martes, 19 de febrero de 2013

Derechos de los pueblos indígenas violados y tierras tradicionales amenazadas por la minería en Guyana


http://www.forestpeoples.org/es/topics/industrias-extractivas/news/2013/02/derechos-de-los-pueblos-indigenas-violados-y-tierras-trad


Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de la Venezolanidad del Esequibo Página 451

Tomado de:


Una familia vuelve a casa navegando por el Kako. Viven muy cerca de las concesiones mineras © Oda Almas


Impactos de una draga utilizada por una empresa minera en la parte alta del río Mazaruni © Oda Almas
18 Febrero de, 2013


Al comienzo de 2013 los pueblos indígenas de Guyana se encuentran cada vez más alarmados por el continuo y creciente desprecio de sus derechos legítimos por parte de los mineros y las agencias gubernamentales, y por las flagrantes violaciones de derechos que han sido respaldadas por el poder judicial en dos casos recientes. En 2012, el grupo de presión de la minería atacó públicamente los derechos territoriales de los pueblos indígenas en la prensa guyanesa y prometió oponerse al reconocimiento de las tierras consuetudinarias. Mientras tanto, la agencia gubernamental responsable de regular el sector minero parece estar acelerando la expedición de permisos y la aprobación de concesiones mineras en tierras consuetudinarias amerindias, a pesar de que dichas tierras son objeto de acciones judiciales en los tribunales para que se reconozcan los derechos de propiedad tradicionales y/o de solicitudes pendientes de títulos de propiedad o extensiones de títulos de las comunidades en esas tierras.

Tierras Akawaio profanadas y derechos pisoteados
Los recientes sucesos y resoluciones judiciales relacionados con conflictos mineros en tierras de la comunidad Akawaio en el Alto y Medio Mazaruni son trágicos ejemplos de esta flagrante violación de los derechos de los pueblos indígenas por parte del sector minero. En respuesta, los líderes y las comunidades Akawaio están defendiendo sus derechos y desafiando la intrusión de la minería en sus tierras y aguas tradicionales. Durante el último año, la comunidad de Kako, en el Distrito del Alto Mazaruni, se ha visto forzada a una batalla en la corte emprendida contra ellos por una minera cuando le denegaron el acceso al río Kako para empezar una explotación minera. El líder del pueblo (el toshao) ha sido declarado en desacato y ahora se enfrenta a un posible encarcelamiento después de que su gente emprendiera acciones directas pacíficas para impedir que la minera entrara en su tierra, contraviniendo la orden del tribunal de que no se impidiera el paso a la minera.

«Es bien sabido que somos los protectores de estas tierras y que dependemos de ellas. ¡Nuestra tierra es nuestra vida!», declaró el toshao Mario Hastings mientras hablaba de la importancia de la tierra de su comunidad para su pueblo.

En julio de 2011 el Consejo de la comunidad y los residentes de Kako se enteraron de que el ente regulador, la Comisión de Geología y Minas de Guyana (GGMC por sus siglas en inglés), había concedido un «permiso de prospección» a esta minera. Durante un primer contacto, los residentes se opusieron firmemente a cualquier actividad minera en la parte alta del río o en sus tierras tradicionales, ya que contaminaría su fuente de agua y degradaría sus tierras tradicionales. Insistieron en que tales actividades afectarían sus medios de vida, ya que pescan, cazan y cultivan alimentos en estas tierras. Además hay viviendas en esta localidad que han existido por muchas generaciones y muchos años antes de la independencia guyanesa de Gran Bretaña.


En dos ocasiones, en julio y agosto de 2012, la minera intentó pasar pero la comunidad se lo impidió persistentemente. Mientras tanto el toshao intentó reunirse con las autoridades pertinentes para resaltar las preocupaciones de la comunidad, pero fue en vano. El 18 de septiembre de 2012 la minera presentó una orden restrictiva, la cual le fue concedida y aplicada al toshao. El 5 de octubre de 2012, mientras el toshao estaba en otra comunidad asistiendo a una reunión del consejo del distrito, fue repentinamente convocado para intervenir en lo que parecía ser una confrontación cara a cara con la minera a la que los residentes habían impedido de nuevo atravesar el río. Después de eso la minera ha solicitado una notificación de moción de desacato de aquella orden, y está exigiendo que «el toshao de la comunidad de Kako sea internado en la prisión de Georgetown por su premeditada y descarada desobediencia», y está insistiendo en que él es el «iniciador y organizador» de la resistencia de los Akawaios de la comunidad de Kako.


Como ocurre con muchas comunidades amerindias en Guyana, las tierras de Kako con títulos de propiedad no corresponden completamente con las tierras consuetudinarias que han utilizado y ocupado tradicionalmente, entre las que se incluyen las tierras hacia el oeste de la parte alta del valle del río Kako. Estas tierras consuetudinarias son las áreas tradicionales donde obtienen sus recursos los residentes de Kako, y de acuerdo con la ley consuetudinaria son compartidas con los residentes de las comunidades Akawaio vecinas de Kamarang, Jawalla y Phillipai, quienes las utilizan junto con los residentes de Kako para cazar, pescar y recolectar. En noviembre de 2012 el toshao obtuvo una copia de un mapa de concesiones mineras y para su gran asombro descubrió que la mayor parte de sus tierras tradicionales ahora están cubiertas por bloques de prospección y minería, algunos de los cuales habían sido concedidos a un mismo minero.


Hace poco, en lo que se puede considerar otro golpe para la lucha de los habitantes de Kako, un juez del Tribunal Supremo dictaminó que el Consejo del Poblado de Isseneru en la cuenca media del Mazaruni no tiene autoridad para dar instrucciones a los mineros en tierras sobre las que tienen títulos de propiedad, basándose en que el minero obtuvo la concesión antes de que el poblado de Isseneru recibiera el título de propiedad de las tierras, y también porque la Ley Amerindia no puede apoyar esos poderes debido a que entró en vigor después de que se aprobara la concesión.


Mientras tanto, el 26 de enero de 2013, la minera protagonista del conflicto en Kako trasladó su equipo corriente arriba y el 3 de febrero otro minero colocó señales en la parte alta del río para indicar que esas tierras pertenecen a su concesión minera. Una vez más, ninguno de los mineros informó a la comunidad ni buscó previamente su consentimiento.


El proceso judicial contra el líder del poblado de Kako continúa, cabe esperar que se dicte sentencia este mes. ¿Defenderá la interpretación de las leyes los derechos de los pueblos indígenas? En una conferencia de prensa reciente celebrada en colaboración con el Consejo del Poblado de Isseneru, el toshao de Kako ha declarado francamente que: «Esto demuestra que la Ley Amerindia, que según nos ha estado diciendo el Gobierno es la mejor ley del mundo, es una mentira descarada. Exijo que esta ley sea revisada inmediatamente para que nuestros derechos estén garantizados».


Más información:
Comunicación urgente del FPP y la APA sobre las situaciones de las comunidades indígenas Akawaio de Isseneru y Kako en Guyana dirigida al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (solamente en inglés): http://www.forestpeoples.org/topics/un-human-rights-system/publication/2013/urgent-communication-situations-akawaio-indigenous-co

Comunicado de prensa conjunto del FPP y la Rainforest Foundation US: Guyana court ruling violates indigenous peoples’ rights, 28 de enero de 2013 (solamente en inglés): 



1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición


Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968




No hay comentarios: