http://www.forestpeoples.org/es/topics/industrias-extractivas/news/2013/02/derechos-de-los-pueblos-indigenas-violados-y-tierras-trad
Lenguas Amerindias en la Guayana Esequiba Zona en Reclamación Tomado de
la Venezolanidad del Esequibo Página 451
Tomado de:
Una familia vuelve a casa navegando
por el Kako. Viven muy cerca de las concesiones mineras © Oda Almas
Impactos de una draga utilizada por
una empresa minera en la parte alta del río Mazaruni © Oda Almas
18 Febrero de, 2013
Al comienzo de 2013 los pueblos indígenas de Guyana se
encuentran cada vez más alarmados por el continuo y creciente desprecio de sus
derechos legítimos por parte de los mineros y las agencias gubernamentales, y
por las flagrantes violaciones de derechos que han sido respaldadas por el
poder judicial en dos casos recientes. En 2012, el grupo de presión de la
minería atacó públicamente los derechos territoriales de los pueblos indígenas
en la prensa guyanesa y prometió oponerse al reconocimiento de las tierras
consuetudinarias. Mientras tanto, la agencia gubernamental responsable de
regular el sector minero parece estar acelerando la expedición de permisos y la
aprobación de concesiones mineras en tierras consuetudinarias amerindias, a
pesar de que dichas tierras son objeto de acciones judiciales en los tribunales
para que se reconozcan los derechos de propiedad tradicionales y/o de
solicitudes pendientes de títulos de propiedad o extensiones de títulos de las
comunidades en esas tierras.
Tierras Akawaio profanadas y derechos pisoteados
Los recientes sucesos y resoluciones judiciales relacionados
con conflictos mineros en tierras de la comunidad Akawaio en el Alto y Medio
Mazaruni son trágicos ejemplos de esta flagrante violación de los derechos de
los pueblos indígenas por parte del sector minero. En respuesta, los líderes y
las comunidades Akawaio están defendiendo sus derechos y desafiando la intrusión
de la minería en sus tierras y aguas tradicionales. Durante el último año, la
comunidad de Kako, en el Distrito del Alto Mazaruni, se ha visto forzada a una
batalla en la corte emprendida contra ellos por una minera cuando le denegaron
el acceso al río Kako para empezar una explotación minera. El líder del pueblo
(el toshao) ha sido declarado en desacato y ahora se enfrenta a un posible
encarcelamiento después de que su gente emprendiera acciones directas pacíficas
para impedir que la minera entrara en su tierra, contraviniendo la orden del
tribunal de que no se impidiera el paso a la minera.
«Es bien sabido que somos los protectores de estas tierras y
que dependemos de ellas. ¡Nuestra tierra es nuestra vida!», declaró el toshao
Mario Hastings mientras hablaba de la importancia de la tierra de su comunidad
para su pueblo.
En julio de 2011 el Consejo de la comunidad y los residentes
de Kako se enteraron de que el ente regulador, la Comisión de Geología y Minas
de Guyana (GGMC por sus siglas en inglés), había concedido un «permiso de
prospección» a esta minera. Durante un primer contacto, los residentes se
opusieron firmemente a cualquier actividad minera en la parte alta del río o en
sus tierras tradicionales, ya que contaminaría su fuente de agua y degradaría
sus tierras tradicionales. Insistieron en que tales actividades afectarían sus
medios de vida, ya que pescan, cazan y cultivan alimentos en estas tierras.
Además hay viviendas en esta localidad que han existido por muchas generaciones
y muchos años antes de la independencia guyanesa de Gran Bretaña.
En dos ocasiones, en julio y agosto de 2012, la minera
intentó pasar pero la comunidad se lo impidió persistentemente. Mientras tanto
el toshao intentó reunirse con las autoridades pertinentes para resaltar las
preocupaciones de la comunidad, pero fue en vano. El 18 de septiembre de 2012
la minera presentó una orden restrictiva, la cual le fue concedida y aplicada
al toshao. El 5 de octubre de 2012, mientras el toshao estaba en otra comunidad
asistiendo a una reunión del consejo del distrito, fue repentinamente convocado
para intervenir en lo que parecía ser una confrontación cara a cara con la
minera a la que los residentes habían impedido de nuevo atravesar el río.
Después de eso la minera ha solicitado una notificación de moción de desacato
de aquella orden, y está exigiendo que «el toshao de la comunidad de Kako sea
internado en la prisión de Georgetown por su premeditada y descarada
desobediencia», y está insistiendo en que él es el «iniciador y organizador» de
la resistencia de los Akawaios de la comunidad de Kako.
Como ocurre con muchas comunidades amerindias en Guyana, las
tierras de Kako con títulos de propiedad no corresponden completamente con las
tierras consuetudinarias que han utilizado y ocupado tradicionalmente, entre
las que se incluyen las tierras hacia el oeste de la parte alta del valle del
río Kako. Estas tierras consuetudinarias son las áreas tradicionales donde
obtienen sus recursos los residentes de Kako, y de acuerdo con la ley
consuetudinaria son compartidas con los residentes de las comunidades Akawaio
vecinas de Kamarang, Jawalla y Phillipai, quienes las utilizan junto con los
residentes de Kako para cazar, pescar y recolectar. En noviembre de 2012 el
toshao obtuvo una copia de un mapa de concesiones mineras y para su gran
asombro descubrió que la mayor parte de sus tierras tradicionales ahora están
cubiertas por bloques de prospección y minería, algunos de los cuales habían
sido concedidos a un mismo minero.
Hace poco, en lo que se puede considerar otro golpe para la
lucha de los habitantes de Kako, un juez del Tribunal Supremo dictaminó que el Consejo del Poblado de Isseneru en la
cuenca media del Mazaruni no tiene autoridad para dar instrucciones a los
mineros en tierras sobre las que tienen títulos de propiedad, basándose en que
el minero obtuvo la concesión antes de que el poblado de Isseneru recibiera el
título de propiedad de las tierras, y también porque la Ley Amerindia no puede
apoyar esos poderes debido a que entró en vigor después de que se aprobara la
concesión.
Mientras tanto, el 26 de enero de 2013, la minera
protagonista del conflicto en Kako trasladó su equipo corriente arriba y el 3
de febrero otro minero colocó señales en la parte alta del río para indicar que
esas tierras pertenecen a su concesión minera. Una vez más, ninguno de los
mineros informó a la comunidad ni buscó previamente su consentimiento.
El proceso judicial contra el líder del poblado de Kako
continúa, cabe esperar que se dicte sentencia este mes. ¿Defenderá la
interpretación de las leyes los derechos de los pueblos indígenas? En una
conferencia de prensa reciente celebrada en colaboración con el Consejo del
Poblado de Isseneru, el toshao de Kako ha declarado francamente que: «Esto
demuestra que la Ley Amerindia, que según nos ha estado diciendo el Gobierno es
la mejor ley del mundo, es una mentira descarada. Exijo que esta ley sea
revisada inmediatamente para que nuestros derechos estén garantizados».
Más información:
Comunicación urgente del FPP y la APA sobre las situaciones
de las comunidades indígenas Akawaio de Isseneru y Kako en Guyana dirigida al
Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos
indígenas (solamente en inglés): http://www.forestpeoples.org/topics/un-human-rights-system/publication/2013/urgent-communication-situations-akawaio-indigenous-co
Comunicado de prensa conjunto del FPP y la Rainforest
Foundation US: Guyana court ruling violates indigenous peoples’ rights, 28 de enero
de 2013 (solamente en inglés):
1994 Guayana Esequiba - Zona en
Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3
Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
No hay comentarios:
Publicar un comentario