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1982 Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra
Tomado de:
Oscar José Márquez
Ficha Técnica: Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra
1. Titulo: Valuación Actualizada del acuerdo de Ginebra
2. Autor: René De Sola
Destacado universitario, jurista, y político en el
ambiente jurídico, fue un consecuente luchador estudiantil al
integrar muy joven la Federación de Estudiantes de Venezuela. Ya para año
de 1932, Gil y Fortul le permite a René de Sola manifestar sus inquietudes
a través del el Nuevo Diario.
En 1940 en compañía de Felipe Casanova, Gustavo Díaz Solís,
Luis Beltrán González, Benito Raúl Losada, Ezequiel Monsalve, Efraín
Schacht, Alfredo Tarre Murzi, y otros fundan el grupo “VIDE”, de
poca duración pero que tuvo destacada actuación en el mundo cultural y
científico.
René De Sola, en 1941 con tan solo 21 años
obtiene el premio Andes Bello de la Academia Nacional de la lengua con su
trabajo “Al encuentro de Cecilio Acosta”.
En su quinto año de derecho se le reconocen sus aptitudes, y
capacidad a René De Sola al ser designado Profesor
Repetidor de los Principios Generales del
Derecho para el año 1941-1942; Culminando sus estudios
Suma Cum Laude, obteniendo en 1943 el título de abogado y Doctor en
Ciencias Políticas en la Universidad Central de Venezuela (UCV); Doctor en
Derecho Universidad de París en 1953 con su tesis sobre las Operaciones
Inmobiliarias en el Derecho venezolano; Doctor Honoris Causa en Filosofía de la
Universidad de Tel Aviv (Israel).
Se desempeño como secretario del Juzgado de Primera Instancia
en lo Civil y Mercantil del Distrito Federal 1945; como Juez del Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal 1947; Fundador de
Casanova & De Sola 1944, Firma que se transforma posteriormente en
De Sola; Profesor en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad
Católica Andrés Bello (a partir de 1944); Miembro del Consejo de la Facultad de
Derecho de la Universidad Central de Venezuela (1950); Decano en la Facultad de
Derecho en la Universidad Santa María ( a partir de 1954); Integro la Sala de
Casación Civil; Ministro de Justicia (1958); Fundador del Cuerpo Técnico de
Policía Judicial (1958); Ministro de Relaciones Exteriores (1958-1959);
Miembro de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales 1960; Senador
Suplente por el Distrito Federal (1963); Presidente de la Academia de Ciencias
Políticas y Sociales la cual reforma y reestructura (1968); Miembro
Correspondiente Hispanoamericano de la Real Academia Española (1970); Director
de la Academia Venezolana de la Lengua (1979).
Presidente de la Sala Política Administrativa de la Corte
Suprema de Justicia (1979); Presidente de la Corte Suprema de Justicia
(1987-1989); Presidente de la Comisión de la Reforma del Código de Comercio.
A nivel internacional fue Miembro de la Comisión Permanente
de Conciliación (Tratados Venezuela Colombia del 17/12/39); Presidente Alterno
de la Junta de Apelaciones de UNESCO (1985); Embajador Delegado Permanente de
Venezuela ante la UNESCO (1970); Presidente del Grupo Latino americano y del
Caribe de la Unesco 1970; Miembro del Instituto de Derecho Comparado de la
Universidad de París; Miembro del Instituto de Derecho Comercial de la
Universidad de Buenos Aires; Presidente del Comité Jurídico de UNESCO (1978 y
1995).
La inquietud intelectual del Dr. René De Sola le
llevo a producir una serie de obras entre ellas Novelas, artículos,
ensayos, obras de teatro, traducciones del francés al español
y redacción de leyes.
Entre sus profusa producción podemos señalar Las Universidades y la Confraternidad Americana,
1940; Al Encuentro con Cecilio Acosta, 1942; La Protección de las Minorías en las compañías Anónimas 1951; De la commercialité des operations
inmmobiliéres en droit vénezuélien, 1953; Misión y Destino de la Universidades venezolanas, 1954; Posición de venezolana ante los Problemas
Mundiales, 1958; Opinión
Jurídica, 1960 con siete temas diferentes entre los que se destaca
Las Minorías en las Compañías
anónimas que es traducida al francés; Las Vacaciones de Apolo en compañía de Jean Berthet, 1958; La Universidad y la Política, 1962; Balance Inconcluso de una Actitud
Universitaria, 1962; El
Derecho Venezolano Sobre la Letra de Cambio con dos Ediciones
1960-1967; La Palabra Misteriosa, 1966; La Universidad y la Profesión de Abogado, 1968;
¿Es un crimen el trasplante del Corazón?, 1968;
El Pacto Andino como factor de
unificación y progreso en el Derecho, 1975; La Traducción Utopía o Reto?, 1978; Una Letra de Cambio liberada por el libertador, 1981; La interpretación Progresista de la Ley,
1982; Ensayos y Contra reloj 1982; Bolívar, ahora Siempre,
1983; El itinerario Filosófico de
Andrés Bello y la Agricultura y la Zona Tórrida; Angustia de Expresar,1988; Interpretación
Progresista de la Ley 1988; Edgard
Sanabria: un gran Venezolano, 1991 entre otras muchas
producciones de su autoría.
La Guayana Esequiba - Zona en Reclamación
En referencia a los derechos, históricos, jurídicos y
sociales sobre la reclamación territorial venezolana por los
Territorios al oeste del río Esequibo conocido como la Guyana Esequiba o Zona
en Reclamación, el Dr. René De Sola, dicto una serie de
conferencias, entrevistas en radio, TV y escribió una
serie de artículos en la prensa nacional publicando cuatro obras.
De tan importante tema sobre la territorialidad venezolana y solía
decir reiteradamente:
“... que era lamentable que los venezolanos no mantuviéramos
un interés permanente en el seguimiento del proceso de recuperación territorial
planteado. De modo casi espasmódico, dije, solemos despertar de tiempo en
tiempo para proclamar nuestra vieja e indeclinable ansia de
justicia, pero carecemos de la necesaria perseverancia para mantener el
esfuerzo continuado y tenaz que habrá de conducirnos, tarde o temprano pero
indefectiblemente, al logro del objetivo final…”
Enfatizando públicamente en cada oportunidad que tenía:
“…La solución de un conflicto de tanta magnitud, no sólo
por su propia naturaleza, sino por la multitud de intereses involucrados,
requiere permanentemente atención. De lo contrario no podremos estar en actitud
de responder rápidamente y adecuadamente a cada una de las eventualidades de
una controversia cargada de no pequeñas dificultades y de múltiples riesgos…”
Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra (1966)
La posición del Dr. René de Sola, frente a la firma del
Acuerdo de Ginebra, fue ampliamente conocida y debatida su tesis en
referencia al referido Acuerdo al señalar y
promover que: “…no ha sido el paso más conveniente para Venezuela, pues tanto
el Acuerdo de Ginebra, como la creación de una Comisión Mixta para
buscar soluciones satisfactorias para el arreglo de la controversia entre
Venezuela y el Reino Unido, lo que ha hecho es congelar la reclamación
formulada por nosotros contra el Laudo de París, que fue un acto sin
eficiencia Legal por nulo e irrito…”.
Posición esta que plasmo en su obra La Guayana Esequiba y el
Acuerdo de Ginebra, sufragando los gastos de su publicación en 1966.
Y que el pasado 09 de enero del presente año subimos al blog su respectiva ficha técnica.
La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba
(1969)
El pasado 02 de enero con motivo de conmemorarse los
cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica
de la obra del Dr. René de Sola, La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba,
folleto elaborado a partir de una extensa y profunda entrevista realizada
el 30 de enero de 1969 en el Programa Frente a la Prensa del canal
T.V No 4 Venvisión, por los periodistas María Elena Páez,
Carlos Rodríguez Gantcaume y Alfredo Schael.
La Valuación Actualizada del Acuerdo de
Ginebra
El Dr. René de Sola, pública una nueva obra sobre la
reclamación territorial de la Guayana Esequiba en 1982 que titulo La Valuación Actualizada
del Acuerdo de Ginebra, texto este que
se corresponde con la transcripción de su Conferencia dictada el 05 de
Noviembre 1981, en la Sesión Conjunta de la Academia Nacional de la Historia y
de la Academia de Ciencias políticas y Sociales.
En el cual analiza la
ejecución del acuerdo de Ginebra, ¿la validez del Protocolo de Puerto España
para Venezuela?, y las consecuencias de la revitalización del Acuerdo de
Ginebra entre otros temas. Cuya ficha técnica presentamos en el día de hoy.
Hacia el rescate de la Guayana Esequiba
El Dr. René de Sola, publica
un último trabajo del cual tengamos conocimiento sobre la reclamación territorial a finales del año de 1982, titulado Hacia
el rescate de la Guayana Esequiba, patrocinado por la Cámara de Comercio de Valencia.
3. Tema: Derecho Territorial venezolano,
Utis Possidetis Iuri,
4. Descripción: Esta
publicación nos presenta un enfoque
geográfico y estudio histórico Jurídico de
la Reclamación de la Guayana Esequiba
5. Año de Publicación: 1982
6. Lugar: Caracas
7. Editorial: Imprenta del Ministerio de Educación
8. No de Páginas: 46
9. ISBN:
10. Peso: 120 Gramos
11. Ancho: 24 .cmts
12. Largo. 16. cmts.
13. Tipo de papel:
14. Tipo de Publicación: Folleto
15. Temas Relacionados:
Derecho Territorial venezolano; Utis Possidetis Iuri;
Tratado de Washington; el Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899;
líneas de compromiso y no de derecho; La nulidad absoluta de cualquier decisión
que carezca de sus elementos esenciales; Reclamación Territorial;
Consenso nacional; Las cuestiones internacionales deben de tratarse,
públicamente y francamente por que el pueblo no puede ser relegado a simples
espectadores
16. Agencia:
17. Colección:
Perteneciente a la serie de folletos publicados sobre la divulgación y defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.
Perteneciente a la serie de folletos publicados sobre la divulgación y defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.
18. Contenido:
Permanente Actitud de Vigilancia Pág.11
Consenso Nacional Pág.12
Un Ejemplo significativo Pág.13
Diplomacia Abierta
Pág. 13
Sinopsis Histórica Pág. 15
El Acuerdo de Ginebra Pág. 22
Comienza una Nueva Etapa Pág. 25
Ejecución del Acuerdo Pág. 27
Otras Consultas Previas al Protocolo
de Puerto España Pág. 31
El Protocolo de Puerto España Pág. 32
¿Es Valido para Venezuela el
Protocolo de Puerto España? Pág. 34
Consecuencias de la revitalización
del Acuerdo de Puerto España Pág. 38
Ancestral espíritu conciliador
de Venezuela Pág.39
Estrategia Adecuada Pág. 44
20. Publicación:
La Obra del Dr. René De Sola Valuación Actualizada del Acuerdo Ginebra la podemos enmarcar en la Bibliografía
publicada entre los años de 1966-1989 en la fase No
VIII.
Que abarca a su vez dos periodos bien demarcados. Desde la
firma del Acuerdo de Ginebra en 1966, hasta el vencimiento del
Protocolo de Puerto España en 1982, cuando Venezuela decide no renovar el mismo
y continuar con lo establecido en el artículo IV (2), del Acuerdo de
Ginebra que tipifica que de no llegarse a un acuerdo con respecto a la elección
de uno de los medios de solución previstos en el Articulo 33 de la Carta de las
Naciones Unidas referirán la decisión: “…o de no llegar a un acuerdo sobre este
punto, al Secretario General de las Naciones Unidas…”. Ese mismo año. En 1987
Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que en
realidad comienza a funcionar en 1989, con el llamado Proceso de los
Buenos Oficios bajo la intermediación del referido Secretario General de
las Naciones unidas según lo establecido en el artículo IV (2), del Acuerdo de
Ginebra 1966.
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