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En referencia a los derechos, históricos, jurídicos y
sociales sobre la reclamación territorial venezolana por los
Territorios al oeste del río Esequibo conocido como la Guyana Esequiba o Zona
en Reclamación, dicto una serie de conferencias,
entrevistas en radio, TV y escribió una serie de artículos en la prensa nacional publicando cuatro obras sobre tan importante tema sobre el que
reiteradamente señalaba: “... que era lamentable que los venezolanos no mantuviéramos
un interés permanente en el seguimiento del proceso de recuperación territorial
planteado. De modo casi espasmódico, dije, solemos despertar de tiempo en
tiempo para proclamar nuestra vieja e indeclinable
ansia de justicia, pero carecemos de la necesaria perseverancia para mantener
el esfuerzo continuado y tenaz que habrá de conducirnos, tarde o temprano pero
indefectiblemente, al logro del objetivo final…”
1966 René de Sola. Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra
Tomado de:
Ficha Técnica: Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra
Oscar José Márquez
1. Titulo: Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra
2. Autor: René De Sola.
Destacado universitario, jurista, y político en el ambiente
jurídico, fue un consecuente luchador estudiantil al integrar muy
joven la Federación de Estudiantes de Venezuela. Ya para año de 1932,
Gil y Fortul le permite a René de Sola manifestar sus inquietudes a
través del el Nuevo Diario.
En 1940 en compañía de Felipe Casanova, Gustavo Díaz Solís,
Luis Beltrán González, Benito Raúl Losada, Ezequiel Monsalve, Efraín
Schacht, Alfredo Tarre Murzi, y otros fundaron el grupo “VIDE”, de
poca duración pero que tuvo destacada actuación en el mundo cultural y
científico.
René de Sola, en 1941 con tan solo 21 años
obtiene el premio Andes Bello de la Academia Nacional de la lengua con su
trabajo “Al encuentro de Cecilio Acosta”.
En su quinto año de derecho se le reconocen sus aptitudes,
capacidad al ser designado
Profesor Repetidor de los Principios Generales del Derecho para el año 1941-1942; Culminando sus estudios Suma Cum
Laude obteniendo en 1943 el título de
abogado y Doctor en Ciencias Políticas en la Universidad Central de Venezuela
(UCV); Doctor en Derecho Universidad de París en 1953 con su tesis sobre las Operaciones Inmobiliarias en el Derecho
venezolano; Doctor Honoris Causa en Filosofía de la Universidad de Tel Aviv
(Israel).
Se desempeño como secretario del Juzgado de Primera Instancia
en lo Civil y Mercantil del Distrito Federal 1945; como Juez del Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal 1947; Fundador de
Casanova & De Sola 1944, Firma que se transforma posteriormente en De Sola; Profesor en la Universidad Central de
Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello (a partir de 1944); Miembro
del Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela
(1950); Decano en la Facultad de Derecho en la Universidad Santa María ( a
partir de 1954); Integro la Sala de Casación Civil; Ministro de Justicia
(1958); Fundador del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (1958); Ministro
de Relaciones Exteriores (1958-1959); Miembro de Número de la Academia de
Ciencias Políticas y Sociales 1960; Senador Suplente por el Distrito Federal
(1963); Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales la cual
reforma y reestructura (1968); Miembro Correspondiente Hispanoamericano de la
Real Academia Española (1970); Director de la Academia Venezolana de la Lengua
(1979).
Presidente de la Sala Política Administrativa de la Corte
Suprema de Justicia (1979); Presidente de la Corte Suprema de Justicia
(1987-1989); Presidente de la Comisión de la Reforma del Código de Comercio.
A nivel internacional fue Miembro de la Comisión Permanente
de Conciliación (Tratados Venezuela Colombia del 17/12/39); Presidente Alterno
de la Junta de Apelaciones de UNESCO (1985); Embajador Delegado Permanente de
Venezuela ante la UNESCO (1970); Presidente del Grupo Latino americano y del
Caribe de la Unesco 1970; Miembro del Instituto de Derecho Comparado de la
Universidad de París; Miembro del Instituto de Derecho Comercial de la
Universidad de Buenos Aires; Presidente del Comité Jurídico de UNESCO (1978 y
1995).
La inquietud intelectual del Dr. René De Sola le
llevo a producir una serie de obras entre ellas Novelas, artículos,
ensayos, teatro, traducciones del francés al español y
redacción de leyes.
Entre sus profusa producción podemos señalar Las Universidades y la Confraternidad
Americana, 1940; Al Encuentro con Cecilio Acosta, 1942; La Protección de las Minorías en las
compañías Anónimas 1951; De la commercialité
des operations inmmobiliéres en droit vénezuélien, 1953; Misión y Destino de la Universidades
venezolanas, 1954; Posición de venezolana
ante los Problemas Mundiales, 1958; Opinión Jurídica, 1960 con siete temas
diferentes entre los que se destaca Las
Minorías en las Compañías anónimas que es traducida al francés; Las Vacaciones de Apolo en compañía de
Jean Berthet, 1958; La Universidad y la
Política, 1962; Balance Inconcluso de
una Actitud Universitaria, 1962; El
Derecho Venezolano Sobre la Letra de Cambio con dos Ediciones 1960-1967; La Palabra Misteriosa, 1966; La Universidad y la Profesión de Abogado,
1968; ¿Es un crimen el trasplante del
Corazón?, 1968; El Pacto Andino como factor de unificación y progreso en el
Derecho, 1975; La Traducción Utopía o Reto?, 1978; Una Letra de Cambio liberada
por el libertador, 1981; La interpretación Progresista de la Ley, 1982;
Ensayos y Contra reloj 1982; Bolívar, ahora
Siempre, 1983; El itinerario Filosófico
de Andrés Bello y la Agricultura y la Zona Tórrida, Angustia de Expresar,1988; Interpretación Progresista de la Ley 1988; Edgard Sanabria: un gran Venezolano, 1991
entre otras muchas producciones de su autoría.
La Guyana Esequiba - Zona en Reclamación
Enfatizando públicamente en cada oportunidad que tenía:
“…La solución de un conflicto de tanta magnitud, no sólo por su propia naturaleza, sino por la multitud
de intereses involucrados, requiere permanentemente atención. De lo contrario no
podremos estar en actitud de responder rápidamente y adecuadamente a cada una
de las eventualidades de una controversia cargada de no pequeñas dificultades y
de múltiples riesgos…”
Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra (1966)
La posición del Dr. René de Sola, frente a la firma del Acuerdo
de Ginebra, fue ampliamente conocida y debatida su tesis en
referencia al referido Acuerdo al señalar y
promover que: “…no ha sido el paso más conveniente para Venezuela, pues tanto
el Acuerdo de Ginebra, como la creación
de una Comisión Mixta para buscar soluciones satisfactorias para el arreglo de
la controversia entre Venezuela y el Reino Unido, lo que ha hecho es congelar
la reclamación formulada por nosotros contra el Laudo de París, que fue
un acto sin eficiencia Legal por nulo e irrito…”.
Posición esta que
plasmo en su obra La Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra,
sufragando los gastos de su publicación
en 1966. Y que hoy presentamos a nuestros apreciados lectores su ficha
técnica.
La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba
(1969)
El pasado 02 de enero con motivo de conmemorarse los cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica de la obra del Dr. René de Sola, La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba, folleto elaborado a partir de una extensa y profunda entrevista realizada el 30 de enero de 1969 en el Programa Frente a la Prensa del canal T.V No 4 Venvisión, por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume y Alfredo Schael.
El pasado 02 de enero con motivo de conmemorarse los cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica de la obra del Dr. René de Sola, La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba, folleto elaborado a partir de una extensa y profunda entrevista realizada el 30 de enero de 1969 en el Programa Frente a la Prensa del canal T.V No 4 Venvisión, por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume y Alfredo Schael.
La Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra (1982)
El Dr. René de Sola, pública una nueva obra sobre la reclamación
territorial de la Guayana Esequiba en 1982 La Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra,
texto este que se corresponde con la transcripción
de su Conferencia dictada el 05 de Noviembre 1981, en la Sesión Conjunta de la
Academia Nacional de la Historia y de la Academia de Ciencias políticas y
Sociales. En el cual analiza la
ejecución del acuerdo de Ginebra, ¿la validez del Protocolo de Puerto España
para Venezuela?, y las consecuencias de la revitalización del Acuerdo de
Ginebra entre otros temas.
Hacia el rescate de la Guayana Esequiba (1982)
El Dr. René de Sola, publica un nuevo trabajo sobre la reclamación territorial
en 1982, Hacia el
rescate de la Guayana Esequiba, patrocinado por la Cámara de Comercio de Valencia.
3. Tema: Derecho Territorial venezolano,
Utis Possidetis Iuri. Líneas
Schomburgk, Derechos Históricos y jurídicos,
Reclamo territorial,
4. Descripción: Esta
publicación nos presenta el argumento o la tesis sobre que el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, señalándose que
no fue el pasó más conveniente para Venezuela, así como la creación
la Comisión Mixta. Porque congela la Reclamación venezolana frente a la posición
venezolana de la invalidez de la
sentencia del Tribunal Arbitral del 03 de octubre de 1899 por nula e irrita.
5. Año de Publicación: 1966
6. Lugar: Caracas
7. Editorial: S/E
8. No de Páginas: 68
9. ISBN:
10. Peso: 40 Gramos
11. Ancho: 15 .cmts
12. Largo: 21 1/2 cmts.
13. Tipo de papel:
14. Tipo de Publicación: Folleto
15. Temas Relacionados:
Venezuela Límites con la Guayana Inglesa-Británica; Guayana-Limites-Venezuela;
Guayana Esequiba; Zona en Reclamación; Acuerdo de Ginebra; Medios de Solución
controversias; Geopolítica, Interés Nacional
16. Agencia:
17. Colección:
Perteneciente a la serie de folletos publicados sobre la defensa de los derechos históricos y jurídicos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.
Perteneciente a la serie de folletos publicados sobre la defensa de los derechos históricos y jurídicos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.
18. Contenido:
En esta publicación el Dr. René de Sola, nos
presenta su opinión al señalar la inoperatividad, del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966. Señalándose que
no fue el pasó más conveniente para Venezuela, al igual que la
creación la Comisión Mixta.
Porque congela la Reclamación
venezolana frente a la posición venezolana de la invalidez de la sentencia del Tribunal Arbitral del 03
de octubre de 1899 por nula e irrita.
20. Publicación:
La obra del Dr. René de Sola, Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra, la podemos incluir en la clasificación de la fase o periodo VII. Correspondiente a la bibliografía publicada entre los años de 1949 a 1966. Desde la publicación del Memorándum de Mallet Prevost en 1949, hasta la firma del Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966.
La obra del Dr. René de Sola, Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra, la podemos incluir en la clasificación de la fase o periodo VII. Correspondiente a la bibliografía publicada entre los años de 1949 a 1966. Desde la publicación del Memorándum de Mallet Prevost en 1949, hasta la firma del Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966.
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