lunes, 20 de mayo de 2013

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba XIX. Parte



Eloy Alfaro 1842-1912
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte martes 28 de febrero de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles 14 de marzo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana
Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte lunes 26 de marzo de 2012,

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V. Parte lunes 03 de Abril de 2012, 

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VI. Parte lunes 12 de Abril de 2012, 

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VII. Parte  martes 17 de abril de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento VIII. Parte martes 24 de abril de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IX. Parte martes, 1 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento X. Parte Miércoles, 9 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XI. Parte Martes, 22 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XII. Parte Miércoles, 30 de mayo de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XIII. Parte miércoles, 13 de junio de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XIV. Parte jueves, 21 de junio de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento  XV. Parte sábado, 30 de junio de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba XVI. Parte - Domingo, 8 de julio de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano  por la Guayana Esequiba XVII. Parte - Jueves, 2 de agosto de 2012

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba XVIII. Parte - Lunes, 6 de mayo de 2013


1896 Mapa de Venezuela y de una Parte de la Guayana Británica demostrativo del avance de las pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del Esequibo

England, Venezuela, and The Monroe Doctrine
En junio de  1895 el Senador  estadounidense Henry Cabot,  Lodge motivado a su vez por el lobista  venezolano Scruggs Williams Lindsay,  Leónidas F.  Livingston, y Don Dickinson escribió un artículo titulado England, Venezuela, and The Monroe Doctrine, que apareció en la revista North Americam Review,  donde señala la evolución de la Doctrina Monroe,  hace  una violenta denuncia del imperialismo británico  y  de una manifiesta denuncia o acusación directa: “…de que la finalidad de la política británica era el dominio de la desembocadura del Orinoco…”.

Señalando casi al final de su artículo: “…They are all directed to securing the control of the Orinoco, the great river system of Northern South America, and also of the rich miming district of the Yuruary. All that England has done has been a direct violation of the Monroe Doctrine and she has increased and quickened her aggression in proportion as the United States have appeared indifferent. The time has come for decisive action. The United States must either maintain the Monroe Doctrine or treat its infringing as an act of hostility or abandon it…”.

Concluye Henry Cabot  Lodge, su artículo manifestando que: “…el pueblo estado estadounidense no está dispuesto a abandonar la Doctrina Monroe o a renunciar a su supremacía legitima en el hemisferio occidental. Al contrario, está dispuesto a luchar para mantener ambas cosas…”
Les invito  a leer en el blog

Henrry Cabot England, Venezuela, and The Monroe Doctrine lunes, 22 de agosto de 2011
Henrry Cabot Lodge, England Venezuela, and The Monroe Doctrine (Ficha Técnica)
Lunes, 22 de agosto de 2011


Richard Olney (15 septiembre 1835 - + 8 abril 1917)


Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe) 
    La nota que el finado Secretario de Estado Walter G. Gresham,  comenzó a preparar   para la  Gran Bretaña,  acerca del  tan controvertido tema de  la cuestión de límites  entre Venezuela y la Gran Bretaña la continúo su sucesor  Richard Olney, como lo indicamos anteriormente. Nota esta que fue revisada por el presidente Grover Cleveland para su aprobación antes de su envió, al hacerse pública  posteriormente ante la opinión pública estadounidense  el Propio Presidente Grover Cleveland la  llamo Un Cañón de Veinte Pulgadas  debido a que en ella se invocaba la Doctrina Monroe  en la cuestión de los límites de la Guayana venezolana,   en términos un tanto  fuertes.

    El 20 de julio de 1895 le es enviada la Nota del Secretario de Estado  Richard Olney a Lord Salisbury en el Foreign Office por intermedio del Embajador estadounidense en Londres J.T. Bayrd.

     En la  nota Richard Olney, en representación del Departamento de Estado que es  la principal institución de la política exterior de los Estados Unidos dentro del poder ejecutivo,  hace un excelente y magistral resumen de la Cuestión de los límites entre Venezuela y la Gran Bretaña en Guayana.  De las diferentes solicitudes e instancias primero para firmar un tratado de límites y posteriormente la solicitud de ir aun Arbitro o Tribunal arbitral sin que la Gran Bretaña asediaré a tal solicitud y que solo lo hacía al pretender que la Nación venezolana renunciare a sus sagrados derechos territoriales. Mientras que la pérfida Albión, como solía denominarse  avanzaba más sobre el territorio nacional, aumentando y cambiando sus pretensiones con una nueva línea,  entre otras cosas la referida nota señala respecto de las ambiciones inglesas:

   “…En estas circunstancias parece imposible considerar como de derecho la línea de Schomburgk reclamada por la Gran Bretaña; ni de otro modo que como una línea que tuvo su origen en razones de conveniencia y oportunidad…”

    “…pues la Gran Bretaña no ha formulado absolutamente semejante pretensión, al paso que Venezuela no insiste en la del Esequibo, sino como una liberal concesión que hace á su antagonista…”
    “…línea de Schomburgk en 1840 fue seguida inmediatamente de una protesta por parte de Venezuela, y por parte de la Gran Bretaña de una conducta que podría interpretarse con justicia como la desaprobación de aquella línea…”

    “…No obstante esto, cada alteración de las pretensiones británicas, de entonces acá, ha avanzado la frontera de la Guayana Británica más y más hacia el Oeste de la línea propuesta por Lord Aberdeen…”

    “…La línea de Rosebery, de 1886, lo fijaba al Oeste del río Guaima, y para aquella época, si ha de tenerse fe en la autoridad británica conocida con el nombre de “The Statesman’s Year Book,” el área de la Guayana Británica fue súbitamente aumentada en cerca de 33,000 millas cuadradas, pues figura como de 76,000 millas cuadradas en 1885, y 109,000 millas cuadradas en 1887…”

    “... La línea de Salisbury, de 1890, señalaba el punto de partida de la línea en la boca del Amacuro, al oeste de Punta Barima, en el Orinoco. Finalmente, en 1893, una segunda línea de Rosebery llevó el límite desde un punto al oeste del Amacuro hasta el nacimiento del río Cumano y la Sierra de Usupamo. Las varias pretensiones arriba enumeradas no han sido hechas únicamente en papel. Cada una de estas pretensiones ha sido acompañada, ó seguida inmediatamente, del ejercicio de mayor ó menor jurisdicción, lo cual ha sido tanto más irritante ó injustificable, cuanto que, como se alega en 1850 se celebró un convenio que obligaba á ambas partes á abstenerse de la ocupación del territorio, mientras no se hubiera arreglado la disputa…”

     “…A la verdad, teniendo en cuenta las perturbaciones de una guerra de independencia y de las frecuentes revoluciones internas, puede muy bien decirse que Venezuela no ha dejado jamás de esforzarse por obtener un arreglo…”

    “…Naturalmente ella sólo podía hacer eso por medios pacíficos, pues todo recurso á la fuerza contra su poderoso adversario estaba fuera de cuestión…”

     “…En 1848 entró Venezuela en un período de guerras civiles que duró más de un cuarto de siglo, y las negociaciones que fueron interrumpidas en 1844 no se reanudaron hasta 1876. En este año propuso Venezuela terminar la cuestión, aceptando la línea del Moroco propuesta por Lord Aberden…”

     “…Pero Lord Granville, sin dar ninguna razón para ello, rechazó la proposición é indicó una nueva línea, que abarcaba un gran trecho de territorio al cual parecía, con la proposición de Lord Aberdeen, que se había abandonado toda pretensión. Venezuela se negó á aceptar, y continuaron las negociaciones sin resultado hasta 1882, en que ésta se convenció de que el único recurso que le quedaba era el arbitramento de la controversia…”

    “…Como esta condición parecía inadmisible á Venezuela, y como, durante las gestiones, Inglaterra continuaba apoderándose de territorios tenidos como venezolanos, Venezuela en 1887 suspendió las relaciones diplomáticas con la Gran Bretaña, protestando…”

    “…las nuevas y flagrantes agresiones británicas que se alegan obligaron á Venezuela á reanudar las gestiones sobre la cuestión de límites-en 1890,..”

   “…la misma suerte que las anteriores. La Gran Bretaña se negó á arbitrar, excepto el territorio situado al oeste de una línea arbitraria trazada por ella misma. Toda tentativa con este objeto cesó en Octubre de 1893, que el Señor Michelena dirigió al Ministerio de Relaciones Exteriores (Foreign Office) la siguiente declaración:..”
1896- 1962 Carta Corográfica de la Región Esequibo – Cuyuni y Amacuro que señala el despliegue de la Comisaria General del Cuyuni - Amacuro y sus Afluentes.  Línea Político Administrativa y Defensiva para detener el avance británico hacia los Montes de Upata y el río Orinoco. Copia fiel de la de 1896 Colección Fundación La Guayana Esequiba

    Declaración está en la que la nación venezolana protesta solemnemente contra “…los procederes de la Colonia de la Guayana Británica, que constituyen una invasión del territorio de la República…”  y en la que señala su deber insoslayable que “…coloca á Venezuela de oponerse por todos los medios posibles al despojo de una parte de su territorio y en la invoca su derecho a la defensa…”, que no es otra cosa que invocar la  Casus Belli (motivo de Guerra) o Ius in Belli (derecho de la Guerra), como lo hemos señalado, anteriormente.  Seguramente a los E.EUU, esta declaración  no dejaba de preocuparle al Departamento De Estado  y más aun con las decisiones,  acciones adoptadas y ejecutadas por el Gobierno venezolano que terminaron en el Incidente del Cuyuni o Yuruán.

     Cuando analizamos la nota de Richard Olney, observamos que utiliza tres párrafos extensos para explicar esta situación del derecho a la Guerra una de las razones que seguramente obligaron a Richard Olney a elaboras su nota.  Ya que  procede a  entrar  directamente a considerar la referencia de la posición venezolana señalado que los Estados Unidos no, podían mirar con indiferencia la controversia territorial entre la Gran Bretaña y la República de Venezuela. Hace  otra serie de recuentos respecto de su declaraciones en defensa de Venezuela en la cuestión de límites “…al interés con que el Gobierno de los Estados Unidos no puede dejar de ver las intenciones que se atribuyen al Gobierno de la Gran Bretaña respecto del dominio de un territorio americano…”.

   Igualmente señala  los diferentes planteamientos de Venezuela de acudir a un Árbitro o Tribunal Arbitral y del rechazo permanente de la Gran Bretaña, y de la solicitud de ayuda, apoyo e intervención de los EE.UU en su favor “… Venezuela ha llamado repetidas veces la atención de los Estados Unidos hacia la controversia; ha insistido en la importancia que ella tiene para los Estados Unidos como para Venezuela; ha manifestado que la cuestión se halla en estado agudo - lo que hace imperativo el que los Estados Unidos tomen medidas precisas - y no ha cesado de solicitar los servicios y el apoyo de los Estados Unidos para alcanzar un arreglo definitivo. Estas gestiones no han sido vistas con indiferencia, y, y nuestro Embajador en la Gran Bretaña ha recibido constantemente órdenes de hacer uso de toda su influencia en el sentido de que se restablezcan las relaciones diplomáticas entre la Gran Bretaña y Venezuela, y a favor del arbitramento de la controversia sobre límites…”

   En este mismo sentido menciona las gestiones del Presidente y de la resolución  del  22 de febrero, de 1895  del Congreso estadounidense de que las partes  sometan la cuestión de límites  a arbitramiento señalando seis consideraciones de importancia. (Ver Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe)http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2013/05/nota-del-secretario-de-estado-de-los.html

    Una vez explicado y razonado los derechos de Venezuela y sus esfuerzos,  pasa seguidamente a justificar, invocar o demandar  la Doctrina Monroe, la cual según lo  señala Dexter Perkins nada tenia de persuasiva  en su obra Historia de la Doctrina Monroe, al indicar “…pero la conclusión de Olney era menos extrema que sus premisas, pues lo que pedía a los británicos era, después de todo, nada más ni nada menos que el arbitraje en el asunto en disputa. Pedía eso en un tono que era todo menos persuasivo; la amenaza de la fuerza se dejaba ver en las últimas líneas de la nota que describía la afirmación de derechos británica…”

    Para Olney la expansión británica era  “…perjudicial para los intereses de la población de los Estados Unidos así como opresiva en si misma… …si bien las medidas necesarias o adecuadas para la vindicación de esa política (La aplicación de la Doctrina Monroe) deben ser determinadas por otra rama del Gobierno, Corresponde  claramente al poder ejecutivo no dejar de hacer nada que pueda tender a hacer semejante determinación innecesaria…”

   En su Nota Richard Olney, reafirma el concepto que  la América no está abierta a la colonización, lo  cual fue descartado hace tiempo  y que solo importa  la aplicación de la doctrina Monroe ante el desconocimiento de esta por parte de una potencia europea que conlleva la enemistad de los Estados Unidos:   “…Por tanto, nos importa hoy tratar solamente de aquella otra aplicación práctica de la doctrina de Monroe, cuyo desconocimiento, por parte de una potencia europea, debe ser considerado como un acto de enemistad hacia los Estados Unidos…” .

    Señala igualmente la referida Nota que la aplicación de la Doctrina Monroe, no implica que los EE.UU establezcan un protectorado en América, que  no revele a ningún estado americano de las obligaciones que le impone el derecho internacional. Ni impide que ninguna potencia europea directamente interesada la obligue al cumplimiento de semejantes obligaciones, ó les inflija el castigo merecido por la falta de su cumplimiento.

    Que los EE.UU y la Doctrina Monroe  no se propone intervenir en los asuntos internos de ningún estado americano ni en sus relaciones con otros estados americanos  que ella solo tiene un fin y es que ninguna potencia europea prive por la fuerza a un estado americano: “…La regla en cuestión tiene un solo fin, un solo objeto. Es que ninguna potencia europea, ó ninguna combinación de potencias europeas prive por la fuerza, á ningún estado americano, del derecho y de la facultad de gobernarse á sí mismo, y de dar por sí mismo forma á su propio destino político…”

    Realiza otra serie de consideraciones y al final entra en las siguientes consideraciones señalando que la Gran Bretaña no pude ser considerada como un estado Sudamericano,  que se está en la obligación de averiguar la verdad sobre la usurpación que señala Venezuela y que niega la Gran Bretaña. Que los EE.UU no pueden tomar parte por ninguno de los dos.

    Que solo existe un medio   posible para determinar los límites “…el Arbitramiento pacifico. Lo impracticable de un arreglo convencional ha sido frecuente y completamente demostrado. Aun más imposible de considerar es el recurso á las armas - modo de arreglar las pretensiones internacionales que por desgracia no está aún completamente anticuado…”. Podemos observar en estas frases implícitamente  nuevamente la Casus Belli (motivo de Guerra) o Ius in Bello (derecho de la Guerra).
    Y en un giro magistral señala a  esta como un crimen en sí misma,  afirmando que  una contienda o enfrentamiento seria desigual que no podría ser provocada, ni aun siguiera aceptada por la Gran Bretaña, sin que se  deshonre como nación civilizada. Y que la Gran Bretaña no tiene esa actitud que por el contrario “…admite que hay controversia y que debe recurrirse al arbitramento para dirimirla…”.  Pero, hasta allí su actitud ya que su efecto práctico queda anulado por su intransigencia al insistir “…en que el arbitramento se refiera solamente á una parte de la controversia - que, como condición para arbitrar su derecho á una parte del territorio disputado, le sea cedido el resto...”.

    Porque no existe tal posesión, limite o  línea  ya que nunca se admitió, ni demostrado que los territorios que reclama la Gran Bretaña le pertenecían a ella. Y que Venezuela siempre los ha reclamado como suyos. Se pregunta el Secretario de Estado Olney en su nota respondiéndose a si mismo  ¿En virtud de qué principio - excepto el de su debilidad como nación - ha de negarse á ésta el derecho de que su reclamación sea oída y juzgada por un tribunal imparcial? Así como otra serie de interrogantes sobre el arbitramiento y que la misma Gran Bretaña lo ha utilizado en otras oportunidades que se sepa respecto de sus “…posesiones coloniales con los Estados Unidos dos veces, dos veces con Portugal, y una vez con Alemania...,”.

    Concluye Richard Olney, su nota ordenándole al Embajador  que explique  á Lord Salisbury, sus ideas  leyéndole  la Nota,   dejándole una copia de ella si la deseare, y que esos planteamientos “…exigen una decisión definitiva sobre el punto de si la Gran Bretaña consiente ó no en someter á un arbitramento imparcial la cuestión de límites venezolanos en su totalidad…” Plantea que el Presidente de los Estados Unidos “…espera sinceramente que la conclusión sea por el arbitramento, y que la Gran Bretaña añada uno más á los conspícuos precedentes que ha establecido ya a favor de esa juiciosa y justa manera de arreglar las disputas internacionales…”

    Y como acotación final señala que de no aceptarse  tal solicitud  así como las consideraciones señaladas que puedan  servir  para “…para embarazar en gran manera las relaciones futuras entre este país y la Gran Bretaña-desearía ser informado de ello con tiempo, para poder someter todo el asunto al Congreso en su próximo mensaje anual…”. Lo cual sucedería   el 03 de diciembre de 1895.

    La  Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury (Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe), fue enviada bajo la más estrictas  reservas. Conocida solo por  supuesto por el Presidente Grover Cleveland, el Secretario de Estado Richard Olney,  los  Secretarios  de la Armada Hilary Heber, Tesoro John Carlisle, Guerra Daniel  Lamont, y el Procurador General Judson Harmon.

    La  Nota del Secretario de Estado Richard Olney en representación del Departamento de Estado  ha sido y es interpretada por diversos actores de diferentes formas de acuerdo con el cristal que se mire pero no dejaba de ser una nota diplomática.

    Por su parte Venezuela se entero según el historiador estadounidense Walter LaFeber, después que el Presidente Grover Cleveland,  enviara su mensaje al Congreso estadounidense, el 03 de diciembre de 1895.Con la  nota de Richard Olney se puso en movimiento todo un engranaje sobre la cuestión de límites entre Venezuela y la Gran Bretaña, generándose a su vez una diplomacia secreta entre la Gran Bretaña y los Estados Unidos, en la que a la postre la pobre y desvalijada Venezuela saldría perdiendo.

    Cuatro días más tarde de la Nota del Secretario de Estado de los EE.UU Richard Olney a Lord Salisbury – Un Cañón de Veinte Pulgadas o Invocación de la Doctrina Monroe, fue acompañada   por otra Nota del Departamento de Estado. La No.806.del 24 de Julio de 1895, del Señor Adee al Señor Bayard.  En la que se refiere a las instrucciones del Señor Olney, en su Nota del  20 de julio relativas á la disputa anglo venezolana sobre límites, en la que se le aclara la referencia sobre el súbito engrandecimiento del área que se reclama para la Guayana Británica, de 33,000 millas cuadradas (en 1884); a 76,000 (en 1885); a más de 109,000 en 1895  De acuerdo a la publicación británica titulada “The Statesman’s Year Book.”

EE.UU Departamento de Estado. No. 806 1895. Información sobre la adulteración de aérea reclamada por la Gran Bretaña a Venezuela en sus  mapas oficiales entre 1884-1895   http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2013/05/tomado-de-la-obra-del-mre.html

Continuara…

Convocatoria  a un Congreso Internacional con la finalidad de crear un Derecho Público Americano
Respuesta a la Nota de Richard Olney
La opinión Pública Estadounidense y la Cuestión de Limites de Venezuela

Como citar este artículo
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento XI. Parte,
Entrada del  Lunes 20   de  Mayo  de  2013, consultado el xx / xx/ 2013. URL:
Bibliografía
Alvarado Garaycoa, Teodoro. El Imperialismo y la Democracia a través de la Doctrina Monroe. Guayaquil: Imprenta de la Universidad de Guayaquil. 1946, 270 Páginas

Barrera T. Ángel. Eloy Alfaro y la Gran Colombia. Guayaquil:  Editor Imprenta Mercantil, Monteverde, &  Velarde 1921, 45 Páginas

Benjamín A. Franklin. Venezuela and The United States 1810-1888. San  Francisco:  Universidad de California Tesis Doctoral.1963  

Caicedo Castilla. El Panamericanismo. Buenos Aires: Roque Deplama, 1961, Pág. 484

Cárdenas Raúl. La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano. La Habana 1921 230 Págs.  

Cleveland Grover.  Venezuelan Boundary  Dispute. New York: Century Co &. 1901, 120 Páginas

Coello Andrade Alejandro. Motivos Nacionales (Crónicas Quiteñas). Volumen II Quito: imprenta de la Escuela de Artes y Oficios 1927, 270 Págs. 48

Dexter Perkins.  Historia de la Doctrina Monroe. Buenos Aires: Editorial Universitaria 1964, 380 Págs.


Foreign Office. Public Record junio de 1886. Londres. F.O 80/373

Foreign Office. Public Record 11 de junio de 1886. Londres. F.O 80/309

Foreing Office. Public Record  Confidential Report. 21 de Octubre de 1879  F.O. 80/259. Del Consul de  la Gran Bretaña Robert  Bunch, al Marqués  de Salisbury. 

Hilton Sylvia L. La Nueva Doctrina Monroe de 1895 y sus implicaciones para el Caribe español: algunas interpretaciones coetáneas españolas. Madrid: revista  Universidad   Complutense Madrid Págs. 125-151 PDF https://www.google.com.pa/#q=Nota+del+Secretario+de+Estado+de+los+EE.UU+Richard+Olney+a+Lord+Salisbury&hl=es&ei=dJ6PUeiQJoXS0gG1kYC4Dw&sqi=2&start=10&sa=N&bav=on.2,or.r_qf.&fp=156640268588dd93&biw=1093&bih=496


Márquez Oscar José. La Guayana Esequiba Revisión y Crítica. Caracas: Inédito. 427 Págs.
________________ LA GUAYANA ESEQUIBA CIENTO NUEVE AÑOS DE LA SENTENCIA IGNOMINIOSA DEL TRIBUNAL ARBITRAL DE PARÍS (03 de octubre de 1899)
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/10/la-guayana-esequiba-ciento-nueve-aos-de.html
______________________LOS LÍMITES DE LA CAPITANIA GENERAL DE VENEZUELA EN 1810 III. Parte
_______________La interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de lesa Patria. I Parte
______________La interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de lesa Patria. II Parte
______________La interconexión vial, Venezuela con la Guayana Esequiba- Guyana es un crimen de lesa Patria. III Parte
________________La Guayana Esequiba-Conservación. Proyecto Hidroeléctrico de Amaila-Intervención, y Depredación Ecológica I. Parte
_______________Primera fase del proyecto Hidroeléctrica de Amaila (en la Guayana Esequiba) II. Parte
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2010/04/primera-fase-del-proyecto_8068.html



Murguey Gutiérrez, j. Construcción, Ocaso y Desaparición de los Ferrocarriles en Venezuela. Mérida: Universidad de Los Andes, Consejo de Publicaciones. 199, 189 Páginas.



Pareja Alredo y Canseco Díez. La Hoguera Barbará. Quito: Casa de la Cultura Ecuatoriana 1986, 440 Páginas 

Pérez Concha Jorge. Eloy Alfaro ante el Derecho Internacional Americano. Guayaquil: Imprenta Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo e Guayas. 1959, 24  páginas.

Reino de España. Colección de los tratados de paz, alianza, neutralidad, garantía... Hechos por los pueblos, reyes y príncipes de España con los pueblos, reyes, príncipes, republicas y demás potencias de Europa...: Desde antes del establecimiento de la monarchia gothica hasta el feliz reynado del Rey N.S. D ...Madrid: impreso por  Diego Peralta, Antonio Marin y Juan de Zuñiga, 1740, 602 Páginas


Rippy J.F. Rivalry of the Uinited States and Great Britain Over Latin Americam. Baltimore: Passin 1929

Rodríguez Andrade Carlos. Aporte de Eloy Alfaro en la Formación del Derecho Público Americano.

Rodríguez Roditi, Víctor Hugo. La Doctrina Internacional del General Eloy Alfaro y su transcendencia  en el Derecho Público Americano. Guayaquil: Editorial Casa de la Cultura Ecuatoriana. 1968

Ruiz Miyarez.  Le Conflict Anglo – Americain et le Venezuela. Canes: Francia 1896    

Troncoso Julio C. Vida anecdótica del General Eloy Alfaro. Quito: Editorial Santo Domingo. 1966,  351 Págs.

Venezuela MRE. Derechos venezolanos de soberanía en  el Esequibo  http://esequibo.mppre.gob.ve/


Venezuela MRE. Historia Oficial de la Discusión entre Venezuela y la Gran Bretaña sobre sus Límites en la Guayana.Nueva York: Louis Weiss $ C.O., Impresores 116 Fulton Street. Reimpresa en la Colección Fronteras No 6   Caracas Editorial Arte 1980.  354 Págs.

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