viernes, 25 de enero de 2013

Los indígenas o amerindios de Guyana deben de asumir una actitud más progresista sobre la tenencia de su tierra.- (La Guayana Esequiba)


http://www.guyanachronicleonline.com/site/index.php?option=com_content&view=article&id=54649:amerindians-should-look-at-a-more-progressive-land-tenure-programme&catid=10:letters&Itemid=6
Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de la Venezolanidad del Esequibo Página 451
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Tomado de:
Amerindios debería contemplar un programa de tenencia de la tierra más progresista


Escrito por Mohamed Khan

Jueves, 24 de enero 2013 20:49

El Ministro de Asuntos Amerindios y el ex presidente Bharrat Jagdeo títulos de dominio absoluto distribuidos, llamada transportes en nuestro sistema, y ​​arrendar títulos de algunas de las comunidades amerindias que dijeron que ha creado la historia, y fue la primera vez que los amerindios se les ha dado un documento a través del ministerio de tierras que ocupaban para centuries.

However, el Consejo de la aldea de Isseneru pide la Ley relativa a los amerindios de 2006, para ser modificado después de un reciente fallo judicial permitió un minero de proceder con las actividades mineras en tierras pertenecientes a los títulos de los aldeanos.

 El ministro dijo a los destinatarios (Toshaos) que el gobierno está en el proceso de identificación de las comunidades más donde los títulos de dominio absoluto de arrendamiento y se les dará. El ministro también dijo a los Toshaos en la ceremonia de entrega que se había encontrado una situación desorganizada en cuanto a la demarcación y la tramitación de los títulos cuando asumió el cargo, pero había estado trabajando para regularizar la situación.

Los amerindios y sus organizaciones deberían mirar un programa más progresivo de la tenencia de la tierra, porque tienen que estar armados con títulos de tierras más seguras y arrendamientos que no tienen, y se les niega la oportunidad de tantas cosas en la Ley de 2006, incluido el derecho y la libertad para su desarrollo, el derecho a la herencia de los minerales en sus tierras.

Muchas comunidades han venido ocupando tierras desde hace muchos años sin ninguna prueba de la posesión y no se está tratando de darles título. Los Toshaos de estas comunidades en circulación reconocer que las encuestas eran necesarios a menudo lo que causó demoras en el proceso de demarcación.

La justificación tradicional para la expedición de plena propiedad y arrendamientos es que permite al Estado para insertar las condiciones para la protección de los pueblos. Títulos Freehold parece la opción correcta como los amerindios ya han establecido su buena fe. Creo que esto va a crear un impulso para la protección y el desarrollo que ahora carecen de los amerindios. Sin embargo, a este respecto, hay que hacer una distinción entre títulos de propiedad y los títulos de arrendamiento, una modificación de la Ley relativa a los amerindios de 2006 se necesitaba



Amerindians should look at a more progressive land tenure programme


Written by MOHAMED KHAN

Thursday, 24 January 2013 20:49

THE Minister of Amerindian Affairs and former President Bharrat Jagdeo distributed freehold titles, called transports under our system, and lease titles to some of the Amerindian communities which they said has created history, and was the first time Amerindians have been given such a document through the ministry for land they occupied for centuries.However, the Village Council of Isseneru is calling for the Amerindian Act 2006, to be amended after a recent court ruling allowed a miner to proceed with mining activities on title lands belonging to the villagers. The minister told the recipients (Toshaos) that the government is in the process of identifying more communities where lease and freehold titles will be given. The minister also told the Toshaos at the handing over ceremony that she had found a disorganised situation with regard to demarcation and the processing of titles when they assumed office, but had been working to regularize the situation.
The Amerindians and their organisations should look at a more progressive programme of land tenure because they have to be armed with more secured land titles and leases which they do not have, and are denied the opportunity of so many things in the 2006 Act, including the right and liberty for their development, the right of inheritance of the mineral on their lands.
Many communities had been occupying land for many years without any proof of possession and no effort is being made to give them title. The Toshaos of these outstanding communities recognise that surveys were often needed which caused delays in the demarcation process.
The traditional justification for issuing freehold and leases is that it enables the state to insert conditions for protection of the villages. Freehold titles seem the right option as the Amerindians have already established their bona fides. I believe this will create an impetus for protection and development that Amerindians now lack.
However, in this regard, we must draw a distinction between freehold titles and leasehold titles; an amendment to the Amerindian Act 2006 is needed.

1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo  de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

                                                                                                  
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.

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