http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/120315/informe-aconseja-que-onu-no-evalue-solicitud-guyanesa
Tomado de:
Existencia de disputa por el Esequibo negaría extensión
marítima a Guyana
Contenido relacionado
REYES THEIS | EL UNIVERSAL
jueves 15 de marzo de 2012 12:00 AM
Un documento académico realizado por un abogado venezolano en el marco de un convenio entre la Organización de las Naciones Unidas y la Nippon Foundation, recomienda a la Comisión de Límites de Plataforma Continental de la ONU (CLCS por sus siglas en inglés) no evaluar la solicitud de Guyana de extender la plataforma continental.
El documento culminado en 2010 de 219 páginas fue realizado por Raúl Curiel, y puede hallarse en el portal electrónico de la ONU.
En el texto, el experto destaca que Guyana en su solicitud de extensión de la plataforma continental, no informó a la CLCS de la controversia territorial con Venezuela.
Señala que de acuerdo a las reglas de procedimientos de la
Comisión, el estado que haga la solicitud, debe informar si existen disputas
marítimas o terrestres sin resolver.
"Esto es importante a la luz del principio que 'la
tierra domina al mar" y por consiguiente "es relevante el proceso en
marcha de Buenos Oficios de la Secretaría General de la ONU para buscar
resolver la controversia sobre la frontera" entre Venezuela y Guyana,
indica.
Razones para no evaluar
La aseveración guyanesa según la cual "no hay disputas
en la zona", no se trata de un descuido de la diplomacia de ese país,
apunta a que la existencia de controversias elimina su posibilidad de extender
la plataforma continental.
Al respecto, el documento académico explica que de acuerdo al numeral 5 del anexo I del modus operandi de la Comisión, "en caso donde existen disputas en tierra o mar, la CLCS no debe considerar y calificar la solicitud realizada por cualquiera de los estados en disputa", como es el caso en referencia.
Al respecto, el documento académico explica que de acuerdo al numeral 5 del anexo I del modus operandi de la Comisión, "en caso donde existen disputas en tierra o mar, la CLCS no debe considerar y calificar la solicitud realizada por cualquiera de los estados en disputa", como es el caso en referencia.
De acuerdo a fuentes de la Cancillería venezolana, esto
explica el fundamento que orienta la estrategia de la Casa Amarilla, que a
través de un comunicado informó el martes que envió a la secretaría general de
la ONU un documento en el que objetó que la "información" presentada
por Guyana "sea considerada o calificada por dicha Comisión".
De aquí la importancia del comunicado conjunto firmado el 30
de septiembre de 2011 en Trinidad por los cancilleres de Venezuela y Guyana,
Nicolás Maduro y Carolyn Rodrigues-Birkett, en el que señalaron "que la
controversia en relación al tratado arbitral de 1899 sobre la frontera entre
Guyana y Venezuela aún existe".
Pero lo que se juegan los dos países en la primera sesión de
la CLCS del año, que comienza la semana entrante, es de dimensiones
importantes.
Guyana históricamente ha asegurado que no existe una disputa
sobre el territorio Esequibo, pues señala que el referido tratado arbitral
aclaró la frontera terrestre entre los dos países. Indica que lo sí existe es
una controversia sobre la legalidad del referido tratado, referido al
señalamiento venezolano que el mismo es "nulo e írrito".
Para Venezuela se trata de preservar su fachada atlántica,
conformada por la proyección del estado Delta Amacuro y del Territorio
Esequibo, pero además es una oportunidad de oro de reactivar con fuerza su
reclamo.
Si la CLCS -un organismo de la ONU- confirma que efectivamente
hay una disputa territorial y no una controversia sobre un documento, podría
constituir un hito importante para la pretensión venezolana.
Según el documento de Curiel, la Comisión debe proceder con
cautela a analizar "la compleja situación" y la existencia de
"inconsistencias y líneas usadas por diferente estados sobre la misma
área", que provoca una superposición en las solicitudes de extensión de
plataforma continental de Guyana, Trinidad y Tobago, Barbados y los derechos
que puede tener Venezuela en esta zona.
LA PETICIÓN
EL UNIVERSAL
Jueves 15 de marzo de 2012 12:00 AM
• En mayo de 2009 Guyana entrega a la secretaría general de
la ONU una solicitud para extender su plataforma continental de 250 a 350
millas.
• El 6 de septiembre de 2011 Guyana formalizó su solicitud
ante la Comisión de Plataforma Continental de la ONU.
• La solicitud guyanesa ocasionó un fuerte movimiento de
opinión pública en Venezuela que llevó a los cancilleres de los dos países a reunirse
para analizar el tema.
• El 30 de septiembre de 2011 los cancilleres de Guyana y
Venezuela se reúnen en Trinidad. La parte guyanesa reconoce la existencia de
una controversia con Venezuela.
1994 Guayana
Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,
a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta
su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de Soberanía
Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
No hay comentarios:
Publicar un comentario