Presidente del Frente ProDefensa del Petróleo Aníbal R Martínez ( El Universal)
En relación a la eventual perforación
de un pozo exploratorio de campo nuevo
en
aguas marinas y submarinas en disputa
de
la fachada atlántica venezolana
# Es inadmisible
y el silencio en el Gobierno Nacional, considerando el comportamiento de Guyana
# Sería una violación de la
soberanía de Venezuela impedir que de alguna manera PDVSA no pudiese llevar
adelante la exploración del amplio territorio de aguas marinas y submarinas en
el que desarrolla el Programa Plataforma Deltana.
# La eventual
perforación de un pozo exploratorio de
campo nuevo en
aguas marinas y submarinas de
la Fachada Atlántica venezolana por una petrolera foránea es un acto hostil de características
absolutamente diferentes, a los cometidos hasta ahora por Guyana
# Es preciso alertar sin tardanza a las
empresas petroleras internacionales involucradas, la condición geopolítica de nuestra Plataforma Atlántica
El Frente ProDefensa del Petróleo considera
inadmisible pudiera ser dañino, el silencio en el Gobierno Nacional, ante la posibilidad de la
perforación de un pozo exploratorio de
campo nuevo en las aguas marinas y submarinas de
la Fachada Atlántica Venezolana,
un
acto hostil de características absolutamente diferentes a los cometidos hasta
ahora por Guyana. Además, debe alertarse
sin tardanza a las empresas petroleras internacionales involucradas, la
condición geopolítica de nuestra
Plataforma Continental Atlántica.
Luego
de la Impugnación en la ONU el año 1962
y la firma del Acuerdo de Ginebra en 1966, con el cual Guyana e Inglaterra
admitieron la existencia de un diferendo, el primer pozo en aguas disputadas de
la plataforma atlántica guyanesa se terminó de inmediato, el año 1967.
Se completaron 8 sondeos más, al este de la divisoria, que arranca de la
desembocadura del río Esequibo.
Venezuela firmó con Trinidad/Tobago en abril del año 1990 el tratado de
límites. El término bilateral fronterizo se colocó en un punto más
allá de la extensión de la Zona Económica Exclusiva, a 517 km de la costa del
delta del río Orinoco.
Todo normal y en calma, hasta que en octubre de 1999
se cambió radicalmente la situación general,
con la oferta de Guyana de 130 000 km² de aguas marinas y submarinas en
la Fachada Atlántica, en 4 bloques de concesiones para la búsqueda de
hidrocarburos. La línea perimetral de
las parcelas, por el noroeste, la que más nos afecta, se viró al noreste y se continuó sobrepuesta por 110 km al límite
Venezuela-Trinidad/Tobago. Del total ofrecido, 106 000 km² o sea el 81,5%,
están dentro de nuestra ZEE Atlántica.
El Frente estimó el área aguas adentro del territorio nacional en 90
300 km² frente al estado Delta Amacuro y 68 000 km km² generado por la Guayana
Esequiba, en total 175 800 km de patrimonio marino. Es de observar que la recta del perímetro SO-NE
del bloque de “concesiones” ofrecidas por Guyana se internó peligrosamente en
aguas venezolanas, reduciendo a un triángulo de 14 000 km² la superficie de
nuestro margen atlántico.
Y se creó el Segundo Diferendo.
El Frente ProDefensa del Petróleo reclamó
firmemente y explicó la incidencia en la
Cancillería y asumieron la defensa del patrimonio nacional en forma
definitiva, así como alertaron a las
compañías petroleras interesadas de las consecuencias posibles. Luego que la Cancillería actuó conforme a las costumbres de la
diplomacia y el Frente presentó el caso en los Congresos Mundiales del Petróleo en
Calgary, Canadá en junio de 2000 y Río de Janeiro, Brasil, en setiembre de 2002, se detuvo la controversia. ¿Se finalizó?
Petróleos de
Venezuela, comenzando el desarrollo del programa
en la Plataforma Deltana de la fachada atlántica plantó 3 sondeos exploratorios
a lo largo del límite con Trinidad/Tobago, ya definido con los descubrimientos
de lado y lado; para el final del
año 2006, el plan contó 9 terminaciones exitosas en 7 campos
nuevos. El intento de Guyana de otorgar
concesiones en 1999 fue sin dudas un acto hostil respecto a nuestra soberanía en el Atlántico y un
eventual impedimento para el desarrollo más conveniente del
Proyecto Plataforma Deltana. La contrapartida, en noviembre del 2001, fue
hacer de Guyana un país caribeño y adherirlo al Acuerdo Energético de Caracas.
El mes de febrero del 2002, Guyana informó sucesivamente a
Trinidad/Tobago y Venezuela a
Trinidad/Tobago y el 13.2.2002 a Venezuela, que desconocía el tratado de
límites entre ellos y en diciembre el año siguiente, Guyana firmó con Barbados
un insólito tratado, de sus zonas
económicas comunes. La maniobra
geométrica resultó en un claro impedimento al desarrollo gasífero de la
Plataforma Deltana. Como contrapartida,
según declaración de prensa en Georgetown en febrero de 2004, se informó que
Venezuela no se opondría a la exploración aguas adentro de la Guayana Esequiba por
Guyana y en noviembre del año 2005, se la dejó entrar a recibir los múltiples
beneficios de la iniciativa Petrocaribe, con el volumen asignado de, 24 800
barriles diarios.
Es de recordar que, el 04/02/2007, el embajador de
Guyana en Caracas emitió unas bizarras declaraciones solicitando al presidente
de Venezuela abandonar Guayana Esequiba
y por ende porción significativa de los recursos de gas natural en la Fachada
Atlántica; en calidad de contrapartida, PDVSA envió de emergencia a Guyana un
cargamento de 10 millones de litros de gasolina en noviembre, para normalizar
el abastecimiento en ese país.
El
Frente ha solicitado la consideración, en su justo valor geopolítico, que recientemente se
han agregado dos límites arbitrales a la región, uno en abril de 2006 que es la
frontera aguas adentro entre Barbados y Trinidad/Tobago y el otro en setiembre
de 2007 que es la frontera aguas adentro entre Guyana y Surinam. Esta no es una línea media, sino rectas que
unen 20 puntos entre sí; lo que es verdaderamente preocupante es la falta de
atención que se le dió en la Casa Amarilla a la extralimitación insólita e
inaceptable de la Corte Permanente de Arbitraje, al afirmar como sitio
referencial de la divisoria el que se ubicó en Devonshire Castle Flats, en la margen izquierda del río Esequibo y por
lo tanto en territorio violado de la Guayana Esequiba.
Ante la ONU, en noviembre 2009, Guyana formalizó una solicitud para extender su plataforma continental en una
amplia faja de 241 km de ancho, lo que
significaría colocar parte de su eventual dominio marítimo en aguas marinas y
submarinas de la fachada atlántica que pudiesen estar en territorio venezolano.
Los años 2008 y 2010 Guyana inició las consultas con respecto a su solicitud con
Barbados, Suriname y Trinidad y Tobago, pero no incluyó a Venezuela entre los
países consultados. El Frente advirtió por diversos medios que la Cancillería
venezolana estaba obligada a actuar con prontitud y firmeza, pues no se podía olvidar el
segundo referendo con Guyana.
Un año después, en
setiembre del 2010, Guyana se dispuso a promulgar la Ley de Zonas Marítimas 2009, que se
referiría a mar territorial, aguas
internas, paso inocente, zona contigua, plataforma continental, zona económica
exclusiva, delimitación marítima y cartas y coordenadas geográficas, lo que afectaría
seriamente la reclamación venezolana.
Además, la cláusula 35 proponía que si en la delimitación obligada no
era posible acordarla con “el otro Estado”, opuesto o adyacente, quedaba
autorizado (¿?) a extender sus mares
territoriales más allá de la llamada línea media.
El Frente ProDefensa del Petróleo
apuntó notoriamente que si bien
Venezuela no es firmante de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho
del Mar, fue sobresaliente la actuación de los delegados venezolanos en la
oportunidad de su negociación y se han respetado fielmente todas las
definiciones convenidas, desde la entrada en vigencia. Con Trinidad/Tobago, ya Venezuela había
firmado el primer convenio de unificación de yacimientos comunes en el
desarrollo de la Plataforma Deltana, campos Lorán y Manatee. Sería
una acción hostil sin precedente, que Guyana intentase revivir la
fallida de entrega de concesiones del año 1999, en particular el bloque
nombrado Stabroek, que recibió la Exxon.
El profesor Norman Girvin, del Instituto de Estudios de Posgrado
de Relaciones Internacionales Universidad de West Indies en Trinidad y Tobago,
fue designado representante personal del secretario general de la Organización de Estados Americanos
(OEA), como
mediador en la disputa fronteriza. El buen oficiante de las Naciones Unidas fue recibido
en la Cancillería, en Caracas, sin que hubiese en la ocasión
mención explícita del diferendo en la fachada atlántica. El buen oficiante no tiene nada que ver con
la completación de pozos.
La Cancillería guyanesa entregó en
noviembre de 2011 a la ONU todos los documentos relevantes relativos a la solicitud del 2009 para
extender la zona económica exclusiva de ese país en 241 km, para uso y estudio
de la Comisión de Límites de Plataforma Continental
de las Naciones Unidas (CLCS por sus siglas en inglés). La
posición de Venezuela en relación a objetar la solicitud de Guyana de extensión
de plataforma continental en el margen atlántico, por fin fue debidamente
entregada a la Secretaría General de las Naciones Unidas el 13 de marzo de 2012,
justo antes de comenzar las deliberaciones, para distribuirla a los 192 países
que integran la ONU y en particular a la Comisión de Límites.
Las principales objeciones presentadas se refirieron
a que 1) sí hay una disputa en la zona
marítima, 2) la extensión de la plataforma continental de otros países
(Barbados y Trinidad/Tobago) produce un solapamiento que coincide con la
proyección de la Fachada Atlántica del estado Delta Amacuro y 3) Guyana no
consultó la solicitud de extensión a Venezuela. La argumentación que la
frontera de la Fachada Atlántica entre Guyana y Venezuela, a la que se aplica
el Tratado del Mar de 1982, pudo haber sido definitivamente fijada en 1899
por el Tribunal Arbitral, es muy lamentable.
La Comisión de la Plataforma
Continental de la ONU, que estudió la solicitud de Guyana, no desestimó la comunicación de Venezuela en
la que objetó dicha presentación. El documento de mayo/2013 que resume el
trabajo de la última sesión de la CLCS así lo señaló. La presentación será evaluada por una subcomisión
que se establecería "en un período de sesiones futuro", de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la Convención del Mar.
La muy larga declaración conjunta que se emitió el
03/09/2013 al final de la visita oficial a Guyana del presidente y el canciller
venezolanos, únicos funcionarios del Gobierno que pueden ofrecer opiniones en
relación al reclamo fronterizo, en el corto numeral 3 se enfatizó que se
solicitaría al Secretario General la reasignación del profesor Girvin para otro
periodo.
El presidente del Frente
ProDefensa del Petróleo aclaró, en una entrevista exclusiva para la agencia
rusa de noticias Interfax, que Guyana presentó argumentación falsa cuando negó el abuso de utilizar
territorio venezolano al oeste de la desembocadura del río Esequibo, y por lo
tanto indiscutiblemente en la Guayana Esequiba, para cometer un acto hostil en la oportunidad del
arbitraje por la Corte Internacional de Justica de la frontera de Guyana con
Surinam. Por otra parte, sería una
violación de la soberanía de Venezuela impedir que de alguna manera PDVSA no pudiese
llevar adelante la exploración del amplio territorio de aguas marinas y
submarinas en el que desarrolla el Programa Plataforma Deltana.
En
julio 2012, el boletín informativo de la Academia de la Ingeniería Not Ing
anunció la firma de un convenio del Gobierno de Guyana con Anadarko Guyana, subsidiaria 100% de Anadarko
Petroleum, petrolera internacional independiente con sede en Estados Unidos,
para adelantar los trabajos de exploración por petróleo solicitados desde el
año 2011, aguas adentro profundas de la extensa Zona Económica Exclusiva
guyanesa. El bloque ofrecido se denomina
Roraima y la ubicación exacta se divulgó sólo un año más tarde: adyacente al
norte de la mitad occidental del bloque Starbroek, a lo largo de una línea
trazada por Guyana como si fuese el límite binacional Venezuela-Trinidad/Tobago
de 1990.
Superada la “fuerza mayor” declarada en el año
1999 a la espera de un mejor tratamiento en el área principal de producción
Cerro Negro del campo Faja del Orinoco, de prisa, la Exxon Mobil renovó con el
año nuevo 2013 su intención de recibir la pretendida concesión que se le
ofreció. El
patrullero venezolano Warao zarpó de la Isla de Margarita, en misión de
custodiar la fachada atlántica venezolana, informaron fuentes vinculadas a la
Armada Venezolana; las instrucciones que tiene este componente militar es
proteger la zona marítima del país y no permitir la presencia de
ningún factor extranjero.
El
Ministerio de Recursos Naturales y Ambiente de Guyana emitió un comunicado en febrero
informando que las empresas ExxonMobil y Shell - ahora partícipe de la licencia - contrataron
a la empresa CGG Veritas para conducir un estudio sísmico en 3D costa afuera en
Guyana. El ministro de Finanzas confirmó
que está activa la concesión Stabroek. En setiembre, el
Ejército venezolanovisitó las Bases de Seguridad Territorial de la Isla de
Anacoco y San Juan de Venamo, en los límites con la zona en reclamación. El
30/09/2013, 45 venezolanos civiles, 45, atravesaron el
río Cuyuní y pasaron al territorio en reclamación, acompañados de efectivos del
Ejército, en tanto el Presidente y el Canciller venezolano visitaban
Georgetown.
El Frente ProDefensa del Petróleo ha resaltado las disposiciones
contenidas en la Constitución de la República sobre el asunto. Indica que
basado en el artículo 10 "el territorio de Guayana Esequiba y su extensión
aguas adentro en el océano Atlántico, es porción integral de nuestros espacios
geográficos", que conforme al artículo 11, "la República ejerce
derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción sobre los espacios acuáticos
constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva" y que en el artículo 12 "sin
ambages se dispone que los yacimientos de todas las clases de hidrocarburos
existentes en ese territorio son bienes del dominio público y por lo
tanto inalienables e imprescriptibles".
Finalmente indica el comunicado que con base en el artículo 13 de la
Constitución de la República "el territorio nacional no podrá ser jamás
cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado a Estados
extranjeros, ni temporal ni parcialmente".
Caracas, el 04 de octubre de 2013.
2005 La Guayana
Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en
representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los
territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al
reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado,
el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la
comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre
la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en
consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se
reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado
de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su
nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se
reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
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