite Parliament to examine its accuracy in relation to the contentious law enacted and titled the Amerindian Act 2006.

This is a familiar exercise of ‘smoke and mirrors’, for at the time of its promulgation, substantive ‘Amerindian’ communities were stoutly resisted when they pressed for the law to be entitled Indigenous Peoples Act.
Surely there is the taint of dissemblance in conjuring up an ‘Indigenous Peoples’ Commission’ in contradiction of the law!

Whereto should the amendment be applied?
E B John


1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo  de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
 Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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