Parte I http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea.htmlParte II
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_10.html
Parte III
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_18.html
Parte IV
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_24.html
Parte V
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/la-%20%20%20guayana-esequiba-y-la-asamblea.html
Oscar J. Márquez
Esta semana presentamos la VI Parte, de los debates o discusiones dados en la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 sobre el artículo 9º, que al ser promulgada la Constitución pasó a ser el 10º.
Referente al Título II del Espacio Geográfico y la División Política Capítulo I del Territorio y Demás Espacios Geográficos. En referencia a la reivindicación de los territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos como La Guayana Esequiba o Zona en Reclamación. Que La Nación Venezolana siempre a través del tiempo y del espacio ha mantenido y mantiene presente en la conciencia de su pueblo. Así como uno de sus objetivos permanente e intereses nacionales.
Al ser aprobado este artículo por los constituyentitas o lo que es lo mismo por el pueblo soberano, de acuerdo a lo señalado una y otra vez por los representantes, teóricos e ideólogos del proceso llamado “Bolivariano” y “Socialismo del Siglo XXI”. En este caso con la propuesta de uno de su constituyentes Guillermo García Ponce, representante genuino del actual Gobierno, y proceso de la siguiente manera:
Artículo 9º "…El territorio y demás espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de la Venezuela antes de las transformaciones políticas iniciadas en 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados por la República…".
Una vez corregido el estilo de este artículo y de suprimirle las palabras, “…celebrados por la República…", se promulgada la nueva Constitución al redactarse el citado artículo de la siguiente forma:
Artículo 10º “...El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad…”
Por lo tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela, antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810. Ratificándose así por el Constituyente el “soberano pueblo venezolano”, nuevamente, el principio fundamental de la territorialidad venezolana del Utis Possidetis Juris, doctrina promulgada por Simón Bolívar en el Congreso de Angostura de 1819.
El Articulo 10º de esta constitución difiere sustancialmente del Articulo 7º, de la derogada Constitución de 1961 al reemplazar donde dice el territorio nacional por lo de territorio, agregando “…y de más espacios geográficos de la República son…” por “…y laudos arbitrales no viciados de nulidad…”.
Términos éstos que nos señalan que el Estado venezolano no reconoce el caso referido al Laudo Arbitral viciado de nulidad, que ha modificado el Territorio Nacional, como lo es el Laudo Arbitral dictado el 3 de octubre de 1899, en París, por los territorios del Esequibo que disputaba Inglaterra a Venezuela, y éste se considera nulo por sus notables irregularidades, abuso, de poder y errores de hecho y de derecho.
Así lo confirman serias investigaciones históricas basadas en documentos y testimonios de excepción, que demuestran la existencia de grandes vicios en el fondo y en la forma, en las etapas substanciadoras y decisorias del Tribunal Arbitral de París.
Todo lo anterior contrasta con la actitud asumida por el actual gobierno venezolano, al negar, rechazar, impugnar, e ignorar a los constituyentitas y al soberano pueblo venezolano. Al desconocer el artículo 10º de la CRBV, así como la tradicional posición de la Nación Venezolana al emitir una serie de juicios y conceptos que comprometen los justos reclamos históricos, jurídicos y sociales por los derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba, Como lo son los emitidos:
1º En Georgetown en febrero del 2004.
2º En la concentración popular frente al jardín Botánico 29-02-04.
3º En el programa Alo Presidente 289º, del 05-08-07.
4º Las del día 01, de febrero del 2008, con motivo de la rueda de prensa e inauguración de la Sala de Prensa Simón Bolívar en Miraflores.
5º En la intervención de Venezuela en la XX Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río el 7 de marzo del 2008, en Santo Domingo República Dominicana. Al señalar:
“.... cuando gobernaba Guyana aquel hombre de izquierda, se llamaba Forbes Burnham, casi hay guerra entre Venezuela y Guyana, una vieja reclamación territorial de la que casi nadie recordaba, porque viene de tiempos inmemoriales, desde que estaba aquí la Guayana Inglesa hasta el Esequibo, comenzó a ser desempolvada...”
Señalándose más adelante en la misma intervención:
“...la verdad, nos querían utilizar para invadir Guyana a nombre de aquel reclamo territorial para derrocar al gobierno de Forbes Burnham, gobierno de izquierda...”
Ante estas palabras ambiguas de retorica revolucionaria al mejor estilo de Cantinflas de decir, lo que dijo, pero que no dijo, pero que si se dijo, porque dijo lo que dijo, aunque no lo dijo, pero si lo dijo:
¿Cómo queda el soberano, el Pueblo, Juan Bimba?
¿Cómo queda la Constituyente y los constituyentitas de 1999?
¿El fervoroso amor a la Patria de la revolución Bolivariana?
¿El clamoroso nacionalismo del MB-200?
¿La reverencia sagrada hacia el libertador Simón Bolívar?
¿El amor del soldado por su patria?
¿La doctrina del Utis Possidetis Juris de Simón Bolívar?
¿… …?
Estimado lector por favor saque usted sus propias conclusiones.
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_10.html
Parte III
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_18.html
Parte IV
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/06/la-guayana-esequiba-y-la-asamblea_24.html
Parte V
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/la-%20%20%20guayana-esequiba-y-la-asamblea.html
Oscar J. Márquez
Esta semana presentamos la VI Parte, de los debates o discusiones dados en la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 sobre el artículo 9º, que al ser promulgada la Constitución pasó a ser el 10º.
Referente al Título II del Espacio Geográfico y la División Política Capítulo I del Territorio y Demás Espacios Geográficos. En referencia a la reivindicación de los territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos como La Guayana Esequiba o Zona en Reclamación. Que La Nación Venezolana siempre a través del tiempo y del espacio ha mantenido y mantiene presente en la conciencia de su pueblo. Así como uno de sus objetivos permanente e intereses nacionales.
Al ser aprobado este artículo por los constituyentitas o lo que es lo mismo por el pueblo soberano, de acuerdo a lo señalado una y otra vez por los representantes, teóricos e ideólogos del proceso llamado “Bolivariano” y “Socialismo del Siglo XXI”. En este caso con la propuesta de uno de su constituyentes Guillermo García Ponce, representante genuino del actual Gobierno, y proceso de la siguiente manera:
Artículo 9º "…El territorio y demás espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de la Venezuela antes de las transformaciones políticas iniciadas en 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados por la República…".
Una vez corregido el estilo de este artículo y de suprimirle las palabras, “…celebrados por la República…", se promulgada la nueva Constitución al redactarse el citado artículo de la siguiente forma:
Artículo 10º “...El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad…”
Por lo tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela, antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810. Ratificándose así por el Constituyente el “soberano pueblo venezolano”, nuevamente, el principio fundamental de la territorialidad venezolana del Utis Possidetis Juris, doctrina promulgada por Simón Bolívar en el Congreso de Angostura de 1819.
El Articulo 10º de esta constitución difiere sustancialmente del Articulo 7º, de la derogada Constitución de 1961 al reemplazar donde dice el territorio nacional por lo de territorio, agregando “…y de más espacios geográficos de la República son…” por “…y laudos arbitrales no viciados de nulidad…”.
Términos éstos que nos señalan que el Estado venezolano no reconoce el caso referido al Laudo Arbitral viciado de nulidad, que ha modificado el Territorio Nacional, como lo es el Laudo Arbitral dictado el 3 de octubre de 1899, en París, por los territorios del Esequibo que disputaba Inglaterra a Venezuela, y éste se considera nulo por sus notables irregularidades, abuso, de poder y errores de hecho y de derecho.
Así lo confirman serias investigaciones históricas basadas en documentos y testimonios de excepción, que demuestran la existencia de grandes vicios en el fondo y en la forma, en las etapas substanciadoras y decisorias del Tribunal Arbitral de París.
Todo lo anterior contrasta con la actitud asumida por el actual gobierno venezolano, al negar, rechazar, impugnar, e ignorar a los constituyentitas y al soberano pueblo venezolano. Al desconocer el artículo 10º de la CRBV, así como la tradicional posición de la Nación Venezolana al emitir una serie de juicios y conceptos que comprometen los justos reclamos históricos, jurídicos y sociales por los derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba, Como lo son los emitidos:
1º En Georgetown en febrero del 2004.
2º En la concentración popular frente al jardín Botánico 29-02-04.
3º En el programa Alo Presidente 289º, del 05-08-07.
4º Las del día 01, de febrero del 2008, con motivo de la rueda de prensa e inauguración de la Sala de Prensa Simón Bolívar en Miraflores.
5º En la intervención de Venezuela en la XX Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río el 7 de marzo del 2008, en Santo Domingo República Dominicana. Al señalar:
“.... cuando gobernaba Guyana aquel hombre de izquierda, se llamaba Forbes Burnham, casi hay guerra entre Venezuela y Guyana, una vieja reclamación territorial de la que casi nadie recordaba, porque viene de tiempos inmemoriales, desde que estaba aquí la Guayana Inglesa hasta el Esequibo, comenzó a ser desempolvada...”
Señalándose más adelante en la misma intervención:
“...la verdad, nos querían utilizar para invadir Guyana a nombre de aquel reclamo territorial para derrocar al gobierno de Forbes Burnham, gobierno de izquierda...”
Ante estas palabras ambiguas de retorica revolucionaria al mejor estilo de Cantinflas de decir, lo que dijo, pero que no dijo, pero que si se dijo, porque dijo lo que dijo, aunque no lo dijo, pero si lo dijo:
¿Cómo queda el soberano, el Pueblo, Juan Bimba?
¿Cómo queda la Constituyente y los constituyentitas de 1999?
¿El fervoroso amor a la Patria de la revolución Bolivariana?
¿El clamoroso nacionalismo del MB-200?
¿La reverencia sagrada hacia el libertador Simón Bolívar?
¿El amor del soldado por su patria?
¿La doctrina del Utis Possidetis Juris de Simón Bolívar?
¿… …?
Estimado lector por favor saque usted sus propias conclusiones.
Debate en la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 sobre el artículo 9º, Título II del Espacio Geográfico y la División Política Capítulo I del Territorio y Demás Espacios Geográficos Parte V I
EL PRESIDENTE.-En respuesta a la información aportada por el constituyente Vadell, me parece que en las intervenciones quedó perfectamente claro que cuando se habla del territorio se está hablando del espacio geográfico incluyendo el espacio territorial.
Vamos a continuar con la lectura de las proposiciones en mesa, ya que las aclaratorias lo que nos están es enredando más en vez de aclarar, ciudadano Secretario.EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Allan Brewer Carías:""El territorio nacional y demás espacios geográficos son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810 con las determinaciones y modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales celebrados o realizados válidamente por la República"".
Es todo, ciudadano Presidente.
EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el constituyente Allan Brewer Carías para una aclaratoria.
CONSTITUYENTE BREWER CARÍAS (ALLAN).-Ciudadano
Presidente: La verdad es que la diferencia entre todas las proposiciones al hacer referencia al territorio, el espacio geográfico, la Capitanía General de Venezuela, las transformaciones políticas iniciadas antes del 19 de abril, son todas coincidentes.
Lo que realmente debería votarse es si la expresión final es ""Tratados válidamente celebrados"" o ""Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad"". Creo que es aquí donde está la diferencia en las proposiciones. Es todo.EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el constituyente Freddy Gutiérrez.
CONSTITUYENTE GUTIÉRREZ (FREDDY).-Ciudadano
Presidente, colegas Constituyentes: Sólo para entender que o es territorio o es espacio geográfico, pero no plantear espacio geográfico y otros territorios. Me permito recordar que el territorio desde el año 1961 hasta esta parte, se ha entendido en su expresión lata no en su expresión restringida, es decir, onnicomprensivo de la tierra, el espacio aéreo y el agua, y ahora se le añade tomando la Constitución colombiana el espacio geoestacionario y el espectro electromagnético.
En tal sentido, o utilizamos una fórmula o utilizamos otra. Personalmente estoy de acuerdo con la primera que utilizó la Comisión, y creo que el espacio geográfico como título y para este primer artículo es suficiente, por lo tanto sugeriría que mantuviésemos sólo para este artículo la expresión ""el espacio geográfico"".
Muchas gracias, ciudadano Presidente.
EL PRESIDENTE.-Vamos a votar las proposiciones en mesa. Sírvase darle lectura, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición de los constituyentes Hermann Escarrá y Guillermo García Ponce:
""El territorio y demás espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de la Venezuela antes de las transformaciones políticas iniciadas en 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados por la República"".
Proposición del constituyente Reinaldo Rojas:
""El territorio y espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela en el momento de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados y ejecutados válidamente por la República"".Proposición del constituyente Allan Brewer Carías:""El territorio nacional y demás espacios geográficos es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las determinaciones y modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales celebrados o realizados válidamente por la República"".
Proposición del constituyente Mario Isea:
""El territorio de la República es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela para el 19 de abril de 1810, con las determinaciones y modificaciones resultantes de los Tratados celebrados válidamente y los Laudos Arbitrales debidamente reconocidos por la República"".
Es todo, ciudadano Presidente.
EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el constituyente Mario Isea.
CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Ciudadano Presidente: Sólo para retirar mi propuesta.
EL PRESIDENTE.-Sírvase tomar nota, ciudadano Secretario.Continúe, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Virgilio Ávila Vivas:""Mantener la clásica división territorial de la República"".Proposición del constituyente Vinicio Romero:""El espacio geográfico de la República es el que correspondía para el 19 de abril de 1810 a la Capitanía General de Venezuela, y a la jurisdicción de la Real Audiencia de Caracas, de acuerdo con la doctrina del Uti Possidetis Juris, con las determinaciones y modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad"".
Es todo, ciudadano Presidente.
EL PRESIDENTE.-Vamos a proceder a la votación de las proposiciones en mesa en el orden inverso a como fueron presentadas .
Sírvase darle lectura, ciudadano Secretario.EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Vinicio Romero:""El espacio geográfico de la República es el que correspondía para el 19 de abril de 1810 a la Capitanía General de Venezuela, y a la jurisdicción de la Real Audiencia de Caracas, de acuerdo con la doctrina del Uti Possidetis Juris con las determinaciones y modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad"".
Continúe, ciudadano Secretario.
EL PRESIDENTE.-¿Tiene apoyo la proposición del constituyente Vinicio Romero? (Asentimiento). Los ciudadanos constituyentes que estén por aprobar la proposición del constituyente Vinicio Romero se servirán manifestarlo con la señal de costumbre. (Pausa). Negada.Continúe, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Virgilio Ávila Vivas:""Mantener la clásica división territorial de la República"".EL PRESIDENTE.-¿Tiene apoyo la proposición del constituyente Virgilio Ávila Vivas? (Asentimiento). Los ciudadanos constituyentes que estén por aprobar la proposición del constituyente Virgilio Ávila Vivas se servirán manifestarlo con la señal de costumbre. (Pausa) Negada.Continúe, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Allan Brewer Carías:""El territorio nacional y demás espacios geográficos es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las determinaciones y modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales celebrados o realizados válidamente por la República"".
EL PRESIDENTE.-¿Tiene apoyo la proposición del constituyente Allan Brewer Carías? (Asentimiento). Los ciudadanos constituyentes que estén por aprobar la proposición del constituyente Allan Brewer Carías se servirán manifestarlo con la señal de costumbre. (Pausa). Negada.
Continúe, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición del constituyente Reinaldo Rojas:""El territorio y espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela en el momento de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados y ejecutados válidamente por la República"".EL PRESIDENTE.-¿Tiene apoyo la proposición del constituyente Reinaldo Rojas? (Asentimiento). Los ciudadanos constituyentes que estén por aprobar la proposición del constituyente Reinaldo Rojas se servirán manifestarlo con la señal de costumbre. (Pausa). Negada.Continúe, ciudadano Secretario.
EL SECRETARIO.-(Lee):
Proposición de los constituyentes Hermann Escarrá y Guillermo García Ponce:
"…El territorio y demás espacios geográficos de la República es el que correspondía a la Capitanía General de la Venezuela antes de las transformaciones políticas iniciadas en 1810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos Arbitrales no viciados de nulidad, celebrados por la República…".
EL PRESIDENTE.-¿Tiene apoyo la proposición de los constituyentes Hermann Escarrá y Guillermo García Ponce? (Asentimiento). Los ciudadanos constituyentes que estén por aprobar la proposición de los constituyentes Hermann Escarrá y Guillermo García Ponce se servirán manifestarlo con la señal de costumbre. (Pausa). Aprobada.
Tiene la palabra el constituyente Guillermo García Ponce.
CONSTITUYENTE GARCÍA PONCE (GUILLERMO).-Ciudadano Presidente: Para una observación. Con motivo de la segunda discusión, tendremos oportunidad de mejorar el artículo que hemos aprobado, porque incluso hay algunas imprecisiones, los laudos no los celebra la República, se los imponen como ha sido observado por un constituyente, nos los imponen; pero de todas maneras habrá ocasión de corregirlo de acuerdo con la Comisión de Estilo y una nueva consideración, pero lo fundamental ha sido aprobado. Eso es lo importante.
Muchas gracias, ciudadano Presidente.EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el constituyente Vinicio Romero.
CONSTITUYENTE ROMERO (VINICIO).-Ciudadano Presidente: Ahí hay un plural, de manera que como eso ya va salir para la prensa -el son-, hay que colocar un son. El espacio y el territorio y los espacios...
EL PRESIDENTE.-Bueno, eso es cuestión de estilo. Tiene la palabra el constituyente Allan Brewer Carías.
CONSTITUYENTE BREWER CARÍAS (ALLAN).-Ciudadano Presidente: Como se ha aprobado el artículo propuesto donde se hace referencia al territorio y demás espacios geográficos, es simplemente a los efectos de comenzar la corrección, el Título debe entonces decir: ""Del territorio, demás espacios geográficos y la división política"" para de una vez ya ir incorporando esta modificación. Es una cuestión formal.
Es todo, ciudadano Presidente.
EL PRESIDENTE.-Sírvase tomar nota, ciudadano Secretario.EL SECRETARIO.-Se ha tomado debida nota, ciudadano Presidente.
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