Tomado de:
http://www.prensa-latina.cu/index.php?option=com_content&task=view&id=126082&Itemid=1
Escrito por Victor M. Carriba
Naciones Unidas, 15 oct (PL) Por décima ocasión desde 1946, Brasil fue electa hoy, con 182 votos de 190 posibles, como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para el bienio 2010-2011.
Los otros países seleccionados por sufragio secreto de la Asamblea General de la ONU fueron Líbano (Asia), Nigeria y Gabón (Africa), y Bosnia y Herzegovina (Europa oriental), con 180, 186, 184 y 183 votos, respectivamente.
Esos cinco pasarán en enero próximo a ocupar los puestos que abandonarán Burkina Faso, Libia, Vietnam, Costa Rica y Croacia y se sumarán a México, Japón, Uganda, Austria y Turquía, los cuales fueron electos el año pasado.
El Consejo se Seguridad está integrado además por Estados Unidos, Rusia, China, Gran Bretaña y Francia, países que ostentan el privilegio de miembros permanentes del Consejo de Seguridad y el exclusivo derecho del veto.
Para la votación de este jueves, Brasil contó con el respaldo del grupo de países latinoamericanos y del Caribe. La última vez que el gigante suramericano desempeñó esa responsabilidad fue en el período 2004-2005.
A través de la historia, América Latina y el Caribe ha estado representada en el Consejo de Seguridad por
Brasil (en nueve ocasiones), Argentina (ocho), Colombia (seis) y Panamá (cinco).
También por Chile, México, Perú y Venezuela (cuatro), Costa Rica, Cuba y Ecuador (tres), Bolivia, Guyana, Jamaica y Nicaragua (dos) y Honduras, Paraguay, Trinidad y Tobago y Uruguay (una).
Las normas de las Naciones Unidas establecen que el Consejo de Seguridad cuenta con una presidencia que rota mensualmente y por orden alfabético entre sus diferentes miembros.
Asimismo, cada integrante del órgano tiene un voto y las decisiones sobre cuestiones son tomadas por el voto afirmativo de nueve de los 15 integrantes, aunque los miembros permanentes tienen poder de veto.
Para ocupar un asiento en el Consejo hay que obtener las dos terceras partes de los votos en el máximo órgano de la ONU.
ocs/vc
Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
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