lunes, 14 de mayo de 2012

El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana

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1888 - Rafael Fernando Seijas El Derecho Internacional venezolano. Limites Británicos de GuayanaColección Fundación de la Guayana Esequiba)

Oscar José Márquez 


Tomado de:

Ficha Técnica: El Derecho Internacional venezolano. Limites Británicos de Guayana
Con un mapa que circulará separadamente (Mapa de la América Meridional realizado por Darcy de la Rochete, publicado en Londres en 1780  por William Faden, geógrafo del Príncipe de Gales ) 

1. Titulo: El Derecho Internacional venezolano. Limites Británicos de Guayana

2. Autor: Rafael Fernando Seijas
En referencia a este ilustre venezolano debemos de hacer una aclaratoria ya que en la amplia bibliografía venezolana, existen dos personas con este nombre y  apellido de Rafael Fernando Seijas.  Ambos resultan ser familiares  consanguíneos  padre e hijo, ambos   fueron abogados,  internacionalistas,  fueron igualmente funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y escritores afamados por  lo que desde el punto de vista bibliográfico se ha generado   una confusión sobre  estas dos personas en una sola.

Rafael Fernando Seijas (Padre)
Nació en  Caracas 1822, hijo de Don Juan Seijas y Doña Juliana Rojas.
 Recibió  clases particulares en sus primeros años de edad  estudio bachillerato en varios colegios, y  se graduó de  Bachiller en filosofía en 1839. Su padre debido a compromisos económicos frente a terceros  Don Juan Seijas, debió de hacer cesión de sus bienes familiares, “…que es una previsión del legislador en defensa de la sociedad y protección para el deudor inculpable y de buena fe a fin de liberarlo, con el abandono de sus bienes, de las reclamaciones de los acreedores, dejarlo en aptitud para volver a trabajar y adquirir independencia y seguridad…”.  Causa por la que  la familia cayó  en extrema  pobreza por lo que debió de trabajar para poder estudiar  con grandes  sacrificios  luego de años de lucha de trabajo y de estudios interrumpidos   obtiene  el título de Licenciado en Derecho, en el año de 1853   y el titulo  de Dr. En Derecho Civil el 02 de noviembre de   1882.

Rafael Fernando Seijas,  llego a dominar fluidamente el inglés y el  francés, desempeñándose en la Universidad Central de Venezuela como catedrático de estas asignaturas, así como de la Cátedra de Derecho Internacional.   Área esta en con la que alcanzaría grades éxitos en defensa de  la Nación Venezolana por su amor y dedicación a ella. Su verdadera obsesión era leer todo lo que se publicara sobre Derecho Internacional en libros revistas o conferencia, se conocía el mecanismo político de  las grandes y pequeñas naciones. 

La Nación venezolana tuvo el privilegio y la honra de nombrar en varias oportunidades al Dr. Rafael Fernando Seijas,  a ocupar el cargo de Ministro de Relaciones Exteriores en los años de 1860, 1861, 1865, 1866, 1867, 1869, 1881, 1884, 1887, y 1890. 

Por sus dotes de escritor logro ocupar un sillón en la Academia  Venezolana de la Lengua Correspondiente a la Española y por sus cualidades fue escogido como uno de sus fundadores.

Impulsador de la construcción de red  de Ferrocarrilera Nacional
Rafael Fernando Seijas,  en compañía de Miguel Tejar, en comunicación dirigida al General Francisco Linares Alcántara, a la sazón Presidente de los EE.UU de Venezuela, proceden a plantearle la necesidad  de la construcción del ferrocarril Caracas - Carenero, señalándole entre sus ventajas que los agricultores serian beneficiados con la extracción y ventas de sus productos agropecuarios  especialmente el cacao; Aumento de las propiedades agrícolas; estibadores necesarios para el transporte; aumento de la extensión de los cultivos; la protección real y eficaz de de los diez mil propietarios con tropas ante cualquier contingencia por la importancia de Barlovento; aumento del valor de la propiedad territorial, el establecimiento de institutos de crédito; establecimiento de bancos de emisiones; descuentos e hipotecas que dieran dinero a bajo interés y a largo plazo. Proponiendo a su vez que el referido ferrocarril Caracas-Carenero, dejase la vía abierta para continuarlo a los fértiles valles de Sabana Grande, Chacaíto, Chacao, Petare Guarenas, Guatire, Capaya y Curiepe. Como podemos ver su visión se transformo solo en el ferrocarril de carenero al Guapo, construcción de  la antigua carretera hasta Higuerote y hoy la autopista.

Entre sus obras podemos señalar

El Derecho Internacional  Hispano Americano. Caracas: Editado por la imprenta el Monitor 1884,   una segunda edición en 1885. Consta de Seis Tomos 1 al 6  Libro que abarco varios volúmenes donde expone temas interesantes como la Guerra del Pacifico, 
Denuncia la injusticia y los atropellos cometidos en el ámbito internacional y defiende los derechos de Venezuela de los abusos,  agresiones, cobros compulsivos, y de la rapiña alevosas cometidas contra la nación venezolana como fueron los casos de Francia, Holanda Alemania, Italia, y la Gran Bretaña entre otros.  Esta edición auspiciada y financiada por el General Joaquín Crespo.

El Derecho Internacional venezolano. Limites Británicos de Guayana. Caracas: Imprenta y Litografía del Gobierno Nacional. 1888.
Con un mapa que circulará separadamente (Mapa de la América Meridional realizado por Darcy de la Rochete, publicado en Londres en 1780  por William Faden, geógrafo del Príncipe de Gales) 
Y que hoy presentamos su ficha técnica

Orígenes de la Diplomacia Venezolana, obra en la que resalta  los primeros pasos y esfuerzos de la Nación venezolana a partir de 1810 de sus gestiones ante la Gran Bretaña, la actitud de  esta guiada por sentimientos de diverso orden, los acontecimientos paralelos  y sus consecuencias.

Discurso en  honor Cecilio Acosta, al ser nombrado miembro de la Academia de la Lengua, el cual fue publicado en la obra Escritores Contemporáneos, de José María De Rojas.

D. José Manuel de los Ríos y Rafael Fernández Seijas  Discursos leídos en la Academia Venezolana Correspondientes de la Real Española en la Recepción Publica del Sr. D. José Manuel de los Ríos el 13 de de noviembre de 1898. Caracas: Imprenta Bolívar 1898.

Circular del Gobierno de los EE.UU DE Venezuela sobre el Empréstito contratado en 1862 por la Dictadura. Caracas: Editorial Caracas 1865.

En  el Primer Libro Venezolano, de Ciencias, Literatura y Bella Artes, aparece un estudio suyo  bajo el nombre Historiadores Venezolanos, que abarca  hasta 1880. Su ensayo sobre El 19 de abril como Fecha Clásica de  Venezuela es premiado. En 1878 concurre  a un certamen literario  abierto donde presenta La Guerra a Muerte, al cual Felipe Tejera, le formula críticas ya que consideraba que el referido decreto fue un error de Simón Bolívar, no adhiriéndose al referido escrito fundamentando su opinión. En Un estudio sobre Alejo Fortique,   señala los meritos y  las cualidades   morales de este personaje y su misión en Europa.
Políticas del Ministerio venezolano de Relaciones Exteriores. Caracas: Editorial Madrid  1891.

El Dr. Rafael Fernando Seijas, prologo a su vez la obra del Académico Felipe Tejera, a pesar de sus diferencias   Manual de Historia de Venezuela, y, además  de varias disertaciones  filosóficas. 

Crédito de México contra Venezuela, folleto de quince paginas del cual no tenemos mayor información pero que es de la autoría de Dr. Seijas,  padre

Entre sus traducciones se destacan del francés al español la obra Cristina y Perlas Negras del célebre autor y viajero Luis Enault. Dejo  como obra póstuma en castellano  una versión de la obra angloamericana del Federalista.

Fue un articulista consecuente al colaborar   en periódicos y revistas prestigiosas de su época como El Diario de Caracas, sobre diferentes tópicos entre  otras  sobre cuestiones de orden Diplomático.

Rafael Fernández Seijas además de escritor,  fue también editor,  fue él quien púbico El Primer Libro Venezolano, de Ciencias, Literatura y Bella Artes en 1895, y La biografía de Vicente Marcano, escrita por su hermano Gaspar Seijas en 1893 que vienen a ser las primeras contribuciones al estudio de las ciencias sociales en Venezuela. 

La cuestión de los Límites de Guayana
En referencia a la Cuestión de los limites de Guayana el Dr. Rafael  Fernando Seijas,  siempre se mostro partidario de llevar este delicado asunto sobre la territorialidad venezolana a un Arbitraje. En este sentido se destacan  sus instrucciones al Representante de Venezuela Simón Camacho, en Washington, orientadas a obtener una solución satisfactoria para Venezuela, manifestando la firmeza y claridad de sus opiniones.  
Entre sus obras en referencia a este tema podemos mencionar:
El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana. Caracas: Imprenta y litografía del  Gobierno Nacional 1888.
Con un mapa que circulará separadamente (Mapa de la América Meridional realizado por Darcy de la Rochete, publicado en Londres en 1780  por William Faden, geógrafo del Príncipe de Gales) 
 1981 - Rafael Fernando Seijas El Derecho Internacional venezolano. Limites Británicos de Guayana Colección Fundación de la Guayana Esequiba)
Edición que solo fue  reimpresa  noventa y tres años más tarde en 1981 en la Colección Fronteras tomo Número 8  por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 
El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana: Caracas: Talleres de Cromotip 1981.  668 Págs.

Como consecuencia de  la creación  de la Comisión Especial para definir la verdadera línea limítrofe entre Venezuela y la Guayana Británica  por el Presidente de los EE.UU. Groover Cleveland a su vez el de  Venezuela el General Joaquín Crespo crea en enero de 1896, una Comisión Clasificadora de Documentos Relativos a la Cuestión Limites de Guayana, (Documentos, Obras, Mapas, Planos) denominada por otros Comisión  Recopiladora de documentos antiguos y mapas presidida a su vez  por Dr.  Rafael F. Seijas, los Doctores  Laureano Villanueva, Julián Viso, y Marco Antonio Saluzzo  como Vocales.

Así la  obra del Dr.  Rafael F. Seijas,  El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana  servirá de base, como Derecho Territorial Venezolana,   por la Comisión Recopiladora, para reunir mapas, croquis y  escritos.   Documentación esta que fue presentada en veintiuna carpetas y tres libros o  volúmenes  que a su vez le fueron traducidos al inglés publicados y entregados a la Comisión del Congreso  Estadounidense  para definir la verdadera línea limítrofe entre Venezuela y la Guayana Británica bajo el nombre de Documentes relating to the question of Boudary between Venezuela an British Guiana, submitted to the boudary comisión by the Counsel of the Goverment of Venezuela. Wshhington, DC.M Mc Gill & Wallace Printers, 1896.a Volúmenes I,II,III.

La Comisión del Congreso  Estadounidense  para definir la verdadera línea limítrofe, no llego a establecer esta debido al doble juego  del Secretario de Estado Richard Olney, quien el 10 de noviembre de 1896 le envió una nota al Presidente de la Comisión señalándole: “…los EE.UU y la Gran Bretaña están plenamente de acuerdo con respecto a las clausulas de un propuesto acuerdo entre la Gran Bretaña y Venezuela. El acuerdo es tan eminentemente justo y favorable para ambas partes, protege los derechos y reclamaciones de Venezuela tan cabalmente que no puede concebir que no sea aprobado por el Presidente y el Congreso de venezolano. El abogado de Venezuela y el Ministro venezolano en esta capital lo han aprobado universalmente. En vista de esta situación sugería se suspendiera el trabajo de la comisión…”.

Este párrafo indudablemente que  fue la perdición para el Derecho Territorial venezolano y los esfuerzos de  Dr. Rafael  Fernando Seijas de su  obra,  El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana conjuntamente con  la evidencia  documental entregada a la Comisión de EE.UUU que convalidaba esta obra.   Los   argumentos de  Seijas,  más la excelente investigación del Congreso estadounidense fueron publicados en nueve tomos. Que de paso sirvieron de base para completar su documentación  los ingleses, ampliar la visión del problema sobre la cuestión de límites   y utilizarla contra Venezuela, en el tribunal Arbitral de Paris  posteriormente.  

La obra de Seijas,  El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana,  junto a la documentación  de la Comisión recopiladora a su vez fueron utilizados en el  Alegato de Venezuela Contestación al libro Azul. Para contrarrestar los Blue Books de 1896, a través de los cuales  el Foreign Office inglés,  en su estrategia por convencer al Parlamento y sensibilizar a la opinión pública Inglesa, los edita paralelamente con una  serie de libros y folletos tratando de demostrar sus tesis y aspiraciones  que la lleva al enfrentamiento una vez más, con Venezuela.

Pero  su contenido  distorsionaba la realidad histórica del descubrimiento, conquista, posesión y la titularidad  por parte de  España de su Guayana,  a través de  los mal llamados Libros Azules (Blue Books)  Británicos, designados así por el color de su portada que no eran otra cosa que la publicación oficial del Parlamento Británico, Parliament Papers sale of Government Publications.

La citada obra del Dr. Seijas y los  Documentos que señalamos anteriormente a su vez fueron utilizados por  dos  Abogados estadounidenses el primero de ellos  Williams Lindsay  Scruggs, Al servicio de Venezuela y de una posición dura frente a  la Gran Bretaña   en la elaboración del Case of the Venezuelan Brief, concerning the question of boundary between Venezuela and British Guiana, submitte to the tribunal of Arbitration in conformity with the treaty of Feb 2 de 1897. Washigton: D.C Press of Mc Gill & Wallace 1897  Quien por presiones del Secretario de Estado Richard Olney. Fue sacado de la cuestión de los límites de Guayana  después de  elaborar,  estructurar y publicar el Caso venezolano en dos partes o  volúmenes.

El otro jurista James Jackson Storrow, amigo y consejero del Secretario de Estado Only, quien por sugerencias de este último fue designado para  elaborar  el Sumario o Brief del Caso venezolano en base a la obra de Dr. Seijas y de la  documentación preparada y entregada por la Comisión Recopiladora venezolana.

El Sumario o Brief del Caso venezolano de  James Jackson Storrow,  consta de un   Volumen de aproximadamente 637 páginas, la cual tiene una nota impresa del 30 de marzo de 1987, que explica su origen y destino “…este volumen no es publicado ahora y no debe de serlo, es únicamente para el uso privado y confidencial de aquellos que están comprometidos en este asunto a favor de Venezuela, como consejeros o de cualquier otra forma…”. Señalándose a su vez que este Sumario Brief del Caso venezolano, se encontraba impreso:   “…ya  impreso provisionalmente antes del 12 de noviembre de 1896; pero que no habia sido sujeto a la revisión que se pretendía darle, si se hubiera pretendido publicarlo…” .

Lo cierto del caso es que James Jackson Storrow, lamentablemente para Venezuela mantenía una posición flexible ante la Gran Bretaña, asistió a Richard Olney en la negociación de las Base del Tratado Arbitral, y que resultaría nefasto para Venezuela al comprometerla al ir al Tribunal Arbitral.

  James Jackson Storrow, viajo a Venezuela con la finalidad de convencer y forzar la aceptación por parte del Gobierno venezolano  de las bases del Tratado Arbitral que se firmaría el 02 de febrero de 1897.  James Jackson Storrow, después de su regreso falleció en Washington precisamente ese año de  1897.

Por otra parte la obra de Rafael Fernando Seijas, y la documentación de la Comisión Recopiladora fueron finalmente fueron utilizados en la elaboración del Alegato, Contra Alegato y Argumento, ante el Tribunal Arbitral de Paris  
Venezuela British Guiana Boundary Arbitration, Case of Venezuela. New York. The Evening Post Job Priting House, 1898. Cuatro volúmenes.   

Venezuela British Guiana Boundary Arbitration, Counter Case of Venezuela. New York: The Evening Post Job Priting House, 1898. Cuatro volúmenes.   

Venezuela British Guiana Boundary Arbitration,Priting Argument on Behalf  of Venezuela. New York. The Evening Post Job Priting House, 1898.Dos volúmenes.   

Estos a su vez fueron  reproducidos por el Foreign Office  en Londres.  

Como podemos apreciar la obra Rafael Fernando Seijas,   El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana, fue  consultada y utilizada por:
1.   La  Comisión Clasificadora de Documentos Relativos a la Cuestión Límites de Guayana o  la Comisión Recopiladora Venezolana en la elaboración del:
Documentes relating to the question of Boudary between Venezuela an British Guiana, submitted to the boudary comisión by the Counsel of the Goverment of Venezuela. Wasngiton. A.C Mc Gill Wallace, Printers 1896
2.   La Comisión Especial para definir la verdadera línea limítrofe entre Venezuela y la Guayana Británica  por el ordenada por el Presidente de los EE.UU.
U.S Commision on Boundary between Venezuela and British Guiana, Washington, 1896-97; report and Accompaying Papers of the Commission appointed by the President of the Unites States “ To investigate and report upon the true divisional line between the Republic of Venezuela and British Guina” Wasnhigton: Government Priting Office, 1897

3.   Alegato de Venezuela Contestación al libro Azul. Para contrarrestar los Blue Books de 1896

4.   Lindsay  Scruggs, Case of the Venezuelan Brief, concerning the question of boundary between Venezuela and British Guiana, submitte to the tribunal of Arbitration in conformity with the treaty of Feb 2 de 1897. Washigton: D.C Press of Mc Gill & Wallace 1897  

5.   James Jackson Storrow  El Sumario o Brief del Caso venezolano 1896.

6.   Alegato, Contra Alegato y Argumento, ante el Tribunal Arbitral de Paris  

Venezuela British Guiana Boundary Arbitration, Case of Venezuela. New York. The Evening Post Job Priting House, 1898. Cuatro volúmenes.   
Venezuela British Guiana Boundary Arbitration, Counter Case of Venezuela. New York: The Evening Post Job Priting House, 1898. Cuatro volúmenes.   
Venezuela British Guiana Boundary Arbitration,Priting Argument on Behalf  of Venezuela. New York. The Evening Post Job Priting House, 1898. Dos volúmenes.   

Todos esta documentación  con o  sin razón de alguna manera a creado un confusión respecto a la cuestión de los limites de Guyana y su  documentación.

Rafael Fernando Seijas conjuntamente con William Lindsay Scruggs publicaron en referencia a los límites de Guayana la obra en dos ediciones en español e ingles
The London Times. Atlanta New York: Editores  L. Weis & Co.,  1896. En Español
To the “ London Times”. Atlanta: Ga., Franklin Print and Pub. Co 1896.  En ingles

Artículos sobre algunos puntos de la historia Patria, y el progreso  de las Relaciones Exteriores una biografía y dos discursos. Caracas: Imprenta Bolívar 1883 en español y Portugués. La biografía es acerca del Dr.   Alejo Fortique.

Venezuelan International Law. British Boundaries of Guayana. París: Impr. C. Pariset, 1888.

En  el Diario de Caracas, publico una serie de artículos   destinados a difundir el “…criterio público en la cuestión de los límites de Guayana…”

Cuando se encontraba traduciendo al castellano las argumentaciones y alegatos orales  expuestos por los representantes venezolanos (abogados y jueces Estadounidenses, y británicos) ante el Tribunal Arbitral de París, en defensa de los derechos de la Nación venezolana, en su  fase oral. Cae enfermo y fallece   el 04 de Septiembre de 1900 a los  setenta y ocho años.

De paso es conveniente señalar que hasta le fecha del día de hoy,  no se han traducido al español los Argumentos Orales de las partes ante el Tribunal Arbitral de París. Del proceso oral que fue transcrito taquigráficamente y después editado en parís en 1899 en once tomos que foliados suman 3.241 páginas en total  que son esenciales para comprender el fraude  y el chantaje de que fue objeto la Nación venezolana al despojarla de 159.500km2 de territorios al oeste del río Esequibo. Solo contados  estudiosos del tema de la Cuestión de los límites de Guayana  e investigadores que han podido tener acceso y leer esta rara edición para  tener  una visión amplia y precisa. No se equivocaba el Dr. Fernando R. Seijas,  en su visión de comenzar a  traducir al español el Proceso Oral ante el Tribunal Arbitral de París, a pesar del duro golpe, la frustración e impotencia que debió de sentir como venezolano, y defensor de los derechos de la Nación.  Y como lo señaláramos anteriormente El Proceso Oral,  no se ha traducido aun  al español,  y en debida oportunidad referiremos a él.

Uno de los mejores homenajes a la memoria de Rafael Fernando Seijas, están en las sencillas,  profundas y sinceras palabras del Embajador y Académico Rafael Armando Rojas, en su obra: Las Misiones Diplomáticas de Guzmán Blanco, al señalar en ella: “…Seijas es una de las figuras más notables de la historia diplomática de Venezuela. Sus estudios,  notas y memoranda revelan una profunda sabiduría y un claro seguro criterio. Su vida estuvo dedicada a la causa de la  Patria en el ramo de sus relaciones exteriores…”   

Por lo que la obra de Rafael Fernández Seijas,    El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana, debería ser ampliamente divulgada.

Rafael Fernando Seijas (Hijo)
Nació en  Caracas, se graduó en Bachiller en Filosofía obtuvo el título de Licenciado en Derecho en la Universidad Central,  así como  su  Doctorado en Ciencias Políticas el 09 de julio de 1894. 

Ocupo cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores ocupado la cartera de  Ministro de Relaciones Exteriores en la presidencia del Dr. Raimundo Andueza Palacios, por un breve tiempo. Para viajar a España donde    se desempeño como Encargado de  Negocios de Venezuela en España en 1891, debido a un incidente en el cual se vio su obra El Presidente.  Fue destituido hecho del cual nos referiremos más adelante.
Al igual que su padre profundizo sus estudios en Derecho Internacional
Entre sus obras podemos señalar:
El Derecho Internacional Público y Privado
Limites con Guayana
Comentarios de Caracas. Caracas: Tip Herrera Irigoyen  & Ca. 1906. Conjuntamente con Kamen Kaye, Dorothy Allers;  Kamen- Kaye, Maurice, Landaeta Rosales, Manuel 
Críticas del Ministerio de Relaciones Exteriores  en 1923.
Diplomatás y Hombres públicos de Venezuela
El Presidente. Madrid: imprenta litográfica de F.Terceño 1891.  Sobre los abusos del poder en Venezuela y de cómo  evitar las tiranías.  Que le creó una situación desagradable  con motivo de la  revolución Legalista  de Joaquín Crespo, que genero que los Gobiernos de Francia, Alemania, España, Holanda,  Bélgica, e Italia pretendieran solicitar indemnizaciones para sus nacionales en vista de los daños causados por el movimiento armado. 

En medio de  estas reclamaciones de propuestas y contrapropuestas los representantes diplomáticos de los países afectados.  Prepararon para su consumo  un Memorándum interno y extrajeron  algunos párrafos con malas intenciones de la obra El Presidente.    El Gobierno de Italia,  para atacar al Gobierno venezolano, y de mala fe publico el memorándum con los párrafos en mención lo que motivo a que Venezuela protestara, rompiera relaciones diplomáticas con los países en conflicto y procediera a destruir a   Rafael Fernando Seijas (hijo).

Lo cierto del caso fue que arreglado el conflicto  con las referidas naciones quedo solo pendiente Francia.  El Dr. y General  Juan Pietri, es nombrado representante diplomático ante los gobiernos de  España,  Alemania, Inglaterra, y la Santa Sede para darle solución a la cuestión pendiente, para llegar a un acuerdo.   Firmándose entre el Ministro de de Negocios Extranjeros de Francia y el Dr. Pietri un Protocolo al respecto. Restableciéndose las relaciones diplomáticas entre los países y ajustando  las clausulas para el pago de las reclamaciones.

Correspondiéndole Rafael Fernando Seijas (Padre) rendir un informe favorable desde el punto de vista jurídico ya que para la fecha del 23 de julio de 1897 se desempeñaba como Consultor Jurídico del MRE, y profesor de Derecho Internacional en la Universidad Central de Venezuela. Informe este que años después  fue publicado en La Revista de Derecho y Legislación del segundo trimestre de 1913.

3. Tema: Derecho Territorial venezolano, Utis Possidetis Iuri.   Defensa Territorial.

4. Descripción: Esta publicación nos presenta  un enfoque Jurídico, geográfico y a su vez un estudio histórico Jurídico  de la del Derecho Territorial venezolano hasta el río Esequibo

 5. Año de Publicación: 1888 y reeditado en el año de 1981 en la Colección Frontera No 8 auspiciada por el Ministerio de Relaciones exteriores.
En español, francés e Inglés la edición original

6. Lugar:
Caracas
París

7. Editorial:  
1.   Caracas: imprenta  y Litografía del Gobierno Nacional 1888,  688 Páginas Español
2.   París: Impr. y Litographia C. Pariset, 1888. En  Ingles
3.   París: Impr. C. Pariset, 1888. En  Ingles
4.   La edición de 1981 en los Talleres de Cromotip

8. No de Páginas: 668

9. ISBN:
Depósito legal para la Edición de 1981  N° If82-1.555

10. Peso: 950 Gramos 

11. Ancho:  15.cmts 

12. Largo: 23 cmts. 

13. Tipo de papel:

14. Tipo de Publicación: libro

15. Temas Relacionados: 

Derecho Internacional Venezolano, la Cuestión de límites con la Gran Bretaña,  Límites de Guayana,  Límites con la Guayana Inglesa-Británica,  limites británicos Guayana-Limites-Venezuela,  Guayana Esequiba,  Defensa Territoriales,  La Cuestión con la Guayana,  Arbitraje-Venezuela;  Guayana Inglesa,  Cartografía Guayana. 

16. Agencia: Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela, Ministerio de Relaciones Exteriores

17. Colección: 
Perteneciente a la serie de libros oficiales  publicados por el Gobierno Nacional  sobre la defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocido como la Guayana Esequiba.


18. Contenido:











 
20. Publicación:

La  Obra del Dr. Rafael Fernando Seijas,  El Derecho Internacional Venezolano. Limites Británicos de Guayana, con un mapa que circulará separadamente (Mapa de la América Meridional realizado por Darcy de la Rochete, publicado en Londres por William Faden).

 La podemos clasificar como una obra clásica en la fase     IV. De la  bibliografía publicada entre los años de 1850-1894. Correspondiente a un periodo que abarca desde el Acuerdo o Estatus Quo de 1850, hasta la intervención estadounidense en 1894, que concluye con  el tratado de Washington de 1897.

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