jueves, 29 de septiembre de 2011

El Procurador y la Cancillería

http://www.analitica.com/va/editorial/4783936.asp


Mapa Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 

Tomado de:

Miércoles, 28 de septiembre de 2011

Todos los venezolanos estamos obligados, por la Constitución vigente, a defender nuestra integridad territorial y no merecemos descalificaciones por ello
Mientras el procurador se rasga la toga de Ulpiano descubriendo y afirmando que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es anti constitucional y atentatoria contra la soberanía nacional, nada dice sobre la pretendida usurpación territorial, en el Delta del Orinoco, que está cocinando Guyana junto a Barbados y Trinidad.

Por otro lado la cancillería venezolana emitió un comunicado público que no va dirigido, ni a la cancillería guyanesa ni a las Naciones Unidas, sino a la opinión pública nacional, con el agravante que no se dice nada sobre el fondo y se descalifica a todas las personas que han hecho un alerta sobre las consecuencias del pedimento realizado por la canciller guyanesa.

No somos, ni hemos sido, ni seremos piti yanquis, ni asalariados del imperio. Somos venezolanos, de pura cepa, que contribuimos con nuestro grano de arena para defender nuestra integridad territorial.

Es evidente que la cancillería venezolana no entiende el problema y la gravedad del mismo. Hay que precisar que se pueden dar dos situaciones diferentes pero conexas. Por un lado, la reclamación del territorio 

Esequibo que está sometida a un método de solución de controversias que fue negociado entre Venezuela, Guyana y el Secretario General de las Naciones Unidas con base en el Acuerdo de Ginebra de 1966. Y por otro, mucho más grave es lo que ocurriría si el gobierno no protesta ante Guyana y las Naciones Unidas sobre las posibles consecuencias negativas para Venezuela que tendría esta solicitud sobre la proyección de la plataforma continental generada por el Delta del Orinoco.

Señor Procurador, señor Canciller, señor Presidente de la República y demás autoridades nacionales esa es la soberanía que deben defender frente a la pretendida usurpación a la que nos pueden someter si no reaccionamos a tiempo. ¿Qué opinan ustedes de la afirmación contenida en la solicitud de Guyana a la ONU que en el inciso cuarto afirma : “ no hay ninguna disputa relevante en la región correspondiente a esta solicitud”? .¿ Será que ya existe un acuerdo secreto por medio del cual renunciamos a la reclamación?

Todos los venezolanos estamos obligados, por la Constitución vigente, a defender nuestra integridad territorial y no merecemos descalificaciones por alertar sobre las consecuencias que pueden ocurrir si las autoridades competentes no asumen su responsabilidad de salvaguardar los intereses de la nación.

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


 Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.

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