sábado, 19 de octubre de 2013

Guyana pesca en río revuelto


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Analistas señalan que más que el incidente con el barco, lo más importante para ambas naciones es la delimitación marítima | AP
Venezuela ha sostenido el criterio de que la delimitación de los espacios marinos debe ser resuelta por acuerdo

Manuel Alberto Donís Ríos 19 de octubre 2013 - 12:01 am
La Reclamación venezolana del Territorio Esequibo ha salido de nuevo del escaparate a raíz de la detención de la embarcación Teknik Perdana en aguas de la Zona Económica Exclusiva venezolana.

El Teknik Perdana es un barco de exploración petrolera con bandera panameña y operado por la compañía estadounidense Anadarko Petroleum. El ministro de Ambiente de Guyana, Robert Persaud, confirmó que las transnacionales Esso y Anadarko “están participando activamente” en labores de exploración petrolera en el área marítima guyanesa. Según la agencia de noticias oficial de Guyana (GINA), una de estas compañías “está a punto de tomar una decisión sobre la movilización de un equipo de perforación” para comenzar estas labores.

Venezuela exigió una explicación a Guyana por la violación de nuestro espacio marítimo y “expresó su profunda preocupación por la manera en que embarcaciones extranjeras autorizadas por el Gobierno de Guyana irrumpen, sin la debida autorización, en el mar territorial y zona exclusiva de Venezuela”.

Diversas opiniones han aflorado en cuanto a la inconsistencia de las autoridades nacionales a la hora de defender la soberanía. La detención del Teknik Perdana ha sido vista como lo que es, un acto de ejercicio soberano, necesario.

Como venezolano preocupado por la defensa del territorio patrio me siento en la obligación de refrescar algunos puntos de esta historia que cumplió 114 años el 3 de octubre, si tomamos como referencia la fecha del Laudo Arbitral de París de 1899, que despojó a Venezuela de 159.500 kms2 de su frontera oriental.

Guyana utiliza una línea arbitraria, ya que el área marítima frente a la Zona en Reclamación no está delimitada. Dicha línea parte de Punta Playa y colide con la línea de proyección venezolana en su fachada atlántica. Existe un claro interés guyanés por el área marina y submarina adyacente al delta del Orinoco, invadiendo zonas que corresponden a nuestra plataforma deltana e impiden el acceso libre al Atlántico.

Con la intención de reforzar la Reclamación del Territorio Esequibo y robustecer la soberanía marítima en la zona, el presidente Raúl Leoni, emitió en 1968 el decreto sobre Mar Territorial por el que se trazó una línea de base recta “entre la línea divisoria del río Esequibo y Punta Araguapiche en el Territorio Federal Delta Amacuro [actual estado Delta Amacuro]”.

Se hizo expresa reserva de los derechos de soberanía de Venezuela sobre la zona de Mar Territorial cuya restitución se reclama a Guyana, es decir, “la faja de tres millas de ancho a lo largo de las costas del territorio comprendidas entre la boca del Río Esequibo y la boca del Río Guainía así como las aguas interiores en dicha zona delimitadas por la línea de base fijada en el presente decreto”. Finalmente, se estableció que la línea de base recta “correspondiente a la boca del Esequibo será la que se acuerde en su oportunidad, con el Estado vecino”.

Venezuela se acogió al Decreto la Convención sobre Mar Territorial y la Zona Contigua que prevé el trazado de líneas de base rectas y  fijó su Mar Territorial en 12 millas náuticas, contadas desde la costa e incluyendo las aguas interiores delimitadas por el Decreto Presidencial. Mediante el trazado de la línea de base recta dio cumplimiento a la Ley sobre Mar Territorial, Plataforma Continental, Protección de la Pesca y Espacio Aéreo que prevé “el trazado de líneas de base rectas en los lugares donde las condiciones de las costas continentales e insulares lo requieran”.

Con el trazado de la línea de base recta Venezuela se proyectó sobre su único litoral de mar abierto que posee y desde esta fachada litoral sobre la costa baja de Guyana, en un área estratégica de primer orden como es la desembocadura del Orinoco y la salida al Atlántico de los productos de las empresas básicas de Guayana.

En cuanto a la Reclamación del territorio continental se refiere, desde el punto de vista jurídico, la línea de frontera existente en virtud del Laudo de 1899 es espuria, viciada en su trazado y rechazada como nula e írrita. Así quedó demostrado en 1965 en el “Informe que los Expertos venezolanos para la Cuestión de Límites con Guayana Británica presentan al Gobierno Nacional”.

Así quedó expresado en el Acuerdo de Ginebra (1966), quizás nuestro mayor triunfo diplomático  en el siglo XX, en el que se reconoció la Reclamación sobre el Territorio Esequibo. El Acuerdo, firmado por los gobiernos de Venezuela, Gran Bretaña y Guayana Británica [hoy República de Guyana], estableció una Comisión Mixta “con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito”.

La Comisión Mixta realizó su trabajo entre 1966 y 1970 pero sin llegar a feliz término para Venezuela.

Diversos factores condujeron a la firma del Protocolo de Puerto España, el 18 de junio de 1970, que no significó otra cosa que una posposición por 12 años de los procedimientos previstos en el Acuerdo de Ginebra, con el objetivo principal de lograr “vínculos de colaboración y confianza entre Venezuela y Guyana”, sin que pudiera “interpretarse en ningún caso como renuencia o disminución de derecho alguno” por alguna de las partes.

En los doce años de vigencia del Protocolo Guyana afianzó su presencia en la Zona en Reclamación, desarrollando planes de explotación y ocupación del territorio. Extendió su Mar territorial de 3 a 12 millas náuticas en 1977, estableció una Zona de Pesca hasta las 200 millas y definió su Plataforma Continental. Venezuela emitió la respuesta oficial correspondiente y por ley estableció en 1978 una Zona Económica Exclusiva a lo largo de sus costas continentales e insulares. En 1982 decidió no considerar una nueva prórroga del Protocolo de Puerto España.

 Venezuela ha sostenido de manera invariable el criterio de que la delimitación de los espacios marinos y submarinos debe ser resuelta por acuerdo entre las partes.

Fue política de los gobiernos venezolanos a partir de 1966, el oponerse al otorgamiento de concesiones por parte de Guyana en la Zona en Reclamación. Pero a partir de 2004 se abandonó esta política. Las inversiones de trasnacionales en el Esequibo se incrementaron y el gobierno nacional actuó como si no tuviera ninguna reserva para ello.

En febrero de 2007 el representante de Guyana en Caracas, Odeen Ishmael, fue citado por el ministro de Relaciones Exteriores, Nicolás Maduro, por declarar que el gobierno del presidente Hugo Chávez “podría dar un paso al frente para retirar el reclamo sobre el Esequibo”. El presidente de la Comisión de Política Exterior de la Asamblea Nacional, Saúl Ortega, descartó tal pretensión y expresó: “No está planteada la posibilidad de que Venezuela ceda el Esequibo, porque no cede en lo que considera sus derechos legítimos y los ejerce por la vía diplomática”.

Samuel Rudolph Insanally, ministro de Relaciones Exteriores de Guyana, expresó después: “Tenemos la impresión de que en Venezuela existe ahora (…)  una disposición política para resolver el contencioso (…) Chávez es un líder al que le tenemos un gran respeto y afecto. Hemos apoyado a Venezuela en todos los foros”. Y agregó: “En estos días, esta división no sirve para nada, no tiene sentido reclamar las dos terceras partes de un país, sin ningún sustento legal”. 

Guyana está pescando en río revuelto, sin duda. Pero su gobierno ha desconocido siempre la Controversia limítrofe e insiste en  que la Zona en Reclamación le corresponde, amparada en el Laudo de París de 1899. La diplomacia del país vecino, digna heredera del Foreign Office Británico, ha monitoreado la situación política de Venezuela desde 1966, advirtiendo vacíos, debilidades, inconsistencias y otros elementos que puedan favorecerle en el logro de su objetivo fundamental: mantener la integridad territorial.

Bastante daño ha hecho la política errática y reactiva frente a la Cancillería guyanesa. La incoherencia y la inconsistencia en política exterior se pagan muy caras. La definición ideológica de los gobiernos debe ser un factor ajeno a la integridad territorial del país.

Temas Relacionados

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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