http://www.minci.gob.ve/2012/07/09/delta-amacuro-detenidos-senalados-por-muerte-de-indigenas-warao/
Localización Política Administrativa
Tomado de:
Efectivos de la Fuerza de Tarea de la Guardia Nacional
Bolivariana en el estado Delta Amacuro detuvieron a cuatro sujetos
presuntamente involucrados en la muerte de cinco indígenas de la etnia Warao,
hecho registrado la semana pasada.
El director de Comunicación y Relaciones Institucionales del
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Jorge
Galindo, confirmó vía Twitter que se presume que las personas detenidas
actuaron bajo el móvil de la venganza.
Precisó que entre los detenidos hay un extranjero de
nacionalidad guyanesa, informó la página web del Mpprij.
RNV
1994
Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo de
Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición
Nota del
editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben
de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río
Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación
sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios
estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por
lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa
al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial
sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en
consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se
reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado
de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su
nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima
Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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