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La adecuada defensa de los intereses chilenos aconseja
impugnar la competencia de la Corte Internacional de Justicia.
21/05/2014 - 04:00
A MEDIDA que avanza el plazo que tiene Chile para decidir
sobre la postura que adoptará respecto de la demanda interpuesta en su contra
por Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, crece la
convicción de que lo que corresponde es que la defensa nacional impugne la
competencia de dicho tribunal en el caso.
Se trata de una convicción basada en el hecho de que, a
través de su memoria presentada el 15 de abril pasado, La Paz ha intentado
crear un artilugio para desafiar el Tratado de Paz y Amistad de 1904,
instrumento que definió de manera incontestable las fronteras entre ambos
países. Durante años, Bolivia reclamó que dicho tratado había sido suscrito en
condiciones desventajosas y apremiantes para sus intereses, por lo cual
carecería de validez. Sin embargo, esa tesis se desmorona ante realidades
históricas indesmentibles que avalan que el documento fue firmado por dos
naciones soberanas con plena libertad y discernimiento. Además, el hecho de que
el Tratado de 1904 antecediera al Pacto de Bogotá de 1948 -que es el que le
entrega jurisdicción a la CIJ para resolver demandas como la presentada por
Bolivia- hace inviable un desafío directo a ese documento.
Bloqueada esa vía, Bolivia escogió perseguir su objetivo a
través de un camino oblicuo: la supuesta existencia de unos derechos
expectaticios de que gozaría a raíz de que históricamente Chile no habría
entrado de buena fe a discutir el tema de la mediterraneidad con el país
vecino. La demanda persigue forzar a Chile a negociar una salida al mar soberana
para Bolivia, alterando de esa manera los límites claramente establecidos en
1904.
Frente a esto, lo recomendable debería ser impugnar la
competencia de La Haya, tal como lo plantearon los cuatro ex presidentes de la
República que se reunieron la semana pasada con la Mandataria Michelle Bachelet
en La Moneda. La CIJ ha acogido favorablemente planteamientos similares en el
pasado, por lo que no parece válido el argumento de quienes sostienen que
seguir ese curso de acción podría molestarla. Debe considerarse que llegar a un
juicio puede dar pie para que, tal como ocurrió en el caso de la demanda
marítima peruana, el tribunal pretenda actuar de manera “salomónica”,
concediendo algún punto relevante a Bolivia, pese a acoger plenamente los
argumentos jurídicos presentados por la defensa nacional.
El presidente boliviano ha sostenido que recurrir a la
impugnación pondría a Chile “al margen del derecho internacional”, acusación
que carece de sentido. Buscar que la corte acepte carecer de jurisdicción para
tratar un caso constituye un derecho que les asiste a las partes, más aun
cuando los argumentos presentados por La Paz constituyen un tecnicismo que
busca, a través de subterfugios, desafiar un tratado vigente.
La defensa ante este tipo de acusaciones no debe consistir
sólo en argumentos jurídicos sólidamente fundamentados, sino que tiene que
incluir también consideraciones políticas y comunicacionales para hacer frente
a la solidaridad que despierta la tesis boliviana, manifestada, por ejemplo, en
las palabras del presidente ecuatoriano: en reciente visita a Santiago, éste
manifestó su apoyo a la reivindicación marítima de La Paz, aunque enmarcándola
en una responsabilidad regional. Es necesario no ser sólo reactivos frente a
este tipo de situaciones sino que además tener una política diseñada para
promover los intereses del país en este tema.
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