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ALERTA A LA FUERZA ARMADA: Regalando el Ezequibo
Tomado de:
Oct 27, 2013 @ 9:50 am
Mi alerta a la Fuerza Armada
No me es posible guardar silencio. Hacerlo sería un acto de
traición a la Patria que me avergonzaría toda mi vida. Tengo que rechazar con
gran firmeza la manera ligera e irresponsable como el Gobierno Nacional ha
venido conduciendo las relaciones con Guyana y en particular el
problema de la reclamación territorial que, en el marco del Acuerdo de Ginebra,
mantiene Venezuela. La patriótica actuación de la Armada de iniciar, de nuevo,
el tradicional patrullaje que siempre ha realizado en nuestra zona económica
exclusiva condujo a la detención por el patrullero venezolano “Yekuana”
del buque RV Teknik Perdana, contratado por la transnacional Anadarko para
realizar labores de exploración petrolera. Esa actuación ratificó en mí la fe,
que siempre he tenido, en la Fuerza Armada Nacional.
Desde el momento en que se firmó el Acta de San Pedro
Alejandrino, entre los presidentes Virgilio Barco y Carlos Andrés Pérez, quedó
absolutamente claro que cualquier delimitación territorial venezolana estaba
regida por varios principios que se hacían inmodificables por defender de
manera intransigente nuestra soberanía: la bilateralidad y la globalidad. Estos
principios no sólo son aplicables a la delimitación de las áreas marinas y
submarinas en el golfo de Venezuela, sino a cualquier negociación venezolana, como
es la planteada con Guyana. Justamente, entre los recientes actos
inamistosos de ese país con Venezuela se encuentra la nota dirigida por la
canciller Rodríguez al secretario general Ban Ki-moon en respuesta a nuestra
nota del 9 de marzo de 2012.
En su nota, la canciller Rodríguez, tiene el descaro de
rechazar la tesis venezolana de que “el territorio al oeste del río Esequibo…
es objeto de una controversia de soberanía territorial sujeta al Acuerdo de
Ginebra… manteniendo que “lo que existe entre Guyana y Venezuela, es una
controversia surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el
Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es
nulo e írrito. El Laudo Arbitral de 1899…estableció definitivamente la frontera
entre Guyana y Venezuela”. Esa absurda posición deja absolutamente claro que
Guyana no aceptará tratar de “encontrar una solución práctica, pacífica y
satisfactoria para las partes” como lo establece el Acuerdo de Ginebra.
Hago referencia a tan delicado asunto ya que no logro
entender las razones por la cuales el canciller Jaua pudo haber aceptado firmar
un comunicado después de la reunión con la canciller Rodríguez en Puerto España
en el cual se sostiene, de manera inexplicable, “la satisfacción que sienten
por las excelentes relaciones que se han desarrollado entre ambas naciones bajo
la presidencia de Nicolás Maduro Moros y Donald Ramotar”, reiterando además
“que el diálogo y la cooperación son el camino para la solución pacífica de las
diferencias entre los Estados” cuando es Guyana la responsable que,
después de tantos años, no se haya logrado avanzar en ningún aspecto para
encontrar alguna solución a lo planteado en el Acuerdo de Ginebra.
Para colmo, en dicho comunicado se establece “explorar mecanismos
en el marco del derecho internacional para abordar el tema de la delimitación
marítima” a través de un equipo técnico en los próximos cuatro meses, sin
entender que es imposible para Venezuela iniciar una negociación de las áreas
marinas y submarinas sin que antes Guyana haya aceptado encontrar una solución
“práctica, pacífica y satisfactoria para las partes” como lo establece el
Acuerdo de Ginebra, ya que dicha zona en reclamación tiene una amplia costa de
270 kilómetros sobre el Océano Atlántico que produce una enorme proyección
marítima. De allí la importancia del principio de la globalidad. Mientras no se
resuelva el problema terrestre no es posible delimitar las áreas marinas y
submarinas.
La única actuación posible de Venezuela, mientras Guyana no
acepte negociar una real solución del diferendo, es mantener su permanente
patrullaje en la fachada Atlántica venezolana, como lo ha hecho durante estos
50 años, deteniendo todo barco que intente realizar alguna labor en dicha área.
La Fuerza Armada Nacional tiene constitucionalmente la obligación de
“garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad
del espacio geográfico”. Siempre, nuestra Institución Armada ha cumplido
cabalmente esa obligación. Recuerden Los Monjes, la hipótesis de Caraballeda y
la crisis de la corbeta Caldas. Cumplan con su obligación histórica: respeten y
hagan respetar la Constitución Nacional y no decepcionen a nuestro pueblo.
FERNANDO OCHOA ANTICH | EL UNIVERSAL
fochoaantich@gmail.com
@FOchoaAntich
fochoaantich@gmail.com
@FOchoaAntich
2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico
Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República
Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de
territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de
Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero
de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
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