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lunes, 26 de marzo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte


Eloy Alfaro (1847-1912) 
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte Martes 28 de febrero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles 14 de marzo de 2012

Oscar José Márquez

La Destruición y alteración de  mapas por el Foreign Office inglés
Uno de los hechos más Bochornosos y vergonzosos del Foreign Office,   inglés que señalan claramente la decisión política de despojar a la Nación venezolana de los territorios al oeste del río Esequibo ocurría paralelamente a la presentación, corrección y negociación  del Proyecto de Tratado entre la Gran Bretaña y Venezuela.

Según el modelo del Tratado firmado entre la Gran Bretaña y el  Paraguay,  exigido por el Conde de Granville. Consistió el referido hecho  en  la destrucción y adulteración de  mapas  de la región comprendida entre los ríos  Orinoco-Esequibo, para  beneficio del imperio inglés.  Al eliminarse  evidencias documentales y graficas que favorecía a Venezuela.

Lo cual está debidamente  documentado en los archivos ingleses de Londres  en el Public Record Office .F. O 80/373, donde existe una comunicación del Honorable R.G.W. Herbert, en junio de 1885. Señalando que por instrucciones  del Conde de Granville (Granville George Leveson Gower, segundo conde de Granville), Secretario de Relaciones Exteriores 1880-1885 (Foreign Office): “…ordenó que la frontera fuera corregida y que todas las copias que existieran del mapa fueran destruidas…”.Por supuesto que este documento y otros permanecieron ocultos ante los negociadores venezolanos, los representantes estadounidenses en nombre de Venezuela, y el propio Tribunal Arbitral de París de 1899, hasta mediados de la década de 1950-1960.

A partir de esta fecha el Gobierno inglés,  a través del Foreign Office y del Colonial Office,  desarrolló toda una  estrategia para  aumentar la extensión de la Colonia del Demerara o la Guayana Inglesa, en todas las publicaciones oficiales, especialmente en el  Statistical chart of the coloniesy, que para  1838,  le asignaba a la referida colonia del  Demerara (Esequibo, Berbecí y Demerara) un extensión  menor de 70.000. Millas cuadradas. Como queda evidenciado a su vez  en la publicación del Statesman Year Book de se mismo año de 1885 que señala que la Guayana Británica  comprendía 76,000 millas cuadradas.
Limites de la Guayana Británica según los mapas publicados por el Colonial Office en 1886 (Colección La Fundación de la Guayana Esequiba)  
Y  a partir de 1886 paso aumentar  a más de 100.000 millas cuadradas y  el Statesman Year Book  dos años después, en 1887 le extendía una superficie de 109.000 millas cuadradas. 

Datos estos que a su vez fueron copiados y publicadas en anuarios, diccionarios, enciclopedias en perjuicio de la Nación venezolana.  Pruebas estas de un antes y un después que bien pudieron ser presentadas  ante el Tribunal Arbitral de Paris de 1899, por los representantes venezolanos pero o   no  lo hicieron.

El 22 de junio de 1885, el General Guzmán Blanco, procede acusar recibo  al  Conde de Granville (Foreign Office), de haber recibido la copia impresa y corregida  del  Proyecto de Tratado entre la Gran Bretaña y Venezuela, a la cual se le hacen   observaciones y correcciones. Esta sería la última comunicación entre Guzmán Blanco y el Conde Granville, quien sería remplazado de su cargo.
 Primer Ministro Cecil Salisbury (Marqués de Salisbury) en 1885-1886; 1886-1892 y 1895-1902. 

Marqués de Salisbury, y la expansión del poder colonial inglés
En la Gran Bretaña suben al poder los conservadores y es electo como Primer Ministro Cecil Salisbury (Marqués de Salisbury), por primera  vez para el año de 1885-1886,   salvo un pequeño periodo en  1886, que no estaría al frente, mas   otros  dos periodos 1886-1892 y 1895-1902.  El Marqués de Salisbury fue el verdadero artífice del despojo territorial que sufriría la Nación Venezolana, al estructurar  su política exterior en base a la expansión del poder colonial de la Gran Bretaña.

En vista que compagino a su vez el  cargo de Primer Ministro, con el de Ministro de Asuntos Exteriores (Secretario de Relaciones Exteriores - Foreign Office) desde 1887 y aun antes. Si los venezolanos no comprendemos esta dualidad del  Marqués de Salisbury,  mal podríamos comprender el despojó de que  fue objeto Venezuela.

El 27 de julio de 1885 Lord Salisbury, procede a rechazar  el Proyecto Tratado al señalar:
 “…El Gobierno de  Su. Majestad no puede convenir en el asentimiento dado por sus Predecesores al artículo general de arbitramiento propuesto por Venezuela, ni la inclusión en él de materias que no sean las provenientes de la interpretación o  alegada violación de este particular tratado. Obligarse a referir a arbitramiento todas las disputas y controversias es cosa que no tendría antecedente en los tratados concluidos por la Gran Bretaña. Podría originarse cuestiones, como las que envolviesen el titulo de la Corona Británica a territorio u otros derechos de soberanía, que el Gobierno de su majestad no podría obligarse de antemano a referir a arbitramiento…”.

El representante venezolano  General Guzmán Blanco,  el 05 de agosto del referido año  se dirige Lord Salisbury,   manifestando su pesar ante el fracaso de las negociaciones del tratado después de haberse convenido el arbitramiento:

“…Respecto del  arbitramiento,  no me parece que el nuevo Gabinete haya podido revocar por si un articulo a que el anterior había prestado formal asentimiento, poniéndolo con eso fuera de su alcance, mucho menos después de haber declarado V.E. en la Cámara de los Pares que respetaría las prendas dadas por el Gobierno precedente. Penoso me seria pensar que tal declaración no comprende a Venezuela.
Juzgo que las cuestiones de límites son las más a propósito para someterse al fallo de un tercero imparcial…”.

La  Incapacidad del Foreign Office de Acudir a un Arbitraje
Un año más tarde de la  comunicación del Honorable R.G.W. Herbert, de junio de 1885, donde se: “…ordenó que la frontera fuera corregida y que todas las copias que existieran del mapa fueran destruidas…”.El  11 de junio de 1886, el Sr.  Charles Alexander Harris,   del Ministerio de  Asuntos Coloniales  Británico (Colonial Office) se dirige al Sr. E. Hertslet, en el  Ministerio de Relaciones Exteriores (Foreign Office), Expresándole  sus dudas sobre el mapa original de Robert Schomburgk al señalar:

 “…Me temo que esta cuestión de la frontera con Venezuela está en un estado muy poco satisfactorio…”.

Que significaba esta declaración, que era, y que venía a representar  esta,   frente a los derechos históricos, jurídicos y sociales de la Nación  Venezolana  por los territorios al oeste del rio Esequibo. Palabras estas que indudablemente están enlazadas  con la comunicación del Honorable R.G.W. Herbert, de junio de 1885.

En derecho penal existe una máxima  que bien puede aplicarse a  nuestro análisis: “…a confesión de partes, relevo de pruebas…”, pero la astucia, la mala fe y el engaño del gobierno británico de ese entonces queda comprobado  al señalar seguidamente en la misma comunicación:

 “…El Ministro de las Colonias parece tener un mapa más o menos oficial que difiere ampliamente del mapa original de Schomburgk,  y ahora hemos oído privadamente que la línea de nuestra frontera que fue oficialmente presentada como nuestro ultimátum a Venezuela no puede ser garantizada en absoluto; pero el Ministerio de Colonias va a enviar un topógrafo con una escolta policial a fin de demarcar la frontera y además se va a enviar una escuadra británica para que patrulle frente al Orinoco…”. Testimonio este que reposa en los archivos ingleses en Londres del Public Record Office .F. O 80/309.

Como podemos de  apreciar, no solamente se le había dado según el propio Colonial Office un “ultimátum   Venezuela” sino que estaba en puerta una agresión  al “…enviar una escuadra…” de guerra a las bocas del Orinoco.  

A ciento veintiséis  años de estas instrucciones nos preguntamos cuantas unidades navales  (embarcaciones) de guerra  componían la escuadra,  cuál era su dotación y armamento  en contra de la pobre y desvalijada Nación venezolana, simplemente porque venía exigiéndole a la Gran Bretaña la  primera potencia naval  de ese entones acudir ante un arbitraje por los territorios al oeste del rio Esequibo. Quien se negaba obstinadamente a reconocer los principios del Utis Possidetis Iuris, como doctrina escrita de derecho internacional  americano y la Doctrina Monroe como principio común.  Cuya utilización por los Estados Unidos hasta ese momento solo había sido amistosa y razonable sin que se convirtiera en una verdadera protectora de los países débiles, como lo era Venezuela.

Pero este abuso, componenda, chantaje, manipulación  queda al descubierto una vez más  ante los propios ojos de las  autoridades británicas cuando tres días más tarde  el 14 de junio del referido año de 1886.   El  Sr. E. Hertslet, del Ministerio de Relaciones Exteriores (Foreign Office)  se dirige al Sr. Jervoise:

“… ¿Qué piensa de  la carta anexa del Sr. Harris? Si el mapa que fue enviado oficialmente al Gobierno venezolano en septiembre del 81 en respaldo de nuestra reclamación es inexacto, y el mapa publicado bajos los auspicios del Ministerio de Colonias de 1875 está completamente equivocado, me temo que nuestro caso en verdad es muy pobre. Mientras más estudio este asunto, menos me gusta, lo digo entre nosotros…”

Acaso este testimonio del Sr. E. Hertslet por demás un  funcionario inglés de alto nivel,  no desmonta,  toda esta patraña,  que condujo a  la nación venezolana inexorablemente a perder 159.500 Km2  de  territorios al oeste del río Esequibo, causándole un daño territorial irreparable,  comprometiendo a  las futuras generaciones de venezolanos.
1896 Mapa de Venezuela y de una Parte de la Guyana Británica demostrativo del avance de las pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del Esequibo 


La llamada Línea Rosebery
Entre octubre de 1885 y diciembre de 1885  se cruzan una serie de comunicaciones entre el representante venezolano y el Principal Secretario (Primer Ministro) de Su Majestad Británica  en el despacho de Asuntos Extranjeros Lord Salisbury, y a partir de junio de 1896 con  Lord Rosebery,     Ministro de Asuntos Exteriores (Secretario de Relaciones Exteriores - Foreign Office) este ultimo procede a enviarle al representante venezolano en Londres el General Guzmán Blanco un Memorándum con nuevas Bases para una Negociación 1ª  limites, el 20 de julio de 1886:
1984 Mapa N°. 8 Propuesta de Rosebery 1886 MRE (colección de la Fundación La Guayana Esequiba) 
“…Se propone  que los dos Gobiernos convengan en considerar los territorios situados entre las líneas limítrofes respectivamente propuestas en el párrafo 8 de la nota del señor Rojas de 21 de febrero de 1881, y en la nota de de Lord Granville de 15 de septiembre de 1881,  como el territorio en disputa entre los dos países, y que se trace una línea divisoria, dentro de  los limites de ese territorio, o por un arbitramiento, o por una Comisión Mixta sobre la base de la división igual de este territorio, tomando en debida consideración los limites naturales. El Gobierno de S.M da especial importancia a la posesión por la Guayana Británica del rio Guaima, y por tanto, desea estipular que la línea arranque de la costa del mar, hacia el oeste de aquel punto, hallándose debida compensación, en alguna otra porción del territorio disputado, por este desvió de la base de una división igual. Se considera en conexión con el limite la cesión de la isla de Patos a Venezuela…”

“…el Orinoco debe ser libre enteramente  al comercio y la navegación…”.

Con esta desmesurada propuesta,  el Foreign Office ingles  ratificaba  una vez más su decisión política o  realpolitik, termino geopolítico que acuñaría la Alemania Nazi,  décadas más tarde de establecer su política exterior en base a sus intereses prácticos y necesidades inmediatas y concretas, sin atender a la teoría, la  ética, y el derecho de Venezuela. De arrebatarle  a la Nación venezolana 159.500Km2 de  territorios  al oeste del río Esequibo.

Las Agresiones y usurpaciones en los ríos inglesas en los ríos Barima y Amacuro
A Toda propuesta del Foreign Office ingles a Venezuela indudablemente que iba acompañada de una acción material paralela a ella, el Colonial  Office,  como bien lo había señalado en junio de ese año de  1886 de enviar    topógrafos con escolta policial a fin de demarcar la frontera. Pero resulta que ya se había  procedió a enviar  por instrucciones del Gobernador colonial de la Guayana Británica el vapor Landy Longden, al mando del capitán Paisley  con personal administrativo ( Michel Mc Turk Magistrado Especial interino y Superintendente de las tierras y bosques de la Corona en el Distrito del Pomerón), técnico y armado  a principios de  1885, quienes: 

“…colocaron nuevamente postes, fijaron carteles cambiaron empleados de la Republica sustituyéndolos con otros de su propia elección e intentaron poner bajo su servicio a funcionarios venezolanos…”.



Como podemos comprender esta región, esta aun hoy en día a una gran  distancia de la capital estatal y de la republica,  lo inhóspito,  lo  deshabitado,  y por su difícil acceso  a esa área, hace compleja su vigilancia y control  sin embargo el Gobierno venezolano, al tener conocimiento de estas  acciones violatorias por parte de Michel Mc Turk, procedió a  reclamar   ante la Legación Británica en Caracas.  Le  solicito  a su vez a su representante en Londres General Guzmán Blanco, que procediera a reclamar y protestar en el Foreign Office,  contra los reiterados  actos de violación del territorio de Venezuela ejecutados por las autoridades ingleses lo  que al fin hizo  el 28 de julio de 1886, pidiendo:

“…1°. Remoción de todos los signos de soberanía colocados por orden del Gobernador de la colonia en los territorios en disputa. 


     2°.  Retiro de los empleados y la fuerza pública que se hayan puesto en los mismos.


     3°. Explicaciones satisfactorias por la falta de cumplimiento del convenio propuesto a Venezuela de parte de la Gran Bretaña, y de la violación de las leyes de la Republica en cuanto a los puertos no abiertos a naves extranjeras.


    4°. Anulación del proceso formado al señor Roberto Wells, su libertad e indemnización de los perjuicios a él causados con su captura y prisión y sometimiento a juicio y castigo por imputación de un delito en territorio venezolano. 


    5°.Completo restablecimiento de las cosas al estado que tenían en 1850, fecha del convenio referido, y órdenes estrictas al Señor Gobernador de la Guayana Británica para que lo observe escrupulosamente, mientras los dos Gobiernos arreglan la cuestión de sus límites...”.

El representante venezolano, cumplió con su misión  hablo en un leguaje más claro,  preciso, y conciso  frente a las pretensiones de la Gran Bretaña, quién  abusaba reiteradamente de la débil Republica venezolana.

En referencia a Eloy Alfaro, en estos años viajo Panamá, Guatemala y el Salvador buscando apoyo para su causa  para establecerse en el Perú donde publico su obra  La Deuda Gordiana

Continuara…
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte,
Entrada del Lunes 26  de Marzo de 2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:

Bibliografía
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Caicedo Castilla. El Panamericanismo. Buenos Aires: Roque Deplama, 1961, Pág. 484


Cárdenas Raúl. La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano. La Habana 1921 230 Págs.  
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Dexter Perkins.  Historia de la Doctrina Monroe. Buenos Aires: Editorial Universitaria 1964, 380 Págs.


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Foreign Office. Public Record 11 de junio de 1886. Londres. F.O 80/309


Pérez Concha Jorge. Eloy Alfaro ante el Derecho Internacional Americano. Guayaquil: Imprenta Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo e Guayas. 1959, 24 páginas.


Rippy J.F. Rivalry of the Uinited States and Great Britain Over Latin Americam. Baltimore: Passin 1929
Venezuela MRE. La reclamación Esequiba. Vencimiento del Protocolo de Puerto España los 


Procedimientos del Acuerdo de Ginebra. Documentos 1981 – 1982 – 1983. Caracas: Editorial Arte 1984,  228  Páginas.


Venezuela MRE. La reclamación Esequiba. Vencimiento del Protocolo de Puerto España los Procedimientos del Acuerdo de Ginebra. Documentos 1981 – 1982 – 1983. Caracas: Editorial Arte 1984,  228  Páginas 


Venezuela MRE. Derechos venezolanos de soberanía en  el Esequibo  http://esequibo.mppre.gob.ve/


Venezuela MRE. Historia Oficial de la Discusión entre Venezuela y la Gran Bretaña sobre sus Límites en la Guayana.Nueva York Louis Weiss $ C.O., Impresores 116 Fulton Street. Reimpresa en la Colección 
Fronteras Tomo No 6   Caracas Editorial Arte 1980.  354 Págs.



miércoles, 14 de marzo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte


Eloy Alfaro,  (1842-1912)

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012




Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte Martes 28 de febrero de 2012




Oscar José Márquez

Agresión de la Gran Bretaña en las Bocas del Orinoco
Venezuela a partir de 1876,  había realizado consecuentes esfuerzos para resolver la cuestión de los limites orientales frente a la Gran Bretaña sin que  esta accediera, solo dilataba sus diligencias ganando tiempo frente a la Nación venezolana, esperando el momento oportuno para dar el zarpazo y arrebatarle a Venezuela 159.500 km2 de territorios al oeste del rio Esequibo sobre los que no tenía ningún derecho, histórico, jurídico, o sociales.  

Para diciembre de 1880, el  Ministro residente de Venezuela en          Washington se dirige una vez más Secretario de Estado de los Estados Unidos el Sr W. M. Evants,  informándole que el Gobierno del Demerara ( La Guayana Inglesa o Británica), realizaba trabajos o misiones sobre el Orinoco y el Caroní, unilateralmente  denunciando la presencia de dos embarcaciones con  bandera inglesa,   un buque de guerra y el otro mercante en las bocas del Orinoco, provistos de postes, y alambres con la finalidad supuesta de tender un telégrafo.

Esta solicitud y denuncia del Gobierno Venezolano fue respondida a finales de enero de 1881,  por parte del Secretario de Estado James G. Blaine,  señalando que: “…el Gobierno de U.S.A no podrá ver con indiferencia que la Inglaterra tome posesión de dicho territorio por la fuerza, dado el caso que tal aparezca ser el objeto de  los buques apostados en las bocas del Orinoco…", como podemos ver  las cosas no pasaron a mayores quedando solo el ofrecimiento por parte de los EE.UU, a pesar que el pensamiento del referido Secretario de Estado, era evitar a toda costa la influencia de cualquier nación europea en  América.


EL  Secretario de Estado James G. Blaine  con anterioridad   ante una posible independencia de   Cuba se había expresado de esta forma: “….la rica isla, la llave del golfo de México, y el campo para extender nuestro comercio por el hemisferio occidental, es, aunque en las manos de España. Una parte del sistema comercial americano… …y no caer necesariamente bajo cualquier otra dominación europea…”.
Por otra parte en el marco de la guerra del Pacifico el Presidente colombiano Rafael Núñez,  por intermedio de su gobierno procedió a convocar un Congreso Americano, que se reuniría en Panamá en 1981, como un acto más de tratar de crear un organismo hispanoamericano. 

La Propuesta de un Árbitro ante la cuestión de los límites de Guayana
El Gobierno de Venezuela, ante el rechazo de la gran Bretaña de  aceptar la Boca del Moroco, como frontera y de señalarle a su vez  al de Venezuela, que  considerara  cualquier otro punto  más allá del Moroco,  como   base de una negociación para establecer la frontera. En febrero de 1881 el representante de Venezuela ente el Foreign Office le  hace una nueva propuesta,  informando a su vez que  ha  recibido, instrucciones de su  Gobierno para instar al de S. M. Británica  a buscar:
 “… el sometimiento de la cuestión a un Árbitro elegido por ambas Partes y a cuyo fallo se sometan ambos Gobiernos. Este mismo Arbitro podría decidir si la Isla de Patos pertenece a Venezuela o al Gobierno de Su Majestad Británica…”.
1835 “…A Map of the Rivers Orinoco, Essequebo, Branco… Compile from Humboldt’s personal narrative and other authorities in order to illustrate the route of a proposed scientific Journey to South America by Robert H. Schomburgk, corresp. Member of the Royal Geographical Society of London…”
Mapa Original  de Schomburgk, en que aparece la línea de frontera entre Venezuela y la Guayana Británica.   Cuya línea original sería cambiada en el transcurso de los años. Y ocultado el Mapa  ante el Tribunal Arbitral de Paris en 1899


Rechazando el Foreign Office, de plano  la referida propuesta venezolana y proponiendo a su vez otra línea en base al mapa de Schomburgk,  quien había trazado una línea fronteriza en la Guayana adelantando las reclamaciones británicas. A toda luz de la ciencia cartográfica  un mapa apócrifo,  por haberse  elaborado unilateralmente sin el consentimiento de Venezuela, Holanda y el imperio del Brasil, a beneficio de los intereses de la Gran Bretaña.   

Como podemos observar tanto el Colonial Office,  como el Foreign Office, carecían de títulos, históricos y jurídicos sobre los territorios al oeste del rio Esequibo.  Y apreciamos como luego de treinta y siete años el Principal Secretario de S.M.B equivalente al Ministro de Relaciones Exteriores llamado Foreign Office  Lord Granville, procede a cambiar la Línea Aberdeen de 1844,  con su nueva propuesta.

Secretario de Estado James G Blaine.  Foto Tomada de Wikipedia  


La Primera Convocatoria a un Congreso Panamericano
El 28 de noviembre de  ese mismo año,  sobre  la denuncia de Venezuela de  la presencia de buque armados ingleses en las bocas del Orinoco y  de la solicitud venezolana del  sometimiento de la cuestión de los límites con la Guayana inglesa a un Árbitro elegido  entre Venezuela y la Gran Bretaña.  Y de cincuenta y ocho años de haberse declarado  la Doctrina Monroe,  el propio   Secretario de Estado James G Blaine, quien rechazaba la intervención europea en América públicamente. 

Hizo pública la Primera convocatoria a un Congreso Panamericano,  a celebrarse en Washington,  al señalar: “…tomar parte en un Congreso General que debería reunirse en Washington en 1882 con el objeto de considerar y discutir los métodos de prevenir las guerras entre los países de América…”.

Sin embargo esta idea no prospero por el fallecimiento del presidente de los EE.UU James Abram Garfield, la separación de James G Blaine al frente de la Secretaria de Estado, la guerra entre Chile y Perú, y por no haberse pronunciado al respecto el Congreso de U.SA. Por lo que  el 09 de agosto de 1882, la Secretaria de Estado estadounidense, procedió a informar a las cancillerías americanas que se difería la fecha del Congreso.

Solicitud de de intervención y mediación de los EE.UU ante  la cuestión de los limites de Guayana
El 14 de noviembre de  1882  en base a  la Doctrina Monroe,  la Republica de Venezuela, procede  a solicitar la intervención de  Estados Unidos ante el Secretario de Estado Mr. F. Frelinghuysen,  para qué  acceda  a intervenir en la  búsqueda de  una solución de  la cuestión de la negociación de los límites  con la Guayana Inglesa frente a la Gran Bretaña.   Eligiendo así nuevamente  a los EE.UU como su protector contra las agresiones inglesas,   a pesar de las controversias que se habían suscitado a lo largo del siglo XIX entre  Venezuela y USA.

La repuesta de esta solicitud llega a finales de enero de 1883, al señalar el Secretario de Estado Mr. F. Frelinghuysen, que los EE.UU ayudaran a inducir a la Gran Bretaña de modo amistoso  para que el arbitraje sea el medio en lenguaje diplomático al señalar:
 “... Y decirle que el Gobierno de los Estados Unidos, así como espera que la proposición relativa al arbitramento tenga feliz resultado, sí, con su aceptación en principio, no lo hubiera tenido ya, prestará gustoso su ayuda para inducir a la Gran Bretaña, de modo amistoso, a darle su asentimiento…”. 

La reconstrucción de Colombia la grande.
Para 1883 en la republica del  Ecuador,   se encontraba sumida en una guerra  fratricida,  en una  confrontación armada entre sus connacionales, periodo  revolucionario  que lideraba  el General Eloy Alfaro.   En plena campaña militar y como Jefe Supremo de las Provincias de Esmeraldas y Manabi,  procede a enviar a la Convención Nacional, una exhortación solicitando se  proceda en el menor tiempo posible  implementar o desarrollar   el ideal bolivariano, al señalar:

“…los ecuatorianos que rendimos culto eterno a la imperecedora memoria de Bolívar a la par que a las virtudes del inmaculado Sucre, hemos de proponer a la pacifica reconstrucción de Colombia, la Grande, Venezuela y la nueva Colombia son acaso las que menos necesitan de la grandiosa reorganización de la nacionalidad fundada por los egregios obreros de nuestra emancipación, y sin embargo siempre anhelan, como sus documentos públicos lo comprueban, la Unión de las tres secciones en la misma gloriosa entidad de otros días. Deseo innato es siempre en los pueblos tender hacia su mayor grandeza,  y así, tarde o temprano, el advenimiento de la Unión Colombiana será el punto  espontáneo de la ilustración de sus hijos…”

Este planteamiento se vio frustrado debido a lo difícil de las operaciones militares emprendidas al sur del Ecuador,  y a las características de su callejón interandino frente a las acciones desarrolladas en la ciudad de Loja.

En noviembre de 1883, el Ministro de Relaciones Exteriores Rafael Seijas, ante la falta  presupuestaria por  la pobreza de  de su gobierno para radicar las negociaciones en Londres,  le propone a Lord Granville  en  Foreign Office, “…la urgencia de la designación  unánime de un  Árbitro…”  para la Cuestión de los límites de Guayana. 
Antonio Guzmán Blanco
Los proyectos de Antonio Guzmán Blanco y Eloy Alfaro
Ese  mismo año de 1883 el Presidente de Venezuela Antonio Guzmán Blanco, convoca a un Congreso Regional en homenaje al Centenario del nacimiento del Padre, de la Patria Simón Bolívar, Congreso este que a su vez estaba destinado  entre otros asuntos:  “…A tratar de poner fin a los problemas limítrofes existentes entre las diferentes Repúblicas bolivarianas, así como a firmar una alianza defensiva entre todas ellas, comprometiéndose en el futuro a utilizar los medios pacíficos y jurídicos para resolver  las controversias que pudieran suscitarse entre ellas…”. Convocatoria está a través de la cual nacerá una amistad entre los liberales Antonio Guzmán Blanco y el ecuatoriano Eloy Alfaro.

Por esas casualidades que suelen darse en la historia el representante del Ecuador en el referido Congreso fue el Dr. Juan Rojas Paúl, quien años más tarde en 1888, llegaría a ocupar la presidencia de Venezuela.   Correspondiéndole, suscribir los Protocolos en nombre del Ecuador contentivos del referido Congreso exponiendo a su vez  firmemente en nombre del Ecuador que: “…los sentimientos y la decisión del Ecuador, de estar listo, a reiterarse en la Unidad Colombiana, en cualquier proyecto que se trazara en el futuro, por los otros países…”.

Palabras y compromiso este que iban a tomar muy en serio tanto Antonio Guzmán Blanco y Eloy Alfaro, en los siguientes años, y que concluiría en la convocatoria a un Congreso en la defensa de Venezuela por os territorios al oeste del río Esequibo a partir de  1895,  proceso al cual nos iremos refiriendo.

Rechazo del arbitramiento por parte de la Gran Bretaña en la cuestión de los limites de Guayana.
El representante del gobierno inglés en Venezuela el Coronel C.E. Mansfield,  el 29 de marzo de 1884 le informa al gobierno  venezolano que su gobierno rechaza la propuesta de venezolana de un arbitramiento por los limites de Guayana  al indicar  “...el Gobierno de su Majestad, no opina que se someta a arbitramiento el límite entre esta republica y la Guayana Británica…” , cruzándose posteriormente una serie de correspondencias entre el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela entre el 02, 09 de abril y el  Ministro Residente de la Gran Bretaña, 07,  08, 16 de abril del citado año  respecto al arbitraje.


Granville George Leveson Londres 11 de Mayo de 1815 – 31 de Marzo de 1891) secretario en tres oportunidades del Foreign Office.  Foto Tomada de Wikipedia 
 

Rechazo de la Gran Bretaña de la sugerencia de los EE.UU de un Arbitraje por los límites de la Guayana
En junio del referido año el Foreign Office en la persona de Lord Granville,  rechaza a su vez la propuesta de Arbitraje sugerida por Venezuela a los EE.UU. El 06 de agosto   el Ministro Residente de la Gran Bretaña Coronel C.E. Mansfield,  una vez más le informa al Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de Venezuela General Vicente Amengual,  el rechazo por parte de Inglaterra de un Arbitraje respecto a la cuestión de límites, al señalar “…que el Gobierno de S.M. sostiene su opinión de que el arbitramiento no es un modo deseable o ciertamente adecuado para tratar el asunto; y el Gobierno de S.M. abriga la viva esperanza de que se escoja alguna otra solución, como la negociación por mutuo acuerdo, para arreglar esta cuestión que lleva ya más de medio siglo…”

A partir del 11 de  octubre de de 1884 por orden de William Frederick Haynes Smith, Gobernador de la Colonia de la Guayana Británica, unilateralmente, abusando de su carácter de representante de la primera potencia naval del mundo y  sin consultar con el Gobierno venezolano se colocan postes, mojones o hitos en la margen oriental del río Amacuro y en otros sitios. Por lo que las autoridades regionales de Guayana proceden a quitarlos, en prueba de no aquiescencia de Venezuela a la significación de dominio británico que pretendían.

Propuesta de Tribunal de Derecho por la cuestión de los límites de Guayana
El General Guzmán Blanco se entrevista con Julián Pauncefote,  el 20 de octubre de 1884, a quien le plantea  entregándole a su vez  un memorándum señalando  las dificultades de su gobierno debido a los artículos 3° y  13° numeral 4°,   de  la constitución vigente de esa época de enajenar, parte alguna de su territorio a Potencia Extranjera. Por lo que,  no es posible celebrar tratados en que no,  se reconozcan los limites que en el año de 1810 correspondían a la antigua Capitanía General de Venezuela.

Que son los límites de los Estados de la Federación venezolana, de acuerdo a lo establecido en la Constitución  razón por lo cual se había propuesto el arbitraje ante el Foreign Office, inglés.

 Teniendo presente que el fallo del tercero no implicaría enajenación de territorio, sino únicamente declaración de los actuales derechos de las partes. Al no considerar el Gabinete de Su Majestad Británica, la propuesta venezolana de un arbitramiento por una potencia amiga, le hace una nueva  propuesta de acudir a un Tribunal de Derecho constituido por personas designadas por las partes que sentencien de acuerdo a los principios de justicia y de derecho:
 “... Venezuela propone ahora, en lugar del arbitramento de una Potencia amiga, la Sentencia de un Tribunal de derecho constituido con personas designadas por las Partes respectivamente…”.

El General Guzmán Blanco, procede mediante comunicación del 30 de de diciembre de 1884  a recordar y  plantearle a Lord Granville  (Foreign Office), nuevamente  la referida propuesta sobre de acudir a un Tribunal de Derecho,  contestándose la misma  el 13 de febrero de 1885,  señalado que el Gobierno de S.M. “…de decidir la cuestión adoptando un límite convencional fijado de mutuo acuerdo entre los dos gobiernos…”, o sea se rechazaba una vez más de plano la propuesta venezolana.

Ante las trabas y  rechazo  de los planteamientos del Gobierno venezolano  a través del cruce de comunicaciones El General Guzmán Blanco, procede a conferenciar con Fitzmaurice y Sir Julián Pauncefote,  representante de Granville, a principios de abril de 1885, remitiéndole a su vez un Proyecto de Tratado el 06 de abril del referido año  el cual en su artículo 16° señala:  “…Si, como es de desearse que no suceda, se originase entre Venezuela y la Gran Bretaña alguna desavenencia que no pueda ajustarse por los medios acostumbrados de amigable negociación, las Partes Contratantes convienen en someter la decisión de tal desavenencia al arbitramiento de una tercera potencia amiga de ambas, sin recurrir a la guerra…”.

Como podemos ver y contrario a lo que se suele señal el gobierno de ese entonces a pesar de las limitaciones económicas, sociales, culturales y militares si se quiere decir  llevaba la ofensiva diplomática respecto de buscar una solución por  los limites con la Guayana Británica, la cual a su vez era rechazada una y otra vez  por el gobierno británico.

En esta oportunidad el Foreign Office inglés, por intermedio de Lord   Granville, manifiesta sus deseos el 15 de Abril  de 1885, de arreglar  a través  de un Tratado la cuestión de los límites según  la propuesta venezolana a través de la  celebración de un “amplio tratado…” que incluya a su vez una serie de observaciones y se tome como modelo el firmado entre la “Gran Bretaña y el Paraguay” al señalar: “…La proposición de arreglar por medio de arbitramento las cuestiones que se originen entre los dos países, tiene todo el asentimiento del Gobierno de S.M…”.

Sin embargo mostrando sus  reservas ante  la manera de cómo se iban a  seleccionar los árbitros y el procedimiento de la Comisión o Tribunal de Arbitramento. Al señalar “…sin embargo la experiencia nuestra que, cuando se ha originado una desavenencia , es a menudo difícil entenderse respecto al camino que ha de seguirse para la elección efectiva del árbitro o árbitros, y en cuanto al procedimiento de la Comisión o Tribunal  de Arbitramiento una vez nombrados…”.

Esta reserva de Foreign Office,   es  fundamental tenerla presente a partir de esta fecha.  En razón de que se fueron creando una serie de exigencias, condiciones que se fueron afinando con el tiempo,  para estamparlas en los  diferentes proyectos de tratado.   Que  doce años más tarde  fueron incluidas en  Tratado de Washington, el cual resultaría nefasto para la Nación Venezolana,  comprometiendo  su  soberanía integridad territorial.

Así como una serie de observaciones y correcciones que se originaron sobre el referido  Proyecto de Tratado,   como lo hemos señalado.  Genero a  su vez el  cruce de correspondencia entre   el General A. Guzmán Blanco y   Lord   Granville (Foreign Office) del 06 de mayo,  15 de mayo, y   08 de junio respectivamente.   En  esta última el representante venezolano  le remito un nuevo Proyecto de Tratado entre Venezuela y la Gran Bretaña,  con las observaciones y exigencias hechas por el Foreign Office,   con el objeto  de poner fin a las desavenencias surgidas de los tratados del 18 de abril de 1825,  con la Republica de Colombia  y el firmado entre la Gran Bretaña y Venezuela el 9 de octubre de 1834.

El  artículo XV, del Proyecto de Tratado,   señalaba en referencia a los inconvenientes,   desavenencias que no pudieran  ser arregladas por medio de negociaciones  amistosas, entre la Gran Bretaña y Venezuela.  “…las dos Partes Contratantes  convienen en someter la decisión de todo desacuerdo de esta clase al arbitramiento de una tercera Potencia, o varias Potencias, amigas de ambas partes, sin apelar a la guerra; y que el resultado de tal arbitramiento, será respetado por ambos Gobiernos…”
“…la Potencia o Potencias arbitradoras serán elegidas por ambos Gobiernos de común acuerdo; a falta de lo cual daca una de las partes nombrara una potencia arbitradora, y a los árbitros que resulten nombrados, se le pedirá que nombren otra Potencia que sirva de juez…”
“…la manera de proceder en la aplicación del arbitramiento será fijada por las Partes Contratantes para cada caso, sin lo cual podrán las potencias arbitradoras determinarla ellas mismas de antemano…”
“…la sentencia de los árbitros se ejecutará tan pronto como sea posible, en aquellos casos en que dicha sentencia no indique especialmente la fecha de su ejecución…”.

Como se suele decir la mesa estaba servida para los ingleses, en apenas diez días el Foreign Office representado por Lord Granville procede a contestarle al representante venezolano Guzmán Blanco, el 18 de junio del citado año  acusando recibo reconociendo que el referido proyecto estaba basado en el firmado entre la  Gran Bretaña y Paraguay al señalar “…fundado en el texto del Tratado recién concluido entre la   Gran Bretaña y Paraguay, y en la correspondencia que hemos seguido…”

Podemos apreciar cómo se fue guiando y condicionando a la Nación venezolana y a  sus negociadores que indudablemente actuaban bajos los estrictos principios de la buena fe, de la justicia y del derecho de  buscar una solución a la cuestión de los límites entre Venezuela    y la Guayana británica al oeste del río Esequibo.

Venezuela hasta 1885 había demostrado y mantenido la solidez de su posición, rebatiendo los sofismas y contradicciones de la posición británica  brillantemente primero por Alejo Fortique y otros negociadores. En contra de la paciencia,  prudencia y rapacidad inglesa de saber esperar,  pero sin dejar de ocupar los territorios al oeste del río Esequibo,  bajo cualquier pretexto, para invocar después como un derecho adquiriendo el hecho consumado de la larga ocupación.  

Indudablemente que a partir de de 1885,  el Foreign Office inglés, tenía en este proyecto de Tratado inducido y estructurado  por ellos una ventaja sobre la Nación venezolana ya que lo haría útil para sí,  frente al tiempo y las circunstancias.   

Continuara…
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte,
Entrada del Miercoles  14 de Marzo de 2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:

Bibliografía
Benjamín A. Franklin. Venezuela and The United States 1810-1888. S. Francisco Universidad de California Tesis Doctoral.1963  
Cárdenas Raúl. La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano. La Habana 1921 230 Págs.  
Caicedo Castilla. El Panamericanismo. Buenos Aires: Roque Deplama, 1961, Pág. 484
Dexter Perkins.  Historia de la Doctrina Monroe. Buenos Aires: Editorial Universitaria 1964, 380 Págs.
Pérez Concha Jorge. Eloy Alfaro ante el Derecho Internacional Americano. Guayaquil: Imprenta Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo e Guayas. 1959, 24 páginas.

Rippy J.F. Rivalry of the Uinited States and Great Britain Over Latin Americam. Baltimore: Passin 1929
   
Venezuela MRE. Derechos venezolanos de soberanía en  el Esequibo  http://esequibo.mppre.gob.ve/
Venezuela MRE. Historia Oficial de la Discusión entre Venezuela y la Gran Bretaña sobre sus Límites en la Guayana.Nueva York Louis Weiss $ C.O., Impresores 116 Fulton Street. Reimpresa en la Colección Fronteras No 6   Caracas Editorial Arte 1980.  354 Págs.



martes, 28 de febrero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte


Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano  por la Guayana Esequiba al  centenario de su fallecimiento I. Parte


Oscar José Márquez
Para comprender la actitud decidida  de Eloy Alfaro, de convocar a un Congreso Hispano Americano, en defensa de los derechos territoriales de la Nación venezolana al oeste del río Esequibo, conocidos como la Guayana Esequiba,  entre uno de sus principales objetivos. Es conveniente analizar una serie de hechos y circunstancias a través del tiempo  que conllevaron a este ilustre  americanista a defender los supremos objetivos e intereses de la Nación venezolana respecto de su territorialidad. 

Doctrina Monroe
Por todos es bien conocido  que  la Doctrina Monroe, tiene su origen a partir del   mensaje del 02 de diciembre de 1823,  el cual contiene  una declaración por parte del Presidente de los Estados Unidos que sienta el principio de que: “…los continentes americanos por la condición libre e independiente que han asumido y mantienen, no deben de ser considerados en adelante como sujetos a la futura colonización por potencia europea alguna…”.

Al continuar con su disertación casi al final procede a señalar:    “…no podríamos admitir ninguna interposición con el propósito de oprimirlos o de controlar de cualquier otra manera su destino por potencia europea alguna, de otro modo que como la manifestación de una disposición inamistosa con respecto a los Estados Unidos…”. Por supuesto que este mensaje como era de esperar causo molestia y recelo en las potencias europeas pero ninguna  de ellas  protesto o demando. 

En ese entonces se pensó que los Estados Unidos,   asumirían su rol de la defensa y protección de todas y cada una de las Naciones que se habían  independizado en el continente americano en contra del intervencionismo e imperialismo europeo especialmente del inglés que ocupaba el escenario internacional de ese entonces.    

Sin embargo a lo largo de  las cuatro  décadas siguientes apreciamos que la evolución de la Doctrina Monroe, se desarrollo de  acuerdo a la política exterior de los  Estados Unidos,  caracterizándose   por   la indiferencia oficial, frente a las agresiones europeas entre 1825 y 1860.  

Los países iberoamericanos trataron por diversas vías, conformar una entidad más genuina más iberoamericana, hispanoamericana,   americanista que intercediera y los defendiera frente a las ambiciones de las potencias europeas y de  sus conflictos desavenencias.

Congreso  Anfictiónico de Panamá
En el Congreso de Panamá o Anfictiónico de Panamá, convocado por el Libertador Simón Bolívar, en 1824 y celebrado el 22 de junio de  1826, con la asistencia de Colombia, México, América Central y el Perú, y como observadores la Gran Bretaña y Holanda.

El programa presentado por Colombia ante el Congreso  lo podemos resumir en: 1°. EL Estudio de un  Tratado de Unión, Liga y Confederación; 2°. Sobre el destino de Cuba y Puerto Rico; 3° El convenio de carácter comercial y consular; 4°. La  Consagración de la doctrina Monroe como norma de Derecho Internacional Americano, con el fin de impedir toda tentativa de colonización en el continente americano por las potencias europeas y rechazar la posibilidad de intervención; 5°. El Acuerdo sobre la codificación de derecho internacional Americano.

El Congreso de Panamá se clausuro el 15 de julio del referido año, para nuestro  estudio solo nos interesa señalar de los cuatro acuerdos  aprobados el   Tratado de Unión, Liga y Confederación Perpetua, la convención sobre Contingentes y el Acuerdo Confidencial relativo a contingentes.

Por lo que las partes se obligaban a sostener su soberanía e independencia contra toda dominación extranjera y a defenderse mutuamente de todo ataque que ponga en peligro su existencia política. Consagrando por lo tanto la solidaridad general en el caso de ataque a un estado, encontrándose allí el origen del Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca.

El Tratado Concretamente  se refiere al caso de invasión repentina de los territorios de las partes contratantes: “…cualquiera de ellas podrá obrar hostilmente contra los invasores, siempre que las circunstancias no den lugar a ponerse de acuerdo con los gobiernos a quien corresponda la soberanía de dicho territorio…”.  Se establecía así la legítima Defensa colectiva la que establecieron posteriormente en la Carta de las Naciones Unidas y el Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca. Contemplaba, por consiguiente el caso del ataque armado y la posibilidad de que cualquiera de los Estados ligados por el pacto adopte medidas individuales inmediatas contra el agresor.

Texto este que resulto letra muerta,  frente a diferentes agresiones a los países contratantes (Colombia, México, América Central y el Perú),  especialmente  en lo que se corresponde con  Venezuela por parte de la Gran Bretaña.  A partir de las exploraciones de Robert R. Schomburgk,  a partir de 1837,  en que penetra a territorio venezolano armado y ondeando la bandera inglesa o de la Unión Jack.

Después del Congreso de Panamá o Anfictiónico de Panamá, convocado por el libertador Simón Bolívar, con el objeto de buscar una unión de Confederación Hispanoamericano.  Surgieron una serie de  ideas y acciones en este sentido entre ellas la del General  Venezolano Luis Urdaneta, en Guayaquil quien tuviera un rol protagónico en su independencia en 1820. 

Al tener conocimiento de la resolución del Ecuador de separase de la Unidad Gran Colombiana,  formo un modesto ejercito para impedir  su disolución.  Al encontrarse a pocos kilómetros de la referida ciudad, se entera de la muerte del Simón Bolívar y considerando que la causa estaba perdida y para evitar un  derramamiento de sangre procede a disolver el ejercito que había levantado.


Agresiones usurpaciones  e intervenciones en territorio venezolano
La Nación venezolana sufrió una serie acciones  armadas a lo largo del Siglo XIX,  por las más varias causas entre ellas las cuestiones de los límites orientales y  marítimos venezolanos,  la deuda externa contraídas  para financiar su independencia,  los desmanes en contra de las propiedades de los residentes extranjeros en Venezuela,  producto de las luchas políticas y fratricidas venezolanas.

Como la violación del territorio venezolano  por Robert  H. Schomburgk, como señaláramos anteriormente  quien  exploro  entre los años de  1835 a 1839 las ex colonias holandesas de Berbecí, Esequibo y Demerara,  penetrando a lo más profundo de la Guayana venezolana, la Orinoquia  de  lo que es el territorio nacional hasta el Roraima hoy Estado Bolívar,  a las nacientes del río Arobopó, el cual cae  al Kukenan, y este al Caroní, que desemboca a su vez en el Orinoco, sin ninguna autorización del  Gobierno venezolano y cuya expediciones sirvieron de base para sus famosas líneas para despojar en 1899 a Venezuela de 159.500km2 de territorios al oeste del rio Esequibo mediante un Laudo Arbitral.

El ultimátum del 13 de enero de 1841 del Foreing Office a la Cancillería venezolana señalando en forma unilateral, poco amistosa que ha   comisionado al Sr. Schomburgk, para reconocer el territorio y marcar el límite entre la Guayana Británica y Venezuela  informando a su vez   que el Gobernador de la Guayana Británica ha sido instruido para resistir cualquier agresión contra los territorios cercanos  a la frontera que han sido hasta ahora ocupado por tribus indígenas independientes. Cuando desde 1838 el referido naturalista había penetrado sin autorización a lo más recóndito del territorio nacional.

La comisión geográfica dirigida  por Robert  H. Schomburgk  procede a izar  una bandera en 1841, con los signos reales ingleses en Punta Playa  cerca de la boca del río Barima, en el Orinoco. Acompañada  a su vez  por la presencia de embarcaciones  con unos cuarenta hombres y un cañón en tierra, donde instalaron un poste, mojón o hito con los signos reales ingleses  retirándose posteriormente  al Demerara.  

El 06 de febrero de 1850 el vicealmirante  Inglés Comandante de la Escuadra Británica en las Indias Occidentales   “Dundonald”, amenaza con intervenir en Venezuela por los actos ilegales cometidos por el Gobierno venezolano contra  súbditos ingleses.

Las amenazas de la representación Británica en Caracas de del 01 de abril de 1851 de ejercer   una acción naval contra Venezuela, si no se escuchan y satisfacen los requerimientos de sus súbditos.  

Las agresiones de Holanda que procede  a enviar el 05  Marzo de 1856 una flotilla de buques a la  Guaira,  con el fin de reivindicar los agravios cometidos en la ciudad de Coro contra sus nacionales y a la vez reclamar la soberanía sobre la Isla de Aves y el 09 del mismo mes le da al gobierno venezolano 72 horas para satisfacer las  demandas del cónsul holandés en Caracas, procediendo a retirarse el 23 de marzo del citado año de las costas venezolanas la fuerza coercitiva. 

Las del 05 de mayo de 1858,  en que buques franceses e ingleses toman el Puerto de la Guaira al mando del Contralmirante Conde Guaydon, comandante en Jefe de la Estación Naval francesa de las Antillas y el Golfo de México, y de las fuerzas anglo francesas   presentes en el litoral venezolano dándole un ultimátum de 48 horas al Gobierno Nacional para que acceda a cumplir sus peticiones injuriosas.

Amenazas estas que se repiten el 15 de mayo, para posteriormente bloquear los  diferentes puertos venezolanos el  12 de agosto de 1858, procediendo las  fuerzas  punitivas   a retirarse   el 28 de agosto de 1858 del las costas venezolanas.

El 10 de septiembre de 1860 el encargado de negocios de España presenta un ultimátum a fin se atiendan  los reclamos formulados por sus residentes en Venezuela. Para tal fin se enviaron al puerto de la Guiara los buques de Guerra  Balso de Garay y el Habanero.

El restablecimiento de  la antigua Gran Colombia
En el   Ecuador treinta años mas tarde de las acciones del General  Venezolano Luis Urdaneta de defender la Unidad Gran Colombiana,    García Moreno,  admirador de Bolívar  y triunfante el 24 de septiembre de 1860 en la Batalla de Guayaquil,   contra el Gobierno de Guillermo Franco, reconocido como Presidente por su par de la Republica del Perú Ramón Castilla, quien ante la cris internas  habían roto relaciones y las fuerzas navales de ese país habían bloqueado el Golfo de Guayaquil.

Una vez restablecida la paz en el  Ecuador y organizado su Gobierno  García Moreno, el 20 de diciembre de 1860 procede a enviar sendas comunicaciones a los Presidentes de Venezuela y la Nueva Granada, expresándoles sus “…fervientes anhelos de restablecer la antigua Gran Colombia, a fin de preservar la integridad territorial ecuatoriana al formar un bloque sólido frente a las pretensiones peruanas…“,   Incluso se comisiono al Coronel Vicente González, en la referida comunicación quien había pertenecido al Ejercito Libertador, para que viajara a Caracas, a iniciar las conversaciones  respecto de esta aspiración.   

Por otra parte  a lo largo de los años se realizan una serie de Conferencias de Estados Americanos a las que concurren un pequeño número de representantes. Sin alcanzar los objetivos propuestos ya que las actas o tratados no son  ratificadas por las partes contratantes.   Como las de Plenipotenciarios realizadas en  1848 y 1865 en Lima,  la  de Santiago en 1865 y la de Washington celebrada  ese mismo  año.

Aunque ya para 1860  Venezuela había  insistido  ante los Estados Unidos,  para que encabezaran una Asociación de Naciones Latino Americanas y transformasen la Doctrina Monroe,  en un pacto multilateral, pero estos permanecían aun aislados del resto de  la América Latina.

En 1864, Justo Aresomena, frente al proyecto liberal nacional Panameño,  replantea el hispanoamericanismo bolivariano en su obra  Estudio sobre la idea de una liga Americana, a través de un alegato histórico, político y jurídico, como  rechazo  a la Doctrina Monroe, señalando que ante la debilidad de las naciones suramericanas, lo mejor sería que se formasen “…su política propia por medio de esa misma liga tras la cual van desde hace cuarenta y dos años…”  

La Unión Alianza Defensiva y un tratado de Paz
El 25 de mayo de 1865 se firma un tratado de  Unión Alianza Defensiva y un tratado de Paz firmados en Lima Perú. Entre Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú, Salvador y Guatemala. Tratado este que se quedo en el papel al no demandarse el cumplimiento del mismo ni ejecutarse el, por ninguna de las naciones firmantes que señalaba entre otras las siguientes acciones: “…y se garantizan mutuamente su independencia, su soberanía, y la integridad de sus territorios, respectivos obligándose en los términos del presente tratado defenderse contra toda agresión que tenga por objeto privar alguna de ellas de cualquiera de los derechos aquí expresados, ya venga la agresión de una potencia extraña, ya de alguna de las ligadas por este pacto, ya de fuerzas  extranjeras que no obedecen a un gobierno reconocido.

En julio de 1866 el Gobernador británico de la Isla de Trinidad procede al arrendamiento de la Isla de Patos desconociendo la territorialidad venezolana.


La pobre y desvalijada Venezuela, por no llamarla miserable de siglo XIX, siempre miro al norte con la esperanza cierta de que los EE.UU  de Norteamérica defendiera sus intereses sobre los territorios al oeste del río Esequibo, en base a la Doctrina Monroe, procediendo a mediados de noviembre de 1876 a solicitar ante el Secretario de Estado  Mr Fish, a fin  de que tomasen conocimiento   de la situación por la que atravesaba Venezuela frente a la Gran Bretaña en defensa de su territorialidad. Creyendo el Gobierno venezolano de ese entonces que los EE.UU, tomarían el interés ante su solicitud y planteamiento.

Continuara….

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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte,
Entrada del Martes  28 de Febrero  de 2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:


Bibliografía
Caicedo Castilla. El Panamericanismo. Buenos Aires: Roque Deplama, 1961, Pág. 484
Dexter Perkins.  Historia de la Doctrina Monroe. Buenos Aires: Editorial Universitaria 1964, 380 Págs.

Pérez Concha Jorge. Eloy Alfara ante el Derecho Internacional Americano. Guayaquil: Imprenta Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo e Guayas. 1959, 24 páginas   
Venezuela MRE. Derechos venezolanos de soberanía en  el Esequibo  http://esequibo.mppre.gob.ve/