Mostrando entradas con la etiqueta Leyes decretos Resoluciones y declaraciones conjuntas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Leyes decretos Resoluciones y declaraciones conjuntas. Mostrar todas las entradas

sábado, 8 de agosto de 2015

El Decreto 1787 o la Zodimain Atlántica




Adolfo Taylhardat18 de junio 2015 - 12:01 am
El hábito no hace al monje. Desempeñar un puesto en la Cancillería no convierte al funcionario en diplomático y mucho menos lo hace un experto en relaciones internacionales. Un buen diplomático no se improvisa. Para muestra un botón: la pasantía del ilegítimo por la Cancillería no le sirvió para entender qué significa política exterior. Lo mismo puede decirse de la señora Delcy Rodríguez.

El chavismo nunca ha tenido una política internacional. Lo que ha habido es una improvisación permanente, resultado de las inspiraciones momentáneas de quien ejerce la presidencia. Así fue durante el chavismo y ahora, todavía peor bajo el madurismo. En estos últimos días hemos sido testigos de un rosario de traspiés, por no decir metidas de pata, en el manejo delas relaciones internacionales: el tratamiento dado a los expresidentes Pastrana y Quiroga, lo ocurrido con la visita Felipe Gonzàlez, la cancelación de la audiencia con el Papa, la acusación de que Colombia exporta miseria hacia Venezuela, la excusa de una otitis para la cancelación del viaje a Italia, la ausencia en la Cumbre UE – CELAC.

Hablar en este artículo de cada uno de esos traspié requeriría muchas páginas. Por eso me voy a limitar al que tiene que ver con el Decreto 1787 mediante el cual se crean y activan las “Zodimain” (parece el nombre de un personaje de película de aventura): Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular.

Pero antes de seguir adelante considero necesario hacer un breve paréntesis histórico para que no se me califique de traidor a la patria, cómplice de Guyana o vendido al enemigo por lo que digo en este artículo.

En diciembre de 1961, siendo yo representante de Venezuela en la Cuarta Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Asuntos Coloniales) se presentó como peticionario el entonces primer ministro de la Guayana Inglesa, Cheddy Jagan, para exigir la independencia de esa colonia. A raíz de eso presenté al entonces canciller Marcos Falcón Briceño un punto de cuenta en el cual señalé que, antes de que le fuera concedida la independencia a la Guayan Inglesa, Venezuela debía formular ante las Naciones Unidas un planteamiento enérgico reivindicando su derecho sobre el territorio que le fue despojado por el Laudo Arbiral de 1899. En ese mismo punto de cuenta recomendé una serie de iniciativas y acciones destinadas a divulgar y consolidar los alegatos venezolanos. 

Mis planteamientos fueron elevados a la consideración del presidente Rómulo Betancourt y ulteriormente en el Gabinete y se aprobaron mis recomendaciones. Resultaría pesado narrar en detalle el proceso que se inició a partir de entonces, pero destaco algunos hechos importantes: El entonces embajador representante de Venezuela ante la ONU, Carlos Sosa Rodríguez, formuló en la Asamblea General de las Naciones Unidas una primera declaración sobre el tema para ese momento desconocido u olvidado por el tiempo que había transcurrido sin que Venezuela reivindicara sus derechos. Posteriormente el canciller Marcos Falcón Briceño hizo una firme y categórica intervención en la cual expuso en detalle los fundamentos del reclamo venezolano y proclamó nulo e írrito el Laudo Arbitral del 1899. La intervención del canciller Falcón Briceño condujo al establecimiento de un mecanismo de reuniones de los ministros de Relaciones Exteriores de Venezuela y el Reino Unido. Tuve el honor de acompañar al canciller venezolano a las reuniones de ministros que tuvieron lugar en Londres. 

De estas reuniones emanó la decisión de convocar a una nueva reunión en Ginebra con la participación del entonces primer ministro de la Guayana Británica Forbes Burnham para considerar el “diferendo” sobre el territorio Esequibo. En esa reunión, en la cual tuve también el privilegio de participar como integrante de la delegación venezolana, fue aprobado el Acuerdo de Ginebra que regiría el desarrollo de la reivindicación venezolana. Sin pecar de presumido debo decir que junto con Germán Nava Carrillo (ambos teníamos para el momento el rango de ministros consejeros en el Servicio Exterior Venezolano) jugamos un papel determinante en la redacción de las normas del acuerdo que establecieron el procedimiento que se seguiría en el desarrollo de la reclamación.

Seguí conectado al tema durante algún tiempo más hasta que en 1966 me tocó pasar a la rama externa del Servicio Exterior. Además no estaba muy de acuerdo con la manera como se estaba adelantando la reclamación a partir del Acuerdo de Ginebra. Más información en:

Han transcurrido 49 largos años desde la firma del Acuerdo de Ginebra y no se ha avanzado nada en el proceso de reivindicación del territorio esequibo. Sobre todo en los últimos 17 años la política de “guante de seda” que aplicó el fallecido fürer, continuada por el ilegítimo, para asegurarse la simpatía de los países caribeños, ha jugado en contra de nuestra reclamación. De pronto, reaccionando ante las críticas de la opinión nacional por la pasividad del régimen y como para dar una demostración de machismo, el ilegítimo promulgó el pasado 27 de junio el Decreto 1787 mediante el cual se crea la “Zodimain Atlántica”.

Resulta a todas luces incongruente, por decir lo menos, que este gobierno, que se auto proclama antiimperialista y anticolonialista, haya dictado una medida de corte netamente imperialista y colonialista similar a las que imponían las potencias coloniales durante el apogeo del colonialismo. El Decreto de manera unilateral y arbitraria traza una línea que, partiendo de la desembocadura del río Esequibo, se proyecta hacia el Atlántico e incorpora al espacio marítimo venezolano toda el área de mar situado frente al territorio esequibo, con lo cual transforma la llamada “fachada atlántica” venezolana en la Zodimain Atlántica.

Como para que no quede duda del propósito del gobierno venezolano al establecer esa zona, una nota publicada el 3 de junio en el sitio web del Ministerio para la Información y la Comunicación, titulada “Venezuela dejó a Guyana sin salida al Atlántico” dice, entre otras cosas, lo siguiente: “Venezuela reitera sus derechos de soberanía en el Esequibo. Finalmente, el Gobierno (de Venezuela) respondió a los múltiples abusos cometidos por la República Cooperativa de Guyana” … “Ahora los guyaneses, que han venido pretendiendo bloquear la salida por el Atlántico a Venezuela; ahora, son ellos quienes se verán sometidos bajo la Zodimain Atlántica y sin salida directa al Atlántico, tomando en cuenta el Laudo Arbitral entre Guyana y Suriname del 17 septiembre 2007 (donde Surinam le cerraría la salida al Atlántico por el este a Guyana)”. La nota publicada por el Minci concluye diciendo: “Corresponderá en lo adelante al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, la ejecución y garantías de este Decreto presidencial, en cuanto a la nueva Fachada Atlántica asumida por parte de Venezuela”.

Esto que dice la nota difundida por el Minci delata el trasfondo agresivo y alevoso de ese decreto. Además, en alguna parte leí que el Decreto 1787 había sido concebido y redactado en el Ministerio de la Defensa, lo cual demuestra la condición de grafiti pintado en la pared que juega la cancillería.
Guyana ha reaccionado declarando que “ese decreto no tiene fundamento y es un vergonzoso intento de usurpar el territorio de Guyana y busca también denegar a Guyana su derecho legítimo de continuar sus iniciativas de desarrollo”.

Lo cierto es que en fin de cuentas, en lugar de favorecer a nuestro país ese decreto puso la pelota en manos de Guyana cuyo gobierno se proclama víctima de una medida absolutamente contraria al derecho internacional. En mi opinión el Decreto está reñido con las normas más elementales del derecho internacional y del derecho del mar y ha estimulado la solidaridad internacional a favor de Guyana que se presenta como el pequeño país víctima de la prepotencia de su vecino poderoso. El gobierno de Guyana ha anunciado que elevará el caso a las instancias internacionales, concretamente las Naciones Unidas y expondrá la situación en la próxima reunión de Caricom donde con toda seguridad recibirá el apoyo de toda la comunidad de países caribeños. De hecho, ya el gobierno de Guyana le ha pedido al secretario general de las Naciones Unidas que “acelere la búsqueda de una solución legal al diferendo”.

Por culpa de ese traspié del ilegítimo Guyana se ha visto fortalecida a los ojos de la comunidad internacional y ha quedado en condiciones de poder manejar la evolución futura del caso. Manteniéndose dentro del marco del Acuerdo de Ginebra Guyana puede escoger cuál de los medios de solución pacífica contemplados en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas se aplicará ahora. La negociación fracasó, la investigación y la conciliación están superadas, los buenos oficios, como ha quedado demostrado, no han conducido a nada y el arbitraje está totalmente descartado porque nuestro país, después de la experiencia de 1899, no se sometería a un nuevo arbitraje. Quedan en pie la mediación que, conociendo la soberbia con la cual el ilegítimo ha reaccionado ante los ofrecimientos de mediación que se han hecho en relación con la situación interna del país, creo que está igualmente descartada. 

Por último está el recurso a la justicia. Si Guyana decidiera acudir a la Corte Internacional de Justicia pondría a Venezuela en un auténtico aprieto. Como Estado Miembro de las Naciones Unidas, Venezuela está obligada a aceptar la jurisdicción de la CIJ y a acatar sus decisiones. Son numerosos los casos de controversias entre países de nuestra región que han sido resueltos por la CIJ (Colombia- Perú, Chile- Bolivia, Chile- Argentina, Colombia- Nicaragua, Argentina- Uruguay, entre otros). Vale destacar que por su parte, la cancillería guyanesa ha manifestado que “un proceso legal es el mejor, si no el único camino abierto entre nosotros”, después de los fracasados intentos anteriores para resolver la controversia.

Después de haber promulgado el decreto y de haberlo presentado como una lección que se le estaba dando a Guyana, ante los efectos negativos y las reacciones negativos que se han registrado, la cancillería venezolana ha tratado de dorar la píldora asegurando que no hay ninguna intención malvada detrás del decreto. En un comunicado oficial calificó de positiva la declaración del Canciller Guyanes en el sentido de que la resolución de la controversia debe buscarse dentro del marco del acuerdo de Ginebra y afirmó que Venezuela “apuesta por el diálogo para la resolución de este diferendo histórico”. Pero al mismo tiempo acusó nuevamentea la petrolera estadounidense Exxon Mobil de “manipulaciones e intrigas” para “entorpecer las buenas relaciones entre países vecinos”.

Guyana, por su parte considera que Venezuela trata de “enmascarar la ilegalidad de sus acciones” hablando de su voluntad de resolver pacíficamente la controversia y reiteró su posición en relación con el conflicto.

Inevitablemente Venezuela sufrirá una vez más las consecuencias de la improvisación, la precipitación, la ignorancia y la ineptitud de quienes manejan nuestras relaciones exteriores. Les salió el tiro por la culata.

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.





Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

viernes, 31 de julio de 2015

Cuidado con el decreto 1787 (caso Esequibo)


Tomado de:


CIPRIANO HEREDIA17 DE JUNIO 2015 - 12:01 AM
Tras más de una década de negligencia deliberada que se transformó claramente en una vil actitud entreguista de nuestro Esequibo a Guyana, el gobierno de Venezuela súbitamente cambió su posición emitiendo el decreto 1787, publicado en la Gaceta Oficial del 27 de mayo del presente año, el cual determina las “Zonas de Defensa Integral Marítimas e Insulares” (Zodimain), que incluyen una fachada atlántica que ratifica nuestra indiscutible soberanía sobre las aguas que se desprenden del estado Delta Amacuro, así como las que se desprenden de la Guayana Esequiba, y probablemente más allá.

Esta reacción repentina del gobierno, que aparentemente deja atrás los discursos y acciones cómplices de Chávez y Maduro (el primero declaró públicamente en 2004 que no se oponía a que Guyana otorgara concesiones unilateralmente, y el segundo hasta removió de su puesto al capitán de la Armada que capturó a un barco invasor en nuestras aguas en 2013), puede ser interpretada como un triunfo de quienes veníamos presionando desde la opinión pública para que el gobierno se le plantara a Guyana e hiciera respetar el Acuerdo de Ginebra. Por lo tanto, desde esa óptica, puede asumirse como un aspecto a celebrar. No obstante, no olvidemos que este gobierno no da puntada sin dedal y que su nacionalismo es una simple bandera que se toma con fuerza o se tira a la basura a conveniencia.
En ese sentido, desde el momento en que salió el decreto alertamos sobre dos aspectos que reiteramos ahora:

 1) ¿qué motiva realmente al gobierno a cambiar su actitud frente a Guyana en este preciso momento?; y

 2) ¿la línea del decreto que se traza hacia el noreste es técnicamente sostenible o es una mera provocación a terceros para generar un conflicto mayor?

Desde esta tribuna nos atrevemos a responder la primera pregunta con razonamientos múltiples:

 1) Efectivamente la presión de la opinión pública sobre el gobierno era creciente y demoledora. Ya era inexplicable por qué se armó semejante zaperoco frente al decreto Obama, mientras que ante la agresiva actitud de Guyana no se hacía nada;

2) El descubrimiento de un significativo yacimiento petrolero en la zona le hizo entender al gobierno que la gracia de la actitud permisiva frente a Guyana, por razones políticas, podía resultar en una cara morisqueta en términos económicos. En el Esequibo y sus aguas no solo hay petróleo, sino también gas, oro y muchas otras riquezas; y

3) ante la tremenda crisis que vive el país, alborotar el avispero del nacionalismo resulta útil para un gobierno que la inmensa mayoría de la población identifica como responsable de sus males y que desea cambiar. Maduro recuperó 10 puntos en el mes que duró el escándalo del decreto Obama. ¿Por qué no apelar nuevamente a un expediente de exacerbación patriótica?

Aunado a esto último, pero de cara a la segunda pregunta, nos resulta obvio que quienes trazaron las coordenadas del decreto saben muy bien que no solo abarcan las aguas territoriales del Esequibo (excelente), sino también las de Guyana (aceptable si es como respuesta a su pretensión sobre el Delta y como estrategia de negociación), pero incluso pareciera que pasan por las de Surinam y llegaran hasta las de Guyana francesa (absolutamente injustificable). Por ello, no podemos dejar de pensar que detrás de ello pueda estarse buscando alborotar un avispero que genere un conflicto internacional de mayor calibre. El fantasma de Galtieri en medio de su decadencia podría estar desandando en Miraflores por estos días.

Mientras tanto, el gobierno pega con la derecha pero inmediatamente apela a la zurda respecto al vecino. Prefiere enfocarse en pelear con la Exxon Mobil que con el gobierno de Guyana, en una actitud acomodaticia y tremendista. Es nuestro deber, por tanto, explicarle a nuestros ciudadanos y al mundo que el diferendo con Guyana es una controversia entre Estados, y no un conflicto entre Venezuela y una empresa privada. Así como también dejar claro que la resolución del mismo debe darse en el marco del Acuerdo de Ginebra, firmado válidamente por ambas partes en 1966, cuya vigencia está fuera de toda discusión, aunque Guyana pretenda a veces desconocerlo. Defendamos pues el Esequibo sin caer en jugadas encubiertas del gobierno que vienen envueltas en un falso nacionalismo.

*Diputado al Consejo Legislativo de Miranda y directivo del CPFC
@CiprianoHeredia


​Twitt que comento:


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.





Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

domingo, 26 de julio de 2015

ONSA/Circ. Núm. 0064 | COMUNICADO PÚBLICO


Sala para la publicación de las Circulares de la Organización.
Reglas de la Sala

Recuerde que para recibir una notificación vía correo-e al instante en que se publica una Circular, deberá estar REGISTRADO como usuario y además SUSCRIBIRSE AL FORO haciendo clic en el enlace ubicado en la parte superior derecha de esta sección (debajo del enlace Nuevo Tema).

ONSA/Circ. Núm. 0064 | COMUNICADO PÚBLICOpor ONSA/VE » Lun Jun 01, 2015 4:22 am

ONSA, CARACAS - VE
ONSA/Circ. Núm. 0064 [rev. 1] – 01JUN2015


ASUNTO: COMUNICADO PÚBLICO


[Respaldo al DECRETO 1.787 del 26MAY2015, G.O. 420.897 del 27MAY2015]

La Organización Nacional de Salvamento y Seguridad Marítima de los Espacios Acuáticos de Venezuela -ONSA A.C.- leído el Decreto Núm. 1.787 del 26MAY2015, publicado en Gaceta Oficial Núm. 420.897 de fecha 27MAY2015, en cuanto a la creación y activación de las Zonas Operativas de Defensa Integral Marítimas e Insulares (ZODIMAIN), que cubren todo el espacio acuático de la República Bolivariana de Venezuela:

EXPRESA su más sincera felicitación, al Cddno. NICOLÁS MADURO MOROS, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y a todo su Gabinete Ejecutivo, por la promulgación de tan importante instrumento legal, para la Defensa Integral del espacio Marítimo e Insular de la República Bolivariana de Venezuela; así como de los recursos naturales que dentro de estos espacios se encuentren;

REAFIRMA el compromiso y apoyo que pueda prestar al Estado, la Organización Nacional de Salvamento & Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos de Venezuela (ONSA), en cuanto a la Seguridad Marítima en el ámbito acuático Nacional; y

EXHORTA al General en Jefe, VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, Ministro del Poder Popular para la Defensa, a cargo de la ejecución del Decreto Núm. 1.787 del 26MAY2015, para que especialmente en la ZODIMAIN Atlántica, ordene se tomen todas las medidas a que haya lugar, contra el Buque de bandera del Vanuatu (VU) e identificado como DEEPWATER CHAMPION (IMO Núm. 9471862) y quien de acuerdo a una publicación oficial de la Administración Acuática de la República Cooperativa de Guyana de fecha 18MAR2015, se encontraría realizando operaciones de perforación y exploración, en la posición l: 08º 04' 33.04N - L: 056º 57' 09.80"W; con lo cual estaría realizando operaciones sin la debida autorización, dentro de la ZODIMAIN Atlántica de la República Bolivariana de Venezuela (Véase: mapa anexo).






INVITA a todos los sectores activos que componen la Marina Nacional, a continuar navegando libremente por los espacios marítimos correspondientes a la Circunscripción acuática de Ciudad Guayana y en especial en toda su extensión hacia el Atlántico (ZODIMAIN), como parte de los actos de soberanía que por derecho nos corresponden como venezolanos dentro de las áreas jurisdiccionales de la República Bolivariana de Venezuela.


INFOGRAFÍA ADICIONAL: ZODIMAIN Atlántica del 27MAY2015



Secretario General

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.





Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular (ZODIMAIN), bajo la circunscripción de la Región Estratégica de Defensa Integral Marítima e Insular (REDIMAIN









Decreto Presidencial 1787, publicado en Gaceta Oficial Nro. 40.669, de fecha 27 de Mayo de 2015, se constituyen las "Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular (ZODIMAIN), bajo la circunscripción de la Región Estratégica de Defensa Integral Marítima e Insular (REDIMAIN)"

ZODIMAIN ATLÁNTICA: Su jurisdicción comprende las aéreas marinas y submarinas de la fachada atlántica, definida al norte por la línea al este que nace desde el Promontorio de Paria hasta el límite con Trinidad y Tobago, la línea de costa hacia el sur en el espacio continental de los estados Sucre y Delta Amacuro y los límites marítimos internacionales definidos con Trinidad y Tobago, además de las áreas marinas y submarinas que corresponden a la zona en reclamación (Territorio del Esequibo). Incluye, asimismo, isla de Patos y demás islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, asi como el espacio aéreo supra yacente, siendo las delimitaciones los siguientes puntos geográficos:

Punto A: 10º44'02.3" N 061º50'49.3" W
Punto B: 10º44'02.3" N 061º47'43.9" W
Punto C: 10º42'40.8" N 061º48'16.2" W
Punto D: 10º35'08.8" N 061º48'16.2" W
Punto E: 10º35'07.8" N 061º51'51.2" W
Punto F: 10º02'34.8" N 062º05'05.2" W
Punto G: 10º00'17.8" N 061º58'31.2" W
Punto H: 09º59'00.8" N 061º51'24.2" W
Punto I: 09º59'00.8" N 061º37'56.2" W
Punto J: 09º58'00.8" N 061º30'06.1" W
Punto K: 09º52'21.8" N 061º13'30.1" W
Punto L: 09º49'43.8" N 060º39'57.0" W
Punto M: 09º49'43.8" N 060º39'57.0" W
Punto N: 09º53'14.8" N 060º16'08.0" W
Punto O: 09º57'05.8" N 059º59'22'0" W
Punto P: 09º57'59.8" N 059º55'27.0 W
Punto Q: 10º09'47.9" N 058º49'17.9" W
Punto R: 10°09'47.9" N 58°49'17.9" W
Punto S: 10º58'35.4" N 057º07'03" W
Punto T: 11°35'24.0"N 55°27'12.0" W
Punto U: 8°56'03.0" N 52°51'10.0" W
Punto V: 06º58'54.0" N 058º23'28.0" W

Conjuntamente, se anexa una imagen eminentemente referencial, que ilustra la alineación de las coordenadas publicadas en la respectiva Gaceta Oficial, los trazados expuestos fueron realizados en Google Maps/Google Earth y posteriormente editados en Adobe Photoshop Cs3.
Podrán acceder a la imagen original, en el siguiente enlace:



2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968