lunes, 23 de noviembre de 2009

La Guayana Esequiba la ONU y el Buen Oficiante IV. Parte









Oscar J. Márquez

Como veníamos reseñando en la “La Guayana Esequiba la ONU y el Buen Oficiante”
I. Parte
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/10/la-guayana-esequiba-la-onu-y-el-buen.html
II. Parte
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/11/la-guayana-esequiba-la-onu-y-el-buen.html
III. Parte
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/11/la-guayana-esequiba-la-onu-y-el-buen_09.html
Y en esta IV parte…

A partir de marzo de 1990 el Buen Oficiante Allister McIntyre, inicia sus labores al visitar a Venezuela para recopilar información y comenzar a ejercer su función. En abril de ese año sostiene en la sede de la ONU en Nueva York, su primera reunión conjunta con los cancilleres Reinaldo Figueroa Planchard y Rashleigh, en donde fijan las pautas para la negociación, sobre la base de un informe elaborado por el propio McIntyre. Esta reunión sirvió también para explorar, a su vez, la forma como cada gobierno concebía el desarrollo de las conversaciones, acordándose un mecanismo flexible y confidencial de las reuniones aspecto este que marcará las acciones del Buen oficiante en la década de los noventa.


En diciembre de 1990, la Republica Cooperativa de Guyana al fin fue admitida como miembro pleno de la OEA, luego de veinticuatro años de independencia, ya que el Artículo 8º de la Organización lo impedía, según el texto vigente para esa época:
“…El Consejo Permanente no formulará ninguna recomendación ni la Asamblea General tomará decisión alguna sobre la solicitud de admisión presentada por una entidad política cuyo territorio este sujeto, total o parcialmente y con anterioridad a la fecha del 18 de diciembre de 1964, fijada por la Primera Conferencia Interamericana extraordinaria, a litigio o reclamación entre un país extra continental y uno más estados miembros de la Organización, mientras no se haya puesto fin a la controversia mediante procedimiento pacifico…”


Ingreso este al cual no se opuso la Nación venezolana en vista de los derechos históricos, jurídicos y sociales que le asistían por los territorios ubicados al oeste del río Esequibo, más sus deseos y esfuerzos de reivindicación a través de los noventa y un año de la amañada sentencia Arbitral de París de 1899, que despojo a Venezuela de 159.500 km2 de territorios. Al facilitar la modificación del referido Artículo 8º, por las gestiones de las cancillerías de Belice y Guyana.

Demostrando así una vez más con ello, su fiel tradición y vocación anticolonialista, su respeto por la autodeterminación de los pueblos, su vocación democrática y “su buena fe” en las negociaciones en la búsqueda de un “arreglo practico de la controversia” por los territorios ubicados al oeste del río Esequibo.


Para abril de 1991, se efectúa en Nueva York una reunión de carácter informativo entre los Gobiernos de Venezuela y Guyana, donde los ministros de relaciones Exteriores de ambos países y el representante del secretario de la ONU el Buen Oficiante Allister McIntyre, analizaron las funciones que venía cumpliendo éste. Hubo coincidencia de criterios, al concluir que la gestión estaba basada en los “Buenos Oficios” y no guardaba un carácter “mediador”, como se ha pretendido hacer ver, acordando continuar con el mismo procedimiento.


En junio de ese año al reunirse en Kavanayén los mandatarios Carlos Andrés Pérez y Desmond Hoyte por Venezuela y Guyana, procedieron a revisar la gestión Allister McIntyre en torno a la controversia limítrofe, calificándola de “…satisfactoria…”. En septiembre de ese año el Canciller Armando Duran se entrevisto con el Buen Oficiante Allister McIntyre en Nueva York.


En junio de 1992, el nuevo Secretario General de las Naciones Unidas Boutros Gahili, ratifico a Allister McIntyre en calidad de su representante (como Buen Oficiante), previa consulta con los gobiernos de Venezuela y Guyana. En ese mismo mes durante la XIII Cumbre de los países pertenecientes al Mercado Común del Caribe (CARICOM) celebrada en Puerto España Trinidad, el Canciller Fernando Ochoa Antich se entrevistó con Allister McIntyre. Este posteriormente declaro “…que creía en un arreglo práctico en el Esequibo, en vista de que ambos países mantenían buenas relaciones…”. Afirmo, más adelante, “…que el próximo acuerdo de Venezuela con el CARICOM, beneficiaría las discusiones entre Caracas y Georgetown, sobre el territorio del Esequibo…”.


En febrero de 1993, el Presidente de Guyana, Cheddi Jagan, visita oficialmente a Venezuela. Durante su visita se discutieron una serie de temas entre los que se destacaron: pesca, petróleo, materias sanitarias, interconexión eléctrica, operaciones anti-narcóticos y de minería ilegal en las respectivas áreas (término cuestionado), establecimiento de medidas restrictivas a la actividad minera en los ríos Cuyuni, Venamo, Amacuro y Akarabisi; en sus respectivas áreas militares (término cuestionado) control y restricción a la inmigración en el área fronteriza (termino cuestionado).


Se cuestionan los términos señalados anteriormente en virtud de que la administración de la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación bona fide, (de buena fe), esta provisionalmente a cargo de las autoridades guyanesas y que la controversia viene siendo ventilada a instancias del Secretario General de las Naciones Unidas y de un Buen Oficiante, y con la finalidad de impedir cualquier inconveniente que pudiese afectar la posición venezolana en el actual proceso de la reclamación, hasta tanto no sea determinada la frontera definitiva. Nuestros gobiernos no deben de aceptar términos semánticos que afirmen lo que niegan (de que la sentencia del 03 de octubre de 1899 dictada en el Laudo Arbitral de Paris sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica, hoy Guyana, es nulo e irrito).

Razón por la cual los funcionarios públicos deben de ser formados, sensibilizados, al respecto para evitar se cometan errores y se comprometa la justa aspiración de reivindicación de la Nación venezolana por los territorios al oeste del río Esequibo ante cualquier instancia internacional.


Así mismo, se firmo una Declaración Conjunta, durante la visita de Jagan a Venezuela en la que se hacía énfasis en el apoyo a la gestión de Buenos Oficios ejercida por Allister McIntyre, en la búsqueda de un entendimiento para la solución práctica de la reclamación que mantiene nuestra Nación. Por su parte, el Presidente Cheddi Jagan, anunció que nombraría un Facilitador por parte de Guyana.


Procediendo Cheddi Jagan a cumplir su compromiso al nombrar a finales de Marzo de 1993, a Barton Scotland, como facilitador por parte de Guyana, en el proceso de negociación, en búsqueda de una solución práctica a la controversia. En marzo y abril el representante del Secretario General de las Naciones Unidas Allister McIntyre efectúa sendas visitas a caracas y Georgetown.


Por su parte en julio del referido año en Jamaica al celebrarse la Decima Cuarta reunión de jefes de Gobierno de la CARICOM, estos emitieron un comunicado señalando su complacencia y confianza por la decisión de Venezuela y Guyana de continuar en la búsqueda de una solución pacífica. A la controversia de sus límites bajo los auspicios del Secretario General de las Naciones a través de los Buenos Oficios ejercida por Allister McIntyre.


Es interesante señalar que a partir de esta fecha cada vez que los jefes de estado de la CARICOM, se reúnen así como en las de los Ministros de Relaciones Exteriores emitirán un comunicado más o menos en los mismos términos (4 de Julio de 1994 en Bridgetown, Barbados; 07 de julio de 1995 en Georgetown, Guyana; 06 de julio de 1996 en Bridgetown, Barbados; 04 de julio de 1997, en Montego Bay, Jamaica; 13 de mayo de 1998 en la reunión de cancilleres del CARICOM, en Surinam; 04 de julio de 1998, en Castries, Santa Lucia; 05 de Marzo de 1999 en la reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores Surinam; 05 de julio de 1999 en Puerto, España Trinidad).


Creemos seriamente que estas declaraciones se deben a la influencia y a una estrategia del anglo parlante o anglófono Allister McIntyre, para respaldar su gestión de Buen Oficiante a fin de mantener a Venezuela dentro de este medio de solución Pacifica.

Una vez al año pero todos los años
En octubre de 1993 el representante del Secretario General de las Naciones, el Buen Oficiante Allister McIntyre visita a Venezuela y Guyana para reunirse con representantes del Gobierno y de los distintos sectores públicos para convertirse estas visitas en una rutina, una especie de ritual que anualmente hará a ambas naciones hasta su renuncia… (25 de mayo del 94; 18 de julio de 1995; 26 de agosto de 1996; 14 de julio de 1997; 15 de marzo de 1999)


El Buen Oficiante Allister McIntyre en febrero de 1994, comunico a los gobiernos de Venezuela y Guyana el deseo de reanudar las conversaciones y se acordó realizar en Nueva York una reunión conjunta para el mes de marzo de ese año.


En marzo de 1994 es reemplazado el Sr. Barton Scotland como facilitador en el marco del proceso de negociación de los Buenos Oficios nombrando a Ralph Ramkarram.


A principios del mes de enero de 1995, el Ministerio de Relaciones Exteriores designó al Vicealmirante Elías Daniels Hernández, ex Inspector de las FAN y ex Embajador de Venezuela en Portugal, Coordinador, dentro del territorio nacional, sobre todos los aspectos inherentes a la reclamación del territorio Esequibo.


La estrategia de la Globalidad y los Buenos Oficios

En marzo de de 1995 se reúnen en Georgetown, Guyana, los Cancilleres de Venezuela y Guyana. Donde el Canciller Miguel Ángel Burelli Rivas planteo que en la nueva etapa de relaciones, el gobierno venezolano procuraría la aceptación de un enfoque de globalidad, que permitiera abordar, discutir y plantear soluciones a los problemas comunes, incluyendo el aspecto de la reclamación territorial.


La nueva estrategia de la globalidad en las negociaciones con Guyana, aplicada a Colombia y Brasil, no era más que una corriente y metodología de negociaciones, conocida como negociación integrativa y no es otra cosa que la complementariedad de interés. Si éstos son definidos, aprovechados y coordinados por las partes, todos saldrán conformes de la negociación. Es lo que algunos teóricos llaman negociar sin ceder y otros el juego de ganar-ganar, que no es muy frecuente ni ocurre espontáneamente en la realidad.


Mecanismo y método que se aplican debido a la naturaleza y características de la negociación de mutuo acuerdo, al fijar una agenda global de asuntos comunes pendientes, definiéndolos adecuadamente para su tratamiento y posible solución, a través de un modus operandi.


Con esta globalidad, aparentemente, no se pretendía incluir todo en un solo paquete para ser tratado en una misma mesa de negociaciones. Se trata más bien de resaltar los diversos elementos cooperativos en las relaciones bilaterales, a fin de que los aspectos conflictivos por la reclamación del Esequibo disminuyan, buscando un mejor momento político para su solución.


Sin embargo, ambas naciones aceptaron, formalmente, un procedimiento ya convenido, que fue el de acudir al Secretario de ONU, quien a su vez nombro un representante que funge como Buen Oficiante (Allister McIntyre).


Por otro lado, no es posible incluir todos los problemas domésticos a lo largo de la Línea Esequiba (línea fronteriza término cuestionado, versus la reclamación por los territorios al oeste del río Esequibo), sin atender al diferente grado de importancia que tienen, ni pretender resolverlos a un tiempo, sin antes ordenar sus soluciones. Los asuntos de la Línea Esequiba o de facto, se deben de estudiar en su conjunto, pero no por ello las soluciones de cada uno se han de de afrontar globalmente.


Y lo más importante, delicado, y trascendente es que no se debe comprometer bajo ninguna circunstancia con algunas de estas soluciones, la tradicional posición venezolana, sobre la reclamación de los territorios ubicados al oeste del río Esequibo en una justa negociación que conlleve a un arreglo practico de la injusticia cometida en el Tribunal Arbitral de Paris en 1899, que le arrebato a la Nación venezolana 159.500Km2 de territorios.


Continuara…



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Márquez, Oscar J. “La Guayana Esequiba la ONU y el Buen Oficiante IV. Parte” Sitio web “La Guyana Esequiba,” entrada 22 de Noviembre de 2009, consultado el xx / xx/ 2009. URL: http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/11/la-guayana-esequiba-la-onu-y-el-buen_23.html

Referencias bibliográficas
1. Area, Leandro. Metodología de la Globalidad en las negociaciones con los países vecinos. Nuevas reflexiones sobre la experiencia Colombia-Venezuela, 1989-1994.Caracas: mimeografiado. 1994, p.1-5
________________, Las Negociaciones Binacionales en el Marco de la Globalidad. USB, Maestría en ciencias Políticas. Seminario de las Relaciones Fronterizas de Venezuela en la Prospectiva Actual. Caracas: octubre de 1995, p. 12-14

2. Baralt, Rafael María. Resumen de Historia de Venezuela. Maracaibo: Obras Completas, 1ra Edición. Universidad del Zulia,. 1960
3. British Case, Boundary between British Guiana and Venezuela. Case presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Lenders: 1899

4. British Counter Case, Boundary between British Guiana and Venezuela. Counter Case presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Londres: 1899

5. British Argument, Boundary Between British Guiana and Venezuela. Argument presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Londres: 1899
6. Cartas de Indias. Madrid: 1877

7. Cabrera Sifontes, Horacio. Guayana Esequiba, Caracas: Editorial Arte, 1970

8. Calcaño, Eduardo. El Derecho de Venezuela en la Cuestión con Inglaterra, Caracas: 1890

9. Charney, Jonathan y Alexander, Lewis M, (Editores) International Martime Boundaries, Washington-La Haya: 1993.

10. Diario El Universal, Caracas. 12-11-1989, p.1-3
________________, Caracas: 27-04-1990, p.1-12
_________________, Caracas: 27-05-1990, p. 1-12
_________________, Caracas: 31-08-1990, p. 1-5
_________________,Caracas:16-11-1990,p.1- _________________, Caracas: 27-4-190, p.1-12
_________________, Caracas: 25-5-1990, p. 1-12
_________________, Caracas: 31-08-1990, p.1-15
_________________, Caracas: 26-05-1994, p.1-15

11. Diario El Nacional, Caracas: 7-12-1989, p. A-2
__________________, Caracas: 26-05-1994, p.A-2


12. El Diario de Caracas,Caracas: 1-de julio de 1992, p12
___________________, Caracas: 30-03-1990, p. 4
___________________, Caracas: 30-03.1990, p. 4
___________________, Caracas: 14-04.1991, p. 34
___________________, Caracas: 26-05.1994, p.A-2


13. Jiménez de Aréchaga , E. Derecho Constitucional de las Naciones Unidas., Madriz. 1958. Escuela de Funcionarios Internacionales.
14. Organización de las NNUU Tratado Sobre el Derecho de los Tratados. Conferencia de Viena. Viena: 1969
15. Márquez Oscar José. La Venezolanidad del Esequibo. Caracas: Graficas Franco 2002, 474 Págs. La Guayana Esequiba Revisión y Crítica. Caracas: Inédito. 427 Págs.
________________ La Guayana Esequiba ciento nueve años de la sentencia ignominiosa del tribunal arbitral de parís (03 de octubre de 1899)
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/10/la-guayana-esequiba-ciento-nueve-aos-de.html

__________________ Los límites de la Capitanía General de Venezuela EN 1810 III. Partehttp://institutodeestudiosfronterizos1.blogspot.com/2008/09/los-lmites-de-la-capitania-general-de.html

_________________,La Rebelión del Rupununi- Cuadragésimo Aniversario. Parte I
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/01/la-rebelin-del-rupununi-cuadragsimo.html
________________,Memorandum Mallet Prevost. Left with Judge Schoenrich Not to. To be Made Public except at His Discretion after My Death. Journal of International Law http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/memorandum-mallet-prevost-left-with.html
________________,Memorándum dejado al Juez Schoenrich, para no ser Publicado, sino a su Juicio, Después de su Muerte. Parte I y Parte II
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/60-aniversario-de-la-publicacion-del_01.html
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/60-aniversario-de-la-publicacion-del.html
16. Organización de las NNUU. Convención Modelo sobre el Procedimiento Arbitral de las Naciones Unidas Resolución No 1263. De la Asamblea General: New York 17. Organización de las NNUU. Resolución 1514 de la Asamblea General, NUROAC, Sobre la Concesión de la Independencia a los Pises y Pueblos Coloniales. ONU-A4684 1960
___________ Resolución No 1654/XVI sobre La Situación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales del 27 de noviembre de 196118. Organización de las NNUU. Carta del Secretario de las Naciones Unidas del 04 de Abril de 1966, Aceptando las Funciones asignadas por el Artículo IV del Acuerdo de Ginebra: New York.

19. OEA. Carta de la Organización de los Estados Americanos reformada por el Protocolo de Buenos Aires en 1967 y Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca. Secretaria General OEA. Washington, DC: 1972, p.5

20. Sureda Delgado Rafael. Venezuela y la Gran Bretaña Historia de una Usurpación. Caracas: Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, División de Publicaciones, 1980.21. Venezuela Case, Boundary between British Guiana and Venezuela. Case presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Paris :189922. Venezuela Counter Case, Boundary between British Guiana and Venezuela. Venezuela Counter Case presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Paris: 1899
23. Venezuela Argument, Boundary Between British Guiana and Venezuela. Venezuela Argument presented on the part of the British Government to the Tribunal of Arbitration. Paris: 1899
24. Venezuela. MRE .Aide-Memoire Entregado por el Canciller Venezolano, Marcos Falcón Briceño en 1963 al Canciller Británico, R.A. Buller. Londeres 1963 25. Venezuela. MRE. Denuncia e impugnación de la invalidez del Laudo Arbitral de Paris de 1899. Ante la Organización de las Naciones Unidas. New York: 196626. Venezuela. MRE. Texto del Memorándum Enviado al Secretario General de las Naciones Unidas para su circulación entre los Estados Miembros de la Organización. Limites de Venezuela con la Guayana Britanica Distribuido como Documento Oficial de las Naciones Unidas bajo la Sigla A-C4-536 Febrero de 196227. Venezuela. Congreso Nacional Acuerdo de Ginebra del 17 de Febrero de1966 Caracas: 1966
28. Venezuela MRE. Nota de Reconocimiento de Venezuela al Nuevo Estado de Guyana con la Reserva sobre los Derechos venezolanos al Territorio de la Guayana Esequiba. Caracas, 26 DE Mayo de 1966.29. Venezuela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Caracas: 1999

30. Venezuela MRE. Reclamación de la Guayana Esequiba, 1962-1981. Caracas: Editorial Arte, 1982

31. Venezuela MRE. Reclamación de la Guayana Esequiba, Documentos 1981,1982,1983. Caracas: Editorial Arte 1984
32.Verdross, Alfredo. Derecho Internacional Público, Madrid Editorial Aguilar 5ta Edición, 1967

33. Venezuela Ministerio del Poder Popular para las relaciones Exteriores. Sitio Web “Los Derechos Venezolanos sobre la Soberanía en el Esequibo”
1.http://www.mre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=53&Itemid=58
2. Nueva página web http://esequibo.mppre.gob.ve/

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