Tomado de:
Publicado el Viernes 27 marzo, 2015
Francisco J. Sánchez Chacón
Un tema fundamental para Venezuela es su justa reclamación
del territorio Esequibo frente a Guyana. No es un capricho nacionalista señalar
que fue un despojo lo que sufrió el país a resultas del Laudo Arbitral de 1899
que pretendió fijar los límites; ya el canciller Marcos Falcón Briceño expuso
en 1962 ante la ONU las pruebas de cómo fue manipulado el arbitraje. Esta
última actuación derivó en el Acuerdo de Ginebra de 1966 entre nuestro país, el
Reino Unido y su para entonces colonia, la Guayana Británica, por el que se
establece que debe buscarse una solución satisfactoria para el arreglo práctico
de la controversia. En la actualidad y desde 1987, se acepta el mecanismo de
buenos oficios por parte del Secretario General de la ONU como una vía para
solucionar la controversia; pero podría ser otra.
Tradicionalmente nuestra república se opuso a los intentos de
Guyana por explotar la denominada Zona en Reclamación, incluso, en el inicio
del primer gobierno del presidente Hugo Chávez se siguió esa misma política de
Estado, así, se protestaron las concesiones de exploración petrolera en el
Atlántico, bloques Pomeroon y Stabroeck, en 1999, y la de instalar una
plataforma de lanzamiento de cohetes espaciales en tierra firme en el 2000.
Ante esta actitud, las empresas desistieron de sus trabajos y Guyana no tuvo
otra opción que aceptarlo, lo que no significa un cambio en su estrategia:
acudir a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), allí tendría más
probabilidades de ganar el contencioso al sostener la validez del Laudo, en ese
sentido, crea precedentes para alegarlos ante esa instancia.
Sin embargo, se produce un cambio en la política del Estado
cuando el presidente Chávez en su histórica visita a Georgetown en 2004 señaló
que el asunto del Esequibo sería eliminado de las relaciones entre los dos
países y que su gobierno no sería un obstáculo para los proyectos que se
adelantaran en el territorio reclamado y que beneficiaran a sus habitantes: el
país quedó perplejo y Guyana tomó nota. Tal giro implica un manejo torpe de la
reclamación que se explicaría tanto porque Chávez reconfiguró las
relaciones con Cuba, que ha tenido como posición histórica el reconocerle a
Guyana el Esequibo (declaración de los cancilleres Malmierca y Jackson de
1981), como por su pretensión de convertirse en líder continental buscando
respaldo para su proyecto político, incluido el apoyo de los países de la
Comunidad del Caribe –CARICOM– que incluye a Guyana. El presidente Nicolás
Maduro ha reafirmado a su predecesor al señalar en Georgetown en 2013 que el
Acuerdo de Ginebra, base legal de la reclamación venezolana, fue un pacto entre
el “imperio británico” y un “gobierno adeco” en medio de una campaña de odio y
acoso contra Guyana.
Por su parte, el gobierno guyanés solicitó la extensión de su
plataforma continental de 200 a 350 millas ante la respectiva Comisión de la
ONU (aún por resolver) y otorgó concesiones para explorar y explotar recursos
naturales, entre ellas el bloque Roraima cuya ubicación se mantuvo secreta,
conociéndose luego que se encuentra en la fachada atlántica venezolana frente
al delta del río Orinoco. Además, se produjo el comunicado conjunto de los
cancilleres de la CARICOM expresando que no existe disputa territorial entre
Venezuela y Guyana. Ante estas situaciones, el gobierno de Venezuela o mantiene
silencio o responde tarde y débilmente, lo que en Derecho internacional podría
encuadrarse en la figura de la aquiescencia, permitiendo a Guyana sentar un
precedente para alegarlo ante la CIJ, si el caso llega a esa instancia.
En la actualidad, la compañía estadounidense ExxonMobil
empieza trabajos de perforación en el bloque Stabroek, ante ello el gobierno
dirigió una nota a la subsidiaria local de la empresa y no al gobierno de
Georgetown, que sí respondió al venezolano exigiéndole dejar de obstaculizar el
desarrollo guyanés, a su vez Caracas contestó en una nota diplomática
calificando el argumento guyanés de inaceptable por injusto. Luego, Venezuela
publica un comunicado en la prensa de Georgetown y Guyana responde con una dura
nota diplomática; la diferencia no es baladí. Agréguese las pésimas y tensas
relaciones entre Venezuela y los Estados Unidos de América, país donde está la
sede principal de ExxonMobil; no hay duda que la empresa será defendida por la
diplomacia de EEUU, si fuese necesario.
Es decir, hay un juego de poder del que no puede abstraerse
el gobierno de Venezuela porque es partícipe, en consecuencia, debe defender
los intereses de la nación de forma clara, contundente y afirmativa a través de
la Cancillería, aunque no solo, y por ante el gobierno guyanés, la CARICOM, en
la UNASUR como nuevo mecanismo de diálogo político subcontinental, en las
Naciones Unidas, y ante la sociedad internacional en general. La estrategia del
Estado debe, entre otros aspectos, reasumir la línea de actuación por la que se
denunció siempre cualquier pretensión guyanesa de explotar recursos en la zona
reclamada, retomar (si se ha abandonado) o intensificar la vigilancia de la
Armada en la fachada atlántica, y solicitar la extensión de la plataforma
continental, lo que incluiría la ubicada frente a Delta Amacuro, todo lo cual
debería contribuir a concretar un acuerdo digno que defina los límites con
Guyana, teniendo presente un aspecto práctico: es una utopía pretender el
reconocimiento para Venezuela de casi las dos terceras partes del territorio
guyanés, que es lo reclamado en principio, pero también es cierto que Guyana no
puede hacer lo que le venga en gana en el territorio Esequibo, pretendiendo
desconocer nuestros históricos y legítimos derechos.
Nota del Editor:
Información de prensa manipulada en la forma y manera en que
se presenta. Demostrando el Gobierno bolivariano, revolucionario y socialista del siglo
XXI su debilidad ante Georgetown, en vista que allá entregó
las concesiones para la exploración petrolera.
El gobierno venezolano ante la entrega de las mismas no
realizo las respectivas reservas como se venía haciendo desde la década de los
60.
¿Quien ha generado el conflicto?
¿Quién autorizo las exploraciones?
¿Quién autorizo el ingreso de las exploraciones?
Al respecto ver las acciones del gobierno nacional
¿A qué acuerdo llego el
Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana
Esequiba? Parte I
¿A qué acuerdo llego el
Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana
Esequiba? Parte. II
¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías,
ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte. III y última
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río
Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente
sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la
margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos
soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea
del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico...”
LA
GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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