http://www.el-nacional.com/noticia/27046/11/Objecion-de-Venezuela-amenaza-con-bloquear-peticion-de-Guyana.html
Tomado de:
16-Mar 06:07 am|Armando Avellaneda
La existencia de la controversia y la ausencia de consulta
son la base de la argumentación que la Cancillería dio a la ONU
La existencia de una controversia por la soberanía
territorial del Esequibo, que está en la Secretaría General de la ONU; el hecho
de que Guyana no consultó a Venezuela para hacer su solicitud, y la ausencia de
límites entre los países son los argumentos del Gobierno nacional para objetar
que la Comisión de Límites de la Plataforma Continental considere la petición
que le hizo Georgetown el 6 de septiembre para extender el límite exterior de
su plataforma más allá de las 200 millas náuticas.
El ente de Naciones Unidas publicó ayer en su página web la
comunicación -de 2 páginas-, que el canciller Nicolás Maduro envió al secretario
general, Ban Ki-moon, con la posición del país sobre el tema.
En el texto, fechado el 9 de marzo, el Gobierno expresa
"sus reservas" sobre la información que dio Guyana en su solicitud,
dado que "propone un límite a la plataforma continental generada por el
territorio ubicado al oeste del río Esequibo" que está bajo "una
controversia de soberanía territorial sujeta al acuerdo de Ginebra y a los
buenos oficios del Secretario General de la ONU".
Venezuela manifiesta "su extrañeza y preocupación"
porque no fue consultada sobre la petición, como sí se hizo con Barbados,
Suriname y Trinidad y Tobago. Califica este hecho de "grave e
inexplicable" porque contraviene la legislación de la Comisión.
Objeta que se "evalúe o considere la información"
de Guyana, país al que invita a solucionar la controversia dentro del mecanismo
de los buenos oficios de la ONU.
Reafirma también los derechos sobre su fachada atlántica, que asegura es "independiente de su ocupación real así como de toda declaración expresa".
Reafirma también los derechos sobre su fachada atlántica, que asegura es "independiente de su ocupación real así como de toda declaración expresa".
Acierto
Emilio Figueredo y Angelina Jaffé, expertos en temas de delimitación, coincidieron en que el documento es positivo. "Se tendrá el efecto buscado", agregó Figueredo.
Emilio Figueredo y Angelina Jaffé, expertos en temas de delimitación, coincidieron en que el documento es positivo. "Se tendrá el efecto buscado", agregó Figueredo.
Sobre la controversia, el numeral 5-A del anexo 1 del
reglamento de la Comisión de la ONU de Límites establece que en caso de
"una disputa marítima o territorial, no se debe considerar ni calificar la
petición hecha por un Estado".
Aunque en el documento que introdujo Guyana se afirma que
"no hay una disputa revelante", el artículo 1 del acuerdo de Ginebra,
firmado en 1966 por Venezuela y el Reino Unido, establece que se debe
"buscar una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la
controversia" sobre el Esequibo que surgió "de la contención" de
Caracas de que el Laudo Arbitral de 1899 es nulo e írrito. Ese mismo texto
estableció en su artículo 8 que al obtener Guyana su independencia fue en
1966-, su gobierno es parte del tratado. Como no ha habido salida satisfactoria,
la controversia sigue.
El numeral 5-A del anexo 1 del reglamento del ente aclara:
"Se puede considerar una o más solicitudes en áreas en disputa con el
consentimiento previo del Estado que es parte de ella". Para la aprobación
se debe consultar, algo que no ocurrió.
La Cancillería de Guyana entregó el 12 de mayo de 2009 los
datos preliminares a la Comisión de la ONU.
A la Embajada de Venezuela en Georgetown se le informó el 13
de abril, con una nota diplomática acompañada por un resumen con datos sobre
los límites de la plataforma.
El país vecino introdujo el 6 de septiembre ante la Comisión
la petición para extender su plataforma. La legación de Venezuela en Georgetown
fue notificada un día después.
"Guyana reconoce haber consultado a Trinidad, Barbados y
Surinam e ignorando a Venezuela, lo que constituye una falta grave por ser
vecinos y por estar pendientes la reclamación y la delimitación de áreas
marinas y submarinas", expresó Figueredo.
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,
a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta
su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,
a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta
su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima
Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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