GD. Oswaldo Sujú Raffo. Pdte. IDEFV 22-09-2014.
Sr. Canciller, reciba un cordial saludo. Al asumir
usted tan importante cargo y en vista de sus primeras declaraciones, emitidas a
los medios (El Nacional 11-09-2014) sobre la actitud de la República
Cooperativa de Guyana, en donde excusa a ese país de sus agresiones y actos
inamistosos en contra de Venezuela; el Instituto de Estudios Fronterizos de
Venezuela (IDEFV), la Fundación La Guayana Esequiba, junto a otras Instituciones
y ONG, le manifiestan su preocupación y
rechazo por la política en cuestión, asumida por el Estado venezolano, en los
últimos dos lustros. En este lapso se cometieron imprudencias, se dieron declaraciones
indebidas, se incurrió en aquiescencias y se favoreció un stoppel contrario a
los altos intereses nacionales, por la reclamación y recuperación de nuestro
Territorio Esequibo ó Guayana Esequiba.
Como reconocemos el largo tiempo que Ud. estuvo al
frente de PDVSA, consideramos muy conveniente y en beneficio de su gestión como
Canciller de la República y por ende del país nacional recordarle, recomendarle y exigirle los
siguientes puntos:
1º - Desde el mismo año de 1899, fecha del írrito y
nulo Laudo de París, Venezuela no aceptó el despojo de 159.500 kms2 de su
Territorio Esequibo. En 1948 al conocerse el Informe Mellet Prevost, Venezuela
solicitó revisar el Laudo durante la IX Conferencia Interamericana en Bogotá.
En 1951 en la IV Reunión de Cancilleres, efectuada en Washington, Venezuela
solicitó la justa devolución de su frontera oriental birlada por el Laudo. En
1954 durante la X Conferencia Interamericana realizada en Caracas, se ratificó
no renunciar a los derechos de Venezuela en el Territorio Esequibo. En 1960 y
en 1961 ante las Resoluciones 1.514 y 1.654 de las NN.UU, Venezuela reservó sus
derechos sobre los territorios al oeste del río Esequibo.
2º - La República de Venezuela invocó la nulidad de la
sentencia arbitral del Laudo de París del 03 de Octubre de 1899, el día 12 de
Noviembre de 1962 ante el Comité de Política Especial de la O.N.U.
3º - La República de Venezuela firmó el Acuerdo de
Ginebra, el 17 de Febrero de 1966, con la Gran Bretaña y los representantes de
la colonia Guayana Inglesa (antes de su independencia), con la finalidad de
buscar una solución práctica a la controversia.
4º - La República de Venezuela se reservó sus derechos
sobre el Territorio, mediante nota del 26 de Mayo de 1966, en el momento de
reconocer a la República Cooperativa de Guyana hasta la margen derecha del río Esequibo.
5º - La República de Venezuela mediante Decreto
Presidencial Nº 1.152, sobre el Mar Territorial, del 09 de Julio de 1968 se
reservó como continuidad de los territorios al oeste del río Esequibo,
conocidos como la Guayana Esequiba ó Zona en Reclamación, los espacios
marítimos adyacentes a sus costas.
6º- Entre los objetivos e interés de la Nación
Venezolana está contemplado la reivindicación, recuperación y unificación de
los territorios nacionales al oeste del río Esequibo,
según el Art. 10 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Los sucesivos
gobiernos de Venezuela hasta el inicio del año 2004, mantuvieron la política de
dejar sentado la reserva de Venezuela, ante la entrega de diferentes
concesiones a empresas internacionales para la exploración y explotación, de los recursos en tierra, ríos, áreas
marinas y submarinas del Territorio Esequibo, que realiza Guyana en violación
de espíritu del Acuerdo de Ginebra de 1966.
7º- Solicitamos que la Cancillería venezolana se
pronuncie y reclame el laudo Arbitral del 11 de Abril del 2006 que estableció
el límite marítimo entre Trinidad-Tobago y Guyana, violando el laudo vigente de
límites marinos de 1990 entre Venezuela, Trinidad-Tobago. Asimismo, se
pronuncie sobre el laudo Arbitral del 17 Septiembre del 2007 entre Guyana y
Surinam en donde se incluye, de manera ilegal, área marina muy al oeste de la
desembocadura del río Esequibo, violando el Acuerdo de Ginebra de 1966.
8º- Solicitamos y exigimos que la Cancillería informe
la RESERVA DE LOS DERECHOS que la República
Bolivariana de Venezuela tiene sobre: las concesiones y explotaciones diversas,
la construcción de vías de comunicación y los desarrollos de proyectos hidroeléctricos
que hoy se realizan, a las Empresas Internacionales y a sus respectivos
Gobiernos aupados por Guyana, en nuestro
Territorio Esequibo.
9º- Solicitamos y exigimos que la Cancillería adopte de manera inmediata,
una política internacional más firme,
agresiva y continua, por encima de intereses regionales subalternos, en el
logro de los verdaderos objetivos nacionales del país. Con especial atención,
disuadir esa burlesca actitud de Guyana, de presionar delimitaciones marinas
sin antes resolverse la delimitación terrestre (Jurisprudencia de la C.I.J de
La Haya).
Sr. Canciller Ramírez, siempre tenga presente en sus
momentos dubitativos que: “El derecho a la soberanía no se pierde, por el hecho
de una anexión antijurídica” (Dr. C. Rodríguez
Berrutti). Ojalá Ud. sepa comprender, recomendar y actuar en beneficio
de esta Venezuela, que es suya, es mía y de todos los venezolanos en la grave
crisis existencial que atraviesa. LA PATRIA ES PRIMERO.
(
idefvsoberania@gmail.com)
2005 La Guayana Esequiba – Zona en
Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición
Nota del editor del blog:
Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios
estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por
lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa
al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía
territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado
río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual
Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el
nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste
desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología
sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968
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