Jul 29, 2015
En la Gaceta Extraordinaria Nº 1629 se establecen los
límites de Guyana en los ríos Demerara, Berbice y Esequibo; y en el caso de
este último, el límite sobrepasa la línea media del canal de navegación
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Redacción La Razón
El Gobierno de Guyana publicó el pasado 23 de julio la Gaceta
Extraordinaria Nº 1.629, en donde fija las coordenadas de los límites
marítimos del país en el territorio del Esequibo, el cual está siendo disputado
con Venezuela.
En el texto, se establecen los límites de Guyana en los
ríos Esequibo, Demerara y Berbice, para lo que se cita los “poderes conferidos”
por la Ley de Zonas Marítimas local y de acuerdo con el estatuto de la
Convención de la ONU sobre la Convención del Derecho del Mar de 1982.
Las coordenadas establecidas en este decreto fijan como
límite para Guyana la desembocadura del río Esequibo, dejando a Venezuela sin
la división de territorio establecida en el mapa de la Capitanía
General de la República de 1.777. Según lo norma el Derecho Internacional,
la frontera de un río navegable debe establecerse sobre la línea
media del canal de navegación principal.
La responsable de la unidad de Fronteras del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Donnette Streete, señaló a la agencia EFE que ese documento
“delimita las aguas internas” de Guyana y “no guarda expresa relación con la
Zona Económica Exclusiva (ZEE)”.
Desde que se divulgó el documento, el ministerio no
había emitido comunicado oficial alguno sobre temas relacionados con su
territorio o la disputa territorial con Venezuela; sin embargo, este miércoles
el canciller, Carl Greenidge, señaló una contradicción al afirmar que
la publicación “refuerza la posición de Guyana sobre la propiedad del mar
territorial, la Zona Económica Exclusiva y la plataforma continental”.
En declaraciones ofrecidas a periodistas y citadas por AFP,
dijo que esta acción es para “garantizar que no haya confusión en el
transporte marítimo internacional”.
En rojo los límites fijados en la Gaceta Extraordinaria de
Guyana 1629; en verde las coordenadas de la Zodimain Atlántica, según el
Decreto 1787 de Venezuela, recientemente derogado. Abajo de estas líneas el
detalle de la desembocadura del Río Esequibo que, según Guyana, le pertenece.
Hace dos meses, Venezuela hizo lo propio y extendió
unilateralmente su frontera marítima a través el decreto Nº 1.787 que provocó tensiones con
Colombia y Dominica y reavivó la controversia
con Guyana. En
el caso del Esequibo, el Gobierno de Nicolás Maduro
delimitó la acción de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb)
hasta la mitad del río homónimo.
Nicolás Maduro visitó el martes en Nueva York al secretario
general de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, para solicitar que
se reanude la mediación con Guyana. La reunión culminó con la promesa
de la activación del mecanismo de Buen Oficiante por parte de una comisión de
la ONU.
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río
Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente
sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la
margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos
soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea
del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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