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Tomado de:
05/02/13. –Una controvertida decisión judicial en Guyana que
favorece a los mineros en menoscabo de los pueblos indígenas está siendo
criticada por dirigentes aborígenes, que exigen que la sentencia de la Corte
sea revocada y planean acciones legales para impugnar la decisión.
El 17 de enero de 2013, la Corte Superior de Guyana falló a
favor de un minero que tiene una concesión minera en tierras indígenas
tituladas. La sentencia dictamina que los mineros que obtuvieron los permisos
de minería antes de la Ley Amerindia de 2006 no están sujetos a sus
disposiciones. Por consiguiente, no tienen que obtener un permiso de las
comunidades indígenas antes de realizar sus operaciones en las tierras de la
comunidad.
Jean La Rose, administradora de Programas en la Asociación de
Pueblos Amerindios (APA) afirmó que si el fallo prosigue será un gran paso
atrás y amenazará los derechos de los pueblos indígenas a la tierra y a la
libre determinación a lo largo de todo el país.
“La comunidad apelará la decisión ante la Corte Superior en
Guyana, y utilizará toda la fuerza del derecho internacional para que Guyana
cumpla con sus obligaciones y deberes internacionales de proteger los derechos
y las libertades fundamentales de los pueblos indígenas, como se encuentra
establecido en su constitución. La justicia debe ser vista para que sea un
hecho para el pueblo Isseneru y todos los demás pueblos indígenas en Guyana”.
Este fallo sienta un precedente negativo para los pueblos
indígenas de Guyana, los cuales han buscado el reconocimiento y respeto de sus
tierras por décadas. Además expone la falta de protecciones adecuadas para las
tierras indígenas en Guyana, situación que será exacerbada aún más a medida que
aumentan las presiones provenientes de los proyectos mineros, madereros y de
carbón.
Los pueblos indígenas habitan en la mayoría del interior de
Guyana, y dependen de los recursos forestales para sus medios de vida. De
hecho, como se ha demostrado en otros lugares, los pueblos indígenas han sido
muy eficientes en la protección de los bosques.
La presión proveniente de los intereses mineros y madereros está
en aumento, en contradicción con el interés creciente de la comunidad
internacional de pagar para mantener en pie los bosques de Guyana. Las tierras
indígenas quedan atascadas en el medio. La sentencia del 17 de enero es un buen
ejemplo de esta situación.
Los habitantes de la comunidad de Isseneru obtuvieron el
título de sus tierras en 2007, y desde entonces han intentado abordar los
problemas traídos por los mineros al invadir sus tierras. Finalmente, uno de
los mineros los llevó ante los tribunales – por intentar proteger sus tierras
tradicionales – y con esta decisión judicial, ganó. Este último fallo en Guyana
ha dictaminado por lo tanto que los pueblos indígenas tienen muy poco que decir
acerca del desarrollo de sus propias tierras.
El fallo judicial de Guyana parece contradecir no solo el
derecho internacional (ver por ejemplo decisiones hechas recientemente por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos), sino además las decisiones tomadas
por otros países en la región.
Por ejemplo, Cortes en Colombia y Perú han ratificado recientemente el derecho de los pueblos indígenas a determinar lo que suceda en sus tierras.
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Critican
fallo judicial en Guyana por menoscabar derechos de los pueblos indígenas
1994 Guayana Esequiba - Zona en
Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3
Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
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