Los Territorios al Oeste del Río Esequibo conocidos como la Guayana Esequiba - Zona en Reclamación sobre los cuales la Nación Venezolana al reconocer al nuevo Estado de Guyana hizo la respectiva Reserva
La Nota
Diplomática del 26 de mayo de 1966
Oscar Jose Márquez
La Nota Diplomática del 26 de mayo de 1966 al
igual que el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero del citado año, viene a constituirse y ser una pieza fundamental ante el Derecho
Internacional público y al Derecho Territorial venezolano. En relación con la pretensión venezolana de
recuperar los 159.500Km2, de territorios ubicados al Oeste del río Esequibo
conocidos con el nombre de Guayana Esquiaba o Zona en Reclamación sujetos al
referido Acuerdo de Ginebra.
“….Excelencia:
Tengo a honra informar a Vuestra Excelencia que el Gobierno
de la República de Venezuela, tomando en consideración que hoy 26 de mayo de
1966 se proclama la independencia del Estado de Guyana, ha decidido, con
especial agrado, otorgarle su reconocimiento, con la debida reserva que en esta
nota se explica.
Encárgame el Gobierno de la República transmitir, en ocasión
de este importante acontecimiento, por el digno órgano de Vuestra Excelencia,
sus cordiales salutaciones a Su Majestad Isabel II, y al Excelentísimo Señor
Forbes L. Burnham, Primer Ministro de esa nación amiga.
En estas circunstancias, el Gobierno de la República de
Venezuela se encuentra deseoso de establecer relaciones con el Estado de Guyana
sobre una base de común interés y respeto mutuo, y está dispuesto a
intercambiar representantes diplomáticos con el Gobierno de Vuestra Excelencia
en la oportunidad en que ambos países lo juzguen conveniente.
El Gobierno de Venezuela, al reconocer al nuevo Estado
independiente de Guyana, desea manifestar el júbilo que embarga a toda la
colectividad Nacional al ver nacer en suelo americano y sobre viejos restos de
colonialismo, un nuevo país, cuyos recios y laboriosos habitantes, se
incorporan de esta manera al seno de la colectividad de naciones libres del
mundo.
De conformidad con el Acuerdo suscrito en Ginebra el 17 de
febrero de 1966, entre los Gobiernos de la República de Venezuela y del Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, este último en consulta con el
Gobierno de la Guayana Británica, y en virtud del artículo 8º del precitado
Convenio, a partir de hoy 26 de mayo de 1966, el Gobierno de Vuestra Excelencia
pasa a formar parte del Acuerdo en referencia.
En consecuencia, y atendiendo a lo pautado en el artículo 5º
del mismo Convenio, el reconocimiento que Venezuela hace del nuevo Estado de Guyana no
implica por parte de nuestro país renuncia o disminución de los derechos
territoriales reclamados, ni de ninguna manera afecta los derechos de soberanía
que se desprenden de la reclamación surgida de la contención venezolana de que
el llamado Laudo Arbitral de París de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y
la Guayana Británica es nulo e írrito.
Por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo
Estado el que se sitúa al Este de la márgen derecha del Río Esequibo y reitera ante el nuevo país y ante la Comunidad Internacional, que se reserva expresamente sus derechos
de soberanía territorial sobre toda la zona que se encuentra a la márgen
izquierda del precitado río; en
consecuencia el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se
reserva expresamente su derecho soberano, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del Río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.
El Gobierno de Venezuela formula votos porque el ejercicio de
las actividades del Gobierno de Vuestra Excelencia se traduzcan en fuentes de
bienes para el pueblo hermano.
Válgome de esta oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.
Ignacio Iribarren Borges
Ministro de Relaciones Exteriores de la República de
Venezuela
Al Excelentísimo Señor
Ministro de Relaciones Exteriores de Guyana Georgetown.
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