Feb 28, 2017 5:47 pm
Publicado en: Actualidad, Nacionales
claudio Briceño Monzón
“La reivindicación venezolana sobre el Esequibo ha estado
relegada oficialmente, desde 1983, es decir, en treinta y cuatro años no hemos
llegado a un acuerdo, por lo que no aceptaríamos desde la universidad autónoma
venezolana un nuevo Protocolo de Puerto España, por el grave problema que
reiteraría la postergación en el tiempo del diferendo territorial”.
Así lo indicó el historiador y experto en asuntos
fronterizos, Claudio Briceño Monzón, al pronunciarse en torno a la designación
del diplomático noruego, Dad Nylander, como mediador en la disputa territorial
guyanesa–venezolana.
“Es necesario realizar una consulta al pueblo de venezolano,
antes de la firma de cualquier decisión en esta polémica materia entre Venezuela
y Guyana, según lo establece el artículo 73 de la Constitución Nacional, de la
República Bolivariana de Venezuela”. Agregó Briceño Monzón, quien dirige en la
Universidad de los Andes, la Cátedra sobre Regionalismo, integración y
Desarrollo “José Manuel Briceño Monzillo”.
“En el presente se deben reiniciar negociaciones directas con
Guyana de modo que se llegue a una decisión en beneficio de ambos países,
respetando los derechos de equidad y eliminando los puntos dudosos de dicha
problemática. Si el gobierno de Guyana cree que llevándonos a la Corte
Internacional de Justicia, la reclamación por el Esequibo se va terminar la
reclamación venezolana, está muy equivocado, porque estaría malinterpretando el
artículo 33 de la carta de las Naciones Unidas. Por eso, y ante el riesgo de
seguir prolongando la disputa, la solución definitiva pasa por un acuerdo
bilateral entre ambos estados, sobre la base de lo establecido en el Acuerdo de
Ginebra”.
“El actual gobierno de Guyana omite nuestroreclamo y la plena
vigencia del Acuerdo de Ginebra, al procurar ensanchar sus áreas marítimas
frente al territorio en disputa y actúa como si tuviera los genuinos derechos
en virtud del Laudo de 1899. Con ello pretende ocupar una parte de la región
noreste del área marítima fronteriza, algo bien distinto a lo que debiera ser
la futura delimitación marítima en la Zona”, finalizó Briceño Monzón.
2005 La Guayana
Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición
La Guayana Esequiba Zona en
Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar
la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Nota del editor del blog:
Al referenciarse a la República
Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de
territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de
Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de
febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el
Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus
derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo
de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce
como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha
del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968
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