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Tomado de:
Edición Impresa: miércoles, 22 de mayo de 2013
Por Jorge A. Vicchi - Presidente Instituto Argentino de
Relaciones Internacionales (IARI)
El 3 de enero próximo pasado, se cumplieron 180 años de la
usurpación ilegítima de nuestras islas Malvinas por el Reino Unido, lo que
motivó una carta abierta de la Presidenta de la nación al primer ministro
británico, en la que se menciona que las islas son argentinas y que se debe
cumplir con las resoluciones 1.514 y 2.065 de la ONU, que reconocen el
principio de integridad territorial de la Argentina, la defensa de los
intereses de los kelpers (no la auto-determinación) y la existencia de un
conflicto de soberanía entre ambos Estados, que debe solucionarse pacíficamente
por la negociación diplomática.
Mr. David Cameron, primer ministro británico por el partido
Conservador, contestó al Gobierno argentino que "la soberanía sobre las
islas Malvinas (Falklands para ellos), no se negocia" y, además, que las
defenderá si es necesario con el uso de la fuerza de la fortaleza militar
inglesa en las Malvinas.
Esta situación de política exterior argentina (en donde se
advierte el movimiento de la inteligencia británica), requiere de nuestras
autoridades una respuesta acorde a la defensa de nuestros derechos en esta
causa nacional y también que el lector se informe acabadamente y comprenda que
"la cuestión Malvinas" no es una cosa solamente que hace al
sentimiento nacional, sino que las islas son parte del territorio argentino,
que tenemos legítimos derechos sobre ellas que, en su momento, verdaderos
hombres dieron la vida por la patria cautiva e indebidamente usurpada por los
ingleses hace 180 años.
Usurpación inglesa
Es necesario. a nuestro criterio, previo al análisis de los
hechos de hace 180 años, informar al lector que nuestro país nunca usurpó
territorio inglés y menos aún ha sido país agresor, como nos lo quiere hacer
creer el Reino Unido a través de las declaraciones de su primer ministro.
Por lo expuesto consideramos importante, para la información
del lector, expresar cuál es el significado de la palabra
"usurpación".
Según el Diccionario Enciclopédico Larousse, vol. 1, año
2009, "usurpar" tiene dos significados: a) "Apropiarse
injustamente de una cosa que es de otro"; b) "Apropiarse de un
derecho o propiedad ajenos". De conformidad con cualquier diccionario
jurídico, "usurpar" significa: "Apoderarse injustamente y en
forma violenta de una cosa, un bien o un derecho que pertenece a otro sujeto
del derecho".
Ante el significado transcripto, queda perfectamente claro
que el 3 de enero de 1833, los ingleses se apoderaron injustamente y en forma
violenta de un bien (las islas Malvinas), que pertenece a otro sujeto de
derecho (la Argentina) y que, como Estado, tiene derecho a ejercer su soberanía
en la totalidad de su territorio.
Los hechos
En julio de 1829, el Departamento de Colonias británico ,
llega a la siguiente conclusión: "Las razones políticas para obtener
posesión de semejante estación importante para nuestra fuerza naval, donde no
hay ningún puerto británico a que recurrir... hace al convencimiento que la
Gran Bretaña, en su reclamo por estas islas, debe actuar con toda nitidez o
abandonarlo".
Así, el establecimiento de bases navales, de puntos de apoyo
ubicados estratégicamente en el Atlántico Sur y la necesidad de asegurarse
rutas comerciales marítimas en esa zona, constituyen el nudo central para
Inglaterra y determinará la acción de su política exterior.
Los hechos fueron los siguientes: el gobierno inglés,
convencido de sus intereses, aprobó, a fines de agosto de 1832, la iniciativa
del Almirantazgo de "enviar fuerzas a las Falklands para ejercer el
derecho de soberanía a favor de su majestad británica".
De las investigaciones históricas, surge que el comandante inglés
Oslow, el 3 de enero de 1833 se presentó en el establecimiento argentino en
Puerto Soledad y notificó a la población que venía a tomar posesión de las
Malvinas y que arriaría el pabellón argentino para izar la bandera británica,
lo que hizo a las 9 de la mañana acompañado de una veintena de hombres.
Títulos de soberanía
Si bien estos fueron los hechos de la usurpación ilegítima
inglesa, todavía nos quieren hacer creer que tienen títulos jurídicos sobre las
mismas:
1) Descubrimiento: sostienen que fueron los primeros en
descubrir, cuando está reconocido que los primeros fueron los españoles, con
Esteban Gómez en 1520 (desertor de la expedición de Magallanes).
2) Ocupación: según el derecho de la época, para adquirir un
territorio el descubrimiento debía perfeccionarse con la ocupación, pero
tampoco fueron los ingleses los primeros ocupantes sino que lo fueron los
franceses en febrero de 1764 (con la fundación del fuerte Saint Louis),
reconociendo posteriormente la soberanía española por lo dispuesto en las Bulas
Papales y en el Tratado de Tordecillas.
3) Libre determinación de los pueblos: aquí conviene tener
presente lo dicho por los propios ingleses y lo dispuesto por la Asamblea
General de la ONU. Diversos profesores en derecho internacional y en relaciones
internacionales, convocados en 1983 por la Comisión de Relaciones Exteriores de
la Cámara de los Comunes, expresaron: "Es un principio que puede tener
fuerza en el ámbito de las relaciones internacionales, pero no en el terreno
legal? el gobierno británico invoca este principio no como base de títulos
jurídicos a las Falklands, sino como argumento político para permanecer en
ellas en el futuro". Por otra parte, la carta de las Naciones Unidas
establece como principio del derecho internacional que "cuando está en
juego la integridad territorial de un Estado, no se aplica el principio de la
libre determinación".
4) Títulos recibidos de España: la Bula Papal del 4 de mayo
de 1493, adjudicando las tierras situadas a 100 leguas al Oeste de las islas Azores
y Cabo Verde, a la corona española y el Tratado de Tordecillas del 7 de junio
de 1494.
5) Sucesión de Estados y Uti Possidetis Iuris de 1810:
conforme al derecho internacional, la sucesión de Estados es un principio que
implica que los derechos que España tenía sobre Malvinas pasaron a la
Argentina, dado que "la región que se independiza lleva consigo el
territorio que se le otorgó a la ex-colonia" (principio reconocido por los
ingleses).
6) Toma de posesión del gobierno argentino: El 6 de enero de
1820, el coronel de Marina, David Jewett, realizó formal toma de posesión de
las Malvinas en nombre del gobierno de Buenos Aires, enarbolando el pabellón
bicolor de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Los ingleses reconocieron
los actos de gobierno.
7) Reconocimiento británico de soberanía argentina: además de
lo ya mencionado, los ingleses han hecho un reconocimiento tácito de nuestra
soberanía sobre las islas Malvinas en dos momentos: a) cuando reconocieron
nuestra independencia en 1823 y no hicieron observación alguna respecto a la
totalidad de nuestro territorio y b) el 2 de febrero de 1825, cuando se celebró
entre ambos países el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación, en el cual el
Reino Unido no hizo ninguna reserva a nuestra soberanía sobre territorio
malvinense.
8) Reclamaciones argentinas: son válidas, todas y cada una de
las reclamaciones de afirmación de la soberanía argentina sobre las Malvinas,
que se efectuaron por los distintos gobiernos desde 1833 en adelante, hasta las
últimas realizadas por el actual Gobierno nacional.
Por lo hasta aquí expuesto, sepa el lector que lo único que
pueden alegar los británicos como base de su pretensión de soberanía no son
títulos jurídicos sino que sólo son dos hechos:
1) la usurpación
ilegítima de las Malvinas en 1833 y
2) haber ganado la
guerra en 1982, demostrando al mundo que lo que prevalece para ellos, en estos
casos, son la fuerza y el poder como elementos determinantes de la actual
supremacía.
Conclusión
Sirva como conclusión del presente trabajo poner en
conocimiento del lector lo que manifiesta el "Informe del Presidente de la
Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de los Comunes", Sir
Anthony Kershaw, luego de escuchar en varias audiencias a destacados profesores
universitarios en Derecho Internacional, (1983):
"Estamos obligados a concluir que las manifestaciones y
pruebas presentadas en las diferentes audiencias, se inclinan a favor de los
títulos argentinos sobre las islas Falklands... Esta conclusión se apoya no
sólo en las pruebas proporcionadas durante las audiencias, sino también en las
dudas repetidamente expresadas por los funcionarios británicos durante la
primera mitad de este siglo" (House of Commons, Minutes of the proceedings
of the Foreign Affairs Comitte, sesions 1982-83, London, 1.983).
Este informe significa el reconocimiento inglés de nuestros
títulos jurídicos y, por ende, nuestra soberanía sobre la islas Malvinas.
Las opiniones vertidas en este espacio, no necesariamente
coinciden con la línea editorial de Diario Los Andes.
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