http://www.stabroeknews.com/2013/news/stories/01/31/soldiers-not-authorized-to-enforce-mining-laws-best/
Guyana: Los soldados no están autorizados para controlar la minería
(Línea Esequiba)
Traductor Google
Tomado de:
Los soldados no autorizados a hacer cumplir las
leyes mineras - Los mejores
Tomado de:
Publicado Por La Redacción El 31 de enero 2013 @ 5:21 am En Noticias Locales | No Comments
Jefe de Estado Mayor de la Fuerza de Defensa de Guyana (GDF) Comodoro GaryBest, ha advertido de que los soldados no tienen autoridad para hacer cumplir las leyes mineras y los mineros no deberían someterse a tales intentos.
Comentarios de Best, en un anuncio en el periódico de hoy titulado "Aviso a todos los mineros, ven en la estela de las recientes denuncias de soldados asaltando y robando a los campamentos mineros en el interior del país.
Best, quien también es el presidente de los Servicios Conjuntos del Consejo
Coordinador categóricamente afirma en el
anuncio, "los oficiales y soldados del GDFno están
autorizados para llevar a cabo cualquier operación minera, petición
de ver e inspeccionar las licencias mineras o inmiscuirse en
las actividades mineras, excepto en la presencia de un
Oficial de minería GGMC. ", agregó que los miembros de la
comunidad minera por lo tanto, no debe someterse a ninguna
acción por oficiales y soldados que actúan solo con respecto
a la aplicación de las leyes que rigen la minería en Guyana.
Además, dijo, no oficial de la Fuerza Policial de Guyana, oficial o soldado GDF es .....Para continuar la lectura, sesión o suscríbase ahora.
Soldiers not authorized to enforce mining laws – Best
Posted By Staff Writer On January 31, 2013 @ 5:21 am In Local
News | No
Comments
Chief of Staff of the Guyana Defence Force (GDF) Commodore
Gary Best has warned that soldiers have no authority to enforce mining laws and
as such miners should not submit themselves to any such attempts.
Best’s
comments, in an advertisement in today’s newspaper titled ‘Notice to all
miners’, come in wake of recent allegations of soldiers raiding and robbing
mining camps in the country’s interior.
Best, who is
also the Chairman of the Joint Services Coordinating Council categorically
states in the ad, “officers and soldiers of the GDF are not authorised to
conduct any mining operations, request to see and inspect any mining licenses
or intermeddle into mining activities except in the presence of a GGMC Mining
Officer.” It added that
members of the mining community therefore must not submit themselves to any
actions by officers and soldiers acting alone with respect to the enforcement
of laws governing mining in Guyana.
Further, it said, no Guyana Police Force officer, GDF officer
or soldier is …..To continue reading, login
or subscribe now.
1994 Guayana Esequiba - Zona en
Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3
Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
No hay comentarios:
Publicar un comentario