sábado, 4 de abril de 2015

La Guayana Esequiba / GINEBRA, 17-02-1966…ACUERDO O CONFLICTO ?

Mapa Oficial de la República Bolivariana de Venezuela con la Zona en Reclamación - La Guayana Esequiba
 G.D  Oswaldo Sujú Raf
 Pdte. IDEFV         17-02-2015.
Hace 49 años el día 17 de Febrero, se firmó en Ginebra-Suiza un acuerdo entre Venezuela y la Gran Bretaña en la búsqueda de soluciones satisfactorias y pacíficas, a la controversia surgida por el Laudo de París de 1899, declarado por Venezuela como NULO e IRRITO, por ser violatorio de permanentes principios del Derecho Internacional; posición nacional inalterable que se mantiene y que debe mantenerse contra viento y marea, a pesar de los criterios de ideólogos y defensores de “sirenas jurídicas” lesivos al patrimonio territorial, marítimo y fluvial  de Venezuela.

Desde el año 1948 Venezuela ante instancias internacionales, rechazó esa componenda entre potencias mundiales que nos despojó vilmente de casi 160.000 kms2, lo que hoy representa nuestro territorio Esequibo. En los años venideros 1951, 1954, 1956, 1962, 1963 y 1964 se mantiene el contencioso venezolano del nulo e irrito  Laudo de París de 1899, además se señaló con los mismo estigmas a su “progenitor” el Tratado de Arbitraje de Washington de 1897 (aceptado por Venezuela bajo amenaza de invasión militar británica, con buques de guerra anclados en aguas del delta del Orinoco así como la afrenta a nuestro gentilicio, por la ausencia de jueces venezolanos  como exigencias de Inglaterra).

El Acuerdo de Ginebra de 1966 representó para ese momento un triunfo para la diplomacia criolla, pues ante los irrefutables y legítimos derechos de Venezuela, la Gran Bretaña aceptó revisar los documentos que dieron base jurídica a la contención de Venezuela. El 17 de Febrero, los gobiernos de Venezuela y Gran Bretaña firman el Acuerdo, pero incluyen a la colonia la Guayana Inglesa (próxima a lograr su independencia), circunstancia que cambia el rumbo de nuestra reclamación. Si antes era un país en vías de desarrollo “versus” una potencia mundial, ahora será ese mismo país “versus” un endeble y precario nuevo país, Guyana, de 460.000 habitantes ocupando un territorio de 215.000 kms2, en  donde 160.000 kms2 pertenece geográfico, histórico y jurídico  a Venezuela, ¡sin dudas!

El  espíritu o motivo de ley del Acuerdo de Ginebra, fue la búsqueda de soluciones satisfactorias, prácticas y pacíficas de la controversia limítrofe, en virtud de la contención de Venezuela. En sus artículos se pone en prueba la buena voluntad de las partes; no obstante Inglaterra, astuta, delega en Guyana sus responsabilidades, al convertirlo en nuevo miembro del Commonwealth. Las Comisiones Mixtas de ambas partes, no tuvieron los resultados deseados por la intransigencia de Guyana; los 12 años del Protocolo de Puerto España en 1970 congeló hasta las “buenas boluntades” por el rescate del T. Esequibo y esa inexplicable inacción, produjo una euforia de triunfo en el liderazgo guyanés.

Todos los presidentes  de Guyana, empezando por F. Burgham, D. Hoyte, Ch. Jagan, B. Jagdeo y D. Ramotar,  siempre declararon que: “los límites de su país son los  indicados en el Laudo de París de 1899 y que no existe ninguna  controversia limítrofe con Venezuela. Esta actitud de Guyana contrasta con la de  Venezuela, siempre dispuesta a cumplir lo acordado a pesar de la mezquindad y agresiones de Guyana. El Art. 5 del Acuerdo de Ginebra fue utilizado por Guyana para explotar a su libre arbitrio nuestro Esequibo, por lo impreciso en su contenido. Indicaba que: “ningún acto o actividad que allí se realice, ni otorga ni quita soberanía a las partes”; esto favoreció a Guyana tomar y esquilmar lo que le es ajeno. En cambio de haberse escrito así:“Mientras no acuerden las partes, soluciones prácticas y satisfactorias a la controversia, quedará prohibido cualquier actividad de exploración y explotación en dicho territorio”. ¿Por qué esa estulticia que permitió que un acuerdo se convirtiera en conflicto?, pienso tal vez por la bondad de Venezuela (¡como siempre!), ante los “lloriqueos” de Burgham: “por no poder alimentar a su pueblo…”

Lo que hoy sucede entre Venezuela y Guyana es  todo lo contrario al espíritu del Acuerdo de Ginebra. Una resultante indefinida e ignorada de las Comisiones Mixtas; un Buen Oficiante de la O.N.U buscando el diálogo entre las partes por más de 25 años y la actitud agresiva, inamistosa y rapaz de Guyana que, violando de manera impune jurisprudencias internacionales del T.I.J de La Haya, de la O.N.U, de la O.E.A, con respaldo de sus colegas del CARICOM, de PETROCARIBE y la hipócrita actitud de países “hermanos” o “amigos” indiferentes a nuestra justa causa; ha logrado  difundir y crear matrices de opinión de  sus pretensiones ilícitas, en nuestra tierra y mar, con la astucia y la insolencia muy bien aprendidas  de Albión, mientras nosotros nos confundimos en un “pasticho” ideológico, en detrimento del verdadero interés nacional. Por todo ello, Guyana se olvidó del deber ser del Acuerdo de Ginebra de 1966 y se prepara, por todos los medios, a lograr ser una verdadera heredera del colonialismo británico…Pero eso no será posible, mientras exista este Acuerdo, al cual están atados ambos países y las futuras decisiones deben ser presentadas, de manera conjunta o bilateral ante la O.N.U.

Debemos evitar repetir errores pasados; muchos Estados han desaparecidos del escenario mundial por decisiones contrarias al interés nacional. En 1965, el Dr. René de Sola, gran jurista y luego Canciller, cuestionó el sentido y alcance del inminente Acuerdo de Ginebra por cuanto, a su criterio jurídico, dilataba inútilmente el proceso de recuperación del Esequibo y advirtió que, la aceptación de Venezuela a los medios de solución pacíficos no implicaba la  renuncia, a los medios lícitos de presión reconocidos por el Derecho Internacional. Además, precisó, que la colaboración económica con el nuevo Estado, tenía que estar condicionada al reconocimiento que éste haga de nuestros legítimos derechos en el territorio Esequibo. Lamentablemente, como ha pasado otras veces, no se atendió esta vital y valiente recomendación del Dr. De Sola en ese momento histórico que vivió nuestro país. Hoy tenemos un conflicto con un país que pretende consolidarse, en territorios nacionales de Venezuela y de Surinam. Rechacemos ese estólido criterio de que negociar implica ceder soberanía, eso es traición a esta Venezuela tuya, mía y nuestra. ¡¡ La Patria siempre debe ser primero!! Fuera los castrocomunistas, vividores y chulos.  Hasta luego!
                                                idefvsoberania@gmail.com


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968


   




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