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Mapa Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela con la Zona en
Reclamación - La Guayana Esequiba
Tomado de:
Yayitta Rainero
La Guayana Esequiba, mejor conocida como la Zona en
Reclamación de Venezuela, a quien le pertenecen de “iure y de facto”, o sea de
derecho y de hecho. Son 259.500 Km2 del territorio guyanés; uno
porque se tiene por derecho declarado y el otro por ser el más adecuado en
cuanto a reclamos por defensa de pertenencias se refiere.
Hace más de cincuenta años, está en reclamación una parte del
territorio de la República Cooperativa de Guyana conocido como la Guayana
Esequiba. Las cédulas reales venezolanas acreditan los derechos históricos de
este país desde los tiempos coloniales. En el momento de constituirse la
llamada República de la Gran Colombia en 1819, la frontera estaba
definida por la línea divisoria entre los dos países, sustentada por la
vertiente del Río Esequibo.
A partir de 1840, luego de descubiertos importantes
yacimientos de hierro, diamantes y oro en esta zona, se despertó el
interés y la codicia de los ingleses por poseer como suyo ese territorio y es
por ello que a partir de los años 1835 hasta el 1899, fueron usurpando esa zona
que le correspondía a Venezuela, habida cuenta de la sentencia que falló
a favor de la Gran Bretaña y la cual daba pie a que la parte beligerante
reclamase el territorio adquirido.
El año de 1844, el venezolano Alejo
Fortique, para ese entonces Ministro de la República, solicitó se
reconociera esta línea divisoria de acuerdo con la Constitución del año
1830, sobre el principio Utis Possidetis Juris, que significa el
principio del derecho internacional, donde los beligerantes conservan el
territorio poseído al final de un conflicto, a menos que se derive otra cosa a
través de un Tratado.Vale decir que este principio lo fundamentaba el Derecho
Romano.
Para esa época, casi todo estaba perdido para Venezuela,
aunque ésta nunca dejó de protestar y reclamar sus derechos sobre esas tierras
y es así, como poco a poco, las demarcaciones fueron acortando las zonas:
el año 1840 se perdieron 4.920 Km2; en 1886, 141.930 Km2; en 1887, 167.830
Km2 y finalmente en 1897, 203.310.
En vista de ello, en 1899 se formó un tribunal cuya decisión
forma el llamado Laudo Arbitral de París, ya que fue firmado en esa ciudad.
Dicho laudo Mediante Nota Oficial del 26 Mayo de 1966, dirigida a la República
de Guyana, al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a la Comunidad
Internacional, se establece que: ” … Venezuela reconoce como territorio de la
Guayana del nuevo Estado el que se sitúa al Este de la margen derecha del río
Esequibo, y reitera ante el nuevo país, y ante la Comunidad Internacional, que
se reserva expresamente su derecho de soberanía territorial sobre toda la zona
que se encuentra a la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomado éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico…” y confirma el despojo de
159.500 Km2.
En febrero de 1897 Venezuela y el Reino Unido firmaron
el Tratado de Washington
por el cual se comprometían a resolver el problema mediante un arbitraje
internacional. De acuerdo a tal arbitraje, se estableció el Laudo de París de 1899,
que dictó su fallo a favor de Gran Bretaña.
El Tribunal de arbitraje tendría que haber estado compuesto
por 2 miembros de las partes involucradas en el conflicto y un tercero neutral,
sin embargo Venezuela prefirió que la representación venezolana quedara en
manos de juristas de Estados Unidos. . Las autoridades venezolanas aceptaron la
decisión de inmediato y sólo sería cuestionada poco tiempo después de la
instauración de la democracia en Venezuela (1958). Y participa en la Comisión
Mixta de Fronteras Británico-Venezolanas entre 1900 y 1905 para la demarcación
definitiva de los límites entre ambos países y es firmada en septiembre de
1907.
El dictador venezolano Juan Vicente Gómez firma en 1932 el punto de
triple confluencia en el Monte Roraima como frontera entre Brasil, la Guayana
Británica y Venezuela.
En 1963 Venezuela por primera vez y de manera oficial reclama
como suyo en la Organización de las Naciones Unidas
el territorio ubicado al oeste del río Esequibo, alegando vicios y lo que se
conoce en derecho internacional como actos contrarios a la buena fe por parte
del gobierno británico; además de una supuesta componenda de algunos de
los miembros del Laudo de París.
Venezuela, declara en el artículo 10 de su constitución
de 1999, que “El territorio y demás espacios geográficos de la República son
los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la
transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones
resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.” La
Capitanía General de Venezuela comprendía los territorios de la antigua
provincia que ocupaban la misma región.
En vista del desarrollo de los acontecimientos, Venezuela
presenta ante la ONU, nueve puntos a considerar: 1) Presentación de mapas
adulterados, por parte de la Gran Bretaña ante el Tribunal Arbitral; 2)
El Tribunal otorgó 17.604 Km2 a Gran Bretaña, reconocidos por el gobierno
británico, como venezolanos; 3) la línea divisoria fue impuesta por el gobierno
británico, ante los jueces; 4) El presidente del Tribunal Arbitral, coaccionó a
los jueces a aceptar la demarcación; 5) Esta demarcación fue una componenda; 6)
Exceso de poder para decretar la navegación por los ríos Amacuro y Barima; 7)
Venezuela fue engañada y el Reino Unido actuó contrario a la buena fe del
derecho internacional; 8) Venezuela fue informada después que el Laudo Arbitral
tomara sus decisiones; y 9) Componenda entre los países miembros
del Tribunal Arbitral.
Los británicos respondieron que Venezuela no tenía razón, que
sus argumentos no eran válidos porque ni siquiera tuvieron el
coraje para defenderse.
Hoy, ante un nuevo atropello por parte de la Guayana Esequiba
hacia Venezuela, están ofreciendo esas tierras a la Gran Bretaña a cambio de un
financiamiento que necesitan para su infraestructura y aplauden la idea de que
nadie, ni el presidente de Venezuela ni la chucuta cancillería de la cual
disponemos, se han dignado averiguar qué hay de cierto en ello.
La Casa Amarilla enmudeció y de esa manera y ante la
indiferencia de estos ilegítimos gobernantes, pues Venezuela perderá –una
vez más-, lo que le queda en esa zona en reclamación.
Y así seguiremos a menos de que alguien
pueda ayudar. Dios bendice a Venezuela.
1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación
MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3
Edición
Nota del
editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben
de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río
Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación
sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios
estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por
lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa
al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía
territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado
río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual
Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el
nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste
desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968.
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