Diario El Nacional
del 16
de Octubre de 1966.
Anakoko es Venezuela Protesta la Cancillería ante el
Gobierno de Guyana por los actos contra nuestra bandera
Bajo guardia Policial Consulado Venezolano en Georgetown
Primera Edición
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana
Esequiba.
Nota del editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa
de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados
al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el
Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre
los territorios de la
Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al
reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce
como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha
del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la
Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente
sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través
de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su
desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio de
Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de
1968
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