jueves, 12 de mayo de 2016

Equivocada estrategia de Guyana*



La no validez jurídica del Laudo arbitral fue decisión unilateral de Venezuela, pero Guyana la aceptó para negociar bilateralmente la salida “práctica” y “satisfactoria”


Rafael Sureda Delgado

  El general-presidente de Guyana, David Granger, al asumir la presidencia de su país, se encontró (él la conocía) con la verdad documental de la reivindicación venezolana de la Guayana Esequiba, verdad ésta que casi siempre echa a la basura la histórica, la cual sirve para saber lo que no debía de haberse hecho, reflexionar y rectificar, si no se desea quedar en el pasado, que es más cómodo.

         El problema, actual y pasado de Guyana, es que no pueden dar marcha atrás y ese “mono” que se encontró Granger, que como buen militar conocía, creció y se transformó en un orangután, pero no por culpa de Venezuela, sino por la pésima decisión que tomaron hace medio siglo, al firmar el Acuerdo de Ginebra el 17-2-1966, cuando sostenían que no existía controversia alguna, pues había finiquitado el 3-10-1899, con el Laudo de París que entregó a la colonia inglesa, Guayana Británica, 159.500 km2 de territorio venezolano, el Esequibo y que luego pasó al independizarse el 26-5-1966 a manos de Guyana, escasamente noventa y ocho días después de haberse firmado el Acuerdo de Ginebra, cuando sometiéndose a la tesis venezolana demostrada en la ONU en 1962, de que el Laudo arbitral fue un fraude procesal e histórico, se consideró “nulo e írrito” como lo precisa el art. 1º del Acuerdo y tomando en cuenta esta afirmación venezolana, aceptó Guyana sentarse a negociar una solución “práctica” que fuera “satisfactoria” para ambos países. Cayeron en el cepo magistral de la diplomacia venezolana.

         Ante esta realidad, se olvidaron que el problema terminó en 1899 e idearon su segunda tesis: como Venezuela afirma que es “nulo e írrito” el Laudo, pues que solicite ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su nulidad, antes de ejecutar el Tratado de Ginebra.

         ¿Qué dice el Acuerdo sobre este nuevo planteamiento? Nada. Ninguna parte del mismo establece que Venezuela, para que se ejecute el tratado, y se ha estado ejecutando durante medio siglo, deba primero solicitar la nulidad del Laudo ante la CIJ, sino que ambos países deben encontrar un camino para la solución de la controversia, pues el derecho internacional, y Guyana lo sabe, establece que el contenido de un tratado es de obligatorio cumplimiento para los firmantes: Gran Bretaña, que no se ha salido del problema, Venezuela y la propia Guyana a partir del momento de su independencia y convertirse en Estado soberano y ser parte del Acuerdo que había firmado como colonia, por ello no puede evitar cumplir con su deber de acatar el tratado y no estar planteando salidas que no están incluidas en él.

         Llegado a este punto, cambian a una tercera propuesta y piden al secretario general de la ONU que, “ajustado al Acuerdo de Ginebra”, recomiende la solución judicial. Solicitud hábil pero que cae por su propio peso, pues si bien el secretario general puede seleccionar otro de los medios de solución pacífica de controversias del art. 33 de la Carta de la ONU, diferente al “buenoficiante” (solicitado nuevamente por Venezuela y no aceptado por Guyana, aunque el presidente Maduro acaba de afirmar ante la comisión de la ONU que puede cambiar, en consenso con Guyana), la idea guyanesa de ir a la CIJ no es viable. Los comisionados de ONU que se han leído el Acuerdo, saben que los tribunales no deciden en forma “práctica y satisfactoria”, como lo ordena el Acuerdo de Ginebra, por tanto nuestro país la descartará, a pesar que Granger haya ahorrado para ir a la CIJ, US$ 200 millones para pagar honorarios de abogados.  

         El presidente guyanés agrega como soporte al recurso jurídico, que "en ninguna parte el documento (Acuerdo de Ginebra) sugiere la invalidación del acuerdo internacional (el Laudo) que estableció las fronteras" entre ambos países. Aseveración, por cierto, que no es nueva, la expuso hace más de 30 años el embajador guyanés ante la ONU, Noel Sinclair.

La no validez jurídica del Laudo arbitral fue decisión unilateral de Venezuela, pero Guyana la aceptó para negociar bilateralmente la salida “práctica y satisfactoria” a través del Acuerdo. El Laudo de 1899 está vigente, nadie puede negarlo, pero Guyana, insistimos, se sujetó a la tesis venezolana y, por ello, debe cumplir lo pautado en el tratado de 1966.

Podría la CIJ (art. 38 de su Estatuto), si ambos países lo aceptaran, decidir “ex aequo et bono”; es decir, “de acuerdo con lo correcto y lo bueno” que, en definitiva, es lo que indica el Tratado de Ginebra, lo “práctico y satisfactorio” para ambos es “bueno y correcto” para los dos, pero Venezuela pudiera no aceptar (salvo decisión en contrario del presidente Maduro) que terceros decidan sobre lo que es “correcto” y “bueno” para los dos países, cuando se tiene ya un tratado que busca lo mismo, a través de la negociación bilateral.

         Ante este enredo, Venezuela podría ir a la CIJ, pero con otro objetivo, pero esperemos al próximo domingo.

rafael_sureda@yahoo.com

[1] Publicado en el Diario “La Razón” del Domingo 27 de Marzo de 2016




2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.



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