http://www.diariolavoz.net/2012/11/02/mud-internacional-solicitud-de-guyana-afecta-derechos-soberanos-de-venezuela/
28-09 2011 El Mundo Carlos Eduard Gutierrez
Tomado de:
El ex embajador de Venezuela en Guyana, Sadio Garavini di
Turno consideró que para la defensa eficiente de nuestros derechos e
intereses se requiere el nombramiento de un funcionario a dedicación
exclusiva, con un pequeño equipo de apoyo.
El integrante del equipo internacional de la Mesa de la
Unidad Democrática, Sadio Garavini di Turno afirmó que la defensa de la
soberanía venezolana está siendo irresponsablemente descuidada por un gobierno
que subraya su condición de nacionalista y defensor de la soberanía nacional.
El ex embajador de Venezuela en Guyana consideró que la
solicitud de Guyana de ampliar su plataforma continental, presentada en
septiembre del 2011, ante la Comisión de Límites de la Convención de
Derecho del Mar de la ONU, afecta considerablemente derechos soberanos de
Venezuela no sólo en el territorio del Esequibo, sino en la fachada atlántica
que proyecta tanto la Zona en Reclamación como el Estado Delta Amacuro.
Garavini consideró que las áreas terrestres, marinas y
submarinas involucradas son extremadamente ricas en recursos naturales, en
particular, en hidrocarburos.
La defensa eficiente de nuestros derechos e intereses
requiere el nombramiento de un funcionario a dedicación exclusiva, con un
pequeño equipo de apoyo, para que no sólo pueda negociar bilateralmente con
Guyana, en el marco del proceso de los “buenos oficios” del Secretario General
de la ONU, previsto en el Acuerdo de Ginebra de 1966, sino también hacer el
necesario “lobby” entre los miembros de la Comisión de Límites de la ONU en
Nueva York y con otros miembros influyentes de la comunidad internacional
interesados en el tema, empezando por los países de la Comunidad del Caribe
(CARICOM).
“Recordemos a este respecto que la Comisión de Límites
anunció pasar el análisis de la solicitud de Guyana y la posición contraria de
Venezuela a una subcomisión, que todavía no ha sido nombrada. Por eso es
irresponsable, y evidencia además la escasez de personal profesional calificado
en la Cancillería, que el Embajador Roy Chaderton, diplomático de carrera
formado en tiempos de la República Civil (1958-1999), sea al mismo tiempo:
facilitador por Venezuela en las negociaciones con Guyana y, por tanto,
encargado del seguimiento del tema en la ONU, Embajador ante la OEA y
representante de Venezuela en las negociaciones de paz en Colombia, además de
diputado al PARLATINO y miembro del Consejo de Estado. En un gobierno serio y
responsable, por lo menos los tres primeros cargos, deberían ser ejercidos por
tres diferentes personas a dedicación exclusiva”, finalizó.
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gubernamental al Esequibo
1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación
MARNR Servicio Autónomo de Geografía y Cartografía Nacional 3
Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios
estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por
lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa
al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad
internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía
territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado
río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual
Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el
nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste
desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968.
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