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Tomado de:
EEUU: cadena perpetua para imán que planeaba ataque contra
aeropuerto de NY
AFP | Fecha: 01/13/2012
Un imán de Guyana fue condenado este viernes a cadena
perpetua por participar en un complot para atacar en 2007 los depósitos de
combustible aeronáutico en el aeropuerto internacional John F. Kennedy de Nueva
York, anunciaron autoridades judiciales.
Tras un juicio de cuatro semanas, Kareem Ibrahim, 65 años,
fue hallado culpable en mayo pasado de un complot para atacar el sistema de
transporte, destruir un edificio, aviones y las instalaciones de un aeropuerto
internacional con tres cómplices, arrestados y condenados con anterioridad.
Su condena fue anunciada el viernes por la fiscal Loretta
Lynch por medio de un comunicado.
bd/mdm/tlb
AFP | Fecha: 01/13/201
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,
a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta
su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio
de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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